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NRS § 199.240 es el estatuto de Nevada que convierte en un delito sobornar a un testigo para influir en su testimonio. De manera similar, NRS § 199.250 convierte en un delito que un testigo busque o reciba un soborno para influir en su testimonio.
El soborno a un testigo se procesa como un delito grave de categoría C, con una pena de 1 a 10 años de prisión. Aunque es posible que podamos reducir los cargos o incluso desestimarlos.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Qué significa soborno a un testigo?
- 2. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
- 3. ¿Iría a la cárcel?
- 4. ¿Puedo ser deportado?
- 5. ¿Puede mi registro ser sellado?
- 6. ¿Es un delito federal?
- 7. ¿Cuáles son los estatutos de soborno a un testigo?
- 8. Delitos penales relacionados
1. ¿Qué significa soborno a un testigo?
1.1. Soborno de un testigo
El soborno de un testigo ocurre cuando se paga (o se acuerda pagar) a un testigo para influir en su testimonio en un procedimiento oficial (como un juicio). No importa si el pago consiste en:
- dinero,
- propiedad y/o
- favores.
Ejemplo: El esposo de Sandra, John, va a juicio en Carson City por cometer DUI. Sandra le ofrece al testigo del estado $1,000 para que mienta en el estrado y testifique que John solo bebió soda, no cerveza.
andra es culpable incluso si el testigo rechaza el soborno o si el testigo dice la verdad después de recibir el dinero. (Y si el testigo acepta el soborno, el testigo enfrentaría cargos por soborno de un testigo, discutidos a continuación.)
En resumen, soborno de un testigo es intentar pagar a un testigo para “arreglar” su testimonio.1
1.2. Soborno por un testigo
El soborno por un testigo ocurre cuando un testigo en un procedimiento oficial pide o recibe un pago para influir en su testimonio.
Ejemplo: Juan es un testigo clave en un próximo juicio en el tribunal de distrito en Henderson por violencia doméstica con lesiones. Luego, Juan llama a los padres del acusado y les ofrece no presentarse al juicio si le pagan $1,000.
Aquí, Juan podría ser condenado por soborno por un testigo incluso si los padres del acusado se niegan a pagarle o si Juan se presenta después de recibir el dinero. (Y si los padres pagan, podrían ser acusados de soborno de un testigo.)
Similar al soborno de un testigo, el soborno por un testigo sigue siendo un delito independientemente de si el pago consiste en:
- dinero,
- propiedad y/o
- favores.2
2. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
El soborno de un testigo se considera un delito de intención específica según la ley de Nevada. Esto significa que ningún jurado puede condenarte a menos que crean que intentaste influir en el testimonio de un testigo.3
Por lo tanto, en nuestra experiencia, la defensa más efectiva contra los cargos de soborno de un testigo es afirmar que no tenías intención de influir en el testimonio. Podríamos argumentar que:
- estabas teniendo una conversación inocente, y
- tus palabras fueron malinterpretadas como soborno.
Si no hay suficiente evidencia para probar más allá de una duda razonable que tenías intención criminal, los cargos deberían ser desestimados.
presentar también una moción para suprimir pruebas solicitando que el juez descarte cualquier evidencia que los oficiales de policía hayan encontrado a través de una búsqueda ilegal. Si el juez está de acuerdo en que las fuerzas del orden violaron la ley, el fiscal del distrito podría retirar todo el caso por falta de pruebas.
Tenga en cuenta que los siguientes dos argumentos no pueden hacer que se desestimen los cargos de “soborno a un testigo”:
- el juicio o audiencia en cuestión aún no ha sido programado; o
- el testimonio que se busca sería inadmisible de todos modos.4
3. ¿Iría a la cárcel?
El soborno a un testigo es un delito grave de categoría C en Nevada que conlleva de uno a 10 años en prisión. Además, el tribunal puede imponer una multa:
- Hasta $50,000 por soborno a un testigo; o
- Hasta $10,000 por soborno por un testigo.5
El estado también puede iniciar un proceso de confiscación de bienes para recuperar cualquier dinero o propiedad de soborno que haya cambiado de manos.
Sin embargo, es posible que podamos persuadir al juez para que otorgue libertad condicional en lugar de la cárcel para que pueda permanecer en libertad.
4. ¿Puedo ser deportado?
Los no ciudadanos condenados por soborno a un testigo pueden ser deportados porque este delito se considera un delito grave agravado.6 Por eso nuestro equipo legal lucha tanto para que se retiren o reduzcan estos cargos a un delito no deportable.
