CRS 18-18-404 es la ley de Colorado que hace que el uso de sustancias controladas sea un delito de drogas de nivel 2, generalmente sancionado con hasta $500 y un año de libertad condicional. Las dos excepciones son cuando (1) la persona tiene una receta válida, o (2) la persona está usando marihuana recreativa marihuana.
CRS 18-18-404 establece:
Excepto en los casos previstos para los delitos relacionados con la marihuana y el concentrado de marihuana en los artículos 18-18-406 y 18-18-406.5, toda persona que use cualquier sustancia controlada, excepto cuando se dispensa por o bajo la dirección de una persona autorizada por la ley para recetar, administrar o dispensar la sustancia controlada para necesidades bona fide, comete un delito de drogas de nivel 2.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Denver, Colorado discuten:
- 1. ¿Es el uso de drogas un delito bajo el CRS 18-18-404?
- 2. ¿Cuáles son las penas por usar drogas en Colorado?
- 3. ¿Cómo lucho contra los cargos por uso de drogas?
- 4. ¿Afectará mi estatus migratorio?
- 5. ¿Puedo sellar el registro criminal?
1. ¿Es el uso de drogas un delito bajo el CRS 18-18-404?
Es un delito de drogas en Colorado usar sustancias controladas, pero hay dos excepciones:
- La persona está usando marihuana de acuerdo con las leyes de marihuana recreativa de Colorado.
- La persona tiene una receta médica actual y válida para tomar las sustancias controladas.1
Tenga en cuenta que las “sustancias controladas” incluyen tanto las drogas ilegales como las drogas con receta que son ilegales de poseer sin una receta válida. Estos incluyen (sin limitación) las drogas abusadas comúnmente, como:
- Cocaína,
- LSD,
- Heroína,
- Codeína,
- Vicodina,
- Oxycontin,
- Fentanilo,
- Anfetamina,
- Metanfetamina,
- Esteroides anabólicos,
- Éxtasis,
- GHB,
- Ketamina, y
- Barbitúricos.2
Tenga en cuenta que el uso de drogas es un delito separado de la posesión de drogas. Las personas pueden enfrentar cargos de posesión de drogas incluso si nunca las usan. La posesión de drogas comprende:
- Posesión real, como sostener o llevar físicamente drogas;
- Posesión constructiva, como almacenar drogas en el hogar o en una unidad de almacenamiento; o
- Posesión conjunta, como compartir la propiedad de drogas con otra persona.
También tenga en cuenta que los adultos mayores de 21 años pueden poseer legalmente hasta dos onzas de marihuana (pero no en público).3
2. ¿Cuáles son las penas por usar drogas en Colorado?
La ley de drogas de Colorado hace que el uso ilegal de sustancias controladas sea un delito menor de drogas de nivel 2, que conlleva hasta 12 meses de prisión y/o multas de $50 a $750. Sin embargo, los tribunales pueden – y a menudo lo hacen – en lugar de eso imponer una pena menor de:
- Libertad condicional de hasta 1 año;
- Posiblemente 120 días de prisión (o 180 días de prisión por una tercera o posterior ofensa); y
- Hasta $500.4
Tenga en cuenta que poseer una sustancia controlada conlleva penas más severas que el uso simple. Por lo general, es un delito menor de drogas de nivel 1 sancionado con hasta $1,000 y dos años de libertad condicional. Pero es un delito grave de drogas de nivel 4 tener más de cuatro gramos de sustancias controladas de programa I o II (o cualquier cantidad de GHB, Flunitrazepam, Ketamina o catinonas). La sanción es de seis meses a un año de prisión y/o 1,000 a $100,000 más un año de libertad condicional.5
3. ¿Cómo lucho contra los cargos por uso de drogas?
Aunque la pena por el uso ilegal de una sustancia controlada a menudo es solo una multa, se aconseja a los acusados que luchan contra los cargos penales. Esto es especialmente cierto cuando hay implicaciones relacionadas con el empleo.
Dependiendo de los hechos del caso, diez posibles defensas para el uso ilegal de drogas incluyen (pero no se limitan a):
- La policía carecía de sospecha razonable para detener al acusado.
- La policía carecía de causa probable para arrestar al acusado.
- El acusado no usó ninguna droga.
- El acusado fue acusado falsamente.
- El acusado fue víctima de acusaciones falsas.
- El acusado tenía una receta válida y usó las drogas según las instrucciones de su médico.
- La prueba de drogas violó los derechos constitucionales del acusado.
- La muestra de la prueba de drogas estaba contaminada.
- Los técnicos de laboratorio que realizaron las pruebas de drogas tenían certificación vencida.
- Hubo mala conducta de la policía, como una confesión forzada o tentativa.
En última instancia, los fiscales tienen la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable – que es una barra extremadamente alta. Si el abogado de defensa penal puede demostrar que las pruebas del estado son insuficientes para apoyar una condena, el D.A. puede estar dispuesto a dejar caer el caso.
4. ¿Afectará mi estatus migratorio?
Cualquier condena relacionada con drogas puede poner en peligro el estatus de residencia de un no ciudadano.6 Por lo tanto, los inmigrantes que enfrentan cargos por drogas deben consultar de inmediato con un abogado experto en derecho penal. Puede ser posible obtener que el cargo sea desechado o reducido a un delito no deportable.
5. ¿Puedo sellar el registro criminal?
Las condenas de Colorado por el uso de drogas, que es un delito menor de nivel 2, pueden sellarse de los registros criminales del acusado dos años después de que finalice el caso. Y si el caso fue desechado, entonces el acusado puede solicitar un sello de registro inmediatamente.
Aprenda cómo sellar registros criminales en Colorado.
Si ha sido arrestado o citado, comuníquese con nuestros abogados de defensa de delitos de drogas de Colorado para obtener ayuda.
Referencias legales
- Código Revisado de Colorado 18-18-104. Véase también la Ley Uniforme de Sustancias Controladas.
- CRS 18-18-102 (“Sustancia controlada” significa una droga, sustancia o precursor inmediato incluido en los programas I a V de la parte 2 de este artículo, incluyendo cocaína, marihuana, concentrado de marihuana, catinonas, cualquier cannabinoide sintético y salvia divinorum).
- CRS 18-18-403.5. Campbell v. People, (Colo. 2003) 73 P.3d 11. People v. District Ct. of 11th Jud. Dist., (1998) 964 P.2d 498. CRS 18-18-406. Vea nuestro artículo relacionado sobre uso médico de marihuana.
- CRS 18-18-104.
- CRS 18-18-403.5.
- 8 USC 1227.
- CRS 24-72-701-709.