Los fiscales de Colorado pueden presentar cargos de falsificación en cualquier momento. No hay prescripción. El 16-5-401 C.R.S. establece:
[Cualquier] falsificación, independientemente de la pena prevista: sin límite
Sin embargo, es discutible que esta ley se aplique solo a los delitos de falsificación. Después de esta sección, el estatuto establece:
- Otros delitos: tres años;
- Delitos menores: dieciocho meses
Que “otro” aparezca antes que “delitos” y no “delitos menores” es sorprendente. Esto sugiere que la sección anterior se aplica solo a los delitos de falsificación de delitos. (No hay jurisprudencia que interprete este lenguaje).
Por lo tanto, argumentamos que los fiscales no pueden presentar cargos de falsificación de delitos menores una vez que hayan pasado 18 meses.
1. ¿Qué es la falsificación?
La falsificación ocurre cuando alguien hace o altera un instrumento escrito “con intención de defraudar”. La mera posesión de un instrumento falsificado puede ser falsificación si el acusado tiene intención fraudulenta. Los ejemplos comunes de documentos falsificados incluyen:
- Un testamento alterado;
- Una solicitud de seguro de desempleo con un número de seguro social falso;
- Una falsa carta de recomendación;
- Una declaración de impuestos alterada; o
- Transcripciones de escuela inventadas.
2. ¿Cuáles son las penas?
Depende del delito de falsificación específico:
Delitos de falsificación |
Penas de Colorado |
Falsificación (18-5-102 C.R.S.) | Delito de clase 5:
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Falsificación de segundo grado (18-5-104 C.R.S.) | Delito de clase 2
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Uso de registro académico falsificado (18-5-104.5 C.R.S.) | Delito de clase 2
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Posesión criminal de un instrumento falsificado (18-5-105 C.R.S.) | Delito de clase 6:
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Posesión criminal de un instrumento falsificado de segundo grado (18-5-107 C.R.S.) | Delito menor:
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Posesión criminal de dispositivos de falsificación (18-5-109 C.R.S.) | Delito de clase 6:
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Simulación criminal (18-5-110 C.R.S.) | Delito de clase 2:
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Contrafacción de marcas comerciales (18-5-110.5 C.R.S.) | Delito menor (menos de $300):
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Delito ($300 a menos de $2,000):
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Delito grave ($2,000 y más):
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Obtención de firma por engaño (18-5-112 C.R.S.) | Delito de clase 2:
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Impersonación criminal (18-5-113 C.R.S.) | Esto puede ser un delito de clase 1, un delito de clase 2 o un delito de clase 6. |
Ofrecer un instrumento falso para registrar (18-5-114 C.R.S.) | Delito de clase 5 (en primer grado):
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Delito menor de clase 2 (en segundo grado):
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Sustancias controladas – inducción al consumo por medios fraudulentos (18-5-116 C.R.S.) | Delito de clase 4:
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3. ¿Cuáles son las defensas?
Las posibles defensas para los cargos de falsificación incluyen:
- El acusado no tenía intención de defraudar;
- El documento era auténtico; y/o
- La policía realizó una búsqueda ilegal.
En cualquier caso, el fiscal tiene la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Esta es una barrera muy alta. Si el fiscal no tiene suficientes pruebas, los cargos deben ser desestimados.
Tenga en cuenta que antes del 1 de marzo de 2022, los delitos de falsificación tenían penas diferentes. SB21-271.