18-8-704 CRS es la ley de Colorado que prohíbe hacer amenazas contra testigos o víctimas con el fin de disuadir su cooperación con las autoridades, o de influir en su testimonio en el tribunal.
Intimidar a un testigo es un delito grave de clase 4. Sin embargo, si el testigo es intimidado mediante el uso de un arma mortal, el cargo criminal se convierte en un delito más grave de clase 3.
El lenguaje de CRS 18-8-704 es el siguiente:
(1) Una persona comete el delito de intimidar a un testigo o víctima si:
(a) Mediante el uso de una amenaza, un acto de acoso según se define en la sección 18-9-111, o un acto de daño o lesión a cualquier persona o propiedad dirigido o cometido contra:
(I) Un testigo en cualquier proceso penal o civil;
(II) Una víctima de cualquier delito;
(III) Una persona que él o ella cree que ha sido o será llamada o que habría sido llamada para testificar en cualquier proceso penal o civil o que es víctima de cualquier delito;
(IV) Una persona que él o ella cree que puede tener información relevante para una investigación criminal;
(V) Un miembro de la familia del testigo;
(VI) Un miembro de la familia de la víctima;
(VII) Una persona en una relación cercana con el testigo o la víctima;
(VIII) Una persona que reside en el mismo hogar que el testigo o la víctima;
(IX) Una persona que él o ella cree que puede ejercer influencia sobre el testigo o la víctima; o
(X) Cualquier persona que haya denunciado un delito o que pueda ser llamada a testificar o que testifique como testigo o víctima de cualquier delito; y(b) Él o ella intencionalmente intenta o lo hace:
(I) Influenciar al testigo o víctima para que testifique falsamente o retenga ilegalmente cualquier testimonio; o
(II) Inducir al testigo o víctima a evitar el proceso legal que lo cite a testificar; o
(III) Inducir al testigo o víctima a ausentarse de un procedimiento oficial; o
(IV) Infligir tal daño o lesión antes de dicho testimonio o testimonio esperado; o
(V) Influenciar al testigo, víctima o cualquier persona con conocimiento de información relevante para retener información o proporcionar información falsa a la policía, un abogado defensor o un investigador de la defensa.(2) Intimidar a un testigo o víctima es un delito grave de clase 4.
El delito también se conoce como “disuadir a un testigo” y “manipulación de testigos”.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es intimidar a un testigo?
- 2. ¿Cuáles son las sanciones por intimidar a un testigo?
- 3. ¿Qué es la intimidación agravada de un testigo?
- 4. ¿Cuáles son las sanciones por intimidación agravada de un testigo?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Qué es intimidar a un testigo?
Intimidar a un testigo (obstrucción de testigos) implica usar amenazas, acoso o actos de daño o lesiones contra un testigo o víctima de un delito para influir en su decisión. Esto incluye influir en el testigo o víctima para:
- Testificar falsamente;
- Retener ilegalmente cualquier testimonio; o
- Estar ausente de un procedimiento oficial.
La intimidación puede dirigirse a la víctima, el testigo, un miembro de la familia del testigo o de la víctima, o una persona en una relación cercana con la víctima o el testigo. Disuadir a un testigo también incluye infligir o intentar infligir cualquier daño o lesión antes del testimonio o del testimonio esperado.1
Un “víctima” significa cualquier persona contra quien se haya perpetrado o intentado cometer un delito. Esto podría incluir a una víctima que sufrió una lesión física por un asalto, un accidente de conducir en estado de ebriedad o una agresión sexual. También puede incluir a víctimas de delitos contra la propiedad, como robos y fraudes. También puede incluir delitos estatales y federales.2
Un “testigo” es cualquier persona que:
- Tiene conocimiento de hechos relacionados con un crimen;
- Ha hecho una declaración bajo juramento como evidencia;
- Ha reportado algún crimen a un oficial de policía, oficial correccional o oficial judicial;
- Ha sido servido con una citación por el tribunal para un proceso judicial; o
- Que razonablemente se creería que es cualquiera de los anteriores.3
“Acoso” implica tocar de manera molesta o dañina, palabras amenazantes o gestos obscenos con la intención de acosar, molestar o alarmar a otra persona. El acoso puede incluir:
- Golpear, empujar, patear o tocar
- Hacer gestos obscenos
- Seguir a alguien en un lugar público
- Hacer amenazas a través del teléfono, computadora, texto, redes sociales o medio electrónico
- Hacer llamadas telefónicas repetidas
- Hacer comunicaciones repetidas en momentos inconvenientes que invaden la privacidad
- Burlarse, desafiar o insultar a otro de una manera que provoque una respuesta desordenada.4
2. ¿Cuáles son las sanciones por intimidar a un testigo?
