Si es condenado por delitos en Colorado, puede buscar alivio después de la condena en un intento de anular sus veredictos o sentencias. También llamadas mociones 35(c), las peticiones de alivio después de la condena explican al tribunal todas las formas en que se le negaron sus derechos constitucionales a un juicio y sentencia justos.
Después de una condena, tiene un estatuto de limitaciones limitado para presentar una moción de alivio después de la condena en Colorado. El plazo depende del tipo de delito por el que fue condenado.
- delitos menores: 6 meses
- delitos menores: 18 meses
- delitos graves (excepto clase 1): 3 años
- delitos graves de clase 1: en cualquier momento
Si el tribunal concede su moción 35(c), el fallo puede ser anulado y/o la sentencia puede ser reducida o levantada por completo.
A continuación, nuestros abogados de alivio después de la condena en Colorado discuten el proceso de solicitud y los plazos para presentar una moción 35(c) en Colorado. Haga clic en un tema para ir a esa sección.
- 1. ¿Qué es el alivio después de la condena?
- 2. ¿Cuáles son los fundamentos?
- 3. ¿Cuándo puedo presentar?
- 4. ¿Cómo presento una petición?
- 5. ¿Cómo decidirá el juez?
- 6. ¿Cuándo decidirá el juez?
- 7. ¿Cuáles son otras formas de alivio después de la condena?
- 8. Si mi petición es denegada, ¿puedo volver a presentarla?
- 9. ¿Puede el alivio después de la condena detener la deportación?
- Recursos adicionales
1. ¿Qué es el Alivio Después de la Condena?
El alivio después de la condena es cuando le pide al tribunal que anule su fallo o sentencia. También llamado mociones 35(c), el alivio después de la condena le brinda la oportunidad de argumentar por qué su veredicto o sentencia fue inválido. El juez tiene plena discreción sobre si conceder o no la moción 35(c).1
Alivio Después de la Condena vs. Apelaciones
Tenga en cuenta que los procedimientos de alivio después de la condena son diferentes de una apelación de una condena penal en Colorado. Con las apelaciones, solicita a un tribunal más alto – el tribunal de apelaciones – que revise el caso. Mientras que con una moción 35(c), busca revisión del mismo tribunal de distrito que manejó el caso penal.2
Por ejemplo, si es condenado en un tribunal de primera instancia (como el Tribunal Penal de Denver), puede solicitar una apelación directa al Tribunal de Apelaciones de Colorado y eventualmente al Tribunal Supremo de Colorado. Sin embargo, si está buscando un alivio posterior a la condena después de una sentencia de condena en el Tribunal Penal de Denver, permanecería en el Tribunal Penal de Denver.
2. ¿Cuáles son los motivos?
Siete motivos comunes para el alivio posterior a la condena bajo la sección 35(c) incluyen:
- Fue condenado o sentenciado ilegalmente;
- La ley estatutaria bajo la cual fue condenado es ilegal;
- Su conducta fue legal;
- El tribunal no tenía autoridad (“jurisdicción”) sobre el caso para hacer una adjudicación;
- Hay nueva evidencia de “hechos materiales” que no se podrían haber descubierto razonablemente antes de la condena;
- La sentencia ya ha sido cumplida en su totalidad, o ha habido una revocación ilegal de la libertad condicional, la libertad condicional y/o la liberación condicional; y/o
- Otros motivos (llamados “ataques colaterales”) como ineficacia de la asistencia legal por parte de su abogado privado o defensor público, o mala conducta del fiscal.3
3. ¿Cuándo puedo presentar una petición?
La siguiente tabla muestra el calendario de plazos para presentar una petición 35(c) en Colorado:
Tipo de Condena en Colorado | Plazo de espera para presentar una petición 35(c) después de la condena o la apelación |
Delitos graves de clase 1 | Sin límite |
Todos los delitos graves excepto clase 1 | Tres (3) años |
Delitos menores | Dieciocho (18) meses |
Delitos menores insignificantes | Seis (6) meses |
Si el plazo ha pasado, aún puede presentar una petición 35(c) si alguna de las siguientes excusas es verdadera:
- El tribunal que lo condenó no tenía jurisdicción sobre usted o su caso; y/o
- Perdió el plazo de presentación porque fue declarado incompetente o estaba en tratamiento institucionalizado para enfermos mentales; y/o
- Las circunstancias que lo llevaron a perder el plazo de presentación constituyen una “excusa justificable o negligencia excusable.”4
4. ¿Cómo presento una petición?
Usted (o su abogado defensor penal de Denver) debe completar el formulario de alivio posterior a la condena en Colorado. Es una solicitud de cuatro páginas, y es posible que deba adjuntar páginas adicionales explicando por qué su caso requiere una revisión judicial.
Finalmente, la petición debe presentarse ante el tribunal correspondiente. Tenga en cuenta que debe mencionar todos los motivos aplicables de alivio en una sola petición. Con raras excepciones, los tribunales denegarán cualquier petición 35(c) posterior si podría haber presentado los motivos anteriormente.5
5. ¿Cómo decidirá el juez?
