Sección § 18-7-204 de los Estatutos Revisados de Colorado (CRS) hace que sea un delito operar o mantener un lugar de prostitución. Este delito es un delito menor castigado con hasta 120 días de cárcel y/o una multa de hasta $750.
18-7-204 (1) C.R.S. establece que:
(1) Cualquier persona que tenga o ejerza control sobre el uso de cualquier lugar que ofrezca aislamiento o refugio para la práctica de la prostitución y que realice una o más de las siguientes acciones comete el delito de mantener un lugar de prostitución si:
(a) Conscientemente concede o permite el uso de dicho lugar con fines de prostitución; o
(b) Permite el uso continuado de dicho lugar con fines de prostitución después de tomar conocimiento de hechos o circunstancias de los que razonablemente debería saber que el lugar está siendo utilizado con fines de prostitución.
CRS 18-7-204 hace que sea un delito operar o mantener un lugar de prostitución en Colorado.
Ejemplos de lugares de prostitución
Cualquier instalación puede ser un lugar de prostitución si ofrece aislamiento o refugio para la práctica de la prostitución. Ejemplos de lugares comunes de prostitución pueden incluir:
- Una casa, apartamento o remolque,
- Una habitación de hotel o motel,
- Un burdel, casa de putas o mazmorra,
- Una oficina,
- Un espacio de fiesta alquilado, o
- Cualquier lugar aislado en propiedad privada.
Sanciones
Mantener un lugar de prostitución es un delito menor de clase 2 en Colorado. Las consecuencias de mantener un lugar de prostitución pueden incluir:
- Hasta 120 días en la cárcel, y/o
- Una multa de hasta $750.1
Mejores defensas
Las defensas comunes para mantener un lugar de prostitución en Colorado incluyen (pero no se limitan a):
- No se realizó prostitución en el lugar,
- No controlabas la propiedad,
- La propiedad se usó sin tu conocimiento o consentimiento, o
- No sabías que el lugar se estaba utilizando para la prostitución.
Delitos relacionados
El delito de mantener un lugar de prostitución en Colorado 18-7-204 C.R.S. a menudo se acusa junto con otros delitos relacionados con la prostitución. Algunos de estos incluyen (pero no se limitan a):
- Prostitución — 18–7–201, C.R.S.
- Proxenetismo — 18–7–203, C.R.S.
- Proxenetismo de un menor — 18-7-403, C.R.S.
- Mantener un lugar de prostitución infantil — 18-7-404, C.R.S.
Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Calle Tejon
Denver, CO 80211
(303) 222-0330
Referencias legales
- CRS 18-7-204. Antes del 1 de marzo de 2022, las sanciones incluían de 3 a 12 meses en la cárcel y/o de $250 a $1,000 en multas. SB21-271.