Nevada NRS § 205.380 prohíbe “obtener dinero, propiedad, alquiler o trabajo mediante falsas pretensiones.” Esto significa engañar a otra persona para estafarla y obtener objetos valiosos. Las sanciones dependen del valor de la propiedad obtenida.
Ejemplos comunes de obtener dinero mediante falsas pretensiones incluyen:
- Cobrar por un trabajo que la persona no realizó;
- Vender una propiedad que el vendedor no entrega al comprador después del pago; o
- Un propietario que recibe dinero de alquiler mientras mantiene el lugar inaccesible para el inquilino
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas, Nevada responden preguntas frecuentes sobre violaciones de NRS 205.380.
- 1. ¿Cuáles son las sanciones?
- 2. ¿Cuáles son las defensas?
- 3. ¿Cuáles son las consecuencias de inmigración?
- 4. ¿Se puede sellar el registro?
1. ¿Cuáles son las sanciones?
La pena por violar NRS 205.380 depende de la cantidad de dinero obtenida ilegalmente.1
Cantidad de dinero obtenida mediante falsos pretextos | Penalidades de Nevada |
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Menos de $1,200 | Delito menor:
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$1,200 a menos de $5,000 | delito grave de categoría D
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$5,000 a menos de $25,000 | delito grave de categoría C
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$25,000 a menos de $100,000 | delito grave de categoría B
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$100,000 o más | delito grave de categoría B
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2. ¿Cuáles son las defensas?
Dos estrategias de defensa comunes contra los cargos de Nevada de obtener dinero mediante falsos pretextos son las siguientes:
- El acusado no tenía intención de defraudar; o
- El acusado no recibió nada de valor
Sin intención de defraudar
NRS 205.380 es un delito intencional. Si el acusado no tenía la intención de defraudar a la víctima, entonces no es culpable.2
Ejemplo: En 1993, el Tribunal Supremo de Nevada escuchó un caso que involucraba a un titular de cuenta bancaria que descubrió $5,000 adicionales en su cuenta. Informó el dinero al banco. Y los empleados del banco le aseguraron que podía retirar el dinero y quedárselo. Procedió a retirar el efectivo de un cajero automático y luego fue arrestada. Pero el tribunal dijo que no cometió ningún delito porque no tenía la intención de defraudar al banco.3
Es difícil para los fiscales probar la intención de defraudar porque el estado mental del acusado es invisible. En cambio, los fiscales se basan en pruebas circunstanciales como comunicaciones grabadas, testigos presenciales y vigilancia por video.
El acusado no recibió nada de valor
Incluso si el acusado tiene la intención de estafar a alguien, no puede violar NRS 205.380 si no obtiene nada de valor.
Ejemplo: Max promete arreglar el patio trasero de Henry por $2,000. Max nunca tuvo la intención de hacer el trabajo. Pretende tomar el dinero y huir. Pero antes de que Henry pueda hacerle un cheque, cambia de opinión y decide contratar a otra persona. Aunque Max tenía la intención de defraudar, no violó NRS 205.380 porque no obtuvo nada por sus falsos pretextos.
En cada caso penal, la fiscalía tiene la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Si el abogado defensor puede demostrar que la evidencia del estado es demasiado débil, el cargo puede reducirse o desestimarse.
3. ¿Cuáles son las consecuencias de inmigración?
Obtener algo de valor mediante falsos pretextos puede calificar como un delito que involucra una turpitud moral.4 Esto significa que los no ciudadanos condenados por ello pueden ser deportados después de que termine su sentencia.
Se recomienda a los inmigrantes que enfrentan cargos penales que busquen asesoramiento legal de inmediato. Un abogado experimentado puede lograr que se desestimen los cargos de NRS 205.380 o se reduzcan a un delito no deportable.
4. ¿Se puede sellar el registro?
Sí. Las condenas por delitos menores pueden ser selladas en Nevada un año después de que termine el caso. Las condenas por delitos graves de categoría D, C o B pueden ser selladas cinco años después de que termine el caso. Y si se desestima el cargo, el acusado puede solicitar un sellado de registro de inmediato.5
Aprende más sobre sellado de registros penales en Nevada.
También consulta nuestros artículos relacionados sobre fraude con tarjetas de crédito (NRS 205.760) y transferencia fraudulenta (NRS 205.330 y NRS 205.355).
¿En California? Consulta nuestro artículo Código Penal 532 PC.
¿En Colorado? Consulta nuestros artículos sobre robo menor en Colorado y robo mayor en Colorado.