5. ¿Puede mi registro ser sellado?
Su condena por soborno a un testigo puede ser sellada de sus registros penales cinco años después de que termine el caso. Si su caso penal es desestimado, entonces puede solicitar un sellado de registros inmediatamente.7
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Aprende sobre cómo sellar los registros penales de Nevada.
6. ¿Es un crimen federal?
El soborno de testigos es un crimen bajo la ley federal solo cuando:
- involucra un caso federal, o
- afecta el comercio interestatal.
Los jueces de la corte federal pueden imponer:
- hasta 15 años en prisión federal, y/o
- hasta 3 veces la cantidad del soborno.8
Aprende más sobre las leyes federales de soborno de testigos.
7. ¿Cuáles son los estatutos de soborno de testigos?
NRS 199.240(1). Sobornar o intimidar a testigos para influir en su testimonio.
Una persona que:
1. Da, ofrece o promete directa o indirectamente cualquier compensación, gratificación o recompensa a cualquier testigo o persona que pueda ser llamada como testigo en un procedimiento oficial, con un acuerdo o entendimiento de que su testimonio será influenciado por ello…
es culpable de un delito grave de categoría C y será castigado según lo dispuesto en NRS 193.130, y puede ser adicionalmente castigado con una multa de hasta $50,000.
199.250. Testigo que acepta soborno.
Una persona que es o puede ser testigo en un juicio, audiencia, investigación u otro procedimiento ante cualquier tribunal, tribunal o persona autorizada para escuchar pruebas o tomar testimonio, que pide o recibe, directa o indirectamente, cualquier compensación, gratificación o recompensa, o cualquier promesa de ello, con un acuerdo o entendimiento de que su testimonio será influenciado por ello, o que la persona estará ausente del juicio, audiencia u otro procedimiento, es culpable de un delito grave de categoría C y será castigado según lo dispuesto en NRS 193.130.
8. Delitos penales relacionados
8.1. Disuadir a un testigo
Disuadir a un testigo (NRS 199.230) es intentar evitar que un testigo aparezca en la corte a través de:
- persuasión,
- fuerza,
- amenazas,
- intimidación, o
- engaño
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con la intención de obstruir la justicia.
Disuadir a un testigo puede ser un delito grave de categoría D o un delito menor grave dependiendo de si se utilizó fuerza física (o la amenaza inmediata de fuerza física).
8.2. Intimidación de un testigo para influir en el testimonio
NRS 199.240(2) convierte en un delito grave de categoría C el uso de:
- fuerza,
- amenaza, o
- intimidación
con la intención de influir en el testimonio del testigo. Las penas son idénticas a las del soborno de un testigo.
8.3. Perjurio
Perjurio (NRS 199.120) es mentir bajo juramento. Las personas enfrentan cargos de delito grave de categoría D por:
- cometer perjurio ellos mismos, o
- inducir a otros a cometer perjurio (llamado “subornación de perjurio”).
8.4. Extorsión
Extorsión (NRS 205.320) – también conocida como chantaje – es un delito más grave que el soborno según la ley estatal. Consiste en amenazar deliberadamente la:
- salud,
- propiedad, o
- reputación
con el propósito de obtener dinero o influencia. La extorsión es un delito grave de categoría B.
Lectura adicional:
Vea nuestros artículos relacionados sobre delitos de soborno en Nevada, soborno de/por jueces o jurados, soborno en el deporte, soborno de/por funcionarios públicos, y soborno comercial.
¿En California? Visite nuestra página sobre Códigos Penales 137 y 138 PC.
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Referencias Legales
- NRS 199.240(1). Ver, por ejemplo, Fox v. Sheriff, Condado de Clark, (1970) 86 Nev. 21.
- NRS 199.250.
- Ver notas 1 y 2.
- NRS 199.242 (“No es una defensa en un proceso bajo NRS 199.230 o 199.240 demostrar que: 1. No había un procedimiento oficial pendiente o a punto de ser iniciado; o 2. El testimonio buscado o el registro, documento u otro objeto que se hubiera producido habría sido legalmente privilegiado o inadmisible como evidencia.”).
- Ver notas 1 y 2.
- 8 U.S.C. § 1101(a)(43)(S).
- NRS 179.245. NRS 179.255.
- 18 U.S.C. § 201. Ver, por ejemplo, United States v. Smith, (9th. Cir., 1999) 196 F.3d 1034.
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