Bajo NRS 171.126, puedes hacer arrestos ciudadanos en Nevada a menos que el sospechoso haya cometido un delito menor o un delito mayor fuera de tu presencia. No necesitas una orden de arresto para hacer un arresto ciudadano, y puedes realizar el arresto en cualquier momento del día.
Puedes usar solo la fuerza necesaria para detener a los sospechosos. Nunca se permite el uso de la fuerza letal durante los arrestos ciudadanos a menos que estés actuando en defensa propia.
Si realizas un arresto ciudadano ilegal, puedes enfrentar un proceso penal dependiendo de las circunstancias del caso. Las posibles sanciones incluyen encarcelamiento, multas y pagos de restitución a la víctima a la persona que arrestaste ilegalmente.
El siguiente diagrama muestra el proceso para realizar un arresto ciudadano legal.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten cómo hacer arrestos ciudadanos en Nevada bajo NRS 171.126:
- 1. Definición
- 2. Cuándo puedo hacer un arresto ciudadano
- 3. Uso de la fuerza
- 4. Privilegio del comerciante
- 5. Sanciones por arrestos ciudadanos ilegales
- Lectura adicional
1. Definición
Un arresto ciudadano es cuando pones a un sospechoso criminal bajo arresto aunque no seas miembro de las fuerzas del orden. Por lo general, ordenas al sospechoso que se detenga y puede que tengas que contener físicamente al sospechoso hasta que la policía pueda llegar para hacerse cargo.1
2. Cuándo puedo hacer un arresto ciudadano
NRS 171.126 establece tres situaciones en las que puedes poner a un sospechoso criminal bajo arresto:
- El sospechoso cometió cualquier delito en tu presencia (en otras palabras, presenciaste al sospechoso cometiendo un delito);
- El sospechoso cometió un delito grave, incluso si no lo presenciaste; o
- Se ha cometido un delito grave y tienes una causa razonable para creer que el sospechoso lo cometió
En resumen, la única situación en la que no puedes hacer arrestos ciudadanos es si el sospechoso supuestamente cometió un delito menor o un delito mayor fuera de tu presencia.
Ten en cuenta que no se requieren órdenes de arresto para hacer un arresto ciudadano en Nevada. También ten en cuenta que los arrestos ciudadanos pueden ocurrir en cualquier momento, día o noche; no hay períodos en los que los arrestos ciudadanos estén prohibidos.2
3. Uso de la fuerza
Cuando realizas un arresto ciudadano a un sospechoso criminal, solo puedes usar la fuerza necesaria y razonable en las circunstancias.
Por ejemplo, si un sospechoso se rinde y no se resiste, no debes golpear al sospechoso; en cambio, simplemente debes permanecer con el sospechoso hasta que llegue la policía.
La única vez que puedes usar la fuerza letal contra un detenido es en defensa propia o en defensa de otros. Por lo tanto, a menos que el sospechoso represente una amenaza de lesiones corporales graves para alguien, no tienes justificación legal para matar al sospechoso sin importar qué delito haya cometido.3
4. Privilegio del comerciante
La ley de Nevada permite a los comerciantes detener a sospechosos de robo y retenerlos en las instalaciones de manera razonable y por un tiempo razonable hasta que llegue la policía. Algunos comerciantes optan por liberar a los sospechosos sin llamar a las autoridades siempre que los sospechosos entreguen los bienes robados.4
Los encargados de la tienda no serán responsables civil o penalmente por detener razonablemente a un presunto ladrón mientras tengan el siguiente aviso exhibido de manera conspicua en la tienda en tipo en negrita:
Cualquier comerciante o su agente que tenga motivos para creer que una persona ha tomado ilegalmente mercancía puede detener a dicha persona en las instalaciones del comerciante con el propósito de recuperar la propiedad o notificar a un oficial de paz. Un adulto o los padres o el tutor legal de un menor que robe mercancía es responsable civilmente por su valor y daños adicionales. NRS 597.850, 597.860 y 597.870.
Aprenda más sobre el privilegio del comerciante (NRS 597.850).
5. Sanciones por arrestos ciudadanos ilegales
Si realiza un arresto ciudadano ilegal, enfrenta uno o más de los siguientes cargos penales dependiendo de las circunstancias del arresto.
5.1. Encarcelamiento falso
El encarcelamiento falso (NRS 200.460) ocurre cuando priva ilegalmente a otra persona de su libertad de movimiento. Sostener a alguien durante un arresto ciudadano ilegal podría calificar como encarcelamiento falso.
Cometer un encarcelamiento falso con el uso de un arma mortal es un delito mayor de categoría B, con una pena de uno a seis años en la Prisión Estatal de Nevada. De lo contrario, el encarcelamiento falso es un delito menor grave, con una pena de:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $2,000 en multas
5.2. Agresión con un arma mortal
Agresión con un arma mortal (NRS 200.471(2)(b)) ocurre cuando usa un arma de fuego u otro objeto peligroso para poner a otra persona en un temor razonable de daño corporal inmediato. Apuntar una pistola a alguien durante un arresto ciudadano ilegal podría calificar como agresión con un arma mortal.
