Las penas por intentar escapar de la prisión en Nevada dependen de si el acusado está encarcelado por un delito menor, un delito grave o un delito grave. Si es por un delito grave, la pena generalmente es de hasta 364 días en la cárcel. Si es por un delito grave, la pena puede ser de hasta 10 o 20 años en prisión.
Acusados en custodia por un delito grave o delito menor
Los presos de Nevada que han sido acusados o condenados por un delito grave o delito menor enfrentan las siguientes penas si intentan escapar:
Si no usan un arma peligrosa para facilitar la fuga, intentar escapar es un delito grave, con:
- hasta 364 días en la cárcel y/o
- hasta $2,000 en multas
Si usan un arma peligrosa para facilitar la fuga, intentar escapar es un delito de categoría B, con:
- de 1 a 6 años en la Prisión Estatal de Nevada, y
- posiblemente una multa de hasta $5,000
Acusados en custodia por un delito grave
Los presos de Nevada que han sido acusados o condenados por un delito grave serán acusados de un delito de categoría B si intentan escapar. Las penas específicas dependen de si se aplican alguna de estas tres “circunstancias agravantes”:
- el acusado usó un arma peligrosa,
- el acusado tomó a una persona como rehén, y/o
- el intento de escape causó que alguien sufriera un daño corporal grave
Si alguna de estas tres circunstancias agravantes ocurrió, el acusado enfrenta:
- de 2 a 20 años en prisión, y
- posiblemente hasta $20,000 en multas
Además, la sentencia debe correr consecutivamente con la sentencia por el delito grave subyacente. Finalmente, el juez no puede otorgar la libertad condicional ni suspender la sentencia.
Si ninguna de estas tres circunstancias agravantes se aplica, el acusado enfrenta:
- 1 a 10 años de prisión, y
- posiblemente hasta $10,000 en multas
Ayudar a un prisionero a escapar
La pena en Nevada por ayudar a un preso a intentar escapar depende de si el preso está encarcelado por un delito menor, un delito grave o un delito grave.
Si el preso está en custodia por un delito grave, ayudarlo a intentar escapar es un delito grave de categoría B, con:
- 1 a 10 años de prisión, y
- posiblemente hasta $10,000 en multas
Si el preso está en la cárcel por un delito menor o un delito grave, ayudarlo a intentar escapar es un delito grave siempre que no se use ninguna arma peligrosa para facilitar la fuga. Las penas por delitos graves incluyen:
- hasta 364 días en la cárcel y/o
- hasta $2,000 en multas
Pero si se usan armas para facilitar la fuga, ayudar al preso a escapar es un delito grave de categoría B, con;
- 1 a 6 años de prisión, y
- posiblemente una multa de hasta $5,000
Ocultar a un prisionero fugado
Sabedor ocultar a una persona que haya escapado de la custodia es un delito en Nevada. La pena depende de si el preso estaba encarcelado por un delito menor, un delito grave o un delito grave.
Si el preso estaba en custodia por un delito menor, ocultarlo también es un delito menor, con:
- hasta 6 meses en la cárcel y/o
- hasta $1,000 en multas
Si el preso estaba en custodia por un delito grave, ocultarlo también es un delito grave, con:
- hasta 364 días en la cárcel y/o
- hasta $2,000 en multas
Si el recluso estaba en custodia por un delito grave, ocultarlo es un delito de categoría C, con:
- 1 a 5 años en prisión, y
- hasta $10,000 en multas
Referencias Legales:
NRS 212.090 Penas para el preso que escape. Un preso confinado en una prisión, o estando bajo la custodia legal de un oficial u otra persona, que escape o intente escapar de la prisión o custodia, si el preso está detenido por un cargo, condena o sentencia de:
1. Un delito grave, será castigado:
(a) Cuando se utilice un arma peligrosa o se tomen uno o más rehenes para facilitar la fuga o el intento de fuga, o se produzca un daño corporal grave a alguien como resultado directo de la fuga o el intento de fuga, por un delito grave de categoría B con prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 2 años y un término máximo de no más de 20 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $20,000. La sentencia impuesta de conformidad con este párrafo debe correr consecutivamente después de cualquier sentencia impuesta por el delito original, y no está sujeta a suspensión ni al otorgamiento de libertad condicional.
(b) Cuando no estén presentes los factores agravantes especificados en el párrafo (a), por un delito grave de categoría B con prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 1 año y un término máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $10,000.
2. Un delito grave o un delito menor, será castigado:
(a) Cuando se utilice un arma peligrosa para facilitar la fuga o el intento de fuga, por un delito grave de categoría B con prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 1 año y un término máximo de no más de 6 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $5,000.
(b) Cuando no se utilice un arma peligrosa, por un delito grave.
NRS 212.100 Ayudar al preso a escapar. Una persona que, con la intención de efectuar o facilitar la fuga de un preso, ya sea que se efectúe o intente la fuga o no, comunique o envíe al preso cualquier información o ayuda, o comunique o envíe a la prisión cualquier disfraz, instrumento, arma u otra cosa, o ayude o asista a un preso a escapar o intentar escapar de la custodia legal de un alguacil u otro oficial o persona, será castigado si el preso está detenido por un cargo, arresto, compromiso, condena o sentencia:
1. Por un delito grave, por un delito grave de categoría B con prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 1 año y un término máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $10,000.
2. Por un delito grave o un delito menor:
(a) Cuando se usa un arma peligrosa para efectuar o facilitar la fuga o intento de fuga, por un delito de categoría B se impondrá una pena de prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 1 año y un término máximo de no más de 6 años, y se podrá imponer una multa de no más de $5,000.
(b) Cuando no se usa un arma peligrosa, por un delito grave.
NRS 212.130 Ocultar a un prisionero fugado. Se castigará a la persona que de manera consciente oculte o albergue con el propósito de ocultar a un prisionero que haya escapado o esté escapando de la custodia, de acuerdo con la acusación o condena o sentencia por la que se mantenía al prisionero:
1. Por un delito de categoría C según lo dispuesto en el NRS 193.130, si el prisionero estaba detenido por un delito.
2. Por un delito grave, si el prisionero estaba detenido por un delito grave.
3. Por un delito menor, si el prisionero estaba detenido por un delito menor.