Las personas condenadas por ciertos delitos sexuales deben registrarse como delincuentes sexuales en Colorado. Y los adultos condenados por delitos sexuales graves son públicamente buscables en el Sistema de Seguimiento y Registro de Delincuentes Sexuales de Colorado (“SOTAR”).
La mayoría de los delincuentes deben actualizar su información una vez al año. Pero los delincuentes más graves deben volver a registrarse cada tres meses. No registrarse (CRS 18-3-412.5) es un delito grave separado que conlleva hasta un año y medio en la Prisión Estatal de Colorado.
Los delincuentes que evitan más condenas por delitos sexuales pueden ser elegibles para ser eliminados del registro después de un período de tiempo mínimo:
Delito sexual de Colorado |
Cuándo los delincuentes pueden solicitar salir del registro |
Depredadores sexuales violentos (SVP); o
Agresión sexual grave o incesto; o Al menos dos condenas por comportamiento sexual ilegal |
Nunca |
Otros delitos graves de clases 1, 2 y 3 | Después de 20 años |
Otros delitos graves de clases 4, 5 y 6; o
Agresión sexual o contacto sexual de clase 1 |
Después de 10 años |
Otros delitos menores | Después de 5 años |
No registrarse | Después de 1 año (además de los años requeridos por el delito sexual subyacente) |
Sentencia diferida y adjudicación; o
El acusado era un menor de edad |
Después del sobreseimiento del caso |
A continuación, nuestros abogados defensores penales de Colorado discuten:
- 1. ¿Quién está obligado a registrarse como delincuente sexual en Colorado?
- 2. ¿Para qué se utiliza el registro de delincuentes sexuales?
- 3. ¿Qué información deben proporcionar los delincuentes?
- 4. ¿Qué información de delincuentes sexuales se divulga al público?
- 5. ¿Cuándo deben registrarse los delincuentes sexuales?
- 6. ¿Quién debe registrarse trimestralmente?
- 7. ¿Dónde pueden vivir los delincuentes en Colorado?
- 8. ¿Cuánto tiempo deben permanecer los delincuentes en el registro?
- 9. ¿Cómo pueden los delincuentes salir del registro?
- 10. ¿Qué sucede si los delincuentes no se registran?
- 11. ¿Viven delincuentes sexuales cerca de mí?
También vea nuestro artículo sobre la sentencia de delincuentes sexuales.
1. ¿Quién está obligado a registrarse como delincuente sexual en Colorado?
Las personas condenadas por cometer – o intentar cometer – cualquiera de los siguientes delitos de Colorado deben registrarse como delincuentes sexuales:
- Agresión sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404)
- Agresión sexual a un menor (CRS 18-3-405).
- Agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Agresión sexual a un cliente por parte de un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5)
- Seducción de un menor (CRS 18-3-305)
- Incesto (CRS 18-6-301)
- Incesto agravado (CRS 18-6-302)
- Tráfico de menores (CRS 18-3-502)
- Explotación sexual de menores (CRS 18-6-403)
- Procurar a un menor para la explotación sexual (CRS 18-6-404)
- Exposición indecente (CRS 18-7-302)
- Solicitar prostitución de menores (CRS 18-7-402)
- Inducir a un menor (CRS 18-7-403)
- Procurar a un menor (CRS 18-7-403.5)
- Mantener un lugar de prostitución infantil (CRS 18-7-404)
- Proxenetismo de un niño (CRS 18-7-405)
- Inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5)
- Ser cliente de un niño prostituido (CRS 18-7-406)
- Conducta sexual prohibida según CRS 18-7-701
- Promoción mayorista de obscenidad a un menor (CRS 18-7-102(1.5))
- Promoción de obscenidad a un menor (CRS 18-7-102(2.5))
- Delito grave de clase 4 atraer a un niño por internet (CRS 18-3-306 (3))
- Explotación sexual de un niño por internet (CRS 18-3-405.4)
- Indecencia pública (CRS 18-7-301(2.b)): Tercera o subsiguiente ofensa, o segunda ofensa cometida dentro de cinco años de una ofensa previa;
- Invasión de la privacidad para la gratificación sexual (CRS 18-3-405.6)
- Secuestro en segundo grado (CRS 18-3-302(3)(a)
Las personas que hayan cumplido sus sentencias por delitos sexuales antes del 1 de julio de 1991 pueden no tener que registrarse. Pero deben consultar con sus abogados para asegurarse.
