Sección § 18-7-204 de los Estatutos Revisados de Colorado (C.R.S.) establece que es un delito operar o mantener un lugar de prostitución. Esta ofensa es una falta castigable con hasta 120 días de prisión y/o una multa de hasta $750.
18-7-204 (1) C.R.S. establece que:
(1) Cualquier persona que tenga o ejerza control sobre el uso de cualquier lugar que ofrezca seclusión o refugio para la práctica de la prostitución y que realice una o más de las siguientes acciones, comete el mantenimiento de un lugar de prostitución si él:
(a) Con pleno conocimiento concede o permite el uso de dicho lugar con el propósito de la prostitución; o
(b) Permite el uso continuo de dicho lugar con el propósito de la prostitución después de haberse enterado de hechos o circunstancias de las cuales debería saber razonablemente que el lugar se está utilizando con fines de prostitución.
Ejemplos de lugares de prostitución
Cualquier instalación puede ser un lugar de prostitución si ofrece seclusión o refugio para la práctica de la prostitución. Los ejemplos de lugares comunes de prostitución pueden incluir:
- Una casa, apartamento o remolque,
- Una habitación de hotel o motel,
- Un bordel, casa de citas o calabozo,
- Una oficina,
- Un espacio de fiesta alquilado, o
- Cualquier lugar aislado en una propiedad privada.
Penas
Mantener un lugar de prostitución es un delito menor de clase 2 de Colorado. Las consecuencias de mantener un lugar de prostitución pueden incluir:
- Hasta 120 días de prisión, y/o
- Una multa de hasta $750.1
Mejores defensas
Las defensas comunes para mantener un lugar de prostitución en Colorado incluyen (pero no se limitan a):
- No hubo prostitución en el lugar,
- No controlabas la propiedad,
- La propiedad fue usada sin tu conocimiento o consentimiento, o
- No sabías que el lugar estaba siendo usado para la prostitución.
Delitos relacionados
El mantenimiento de un lugar de prostitución de Colorado 18-7-204 C.R.S. a menudo se acusa junto con otros delitos relacionados con la prostitución. Algunos de ellos incluyen (pero no se limitan a):
- Prostitución — 18–7–201, C.R.S.
- Explotación — 18–7–203, C.R.S.
- Explotación de un niño — 18-7-403, C.R.S.
- Mantener un lugar de prostitución infantil — 18-7-404, C.R.S.
Llámenos para obtener ayuda…
La ley de Colorado contra el mantenimiento de un lugar de prostitución está destinada a proteger a las víctimas de la prostitución y controlar los delitos relacionados con la prostitución. Pero en su afán de hacerlo, la policía y los fiscales a veces acusan a propietarios inocentes.
Nuestros abogados de defensa penal de Denver Colorado saben que una condena por un delito relacionado con la prostitución puede hacer más que solo enviarlo a la cárcel. Puede hacerte un traficante de sexo, incluso si no sabías para qué se estaba usando tu propiedad.
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Referencias Legales
- CRS 18-7-204. Antes del 1 de marzo de 2022, las penas incluían de 3 a 12 meses de prisión y/o multas de $250 a $1,000. SB21-271.