Si el testigo hubiera sido citado para comparecer en un tribunal de Colorado, entonces el incumplimiento de la comparecencia puede resultar en que el testigo sea encontrado en desacato. Esto significa que el testigo podría ser arrestado, encarcelado y multado.
Si el testigo no fue citado, entonces no enfrenta ninguna consecuencia por no presentarse en el tribunal.
Citaciones en Colorado
Una citación es una orden judicial para comparecer en el tribunal para un procedimiento, como un juicio por jurado de Colorado. Para que una citación sea válida, debe cumplir con todos los requisitos procedimentales del Reglamento de Procedimiento Civil de Colorado 45. Por ejemplo, las citaciones deben incluir la siguiente información:
- el tribunal que emite la citación
- el número de caso
- el nombre de la parte (y el abogado) que sirve la citación
- el tipo de procedimiento
- una orden para que el testigo comparezca a una determinada hora y lugar
Además, una citación debe ser servida correctamente para ser legalmente exigible. Típicamente, las citaciones deben hacerse no más tarde de 48 horas antes del juicio o audiencia donde el testigo está ordenado a comparecer. Además, las citaciones no pueden ser servidas por nadie menor de 18 años o por una parte en el caso.
Si una citación no se sirve correctamente y de acuerdo con la ley de Colorado, entonces el testigo no está obligado a presentarse al procedimiento.
Incumplimiento de citaciones en Colorado
Los testigos citados correctamente que no comparecen pueden ser encontrados en desacato a menos que tengan una “excusa adecuada”. Los ejemplos de una excusa adecuada pueden incluir estar hospitalizado o de otra manera incapacitado.
El tipo de desacato que los tribunales pueden imponer a los testigos que no comparecen se llama “desacato indirecto” (discutido a continuación).
Si la comparecencia que el testigo pierde es un juicio, la parte que emitió la citación puede pedir al juez que emita una orden de arresto. El tribunal está obligado a cumplir con la solicitud de la parte.
Una vez que se emite una orden de arresto, el testigo que no comparece puede ser arrestado y llevado a la corte. Esta orden de arresto permanece activa hasta que ocurra lo siguiente:
- el caso vaya al jurado, o
- el juicio sea cancelado (lo que ocurra primero)
Si el testigo es arrestado, el juez puede fijar fianza. (Procedimiento Penal de Colorado 17)
Desacato indirecto en Colorado
Cuando una persona desobedece órdenes judiciales “fuera de la vista o audición directa del tribunal”, el juez puede encontrar a esa persona en “desacato indirecto”. No presentarse en el tribunal como lo requiere una citación válida es motivo de desacato indirecto en Colorado.
Después de que un testigo no se presente en el tribunal como lo requiere, el juez puede emitir una citación a ese testigo. Esta citación podría ordenarle que comparezca en la corte en una determinada fecha y hora y “demuestre” por qué no se presentó.
La citación debe ser servida al testigo al menos 21 días antes de la audiencia “demuestra”. (Además de la citación, el testigo también debe ser servido con una copia de la solicitud, el affidavit y la orden relevantes). Si el testigo no comparece a esta audiencia “demuestra”, el tribunal puede emitir una orden de arresto.
Esta orden judicial especifica la fecha y hora para que el testigo comparezca en la corte, y también establece la cantidad de fianza requerida (fianza). Una vez que se emite una orden judicial, el testigo puede ser arrestado y llevado a la corte en cualquier momento. Si el testigo paga la fianza, puede permanecer libre siempre y cuando se presente a la próxima audiencia judicial. De lo contrario, el sheriff puede mantener al testigo en custodia sujeto a la orden de la corte. (Regla de Procedimiento Civil de Colorado 107; People v. Razatos, 699 P.2d 970 (1985))
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