Las personas en Colorado también deben registrarse si fueron condenadas por un delito similar en otro estado.1
2. ¿Para qué se utiliza el registro de delincuentes sexuales?
El registro es un servicio de notificación pública y seguridad comunitaria. Permite al público en general buscar delincuentes sexuales condenados que viven en su área. Y la policía lo utiliza para mantener un registro de los delincuentes en sus jurisdicciones. La policía es notificada cada vez que:
- Un delincuente no se registra; o
- Un delincuente se registra nuevamente en otra jurisdicción
El registro también muestra si un delincuente en particular es un SVP. Esto significa “delincuente sexualmente violento.” Los SVP son la clase de delincuentes sexuales más peligrosos en Colorado.
3. ¿Qué información tienen que proporcionar los delincuentes?
Las normas de delincuentes sexuales de Colorado requieren que los registrantes proporcionen la siguiente información a la oficina del alguacil del condado:
- Nombre (incluyendo alias)
- Identidades de mensajería instantánea y salas de chat
- Estado de registro
- Fecha de nacimiento
- Dirección
- Lugar de empleo
- Descripción física
- Fotografía
- Juego completo de huellas dactilares2
4. ¿Qué información sobre delincuentes sexuales se divulga al público?
El sitio web de la Bureau of Investigation de Colorado revela la siguiente información de registro de delincuentes sexuales sobre los delincuentes:
- Nombre
- Fecha de nacimiento
- Dirección residencial (incluyendo condado)
- Vehículos
- Estado de custodia
- Foto de perfil
- Género
- Raza
- Altura
- Peso
- Color de cabello
- Color de ojos
- Cicatrices, marcas y tatuajes
- Delitos y fechas de condena
- Si son delincuentes sexuales violentos
- Información sobre el modus operandi (detalles de los hábitos depredadores), si se conoce
- Si alguna vez no se registraron como delincuentes sexuales
El departamento de policía local / agencia de aplicación de la ley local también puede publicar esta información sobre delincuentes sexuales registrados en su sitio web.
Tenga en cuenta que los siguientes delincuentes no son públicamente buscables en el registro:
- Personas adjudicadas como menores de edad, o
- Personas condenadas solo por un delito menor3
5. ¿Cuándo deben registrarse los delincuentes sexuales?
La mayoría de los delincuentes deben actualizar su información anualmente dentro de los cinco días hábiles posteriores a su cumpleaños. Pero ciertos delincuentes deben volver a registrarse cada tres meses. (Desplácese hacia abajo hasta la siguiente sección para obtener más información sobre estos “delitos trimestrales”.)
Además, los delincuentes deben volver a registrarse siempre que:
- Cambien de dirección;
- Agreguen una dirección;
- Muevan su remolque o casa rodante (si corresponde); o
- Cambien legalmente su nombre
También hay reglas para los delincuentes que asisten, son voluntarios o trabajan en una institución de educación superior. Deben volver a registrarse cuando comiencen su trabajo o estudio. Y deben volver a registrarse en cualquier momento que cambien su estado o ubicación de trabajo en la institución.4
6. ¿Quién debe registrarse trimestralmente?
Las siguientes personas están obligadas a registrarse como delincuentes sexuales cada tres meses en Colorado.
- Depredadores sexuales violentos;
- Personas condenadas fuera del estado si su condena requeriría un registro trimestral en Colorado; y
- Personas condenadas como adultos en Colorado por:
- agresión sexual grave;
- agresión sexual a un menor;
- agresión sexual a un menor por alguien en una posición de confianza;
- agresión sexual a un menor por un psicoterapeuta;
- incesto; o
- incesto agravado
De lo contrario, están obligados a registrarse anualmente.5
Tipo de delincuente sexual | Requisito de registro en Colorado* |
Transitorios | Cada 30 días |
Depredadores sexuales violentos (DSV) | Cada 90 días |
Todos los demás delincuentes sexuales | Una vez al año |
*Los delincuentes sexuales deben registrarse dentro de los 5 días posteriores a su liberación de la prisión y al cambio de domicilio. |
7. ¿Dónde pueden vivir los delincuentes en Colorado?
La ley estatal no restringe dónde pueden vivir los delincuentes sexuales. Pero muchas ordenanzas locales prohíben a los delincuentes vivir cerca de
- escuelas,
- parques, y
- guarderías.
8. ¿Por cuánto tiempo deben permanecer los delincuentes en el registro?
