CRS § 18-12-106 es la ley de Colorado que hace que sea un delito
- apuntar un arma a una persona,
- poseer un arma mientras está intoxicado,
- disparar un arma o arco o flecha descuidadamente,
- dejar una trampa cargada sin vigilancia, o
- lanzar nunchakus o estrellas arrojadizas a una persona.
Una condena por primera vez es un delito menor, pero las condenas posteriores dentro de los cinco años son delitos graves:
Delito de armas prohibidas | Sanciones de Colorado |
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Primera ofensa Delito menor de clase 1: Hasta 364 días en la cárcel y/o $1,000 Segunda ofensa en 5 años* Delito grave de clase 5: 1 a 3 años en prisión y/o $1,000 a $100,000 |
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Primera ofensa Delito menor de clase 2: Hasta 120 días en la cárcel y/o $750 Segunda ofensa en 5 años* Delito grave de clase 5: 1 a 3 años en prisión y/o $1,000 a $100,000 |
* Las condenas anteriores pueden ser por violaciones de CRS 18-12-106, portar un arma oculta ilegalmente, o posesión de un arma de fuego desfigurada. |
Para ayudarlo a comprender mejor la ley de Colorado contra el uso prohibido de armas, nuestros abogados de defensa criminal de Denver discuten la sección CRS 18-12-106 por sección:
- 1. Apuntar armas de fuego a alguien
- 2. Tener armas de fuego mientras está intoxicado
- 3. Disparar un arma o arco y flecha
- 4. Dejar trampas cargadas sin vigilancia
- 5. Estrellas arrojadizas o nunchakus
- Lectura adicional
1. Apuntar armas de fuego a alguien
CRS 18-12-106(1)(a) prohíbe “conocer y ilegalmente” apuntar un arma a otra persona. No importa si el arma nunca se dispara o incluso si la persona apuntada no se da cuenta de que estás allí.
Ejemplo: Después de que el vecino de Jack le dice que baje la música, Jack saca su arma y apunta a su vecino. Aquí, Jack violó CRS 18-12-106(1)(a) porque “conocía” que apuntaba el arma a alguien “ilegalmente”.
Si Jack, en el ejemplo anterior, hubiera apuntado el arma mientras tenía un ataque o algún otro episodio médico, entonces Jack podría argumentar que no actuó “conocimiento”.
Saber que apuntar intencionalmente y ilegalmente con un arma de fuego a otra persona es un delito menor de clase 1 en Colorado que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel y/o
- Hasta $1,000.
Una segunda o posterior ofensa en cinco años es un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años en prisión y/o
- $1,000 a $100,000.1
2. Tener armas de fuego mientras está intoxicado
CRS 18-12-106(1)(d) prohíbe poseer un arma de fuego mientras está borracho o drogado. No importa si nunca termina usando el arma y nadie resulta herido.
Ejemplo: Jim lleva su revólver a todas partes, y tiene un permiso de CCW válido y vigente. Una noche, camina a casa borracho desde un bar. Si un policía lo ve, Jim podría ser arrestado por poseer un arma de fuego mientras está intoxicado. El hecho de que Jim tuviera un permiso no es una defensa.
Las dos defensas más comunes a estos cargos de “arma bajo la influencia” son que:
- No estaba realmente intoxicado. Tal vez solo estaba cansado o tenía un episodio médico como un coma diabético que imitaba la intoxicación. O
- Nunca poseyó el arma. Tal vez otra persona estaba llevando el arma. O incluso si su compañero de cuarto tenía el arma, usted no la poseía si su compañero de cuarto la guardaba en una caja fuerte a la que no conoce la combinación.
Poseer un arma de fuego mientras está intoxicado por drogas o alcohol es un delito menor de clase 1 en Colorado que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel y/o
- Hasta $1,000.
Una segunda o posterior ofensa en cinco años es un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años en prisión y/o
- $1,000 a $100,000.2
3. Disparar un arma o un arco y flecha
CRS 18-12-106(1)(b) prohíbe disparar un arma o disparar un arco y flecha si:
- está actuando “imprudentemente” (lo que significa que sabe que sus acciones son arriesgadas), o
- está actuando “con negligencia criminal” (lo que significa que está siendo descuidado injustificadamente).
Ejemplo: Para presumir, Jason gira su arma frente a sus amigos. Luego, el gatillo se engancha en su pulgar, haciendo que el arma dispare. Aquí, Jason podría ser acusado de violar CRS 18-12-106(1)(b) porque, en teoría, estaba siendo imprudente o al menos muy negligente cuando el arma se disparó. No importa si nadie resulta herido.
Tres defensas comunes a los cargos de disparar imprudente o negligente un arma o flecha son:
- El incidente fue un accidente inevitable que no fue culpa suya, y le habría sucedido a cualquier persona razonable en su posición. O
- El arma nunca se disparó, o la flecha nunca se disparó. O
- Alguien más hizo que la bala o la flecha se dispararan.
