A medida que un caso penal de Colorado avanza a través del proceso previo al juicio, es típico llevar a cabo una audiencia de disposición. Aquí es donde decides si aceptar la oferta de acuerdo de culpabilidad del fiscal o proceder a juicio. Aceptar la oferta y declararse culpable o no contestar resultaría en la resolución de los cargos penales sin pasar por un juicio.
No todos los casos penales pasan por una audiencia de disposición. Si no desea un acuerdo de culpabilidad o necesita más tiempo para decidir cómo proceder, la audiencia de disposición puede ser:
- “aplazada” o
- reprogramada.
Generalmente, en una audiencia de disposición debes decidir si:
- aceptar un acuerdo de culpabilidad;
- aplazar la audiencia para una fecha posterior; o
- proceder a juicio.
A veces, una persona puede referirse a una “audiencia de disposición” como una audiencia general ante el juez. Es importante aclarar qué tipo de audiencia judicial está programada para entender cómo prepararse y asegurarse de tener a su abogado presente para evitar sorpresas costosas.
Para ayudarte a entender qué es una audiencia de disposición en el proceso penal de Colorado, nuestros abogados defensores penales de Colorado discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una audiencia de disposición?
- 2. ¿Siempre necesito tener una audiencia de disposición?
- 3. ¿Necesito tener un abogado?
- 4. ¿Qué sucede después de la audiencia de disposición?
1. ¿Qué es una audiencia de disposición?
Una audiencia de disposición es donde el tribunal determina si el caso puede ser “resuelto” antes de ir a juicio. Aceptar la oferta de acuerdo de culpabilidad del fiscal resolverá el caso y serás sentenciado.
Si no quieres aceptar el acuerdo de culpabilidad en la audiencia de disposición,
- el caso se programará para juicio o
- puedes pedir más tiempo para negociar o considerar el acuerdo de culpabilidad.
Después de hablar con tu abogado, puedes:
- aceptar el acuerdo de culpabilidad,
- pedir aplazar la audiencia para una fecha posterior, o
- llevar el caso a juicio.
¿Qué es una audiencia preliminar?
Una audiencia preliminar no es lo mismo que una audiencia de disposición. Generalmente debes solicitar una audiencia preliminar de acuerdo con las Reglas de Procedimiento Penal de Colorado.1
Una audiencia preliminar es un procedimiento donde puedes impugnar el caso del estado en tu contra. El fiscal debe presentar pruebas para establecer causa probable ante el juez.
- Si el juez encuentra que existe causa probable, serás acusado de los cargos.
- El caso puede ser desestimado si el juez no encuentra causa probable.
Elegibilidad
Una audiencia preliminar generalmente solo está disponible si se te acusa de un:
- delito grave de clase 1, delito grave de clase 2 o delito grave de clase 3,
- delito grave de clase 4, 5 o 6 con tiempo obligatorio en la cárcel, o
- delito grave de clase 4, 5 o 6 y en custodia policial.
Si no eres elegible para una audiencia preliminar, renuncias a la audiencia o no solicitas una audiencia preliminar, el caso procederá a la audiencia de disposición.
2. ¿Siempre necesito tener una audiencia de disposición?
Una audiencia de disposición es donde decides si
- aceptar una oferta de acuerdo o
- llevar el caso a la corte.
Si ya has decidido no aceptar la oferta, la audiencia de disposición puede ser una audiencia corta donde se programará el caso para el juicio.
Audiencia de disposición de acuerdo de culpabilidad
La mayoría de los casos penales en Colorado nunca llegan a juicio. En su lugar, la mayoría de los casos se negocian, donde el fiscal ofrece recomendar ciertos términos a cambio de que te declares culpable.
Asegúrate de hablar con tu abogado antes de aceptar cualquier acuerdo de culpabilidad. El fiscal puede hacer que parezca que no tienes opción, o que es una “oferta única”, pero estos acuerdos generalmente se pueden negociar.