La agresión con un arma mortal se procesa como un delito mayor de categoría B, con una pena de:
- 1 – 6 años en prisión, y/o
- Hasta $5,000 en multas
5.3. Suplantación de un oficial
Suplantación de un funcionario público (NRS 199.430) ocurre cuando defrauda a otra persona haciéndose pasar por un funcionario público. En 2012, una persona fue arrestada en Las Vegas por un arresto ciudadano ilegal por afirmar falsamente al sospechoso que era un oficial de policía.5
Hacerse pasar por un oficial de policía es un delito menor grave, con una pena de:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $2,000 en multas
Además, es posible que tenga que pagar restitución a la víctima a las víctimas que sufrieron daños por su falsa suplantación.
Lectura adicional
Para obtener más información detallada, consulte estos artículos académicos:
- Doctrina del arresto ciudadano: permitiendo al vigilante moderno – Revista de Derecho de LSU para la Justicia Social y Política.
- La persistencia desconcertante de las leyes de arresto ciudadano y la necesidad de revisarlas – Revista de Derecho de Howard.
- Arresto ciudadano y raza – Revista de Derecho Penal de la Universidad Estatal de Ohio.
- Vilipendiando al vigilante: un alcance limitado del arresto ciudadano – Revista de Derecho y Política Pública de Cornell.
- Informar sobre delitos y arrestar a delincuentes: derechos y responsabilidades de los ciudadanos en virtud de su derecho penal – Derecho Penal y Filosofía.
Referencias Legales
- NRS 171.126 Arresto por parte de una persona privada. Una persona privada puede arrestar a otra: 1. Por un delito público cometido o intentado en presencia de la persona. 2. Cuando la persona arrestada ha cometido un delito grave, aunque no esté en presencia de la persona. 3. Cuando se haya cometido un delito grave en realidad, y la persona privada tenga una causa razonable para creer que la persona arrestada lo ha cometido.
- Id.
- State v. Weddell, 117 Nev. 651, 27 P.3d 450 (2001). (Lexis: “Al asegurar o intentar un arresto bajo NRS 171.126, una persona privada solo puede usar la cantidad de fuerza que sea razonable y necesaria bajo las circunstancias; el uso de fuerza letal es, como cuestión de ley, irrazonable, a menos que el arrestado represente una amenaza de lesiones corporales graves para el arrestador privado u otras personas.”)
- NRS 597.850. Hurto en tiendas: El comerciante puede solicitar a la persona en las instalaciones que mantenga la mercancía a la vista; detención del sospechoso; inmunidad del comerciante de responsabilidad; exhibición de aviso. 1. A los efectos de esta sección y de NRS 597.860 y 597.870: (a) “Mercancía” significa cualquier propiedad personal, capaz de ser entregada manualmente, exhibida, retenida u ofrecida para la venta por un comerciante. (b) “Comerciante” significa un propietario u operador, y el agente, consignatario, empleado, arrendatario u oficial de un propietario u operador, de cualquier establecimiento de comerciante. (c) “Instalaciones” significa cualquier establecimiento o parte del mismo en el que se exhiba, retenga u ofrezca para la venta mercancía. 2. Cualquier comerciante puede solicitar a cualquier persona en las instalaciones del comerciante que coloque o mantenga a la vista cualquier mercancía que la persona pueda haber retirado, o que el comerciante tenga motivos para creer que la persona pueda haber retirado, de su lugar de exhibición o en otro lugar, ya sea para examinarla, comprarla o para cualquier otro propósito. Ningún comerciante es penal o civilmente responsable por haber hecho tal solicitud. 3. Cualquier comerciante que tenga motivos para creer que una persona ha tomado ilegalmente mercancía y que el comerciante puede recuperar la mercancía tomando a la persona en custodia y deteniéndola, puede, con el propósito de intentar efectuar dicha recuperación o para informar a un oficial de paz de las circunstancias de dicha detención, tomar a la persona en custodia y detenerla, en las instalaciones, de manera razonable y por un tiempo razonable. Se presume que un comerciante tiene motivos para creer que una persona ha tomado ilegalmente mercancía y que el comerciante puede recuperar la mercancía tomando a la persona en custodia y deteniéndola si el comerciante observó a la persona ocultando mercancía mientras estaba en las instalaciones. Tal toma en custodia y detención por parte de un comerciante no lo hace penal o civilmente responsable por arresto falso, detención ilegal, difamación o detención ilegal a menos que la toma en custodia y detención sean irrazonables en todas las circunstancias. 4. Ningún comerciante tiene derecho a la inmunidad de responsabilidad prevista en esta sección a menos que se exhiba en un lugar conspicuo en las instalaciones del comerciante un aviso en letra negrita claramente legible y en sustancia en la siguiente forma:Cualquier comerciante o su agente que tenga motivos para creer que una persona ha tomado ilegalmente mercancía puede detener a dicha persona en las instalaciones del comerciante con el propósito de recuperar la propiedad o notificar a un oficial de paz. Un adulto o los padres o el tutor legal de un menor, que robe mercancía, es civilmente responsable por su valor y daños adicionales. NRS 597.850, 597.860 y 597.870.
- Francis McCabe, “Hacer un arresto ciudadano puede tener consecuencias negativas en Nevada‘, Las Vegas Review-Journal (31 de marzo de 2013).