No. No es necesario registrar sus armas de fuego en Colorado. De hecho, las leyes de armas de fuego de Colorado prohíben a los departamentos de policía y gobiernos locales mantener registros de personas que compran o intercambian armas de fuego.1
¿Cuántos años debo tener para comprar un arma?
Para comprar una pistola en Colorado, debe tener
- al menos 21 años de edad y
- ser residente de Colorado.
Para comprar un arma larga, debe tener al menos 18 años de edad (pero no es necesario ser residente de Colorado).2
¿Necesito pasar una verificación de antecedentes antes de comprar un arma?
Sí. En Colorado, debe pasar una verificación de antecedentes del Colorado Bureau of Investigations (C.B.I.) para comprar armas ya sea a través de una venta comercial o una venta privada.
Primero, necesitaría llenar un Formulario A.T.F. 4473. El formulario pregunta si usted:
- es un delincuente convicto o está acusado de un delito grave;
- ha sido condenado por violencia doméstica;
- está sujeto a una orden de protección que lo prohíbe de acosar, hostigar o amenazar a una pareja íntima o a un hijo;
- es un fugitivo;
- es un extranjero ilegal o ha renunciado a la ciudadanía estadounidense;
- ha sido dado de baja deshonrosamente del ejército;
- es un adicto o usuario de drogas (incluyendo marihuana); o
- ha sido declarado mentalmente incompetente o internado en una institución mental.
Si responde no a todas estas preguntas, entonces el distribuidor de armas con licencia realizará una verificación instantánea del C.B.I.. Su compra generalmente será aprobada o denegada en aproximadamente 20 minutos. Sin embargo, a partir del 1 de octubre de 2023, hay un período de espera de tres días antes de que se pueda transferir el arma.
Tenga en cuenta que es un delito grave de clase 4 en Colorado comprar u obtener un arma de fuego para otra persona que sepa que está prohibida de poseer armas. Las sanciones por compra ilegal de un arma de fuego incluyen:
- 2 a 6 años de prisión y/o
- una multa de $2,000 a $500,000.3
Vea nuestros artículos relacionados, ¿Cuáles son los requisitos para comprar una pistola en Colorado?, ¿Cómo puedo restaurar mis derechos de posesión de armas después de una condena penal en Colorado?, y Posesión de un arma por un delincuente anterior (POWPO).
¿Necesito un permiso para portar armas de fuego ocultas?
Sí. Necesita un permiso de armas de fuego ocultas (CHP) válido y vigente para portar armas de fuego ocultas en Colorado. Puede solicitar un permiso de CHP (también llamado permiso de CCW) al sheriff de su condado local si:
- Eres al menos de 21 años de edad;
- Eres residente de Colorado o miembro de las fuerzas armadas (o familia inmediata de los mismos) estacionado permanentemente en Colorado;
- Eres elegible para poseer armas de fuego;
- No se ha emitido una orden de protección en tu contra;
- Nunca has sido condenado por perjurio por mentir en una solicitud de CHP;
- No eres adicto a las drogas o al alcohol;
- Completaste un curso de entrenamiento de armas de mano con un instructor certificado en los últimos 10 años.
Llevar oculto sin un CHP es un delito menor de clase 1 en Colorado, castigado con:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Una multa de hasta $1,000.
Pero una segunda o posterior ofensa dentro de cinco años es un delito grave de clase 5, castigado con:
- 1 a 3 años de prisión (con 2 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $1,000 a $100,000.
Tenga en cuenta que simplemente olvidar llevar su permiso de CHP mientras lleva un arma oculta es una ofensa menor, que conlleva:
- hasta 10 días de cárcel, y/o
- una multa de hasta $300.4
Vea nuestros artículos relacionados, portar armas en público en Colorado, ¿Cuántos años tienes que tener para portar armas en público en Colorado?, Renovación de CCW en Colorado – Cómo hacerlo, y Reciprocidad de portar armas ocultas en Colorado – 3 cosas que debes saber.
Referencias Legales
- CRS 29-11.7-102.
- John Herrick, “Esto es lo que debes saber sobre las leyes de armas en Colorado,” Colorado Newsline (2021).
- CRS 18-12-111. HB23-1219. CRS 18-12-115.
- CRS 18-12-105. Ver también People ex rel. O.R., (App. 2008) 220 P.3d 949; Regents of the Univ. of Colo. v. Students for Concealed Carry on Campus, (2012) 271 P.3d 496;