Informar al juez
Si el acuerdo de culpabilidad es la mejor opción, el fiscal presenta el acuerdo al juez con una recomendación. Si el juez acepta el acuerdo,
- se leerá en el registro de la corte y
- serás sentenciado en base al acuerdo.
Si el juez no acepta la recomendación, tú y el fiscal pueden volver a negociar.
Después de que se haya hecho y aceptado el acuerdo de culpabilidad, es el final de tu oportunidad de impugnar los cargos penales. Debes seguir los términos de la sentencia, incluyendo cualquier condición de libertad condicional o términos de libertad condicional al ser liberado.
Pedir una prórroga
Una prórroga es pedir más tiempo. En la mayoría de los casos, se otorgará una prórroga para evitar violar tus derechos. Sin embargo, es posible que debas mostrar una razón por la cual una prórroga es necesaria, especialmente si has pedido múltiples extensiones.
Las razones para una prórroga pueden incluir:
- negociaciones continuas de acuerdo de culpabilidad,
- la ausencia del defensor público en la corte,
- la sustitución del defensor público por un abogado de defensa penal,
- conflicto de programación con la corte, el fiscal, tú o tu abogado de defensa, o
- enfermedad o emergencia.
A menudo, una audiencia puede ser aplazada porque la corte se quedó sin tiempo. La corte tendrá múltiples audiencias en cualquier fecha determinada. Cuando estas
- comparecencias,
- juicios,
- audiencias y
- otros procedimientos
se extienden, las partes restantes programadas pueden ser informadas de que se vayan a casa y regresen en otra fecha.
Esto puede ser frustrante cuando has tomado tiempo libre en el trabajo o has organizado cuidado de niños, solo para que te digan que vuelvas de nuevo.
Llevar tu caso a juicio
Si no quieres aceptar la oferta del fiscal, el juez enviará el caso a juicio. Puede parecer intimidante enfrentar un juicio ante un jurado en una corte penal juicio por jurado donde el jurado determina la culpabilidad o inocencia.
Sin embargo, puede haber varios pasos antes de que pises la corte frente a un jurado. En la mayoría de los casos, tu caso nunca llegará a juicio.
El fiscal y tú pueden continuar negociando posibles acuerdos de culpabilidad, hasta la etapa del juicio. Tu abogado puede recomendarte aceptar un acuerdo de culpabilidad. Sin embargo, es importante saber que la decisión final de aceptar o no la oferta depende de tí solamente.
3. ¿Necesito tener un abogado?
Deberías tener un abogado antes de presentarte a la audiencia de disposición. Un abogado experimentado en defensa penal de Colorado será el mejor para explicarte todas tus opciones y los beneficios y consecuencias de ir a juicio versus aceptar un acuerdo de culpabilidad.
Si necesitas más tiempo para conseguir un abogado, generalmente puedes pedir más tiempo en la audiencia de disposición. Contactar a un abogado de defensa penal lo antes posible después de un arresto le dará a tu abogado la oportunidad de
- revisar tu caso,
- investigar los cargos y
- ayudarte a decidir cómo luchar por tus derechos.
¿Puedo tener un defensor público para la audiencia de disposición?
Si no tienes un abogado y no puedes pagar uno, la corte puede designar un defensor público. Para obtener un defensor público en Colorado, debes cumplir con ciertos límites de ingresos y activos.
Si tienes un defensor público, tu defensor público generalmente hablará con el fiscal para llegar a un acuerdo de culpabilidad. Tu defensor público probablemente intentará convencerte de aceptar un acuerdo de culpabilidad.
Esto se debe en parte a que los defensores públicos a menudo tienen una carga de trabajo pesada y recursos limitados. Un acuerdo de culpabilidad es la forma más rápida para el defensor público de resolver su caso.
4. ¿Qué sucede después de la audiencia de disposición?
