Extradición fuera de Colorado es el proceso legal de enviar a los fugitivos que se encuentran actualmente en Colorado de vuelta al estado donde supuestamente cometieron un delito. El Gobernador de Colorado debe firmar una orden para aprobar la detención del sospechoso fugitivo. Después del arresto, los sospechosos fugitivos tienen derecho a una audiencia en Colorado para impugnar la extradición.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de Denver, Colorado discuten las siguientes preguntas frecuentes:
- 1. ¿Cuál es el proceso para extraditar a un fugitivo a otro estado?
- 2. ¿Qué sucede si soy arrestado antes de que se emita una Orden del Gobernador?
- 3. ¿Puede un fugitivo ser liberado bajo fianza antes de la extradición?
- 4. ¿Cómo puedo defenderme contra la extradición fuera de Colorado?
1. ¿Cuál es el proceso para extraditar a un fugitivo a otro estado?
Cuando otro estado desea extraditar a un fugitivo fuera de Colorado, los pasos básicos son:
- El estado solicitante (“estado exigente”) presenta una solicitud a Colorado (“estado asilo”) explicando los delitos que el fugitivo cometió.
- El Gobernador de Colorado inicia una investigación sobre las acusaciones.
- El Gobernador de Colorado firma la orden del gobernador.
- La policía arresta al fugitivo (si aún no está bajo custodia).
- Colorado lleva a cabo una audiencia, donde el fugitivo puede intentar luchar contra la extradición (a menos que decida no tener esta audiencia).
- Se hacen los arreglos de transporte para el fugitivo.
- El fugitivo es extraditado fuera de Colorado al estado exigente. 1
Es importante que ambos estados cumplan con estos procedimientos, o la extradición puede ser inválida.
Consulte nuestro artículo relacionado, extradición a Colorado.
1.1. ¿Qué es la Ley Uniforme de Extradición Criminal?
La Ley Uniforme de Extradición Criminal (UCEA) es un acuerdo entre casi todos los 50 estados para seguir estrictas regulaciones para extraditar a presuntos criminales dentro y fuera de sus estados. Solo Missouri y Carolina del Sur no han adoptado la UCEA. 2
La UCEA es una ley “modelo” que los estados pueden adoptar “tal cual” o modificar, siempre y cuando las modificaciones no entren en conflicto con la ley federal. La mayoría de los estados han hecho al menos algunas modificaciones menores a la ley, mientras que otros han agregado significativamente a sus protecciones.
2. ¿Qué sucede si soy arrestado antes de que se emita una Orden del Gobernador?
Si una persona es arrestada en Colorado antes de que se emita una Orden del Gobernador, las autoridades de Colorado pueden mantener a la persona en la cárcel por un período de tiempo para permitir que se lleve a cabo el proceso de extradición. Pero un retraso significativo puede ser motivo para una orden de habeas corpus, donde la persona podría argumentar que el encarcelamiento prolongado es ilegal. 3
3. ¿Puede un fugitivo ser liberado bajo fianza antes de la extradición?
Depende del caso. Algunos sospechosos fugitivos pueden ser puestos en fianza en Colorado mientras esperan la determinación y el procesamiento final de la solicitud del estado demandante. Pero la fianza puede no ser otorgada a personas que esperan la extradición si:
- el presunto delito es castigado con la pena de muerte o cadena perpetua según las leyes del estado demandante;
- se alega que el fugitivo escapó de la custodia en el estado demandante;
- se alega que el fugitivo violó los términos de su fianza, libertad condicional, libertad condicional o sentencia; o
- el fugitivo ha firmado una renuncia por escrito a la extradición. 4
3.1. ¿Debería regresar al estado por mi propia voluntad?
Si un sospechoso fugitivo debe luchar contra la extradición depende de los hechos del caso individual. Algunas personas pueden optar por renunciar a la extradición y regresar por su propia voluntad porque:
- Recibieron promesas del fiscal de clemencia si se renuncia a la extradición; o
- Quieren “terminar con esto” y regresar al estado exigente. 5
Sin embargo, renunciar a la extradición significa que la persona ya no es elegible para la fianza mientras espera el transporte al estado exigente. A veces, los arreglos de transporte pueden tomar semanas o incluso más de un mes. Durante ese tiempo, la persona está encarcelada en Colorado innecesariamente. 6
4. ¿Cómo puedo defenderme contra la extradición fuera de Colorado?
Cuando otro estado solicita la extradición a sus fronteras desde Colorado, hay ciertas defensas que se pueden plantear para intentar evitarlo. Tres posibles defensas son:
- Procedimientos incorrectos: Si los procedimientos bajo la UCEA no se han seguido estrictamente, el intento de traer a una persona al estado es inválido. En muchos casos, defectos menores en la documentación o el proceso en general no detendrán los procedimientos, pero pueden retrasarlos. Esto a veces puede funcionar a favor de la persona, dando al abogado de la defensa más tiempo para construir una defensa.
- Identidad equivocada: En otros casos, el fugitivo sospechoso puede negar que él o ella es la persona que Colorado busca devolver. Nombres similares o idénticos han resultado en confusiones antes.
- Habeas corpus: La audiencia de habeas corpus es el momento para plantear cualquier defensa que muestre que el tribunal no tiene derecho a arrestar al fugitivo y que la detención es ilegal.
Representamos a clientes en y alrededor de Denver, Colorado Springs, Aurora, Fort Collins, Lakewood y varias ciudades cercanas. También consulte nuestro artículo sobre las consecuencias de una orden de arresto por delito grave en otro estado.
Referencias legales:
- CRS 16-19-104 (Forma de demanda); ver también Rodriquez v. Sandoval, (Colo. 1984) 680 P.2d 1278.
- Tiempo en la cárcel esperando la extradición por una antigua orden de arresto por delito grave fuera del estado, El diccionario de leyes.
- Ver también People v. Gomez, (1976) 192 Colo. 313, 558 P.2d 439.
- CRS 16-19-117 (Fianza pendiente de extradición).
- CRS 16-19-126 (Renuncia por escrito a la extradición); ver también Luker v. Koch, (1971) 176 Colo. 75, 489 P.2d 191.
- CRS 16-19-119.5 (Custodia pendiente de la llegada del agente del estado demandante).