CRS 18-9-102 es la ley de Colorado que prohíbe incitar a un motín, lo que significa instigar a un grupo de al menos cinco personas a participar en un motín.
Si no hay lesiones corporales o daños a la propiedad, la incitación a un motín es un delito menor de clase 1 que conlleva hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $1,000. De lo contrario, el delito es un delito grave de clase 5 que conlleva de 1 a 3 años en prisión y/o $1,000 – $100,000.
CRS 18-9-102 establece que:
(1) Una persona comete incitación a un motín si:
(a) Incita o insta a un grupo de cinco o más personas a participar en un motín actual o inminente; o
(b) da órdenes, instrucciones o señales a un grupo de cinco o más personas en aras de un motín.
Una persona puede ser condenada … por tentativa, conspiración o instigación para incitar a un motín solo si participa en la conducta prohibida con respecto a un motín actual o inminente.
(2) Una persona puede ser condenada en virtud de la sección 18-2-101, 18-2-201 o 18-2-301 por tentativa, conspiración o instigación para incitar a un motín solo si participa en la conducta prohibida con respecto a un motín actual o inminente.
(3) Incitar a un motín es un delito menor de clase 1, pero, si resulta lesiones a una persona o daños a la propiedad, es un delito grave de clase 5.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discuten:
1. Elementos del delito
Para que seas condenado por incitar a un motín en Colorado, los fiscales tienen que demostrar más allá de una duda razonable que tú:
- provocaste o instigaste a un grupo de cinco o más personas a participar en un motín presente o futuro; o
- instruiste, señalaste o comandaste a un grupo de cinco o más personas para promover un motín.1
Por lo tanto, los líderes o instigadores de un motín enfrentan cargos de incitación mientras que los individuos que participan en el motín enfrentan cargos por participar en un motín. No importa si la incitación ocurre en propiedad pública o privada.
Un ejemplo de incitación es realizar un mitin político, agitar a la multitud con retórica cargada y animarlos a pelear.
2. Sanciones
Incitar a un motín es un delito menor de clase 1 en Colorado siempre y cuando no resulten lesiones o daños a la propiedad. La pena es:
- hasta 364 días en la cárcel y/o
- hasta $1,000 en multas.
Si alguien resulta herido o si se daña la propiedad, incitar a un motín es un delito mayor de clase 5. La sentencia es:
- 1 a 3 años en la Prisión Estatal de Colorado, y/o
- $1,000 a $100,000 en multas.
También se puede ordenar que pague restitución a la(s) víctima(s) por cualquier lesión o daño a la propiedad.2
3. Defensas
Cuatro posibles defensas a los cargos de incitación a un motín en Colorado son las siguientes:
- Había menos de cinco personas. Si incitó a una multitud de cuatro personas o menos, entonces los cargos de incitación no se aplican. Incluso si el motín consistió en cinco o más personas, solo es responsable de las personas que incitó específicamente.
- No hubo incitación. Dar un discurso apasionado o expresar quejas no es incitación, incluso si la audiencia decide amotinarse después. Mientras sus palabras y acciones estén protegidas por la libertad de expresión o no alcancen el nivel de provocar disturbios, el fiscal del distrito debería retirar los cargos de incitación.
- La policía cometió una mala conducta. Los cargos penales pueden ser retirados si los oficiales de policía realizaron una búsqueda o incautación ilegal, cometieron trampa, forzaron una confesión o se involucraron en brutalidad policial.
- Actuó en defensa propia. La defensa propia es una defensa afirmativa a la incitación a un motín.3 Esto significa que si estaba siendo atacado ilegalmente, incitar a otras personas a defenderse de los atacantes podría justificar su incitación.
Tenga en cuenta que no es una defensa para los cargos de incitación que no haya ocurrido ningún disturbio. La incitación a un disturbio sigue siendo ilegal incluso si el disturbio nunca ocurre.