Lo que sucede después de la audiencia de disposición depende de lo que decida, ya sea:
- aceptar un acuerdo de culpabilidad;
- continuar la audiencia para una fecha futura; o
- llevar el caso a juicio.
Después de un acuerdo de culpabilidad
Después de aceptar un acuerdo de culpabilidad, el juez presenta el trato con la recomendación del fiscal. El juez generalmente acepta la recomendación del fiscal. Sin embargo, el juez no está obligado a aceptar el acuerdo de culpabilidad.
Si el juez acepta el acuerdo de culpabilidad, se leerá en voz alta ante usted. Dependiendo del acuerdo de culpabilidad y los cargos penales, puede ser condenado a prisión o liberado, según los términos del acuerdo.
Retirada de la declaración de culpabilidad y violaciones
Generalmente, no tiene muchas oportunidades de cambiar de opinión después de aceptar el acuerdo de culpabilidad. Usted tiene la carga de demostrar una “razón justa y válida” para retirar una declaración de culpabilidad antes de la imposición de una sentencia.2
Para justificar la discreción favorable a usted si desea cambiar su declaración de culpabilidad, debe haber alguna demostración de que la justicia se verá perjudicada al negar un cambio de declaración.3
Además, si viola los términos de la libertad condicional o de una sentencia alternativa, puede ser condenado a prisión, según los términos del acuerdo de culpabilidad.
Después de una continuación
Una continuación es un retraso para posponer la audiencia para una fecha futura. Generalmente, una continuación permite a su abogado más tiempo para negociar un mejor acuerdo de culpabilidad con el fiscal.
Después de que se concede una continuación, el tribunal puede programar otra audiencia de disposición u otra fecha de la corte para determinar si el caso se resolverá mediante un acuerdo de culpabilidad o si se llevará a juicio.
Ir a juicio
Si no desea declararse culpable o no desea aceptar el acuerdo de culpabilidad, el caso puede ser programado para juicio. Sin embargo, puede haber una serie de pasos antes de que el caso llegue a juicio. Esto puede incluir:
- Audiencias previas al juicio,
- Mociones previas al juicio,
- Continuar las negociaciones del acuerdo de culpabilidad,
- Juicio ante el juez o juicio con jurado4, y
- Selección del jurado5.
La mayoría de los casos penales en Colorado nunca llegan a juicio. La mayoría de los casos penales se resuelven mediante un acuerdo de culpabilidad.6
Incluso si un caso va a audiencias previas al juicio, el abogado defensor puede ganar algunas mociones previas al juicio importantes para suprimir pruebas. Si el juez concede una moción para suprimir, el fiscal puede no tener suficientes pruebas para presentar al jurado. Esto puede resultar en
- el fiscal retirando los cargos o
- el juez desestimando el caso.
Hable con su abogado de defensa criminal de Colorado sobre la fortaleza de su caso y si puede ser conveniente aceptar un acuerdo de culpabilidad o llevar su caso a juicio.
Referencias legales:
- C.R.C.P. 5(a)(4).
- People v. Gutierrez, 622 P.2d 547 (Colo.1981).
- People v. Chavez, 730 P.2d 321 (Colo.1986) (“Para justificar el ejercicio de la discreción favorable a un acusado con respecto a un cambio de declaración, debe haber alguna demostración de que la justicia se verá perjudicada al negar dicho cambio, como cuando un acusado puede haber sido sorprendido o influenciado para declararse culpable cuando tenía una defensa; cuando una declaración de culpabilidad fue hecha por error o bajo una idea equivocada de la naturaleza del cargo; cuando dicha declaración fue hecha por miedo, fraude o representación oficial; o cuando se hizo involuntariamente por alguna razón.”).
- C.R.S. 18-1-406(1).
- C.R.S. 16-10-103 y C.R.S. 16-10-104.
- Informe estadístico anual del Poder Judicial de Colorado del año fiscal 2014.