En Colorado, es ilegal exponer tus genitales a otra persona sin su consentimiento. Esto se conoce como “exposición indecente” según el CRS § 18-7-302. Masturbarse en público también cuenta como exposición indecente.
La exposición indecente se trata como un delito menor de clase 1. Si eres declarado culpable, puedes enfrentar hasta 364 días en la cárcel y/o una multa de hasta $1,000. También se te requerirá registrarte como delincuente sexual.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es la exposición indecente en Colorado?
- 2. ¿Cómo demuestra el fiscal que soy culpable de exposición indecente?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por exposición indecente?
- 4. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual por exposición indecente?
- 5. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos de exposición indecente?
- 6. Delitos relacionados
1. ¿Qué es la exposición indecente en Colorado?
Según la ley de Colorado, una persona comete exposición indecente si expone conscientemente sus genitales a la vista de cualquier persona en circunstancias que puedan causar ofensa o alarma con la intención de despertar o satisfacer el deseo sexual de cualquier persona.1
La exposición indecente también incluye realizar un acto de masturbación, que expone el acto a la vista de cualquier persona que pueda causar ofensa o alarma. En este contexto, la masturbación se define como el tocar, frotar o estimular de manera real o simulada los propios genitales o área púbica de una persona, independientemente de si los genitales están expuestos o cubiertos. Incluso si solo fingiste masturbarte, aún puede considerarse exposición indecente si es probable que cause alarma a otra persona.
La intención de la persona y el lugar donde se produjo la supuesta exposición indecente son importantes. Si alguien expone sus genitales en un lugar donde es poco probable que otras personas lo vean, puede que no sea considerado como exposición indecente. Por ejemplo, si alguien va a un lugar apartado para hacer senderismo, puede que decida quitarse la ropa para tomar el sol. Si alguien se encuentra de repente en su camino, esto no sería considerado como exposición indecente porque no expusieron intencionalmente sus genitales a la vista de otra persona.
De manera similar, si expones tus genitales en un lugar donde es poco probable que cause escándalo, esto puede que no sea considerado como exposición indecente. Por ejemplo, si alguien va a una playa nudista conocida y se quita la ropa, esto no sería considerado como exposición indecente porque otras personas en la playa nudista no se alarmarían ni se ofenderían.
2. ¿Cómo demuestra el fiscal mi culpabilidad por exposición indecente?
Para que el fiscal demuestre tu culpabilidad por exposición indecente, tienen que probar que realizaste un acto de masturbación en público, o:
- Exponer intencionalmente tus genitales,
- A la vista de otra persona,
- Bajo circunstancias que puedan causar escándalo o alarma, y
- Con la intención de satisfacer el deseo sexual de otra persona.
Si el fiscal no puede probar cada elemento del delito, no han demostrado que el acusado es culpable de exposición indecente. La exposición intencional se hace a propósito. Si alguien más te baja los pantalones, no se considera como exposición intencional de tus genitales. Además, si estás nadando desnudo en tu piscina en el patio trasero y un vendedor ambulante mira por encima de la puerta, esto no sería exposición indecente porque no sabías que tus genitales estarían a la vista de otra persona.
Es importante entender que el elemento de intención no se limita al deseo sexual de la persona que expone sus genitales. Por ejemplo, si una mujer muestra sus genitales a personas en público porque satisface el deseo sexual de su novio, eso puede ser considerado como exposición indecente incluso si ella no está sexualmente excitada.
3. ¿Cuáles son las sanciones por exposición indecente?
Las sanciones por exposición indecente dependen del historial criminal previo de la persona. La exposición indecente es un delito menor de clase 1. Las sanciones incluyen hasta 364 días en la cárcel y/o una multa de hasta $1,000. Si la persona tiene dos condenas previas por exposición indecente u otros delitos similares, puede ser acusada como un delito grave de clase 6.
Sanciones adicionales pueden incluir tratamiento o asesoramiento, y otros términos de libertad condicional. Sin embargo, el aspecto más perjudicial de una condena por exposición indecente es la obligación de registrarse como delincuente sexual.2
4. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual por exposición indecente?
Una condena por exposición indecente requiere el registro como delincuente sexual. Tu nombre será ingresado en el registro de delincuentes sexuales de la Oficina de Investigación de Colorado. Los delincuentes sexuales condenados por exposición indecente delitos menores pueden no ser buscados por el público. Sin embargo, múltiples condenas por exposición indecente pueden permitir que los vecinos y miembros del público te identifiquen como delincuente sexual.3
Después de una condena por exposición indecente, una persona tendrá que registrarse con el jefe de policía local o el sheriff del condado en cualquier jurisdicción donde resida. Esto incluye proporcionar su
- nombre,
- fecha de nacimiento,
- dirección,
- lugar de empleo,
- huellas dactilares,
- una fotografía,
- direcciones de correo electrónico y
- identidades de mensajería instantánea o salas de chat.
También tendrán que volver a registrarse anualmente dentro de los cinco días de su cumpleaños. También deben volver a registrarse si cambian su dirección o comienzan a trabajar en una institución de educación superior.
No registrarse o proporcionar información falsa a sabiendas es un delito penal, castigado con prisión y una posible multa. No registrarse como delincuente sexual por exposición indecente de delito menor es un delito menor de clase 1.4
5. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos de exposición indecente?
Existen varias posibles defensas a los cargos de exposición indecente. Su abogado de defensa criminal de Colorado investigará su caso y examinará todas las pruebas para identificar sus mejores defensas. Posibles defensas pueden incluir:
- La exposición fue involuntaria,
- Sus genitales no estaban expuestos,
- Acusaciones falsas,
- Identidad equivocada, o
- No había nadie alrededor para ofenderse.
6. Delitos relacionados
La exposición indecente en Colorado está estrechamente relacionada con la indecencia pública, según C.R.S. 18-7-301. La indecencia pública puede involucrar la exposición de partes íntimas que no sean los genitales, como los senos o el área púbica. También incluye tener relaciones sexuales en un lugar público. La indecencia pública es generalmente un delito menor y no requiere registro como delincuente sexual.
6.1 Indecencia Pública, C.R.S. 18-7-301
La indecencia pública (C.R.S. 18-7-301) implica acariciar de manera lasciva, exponer partes íntimas de manera lasciva o tener relaciones sexuales en un lugar público o donde se pueda esperar que el comportamiento sea visto por el público. La indecencia pública es un delito menor, con sanciones que incluyen hasta 10 días de cárcel y/o una multa de hasta $300.
Referencias Legales
- C.R.S. 18-7-302. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 1 conllevaban hasta 18 meses de cárcel y/o multas de $500 a $5,000. SB21-271.
- C.R.S. 16-22-102(9)(m)
- C.R.S. 16-22-112(2)(b)(II)(E)
- C.R.S. 18-3-412.5