Delincuentes por DUI por primera vez en Colorado pueden ser requeridos para completar clases de Educación de Nivel II DUI School basado en los resultados de su evaluación de alcohol. Y Educación de Nivel II siempre es requerido para delincuentes por DUI reincidentes, delincuentes por DUI con un contenido de alcohol en la sangre (BAC) de 0.15% o más alto, y arrestados por DUI que se negaron a tomar una prueba de aliento o sangre.1
Mientras tanto, el programa más corto de Educación de Nivel I DUI School es requerido para delincuentes menores de 21 años condenados por DUI, DWAI o UDD. Aunque los delincuentes menores de edad pueden ser ordenados a completar Educación de Nivel II en lugar de eso basado en los resultados de su evaluación de alcohol.
Pero aun si el caso criminal es desestimado, los delincuentes todavía pueden ser requeridos para completar DUI School para reinstalar su licencia de conducir revocada.
DUI school debe ser completado en persona, aunque el tribunal puede aceptar clases en línea durante la pandemia de COVID-19. Y dependiendo de la evaluación de alcohol del delincuente, los participantes de Educación de Nivel II también pueden ser requeridos para completar Terapia de Nivel II – un largo programa de tratamiento y rehabilitación. Los delincuentes también son responsables de pagar por los cursos de su propio bolsillo.
Vea nuestro artículo relacionado, Clases de DUI en Denver – Lo que necesita saber.
¿Qué es Educación de Nivel I?
Educación de Nivel I es 12 horas de clases de educación sobre alcohol y drogas. Se pueden hacer en tres sesiones a menos que un evaluador de alcohol requiera más sesiones.
Los delincuentes de Colorado que son menores de 21 años están obligados a completar Nivel I si tuvieron su licencia de conducir revocada por un año debido a una primera vez:
- DUI (conducir bajo la influencia) – conducir con un BAC de 0.08% o más alto; o
- DWAI (conducir mientras la habilidad está disminuida) – conducir con un BAC de más de 0.05% pero menos de 0.08%; o
- UDD (conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas menores de edad) – conducir con un BAC de 0.02% o más alto
Sin embargo, algunos delincuentes menores son en lugar sentenciados a completar Educación de Nivel II basado en los resultados de su evaluación de alcohol.2
¿Qué es Educación de Nivel II?
Educación de Nivel II es 24 horas de clases de educación sobre alcohol y drogas (el doble de la duración de la Educación de Nivel I). Estas clases se hacen durante 12 semanas, usualmente en grupos de 12 participantes.
Los siguientes tipos de acusados
- Acusados
condenados por 2 o más violaciones de DUI en los últimos 5 años; - Acusados
condenados por 3 o más violaciones de DUI en toda una vida; - Acusados
cuyas licencias de conducir han sido revocadas por una BAC de 0.15% o más; - Acusados
cuyas licencias de conducir han sido revocadas por tener múltiples pruebas de BAC por encima de 0.08%; y - Acusados
de DUI que se negaron a realizar una prueba química de aliento o sangre, incluso si no son finalmente condenados por DUI.
Para los acusados
El tribunal también puede exigir que los acusados
¿Qué es la Terapia de Nivel II?
Los acusados
La duración de la Terapia de Nivel II depende del caso del acusado:
Acusado de DUI de Colorado | Terapia de Nivel II |
BAC inferior al 0.15% | Sin DUIs anteriores Rastro A: 42 horas en 5 meses (21 semanas) Uno o más DUIs anteriores Rastro C: 68 horas en 8 meses (34 semanas) |
BAC de 0.15% o superior | Sin DUIs anteriores Rastro B: 52 horas en 6 meses (26 semanas) Uno o más DUIs anteriores Rastro D: 86 horas en 10 meses (43 semanas) |
El acusado rechazó la prueba química | Sin DUIs anteriores Rastro B: 52 horas en 6 meses (26 semanas) Uno o más DUIs anteriores Rastro D: 86 horas en 10 meses (43 semanas) |
Tenga en cuenta que las personas con cuatro o más delitos de conducción bajo los efectos del alcohol pueden ser sentenciadas a completar Nivel II Cuatro Más (también conocido como Rastro F). Requiere al menos 180 horas en 18 meses y una demostración de rehabilitación.4
¿Cómo muestro prueba de asistencia?
La empresa que proporciona las clases o terapia está obligada a entregar a los participantes una copia de sus papeles de descarga, llamados DRS – abreviatura de Resumen de Referencia de DUI / DWAI. Los tribunales de Colorado aceptan los DRS como prueba de asistencia.5
¿Puedo hacer la Escuela de DUI en otro estado?
Los no residentes de Colorado con un caso de DUI de Colorado generalmente pueden completar sus requisitos de educación de Nivel I o II en otro estado con un programa similar. Pero necesitan obtener aprobación con anticipación de parte del tribunal.
¿Cuándo no se requiere Escuela de DUI en Colorado?
Las únicas personas que no realizan ningún programa de Educación de Nivel I o II son los acusados
- el juez no ordena una evaluación de alcohol; o
- los resultados de la evaluación de alcohol indican que el acusado no necesita Escuela de DUI6
¿Qué pasa si no completo la escuela de DUI?
Los jueces de Colorado suelen tener la discreción de enviar al acusado a la cárcel por no completar una clase o programa de tratamiento requerido. Esto se debe a que no hacer la escuela de DUI es una violación de la libertad condicional. Sin embargo, el juez puede ser persuadido para otorgar al acusado una prórroga si hay circunstancias atenuantes, como enfermedad.
Además, los acusados
Enlaces útiles
- Manual: Conducir con cuidado – Conducción bajo el influjo de alcohol y otras drogas – Leyes de Colorado – Suplemento de la lección 2 – Nivel I y Nivel II Educación, Oficina de Salud Conductual.
- Paquete de Nivel II Cuatro Plus, Oficina de Salud Conductual
- Servicios de DUI, Departamento de Servicios de Salud de Colorado.
- Preguntas frecuentes de reintegración, Departamento de Ingresos de Colorado.
- Nivel I, Nivel II y Inscripciones, Departamento de Ingresos de Colorado.
Referencias Legales
- CRS 42-4-1301; CRS 42-4-1301.3; CRS 42-4-1307.
- Nivel I, Nivel II y Inscripciones, Departamento de Ingresos de Colorado.
- Igual.
- Igual. Ver, por ejemplo, Gente v. Van Buskirk, (1998) 962 P.2d 975.
- Igual.
- Ver nota 1.
- Ver, por ejemplo, Smith v. Departamento de Ingresos, División de Vehículos Motorizados, (Tribunal de Apelaciones, División Dos, 1990) 793 P.2d 611.