Disparar imprudente o negligentemente un arma o arco y flecha es un delito menor de clase 1 en Colorado que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel y/o
- Hasta $1,000.
Una segunda o posterior ofensa en cinco años es un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años en prisión y/o
- $1,000 a $100,000.3
4. Dejar trampas cargadas sin supervisión
CRS 18-12-106(1)(c) prohíbe colocar intencionalmente un arma cargada, trampa o dispositivo diseñado para causar una explosión al ser activado o acercado si lo deja sin supervisión. No importa si el dispositivo nunca se activa y nadie resulta herido.
Ejemplo: George coloca una trampa cargada en un parque para atrapar al zorro salvaje que sigue asustando a los niños. Incluso si George obtuvo el permiso del parque para colocar la trampa, es un delito si George se va del lugar sin un adulto competente que atienda el dispositivo.
Las defensas comunes a este cargo son que la trampa no estaba cargada o que nunca la dejó sin supervisión.
Dejar una trampa cargada, un arma o un dispositivo explosivo sin supervisión es un delito menor de clase 1 en Colorado que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel y/o
- Hasta $1,000.
Una segunda o posterior ofensa en cinco años es un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años en prisión y/o
- $1,000 a $100,000.4
Defendant was convicted of prohibited use of weapons, CRS § 18-12-106(1)(d), for possessing a firearm while under the influence of alcohol. The court of appeals reversed, holding that the statute was unconstitutionally vague as applied to defendant because it did not define “under the influence.” The supreme court reversed the court of appeals, holding that the statute was not unconstitutionally vague as applied to defendant because the term “under the influence” was sufficiently definite to give a person of ordinary intelligence fair notice that his conduct was prohibited. The court also held that the statute did not violate defendant’s right to bear arms under the Second Amendment to the United States Constitution or article II, section 13 of the Colorado Constitution.
Defendant was convicted of prohibited use of weapons, CRS § 18-12-106(1)(d), for possessing a firearm while under the influence of alcohol. The court of appeals reversed, holding that the statute was unconstitutionally vague as applied to defendant because it did not define “under the influence.” The supreme court reversed the court of appeals, holding that the statute was not unconstitutionally vague as applied to defendant because the term “under the influence” was sufficiently definite to give a person of ordinary intelligence fair notice that his conduct was prohibited. The court also held that the statute did not violate defendant’s right to bear arms under the Second Amendment to the United States Constitution or article II, section 13 of the Colorado Constitution.
Defendant was convicted of prohibited use of weapons, CRS § 18-12-106(1)(d), for possessing a firearm while under the influence of alcohol. The court of appeals reversed, holding that the statute was unconstitutionally vague as applied to defendant because it did not define “under the influence.” The supreme court reversed the court of appeals, holding that the statute was not unconstitutionally vague as applied to defendant because the term “under the influence” was sufficiently definite to give a person of ordinary intelligence fair notice that his conduct was prohibited. The court also held that the statute did not violate defendant’s right to bear arms under the Second Amendment to the United States Constitution or article II, section 13 of the Colorado Constitution.
(1) A person commits a class 1 misdemeanor if:
(a) He knowingly and unlawfully aims a firearm at another person; or
(b) Recklessly or with criminal negligence he discharges a firearm or shoots a bow and arrow; or
(c) He knowingly sets a loaded gun, trap, or device designed to cause an explosion upon being tripped or approached, and leaves it unattended by a competent person immediately present; or
(d) The person has in his or her possession a firearm while the person is under the influence of intoxicating liquor or of a controlled substance, as defined in section 18-18-102 (5). Possession of a permit issued under section 18-12-105.1, as it existed prior to its repeal, or possession of a permit or a temporary emergency permit issued pursuant to part 2 of this article is no defense to a violation of this subsection (1).
(2)(a) A person commits a class 2 misdemeanor if the person knowingly aims, swings, or throws a throwing star or nunchaku as defined in this subsection (2)(b) at another person, or the person knowingly possesses a throwing star or nunchaku in a public place except for the purpose of presenting an authorized public demonstration or exhibition or pursuant to instruction in conjunction with an organized school or class. When transporting throwing stars or nunchaku for a public demonstration or exhibition or for a school or class, they shall be transported in a closed, nonaccessible container.
(b) For purposes of this subsection (2), “nunchaku” means an instrument consisting of two sticks, clubs, bars, or rods to be used as handles, connected by a rope, cord, wire, or chain, which is in the design of a weapon used in connection with the practice of a system of self-defense, and “throwing star” means a disk having sharp radiating points or any disk-shaped bladed object which is hand-held and thrown and which is in the design of a weapon used in connection with the practice of a system of self-defense.
Ver también CRS 18-12-107. Penalización por segunda ofensa.
Cualquier persona que haya sido condenada en los últimos cinco años por una violación en virtud de la sección 18-12-103, 18-12-105 o 18-12-106, será culpable de un delito grave de clase 5 al ser condenada por una segunda o subsiguiente ofensa en la misma sección.