Intimidar a un testigo o víctima es un delito grave de clase 4 en Colorado.5 La pena mínima por una condena por delito grave de clase 4 por intimidar a un testigo es de 2 años de prisión y una multa de $2,000. La pena máxima por intimidar a un testigo o víctima es de 6 años de prisión y una multa de hasta $500,000. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de 3 años.
Según CRS 18-8-708, las víctimas de intimidación o represalias son elegibles para recibir daños sufridos como resultado de la intimidación o represalia. En un proceso civil, las víctimas que testifiquen como testigos o víctimas, o miembros de su familia, pueden recuperarse por lesiones o daños a la propiedad. También pueden ser elegibles para recibir daños triples y honorarios de abogados.
3. ¿Qué es la intimidación agravada de un testigo?
La intimidación a un testigo puede convertirse en intimidación agravada de un testigo si, durante el acto de intimidación, él o ella:
- Está armado con un arma mortal con la intención, si se resiste, de matar, mutilar o herir al testigo, víctima o cualquier otra persona; o
- Consciente y voluntariamente hiere a la persona que está siendo intimidada o a cualquier otra persona con un arma mortal; o
- Por medio de la fuerza, amenazas o intimidación con un arma mortal, pone conscientemente a la persona que está siendo intimidada o a cualquier otra persona en temor de muerte o lesiones corporales.6
Incluso si la persona no está armada con un arma mortal, el uso de un objeto de manera que lleve a una persona razonable a creer que es un arma mortal, o afirmar tener un arma mortal, es evidencia prima facie de que la persona está armada con un arma mortal.
Aprende más sobre intimidación agravada de un testigo (CRS 18-8-705).
4. ¿Cuáles son las penas por intimidación agravada de un testigo?
La intimidación agravada de un testigo o víctima es un delito grave de clase 3 en Colorado.7 La pena mínima por una condena por delito grave de clase 3 por intimidación agravada de un testigo es de 4 años de prisión y una multa de $3,000. La pena máxima por intimidación agravada de un testigo es de 12 años de prisión y una multa de hasta $750,000. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de 5 años.
5. Delitos relacionados
Soborno a un testigo – CRS 18-8-703
Ofrecer dinero u otro beneficio a un testigo o víctima de un delito para influir en sus decisiones es el delito de soborno a un testigo en Colorado. Sobornar a un testigo es un delito grave. Las penas por soborno a un testigo o víctima incluyen hasta 6 años de prisión y una multa de hasta $500,000.
Manipulación de testigos – CRS 18-8-707
Manipular a un testigo implica intentos de hacer que un testigo retenga su testimonio, testifique falsamente o esté ausente de un procedimiento oficial. Manipular a un testigo es un delito grave de clase 4, con penas que incluyen de 2 a 6 años de prisión y hasta $500,000 en multas.
Represalias contra un testigo – CRS 18-8-706
Represalias contra un testigo o víctima implica tomar represalias contra una víctima o testigo a través de acoso o amenazas de daño, lesiones o daños a la propiedad. Las represalias contra un testigo son un delito grave de clase 3, con penas que incluyen de 4 a 12 años de prisión y hasta $750,000 en multas.
Soborno a un jurado – CRS 18-8-606
Sobornar a un jurado implica ofrecer o acordar ofrecer dinero u otro beneficio a un jurado para influir en su voto u opinión. Sobornar a un jurado es un delito grave de clase 4, con penas que incluyen de 2 a 6 años de prisión y hasta $500,000 en multas.
Referencias Legales
- CRS 18-8-704; People v. Proctor, 194 Colo. 172, 570 P.2d 540 (1977). SB22-024.
- CRS 18-8-702(1); People v. Rester, 36 P.3d 98 (Colo. App. 2001).
- CRS 18-8-702(2); People v. Gonzales, 43 Colo. App. 312, 602 P.2d 6 (1978).
- CRS 18-9-111.
- CRS 18-8-704(2).
- CRS 18-8-705.
- Estatuto Revisado de Colorado 18-8-705(3).