No hay forma de estar seguro de cómo un juez decidirá sobre una petición 35(c). El juez en el caso tiene la discreción de otorgar una petición 35(c) si cree que hacerlo sirve a los “intereses de la justicia”. Algunos de los factores que el juez puede considerar incluyen:
- si la petición se presenta a tiempo;
- si la petición establece motivos adecuados de hecho o legales para el alivio;
- si la petición establece motivos legales de alivio que sean meritorios;
- si la petición establece motivos de hecho que, de ser ciertos, le otorgarían el alivio; y
- si los archivos y registros del caso demuestran, a satisfacción del tribunal, que sus alegaciones de hecho son verdaderas.
El juez tiene varias opciones si el tribunal determina que tiene derecho a un alivio posterior a la condena. Dependiendo del caso, el juez puede anular la sentencia y/o conceder un nuevo juicio. O el juez podría imponer una nueva sentencia y/o liberarlo.6
6. ¿Cuándo decidirá el juez?
Si el juez decide negar la moción 35(c) sin una audiencia, emitirá una negación por escrito dentro de un período de 63 días. Si el juez desea celebrar una audiencia antes de decidir sobre la moción, todo el proceso lleva más tiempo.
Primero, el juez ordenará a la fiscalía que presente una respuesta por escrito dentro de los 35 días. Luego, puede presentar una respuesta por escrito a la fiscalía dentro de los 21 días.
Luego, el tribunal celebrará una audiencia donde ambas partes pueden presentar argumentos y pruebas. Finalmente, el tribunal generalmente tomará una decisión final dentro de los 63 días posteriores a la audiencia.7
7. ¿Cuáles son otras formas de buscar alivio después de la condena?
Otras opciones de alivio después de la condena que puede buscar además o en lugar de las mociones 35(c) incluyen:
- Apelaciones: Puede apelar un veredicto de culpabilidad y/o sentencia a un tribunal superior. No se lleva a cabo un nuevo juicio; en cambio, el tribunal superior revisa si el tribunal inferior cometió algún error. El plazo para apelar es de 35 días después del fallo.8
- Mociones para un nuevo juicio: Si cree que recibió un juicio injusto, puede presentar una moción para un nuevo juicio. Si el juez lo concede, el veredicto será anulado y se programará un nuevo juicio. El plazo para presentar es de 14 días después del veredicto, a menos que surjan nuevas pruebas.9
- Mociones para reconsideración: Si cree que sus sentencias fueron demasiado duras, puede presentar una moción para reconsideración. Dependiendo de la fuerza de sus argumentos, el juez puede imponer sanciones más laxas. El plazo para presentar es de 126 días después de la sentencia.10
- Recurso federal de habeas corpus: Esto es similar a una moción 35(c), pero en un tribunal federal. El plazo para presentar es de un año y 90 días después de que el Tribunal Supremo de Colorado niegue su petición de apelación. Sin embargo, este límite de tiempo se suspende si también presentó una moción 35(c).11
Tenga en cuenta que también puede apelar la denegación de una moción 35(c).
8. Si mi petición es denegada, ¿puedo volver a presentarla?
Sí, pero el tribunal la rechazará a menos que contenga nueva información que no se podía conocer cuando se presentó la moción 35(c) anterior.12
9. ¿Puede el alivio después de la condena detener la deportación?
Posiblemente sí. Los extranjeros legales condenados por delitos deportables pueden poder quedarse en los EE. UU. si pueden anular sus condenas. O pueden poder quedarse si reducen sustancialmente sus sentencias para que la condena ya no califique como deportable. Obtenga información sobre la defensa criminal de los inmigrantes en Colorado.
Recursos adicionales
Si usted o un ser querido ha sido condenado injustamente, puede encontrar más información aquí:
- Rama Judicial de Colorado Autoayuda: Alivio después de la condena – Instrucciones y formularios para buscar alivio después de la condena.
- Proyecto Nacional de Alivio después de la Condena – Aboga por la reforma de la justicia y ayuda a las personas en apelaciones después de la condena.
- El Proyecto Inocencia – Trabaja para exonerar a personas condenadas injustamente a través de pruebas de ADN y reformas.
- El Proyecto de Exoneración – Proporciona servicios legales gratuitos a personas condenadas injustamente que buscan la exoneración.
- Una Causa Justa – Apoya a personas acusadas y condenadas injustamente, enfocándose en la defensa y la conciencia pública.
Referencias Legales:
- C.R.S. § 18-1-410; Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 35(c).
- Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 37.
- Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 35(c)(2).
- C.R.S. §16-5-402(1). Ver también People v. Stovall, (2012) COA 7, 284 P.3d 151.
- Procedimiento Criminal 35(c) (3)(VI-VII).
- Procedimiento Criminal 35(c) (3)(IV).
- Procedimiento Criminal 35(c) (3)(V).
- Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 37.
- Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 35.
- Reglas de Procedimiento Criminal de Colorado 33(b).
- Código de los Estados Unidos 28 § 2241.
- Colo. Rul. Crim. Proc. 35(c) (3)(VI-VII).