Depende de lo que hayan sido condenados. Cada delito tiene un número correspondiente de años que los delincuentes deben registrarse según la ley de Colorado:
Delito de Colorado que requiere registro de delincuentes sexuales |
Años mínimos que el delincuente debe registrarse |
Depredadores sexuales violentos (SVP – personas con un alto nivel de riesgo) | De por vida |
Agresión sexual grave | De por vida |
Agresión sexual a un menor | De por vida |
Agresión sexual a un menor por alguien en una posición de confianza | De por vida |
Agresión sexual a un menor por un psicoterapeuta | De por vida |
Incesto | De por vida |
Incesto agravado | De por vida |
Más de una condena por comportamiento sexual ilegal | De por vida |
Otros delitos graves de clase 1 | 20 años |
Otros delitos graves de clase 2 | 20 años |
Otros delitos graves de clase 3 | 20 años |
Otros delitos graves de clase 4 | 10 años |
Otros delitos graves de clase 5 | 10 años |
Otros delitos graves de clase 6 | 10 años |
Delito sexual menor de clase 1 | 10 años |
Contacto sexual menor de clase 1 | 10 años |
Otros delitos menores | 5 años |
Sentencia diferida y adjudicación | Hasta que el caso sea desestimado |
El acusado tenía menos de 18 años en el momento del delito | Hasta que el caso sea desestimado |
Falta de registro | 1 año |
Una vez que se registren por el mínimo número de años, pueden presentar una petición ante el tribunal para salir del registro.
Tenga en cuenta que los depredadores sexuales violentos deben permanecer en el registro de delincuentes sexuales de Colorado de por vida.6
9. ¿Cómo pueden los delincuentes salir del registro?
Para ser elegibles para la eliminación, las personas primero deben registrarse por el número de años requerido. (Consulte la sección anterior para conocer los plazos.) Y no pueden haber sido condenados por ningún otro delito sexual.
Entonces, necesitan completar un formulario para dejar de registrarse como delincuentes sexuales. Antes de presentarlo, deben notificar a:
- La agencia de aplicación de la ley con la que están obligados a registrarse;
- El fiscal en la jurisdicción de esa agencia de aplicación de la ley; y
- El fiscal que condenó al delincuente
No hay tarifa de presentación para los residentes de Colorado. Los residentes de otros estados deben pagar una tarifa de presentación de $235. Y puede haber tarifas por obtener copias de los registros necesarios.7
10. ¿Qué pasa si los delincuentes no se registran?
Falta de registro si el delito sexual subyacente es un delito grave es un delito grave de clase 6. Las penas en el estado de Colorado incluyen:
- $1,000 a $100,000 en multas, y/o
- 1 a 1 ½ años en la prisión estatal de Colorado
Una segunda o posterior infracción es un delito grave de clase 5 de Colorado. Las penas incluyen:
- 1 a 3 años en prisión, y/o
- Una multa de $1,000 a $100,000.
La falta de registro es un delito menor extraordinario de clase 1 si el acusado fue condenado por un delito menor de delito sexual o su equivalente en otra jurisdicción o tribunal juvenil. El castigo es.
- 6 a 18 meses en la cárcel, y/o
- Una multa de hasta $1,000
Las condenas también se notarán en la página de perfil del registro de la persona.8
11. ¿Viven delincuentes sexuales cerca de mí?
Vaya al sitio web de Kids Live Safe, que le permite buscar por código postal a delincuentes sexuales registrados cercanos.
Vea nuestros artículos relacionados, Reglas de delincuentes sexuales de Colorado – 4 para conocer y La diferencia entre “Incesto” y “Incesto agravado” en Colorado.
¿En California? Vea nuestro artículo sobre la Información del registro de delincuentes sexuales de California.
¿En Nevada? Vea nuestro artículo sobre las Leyes de registro de delincuentes sexuales de Nevada.
Referencias Legales
- Estatutos Revisados de Colorado 16-22-103; Leyes que Rigen a los Delincuentes Sexuales en Colorado, Personal del Consejo Legislativo de Colorado (Diciembre de 2016); Jamison v. People (1999) 988 P.2d 177.
- CRS 16-22-105.
- CRS 16-22-103.
- CRS 16-22-108.
- Igual.
- CRS 16-22-113.
- Igual; ver también Curtiss v. People (2014) COA 107, 410 P.3d 539 (Tribunal de Apelaciones de Colorado, División Siete, 2014).
- CRS 18-3-412.6 & CRS 18-3-412.5; ver también CRS 16-22-115. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 1 de riesgo extraordinario conllevaban de 6 a 24 meses de cárcel y/o una multa de $500 a $5,000. SB21-271.