4. Sellado de registros
Una condena en Colorado por incitar a un disturbio puede ser sellada tres años después de que el caso termine. Sin embargo, si el cargo es desestimado, no hay período de espera antes de que pueda solicitar un sellado.4
Aprenda cómo sellar registros penales en Colorado.
5. Delitos relacionados
Armar a los alborotadores
Sabermente armar a los alborotadores con armas mortales o dispositivos destructivos – o enseñarles a usarlos para alborotar – es un delito grave de clase 4. Las penas por armar a los alborotadores (CRS 18-9-103) incluyen:
- 2 a 6 años en prisión y/o
- una multa de $2,000 a $500,000.
Participar en un alboroto
Participar en un alboroto es generalmente un delito menor de clase 2 bajo CRS 18-9-104. Las penas incluyen:
- hasta 120 días en la cárcel y/o
- hasta $750 en multas.
Si hubo una amenaza de un arma mortal utilizada en el curso de los disturbios, participar en un alboroto es un delito grave de clase 4. Las penas incluyen:
- 2 a 6 años en prisión y/o
- una multa de $2,000 a $500,000.
Desobediencia de órdenes de seguridad pública durante los disturbios
Según CRS 18-2-301, es un delito menor de clase 2 en Colorado si – durante las condiciones de disturbios o cuando se avecina un alboroto – desobedeces conscientemente a un oficial de paz o una orden razonable de seguridad pública. Las penas incluyen:
- hasta 120 días en la cárcel y/o
- hasta $750.
Conducta desordenada
La conducta desordenada (CRS 18-9-106) es un delito amplio que abarca:
- violando la paz pública,
- causando una alteración pública,
- peleando en un lugar público, o
- disparando un arma o mostrando un arma mortal.
El delito puede ser acusado como un delito menor o una ofensa menor.
Obstrucción de carreteras u otros pasajes
El crimen de obstrucción de carreteras públicas (CRS 18-9-107) es obstruir o bloquear intencionalmente cualquier camino, pasillo o pasaje de acceso público.
Bloquear el acceso a un funeral es un delito menor de clase 2, que conlleva:
- hasta 120 días de cárcel y/o
- hasta $750 en multas.
De lo contrario, obstruir carreteras es una infracción menor, que conlleva:
- hasta 10 días de cárcel y/o
- hasta $300 en multas.
Interrumpir una Asamblea Legal
Es un delito interferir intencionalmente o obstruir una reunión de personas. Interrumpir una asamblea legal (CRS 18-9-108) suele ser una infracción menor, que conlleva:
- hasta 10 días de cárcel y/o
- hasta $300 en multas.
Mientras tanto, interrumpir un funeral es un delito menor de clase 2, que conlleva:
- hasta 120 días de cárcel y/o
- hasta $750 en multas.
Daño Criminal
Daño criminal (CRS 18-4-501) es dañar o destruir a sabiendas la propiedad personal o terrenos de otra persona. El delito puede ser un:
- delito grave,
- delito menor, o
- infracción menor,
dependiendo de la magnitud del daño causado.
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Repensando el delito de disturbios – Minnesota Law Review.
- Anatomía de los disturbios: un enfoque de prevención del delito situacional – Prevención del delito y seguridad comunitaria.
- La demanda de orden en la sociedad civil: una revisión de algunos temas en la historia del crimen urbano, la policía y los disturbios – Teorías y orígenes de la policía moderna.
- Sobre la función del derecho penal en el control de disturbios – Revista de Derecho de la Universidad de Boston.
- Violencia, EE. UU.: disturbios y delincuencia – Delincuencia y delincuencia.
Referencias legales
- CRS 18-9-104. Véase también People v. Martinez, (Colo. App. 1985) 705 P.2d 9.
- CRS 18-9-104. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 1 conllevaban de 6 a 18 meses de cárcel y/o de $500 a $5,000. SB21-271.
- People v. Mullins, (Colo. App. 2008) 209 P.3d 1147.
- CRS 24-72-701 – 708.