CRS 18-8-705 es la ley de Colorado que prohíbe la intimidación agravada de un testigo o víctima, definida como el uso de un arma mortal para asustar a un testigo o víctima en un caso legal. La intimidación agravada de un testigo o víctima es un delito grave de clase 3, castigado con cuatro a 12 años de prisión y/o multas de $3,000 a $750,000.
El lenguaje de CRS 18-8-705 es el siguiente:
(1) Una persona que comete intimidación a un testigo o víctima comete intimidación agravada de un testigo o víctima si, durante el acto de intimidación, él:
(a) Está armado con un arma mortal con la intención, si se resiste, de matar, mutilar o herir a la persona que está siendo intimidada o a cualquier otra persona; o
(b) Con conocimiento hiere a la persona que está siendo intimidada o a cualquier otra persona con un arma mortal, o mediante el uso de la fuerza, amenazas o intimidación con un arma mortal, pone a la persona que está siendo intimidada o a cualquier otra persona en un temor razonable de muerte o lesiones corporales.(2) A los efectos del párrafo (1) de esta sección, la posesión de cualquier artículo utilizado o fabricado de manera que lleve a cualquier persona a creer razonablemente que es un arma mortal, o cualquier representación verbal u otra por parte de la persona de que está armado, es prueba prima facie de que la persona está armada con un arma mortal.
(3) La intimidación agravada de un testigo o víctima es un delito grave de clase 3.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Colorado discuten:
- 1. ¿Qué es la intimidación agravada de un testigo o víctima en Colorado?
- 2. ¿Cuáles son las penas según CRS 18-8-705?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas?
- 4. ¿Se puede sellar el registro criminal?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Qué es la intimidación agravada de un testigo o víctima en Colorado?
La intimidación a un testigo o víctima (CRS 18-8-704) ocurre cuando una persona amenaza al testigo o víctima con el fin de disuadirlos de cooperar con las autoridades o influir en su testimonio en un proceso judicial. Para que la intimidación a un testigo o víctima sea agravada, una de las siguientes condiciones debe ser verdadera:
- El intimidador está armado con un arma mortal con la intención – si se resiste – de matar o herir a alguien; o
- El intimidador hiere o amenaza a alguien con el arma mortal.
Incluso si el intimidador no tenía realmente un arma mortal, los cargos de intimidación agravada aún se aplicarán siempre y cuando una persona razonable hubiera creído que el intimidador tenía un arma mortal.1
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el cargo criminal por intimidación agravada de un testigo o víctima es desestimado, entonces el acusado puede solicitar al tribunal que selle el registro justo después de que el caso termine. Obtenga más información sobre cómo sellar los registros penales de Colorado.4
5. Delitos relacionados
Obstrucción de testigos
Obstrucción de testigos (CRS 18-8-707) es tratar de influir en los testigos o víctimas para que testifiquen falsamente, para que retengan su testimonio o para que ignoren las citaciones para procedimientos civiles o penales. La obstrucción de testigos no implica amenazas (como lo hace la intimidación de testigos) o sobornos.
Como delito grave de clase 4, la obstrucción de testigos conlleva de dos a seis años en la Prisión Estatal de Colorado y/o de $2,000 a $500,000 en multas. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de tres años.
Represalias contra un testigo o víctima
Represalias contra un testigo (CRS 18-8-706) es acosar a una víctima o testigo de un crimen como represalia. Un delito grave de clase 3, las represalias contra un testigo conllevan de cuatro a 12 años en la Prisión Estatal de Colorado y/o de $3,000 a $750,000 en multas. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de tres años.
Soborno a un testigo
Soborno de un testigo (CRS 18-8-703) es ofrecer dinero u otros beneficios a un testigo o víctima de un crimen con el fin de influir en sus decisiones. Esto es un delito grave de clase 4, castigado con dos a seis años en la Prisión Estatal de Colorado y/o $2,000 a $500,000 en multas. Además, hay un período obligatorio de tres años de libertad condicional.
Recursos para víctimas
- Ley de Derechos de las Víctimas de Crimen (VRA) – Departamento de Seguridad Pública de Colorado
- Defensores de Víctimas – Fiscal General de Colorado
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Colorado CRS 18-8-704. CRS 18-8-705. Véase también People v. Proctor, (1977) 194 Colo. 172, 570 P.2d 540. Véase también People v. Gonzales, (1978) 43 Colo. App. 312, 602 P.2d 6.
- CRS 18-8-705.
- CRS 18-8-704.
- CRS 24-72-701-709.