Referencias Legales
- NRS 205.380. El lenguaje de la ley es el siguiente:
Obtención de dinero, propiedad, alquiler o trabajo mediante falsas pretensiones.
1. Una persona que, con conocimiento y a propósito, obtiene de otra persona cualquier cosa elegida en acción, dinero, bienes, mercancías, efectos u otra cosa de valor, incluyendo alquiler o el trabajo de otra persona que no sea su empleado, con la intención de engañar o defraudar a la otra persona, es un estafador y, a menos que la ley disponga lo contrario, será castigado:
(a) Si el valor de la cosa o el trabajo obtenido fraudulentamente fue inferior a $1,200, por un delito menor, y deberá ser condenado a restituir la propiedad obtenida fraudulentamente si es posible, o a pagar el alquiler o el trabajo.
(b) Si el valor de la cosa o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $1,200 o más pero menos de $5,000, por un delito grave de categoría D según lo dispuesto en NRS 193.130.
(c) Si el valor de la cosa o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $5,000 o más pero menos de $25,000, por un delito grave de categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130.
(d) Si el valor de la cosa o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $25,000 o más pero menos de $100,000, por un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 10 años, y una multa de no más de $10,000.
(e) Si el valor de la cosa o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $100,000 o más, por un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 20 años, y una multa de no más de $15,000.
2. Además de cualquier otra pena establecida en el párrafo (b), (c), (d) o (e) del apartado 1, el tribunal ordenará a la persona que pague la restitución.
3. A los efectos de esta sección, es una prueba prima facie de una intención de defraudar si el girador de un cheque u otro instrumento dado en pago por:
(a) Propiedad que pueda ser devuelta en la misma condición en que fue recibida originalmente;
(b) Alquiler; o
(c) Trabajo realizado de manera hábil siempre que se haya proporcionado un presupuesto por escrito antes de que se realice el trabajo y el costo real del trabajo no exceda el presupuesto,
Ê detiene el pago de ese instrumento y no devuelve ni ofrece devolver la propiedad en esa condición, o especifica de qué manera el trabajo fue deficiente dentro de los 5 días después de recibir un aviso del beneficiario de que el instrumento no ha sido pagado por el girador.
4. El aviso debe enviarse al girador por correo certificado, con acuse de recibo, a la dirección que figura en el instrumento. El aviso debe incluir una declaración de las sanciones establecidas en esta sección. El retorno del aviso debido a la falta de entrega al girador plantea una presunción refutable de la intención de defraudar.
5. Un aviso en letra negrita claramente legible y en sustancialmente la siguiente forma debe publicarse en un lugar visible en todas las oficinas principales y sucursales de cada banco y en cada lugar de negocios en el que se realice la venta al por menor o se realice trabajo para el público y debe ser proporcionado en forma escrita por un arrendador a un inquilino:
La detención del pago de un cheque u otro instrumento dado en pago por propiedad que pueda ser devuelta en la misma condición en que fue recibida originalmente, alquiler o trabajo que se completó de manera hábil, y la falta de devolución o la oferta de devolución de la propiedad en esa condición o especificar de qué manera el trabajo fue deficiente dentro de los 5 días después de recibir un aviso de no pago es punible:
1. Si el valor de la propiedad, el alquiler o el trabajo obtenido fraudulentamente fue inferior a $1,200, como un delito menor con una pena de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses, o una multa de no más de $1,000, o ambas.
2. Si el valor de la propiedad, el alquiler o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $1,200 o más pero menos de $5,000, como un delito grave de categoría D con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 4 años, o una multa de no más de $5,000, o ambas.
3. Si el valor de la propiedad, el alquiler o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $5,000 o más pero menos de $25,000, como un delito grave de categoría C con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 5 años, o una multa de no más de $10,000, o ambas.
4. Si el valor de la propiedad, el alquiler o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $25,000 o más pero menos de $100,000, como un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 10 años, y una multa de no más de $10,000.
5. Si el valor de la propiedad, el alquiler o el trabajo obtenido fraudulentamente fue de $100,000 o más, como un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 1 año y un máximo de no más de 20 años, y una multa de no más de $15,000.
- Amen v. State, 106 Nev. 749, 801 P.2d 1354 (1990).
- Schertz v. Estado, 109 Nev. 377, 849 P.2d 1058 (1993).
- Ver, por ejemplo, Materia de D, 2 I. & N. Dec. 836 (BIA 1947).
- NRS 179.245; NRS 179.255.