En Colorado, es un delito grave vender, distribuir, fabricar o poseer con la intención de vender cualquier sustancia que pretenda ser una sustancia controlada genuina pero no lo es.
Las sanciones por violar la ley de drogas de imitación de Colorado pueden incluir:
- Hasta 1 año de encarcelamiento, y/o
- Una multa de hasta $100,000.
Y anunciar una droga de imitación, incluso si no vendes ninguna, es un delito menor grave. Las sanciones incluyen:
- 6-18 meses en la cárcel, y/o
- Una multa de $500-$5,000.
Para ayudarte a comprender mejor la ley de Colorado sobre drogas de imitación, nuestros abogados de defensa criminal de Denver, Colorado discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una sustancia controlada de imitación?
- 2. ¿Qué prohíben las leyes de Colorado sobre drogas de imitación?
- 3. Sanciones por drogas de imitación en Colorado
- 4. Defensas contra cargos de drogas de imitación en Colorado
1. ¿Qué es una sustancia controlada de imitación?
La sección 18-18-420 (4) de los Estatutos Revisados de Colorado (C.R.S.) establece:
Una “sustancia controlada de imitación” significa una sustancia que no es la sustancia controlada que pretende ser, pero que, por su apariencia, incluyendo color, forma, tamaño y marcas, por las representaciones hechas y por la consideración de todos los factores relevantes según lo establecido en la sección 18-18-421, llevaría a una persona razonable a creer que la sustancia es la sustancia controlada que pretende ser.
La sección 18-18-421 C.R.S. (1) establece:
Al determinar si una sustancia es una sustancia controlada de imitación, el juez de los hechos puede considerar, además de todos los demás factores relevantes, lo siguiente:
(a) Declaraciones de un propietario o de cualquier persona que controle la sustancia sobre la naturaleza de la sustancia o su uso o efecto;
(b) Declaraciones hechas al destinatario de que la sustancia puede ser revendida con una ganancia desmesurada que es más que el margen normal que cobran los minoristas legales de productos farmacéuticos similares;
(c) Si la sustancia está empaquetada de manera similar a las sustancias controladas ilícitas;
(d) Tácticas o acciones evasivas utilizadas por el propietario o la persona que controla la sustancia para evitar la detección por parte de las autoridades policiales;
(e) La proximidad de la sustancia controlada de imitación a cualquier sustancia controlada cuando se observa una conducta que se pretende ilegal según este artículo.
La diferencia entre una imitación y una sustancia controlada sintética
Las sustancias controladas de imitación o sustancias falsificadas son drogas destinadas a ser confundidas con la real. A veces se conocen como drogas falsas o “bunk”.
Por otro lado, una sustancia controlada sintética (“droga de diseño”) no pretende ser otra droga. Es una alternativa a una sustancia controlada que está destinada a ser químicamente similar y producir un efecto similar. A diferencia de una droga de imitación o falsificada, puede o no parecerse a su equivalente “real”.
Ejemplos de sustancias controladas sintéticas incluyen:
- Cannabinoides sintéticos (marihuana falsa o “Spice”), Colorado 18-18-406.1 C.R.S., y
- Estimulantes sintéticos, como “Sales de baño”.
2. ¿Qué prohíben las leyes de Colorado sobre drogas de imitación?
Venta, fabricación, distribución y posesión para la venta
18-18-422 C.R.S. hace ilegal que una persona fabrique, distribuya o posea con la intención de distribuir una sustancia controlada de imitación.
Para sostener una condena bajo 18-18-422 C.R.S., no es necesario que sepas que la sustancia es falsa. Si representas conscientemente que una droga es una sustancia controlada, no importa si realmente sabes que es falsa o si crees erróneamente que es real. Tu conocimiento real de la naturaleza de la sustancia es irrelevante.1
Publicidad o solicitud de una sustancia controlada de imitación
18-18-422 C.R.S. también hace ilegal colocar en un periódico, revista, volante u otra publicación, o publicar o distribuir en un lugar público, un anuncio o solicitud que sepas que promoverá la distribución de sustancias controladas de imitación.
Excepción para profesionales autorizados
La ley de Colorado que prohíbe la venta de sustancias controladas de imitación no se aplica a los profesionales autorizados por el estado de Colorado para poseer, administrar, dispensar o distribuir una sustancia controlada, si la distribución, posesión, dispensación o administración de la sustancia de imitación se realiza en el curso legal de su práctica profesional.2
3. Penas por drogas de imitación en Colorado
Posesión para la venta, venta, fabricación o distribución de una sustancia controlada de imitación
Fabricar, vender o distribuir una droga de imitación o poseer una con la intención de venderla suele ser un delito grave de drogas de nivel 4 en Colorado.
Las consecuencias de vender o intentar vender una sustancia controlada de imitación pueden incluir:
- 6 meses-1 año de encarcelamiento, y/o
- Una multa de $1,000-$100,000.
Sin embargo, una violación de 18-18-422 C.R.S. se convierte en un delito grave de drogas de nivel 3 en Colorado cuando un adulto distribuye una sustancia controlada de imitación a un menor y el adulto tiene al menos dos años más que el menor.
Como delito grave de nivel 3, la venta de una droga de imitación puede ser castigada con:
- 2-4 años de prisión, y/o
- Una multa de $2,000-$500,000.
El tiempo en prisión puede ser aún más largo para aquellos que están en libertad condicional por un delito grave en el momento del delito, o están sujetos a la sentencia agravada de Colorado para delitos graves de drogas.
Publicidad de sustancias controladas de imitación
La publicidad de una sustancia controlada de imitación es un delito menor de drogas de nivel 1 en Colorado.
Las sanciones por publicidad de una sustancia controlada falsa pueden incluir:
- 6-18 meses en la cárcel, y/o
- Una multa de $500-$5,000.
4. Defensas a los cargos de drogas falsas en Colorado
La mejor defensa para un delito de drogas en Colorado depende de los hechos específicos de su caso. Pero las defensas comunes para la fabricación, venta o posesión para la venta de una sustancia controlada falsa a menudo incluyen (sin limitación):
- Las drogas no eran suyas y no ejerció control sobre ellas,
- No sabía que poseía las drogas,
- No tenía la intención de vender las drogas,
- No vendió ni anunció la sustancia,
- Estaba autorizado por el estado de Colorado para vender sustancias controladas y estaba vendiendo la(s) droga(s) de acuerdo con la ley estatal,
- Fue víctima de mala conducta policial (como la provocación), o
- Las drogas fueron encontradas durante una búsqueda y confiscación ilegal.
Sin embargo, NO es una defensa que usted creía que la sustancia que vendió o poseía para la venta era una sustancia controlada real. Mientras haya representado conscientemente que era una sustancia controlada, usted es culpable de este delito.
Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Calle Tejon
Denver CO 80211
(303) 222-0330
Referencias legales:
- People v. Pharr, 1984, 696 P.2d 235.
- 18-18-424 C.R.S.