Bajo la ley de California, tienes el derecho de quedarte con cualquier propina que ganes. Los empleadores no pueden descontar tus propinas de tu salario regular.1
Aquí hay tres cosas importantes que debes saber:
- Si tu jefe se apropia indebidamente de tus propinas, puedes presentar una queja ante la Oficina del Comisionado Laboral de California.2
- Los empleadores que violan las leyes de propinas también enfrentan cargos por delitos menores.3
- La distribución de propinas es legal siempre y cuando el dinero no se comparta con los dueños, gerentes o supervisores.
Código Laboral 351 LC es la principal ley laboral de California que trata sobre propinas y gratificaciones. Esta sección establece que:
“Ningún empleador o agente puede recolectar, tomar o recibir cualquier propina o parte de ella que sea pagada, dada o dejada para un empleado por un cliente, o deducir cualquier cantidad de los salarios adeudados a un empleado por una propina, o requerir que un empleado acredite la cantidad, o cualquier parte de ella, de una propina contra y como parte de los salarios adeudados al empleado por el empleador. Se declara que cada propina es propiedad exclusiva del empleado o empleados a quienes se les pagó, dio o dejó. Un empleador que permita a los clientes pagar propinas con tarjeta de crédito debe pagar a los empleados la cantidad total de la propina que el cliente indicó en el recibo de la tarjeta de crédito, sin deducciones por cualquier tarifa o costo de procesamiento de pagos con tarjeta de crédito que pueda cobrar la compañía de tarjetas de crédito al empleador. El pago de propinas realizado por clientes que usan tarjetas de crédito debe hacerse a los empleados a más tardar en el próximo día de pago regular después de la fecha en que el cliente autorizó el pago con tarjeta de crédito.”
A continuación, nuestros abogados laborales y de empleo de California responden a las siguientes cinco preguntas principales sobre las leyes de propinas de California:
- 1. ¿Cuáles son mis derechos bajo la ley de propinas de California?
- 2. ¿Qué se considera una propina bajo las leyes de propinas y gratificaciones de California?
- 3. ¿Cómo son diferentes los cargos por servicio?
- 4. ¿Qué sucede si mi empleador viola las leyes de propinas de California?
- 5. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por violación de las leyes de propinas?
- 6. ¿Qué sucede si mi empleador toma represalias por informar una violación de las leyes de propinas?
- Lectura adicional
1. ¿Cuáles son mis derechos bajo la ley de propinas de California?
Según el Código Laboral 351 LC de California, las propinas que se te pagan o se te dejan son tu propiedad.4
Esto significa que tu empleador no puede:
- Tomar ninguna parte de tus propinas o gratificaciones para sí mismos,
- Descontar ninguna cantidad de tus salarios debido a las propinas que recibiste, o
- Acreditar ninguna parte de las propinas contra tus salarios.5
Ejemplo: Raúl acaba de empezar a trabajar en un lavado de autos, con una tarifa regular acordada de $16.50 por hora. Descubre que está ganando alrededor de $10 por hora en propinas.
En el día de pago, el jefe de Raúl le pregunta cuánto recaudó en propinas. Cuando Raúl le dice, su jefe le dice que esto significa que solo tiene que pagarle $6.50 por hora. La idea es que las propinas cubren el resto.
Lo que está diciendo el jefe de Raúl va en contra de la ley de propinas de California. Raúl tiene el derecho de quedarse con sus propinas, y su jefe no puede reducir su salario por hora en esa cantidad.
Según el Código Laboral 351 LC, lo que ganas en propinas tampoco puede contar para el salario mínimo. Las leyes de salario mínimo de California solo se aplican a lo que un empleador paga, no a las propinas que deja un cliente.
A partir de 2025, el salario mínimo de California es de $16.50 por hora.6
Por cierto, si ganas gran parte de tus ingresos en propinas, aún debes recibir el salario mínimo en California.7 Esto se aplica a meseros, bartenders, etc.
De manera similar, las propinas no cuentan para calcular el pago de horas extras según la ley de horas extras de California.
¿Quién paga la tarifa de la tarjeta de crédito en las propinas?
Las propinas en restaurantes, salones de belleza, etc. a menudo se pagan con tarjeta de crédito. El empleador está obligado a pagar todas las tarifas de la tarjeta de crédito en las propinas.8
En otras palabras, un jefe NO puede deducir el monto de una tarifa de tarjeta de crédito de tus propinas. Tienes derecho a recibir el monto completo de la propina dejada por el cliente.
Ejemplo: Amy trabaja en un salón de uñas. El dueño del salón anima a los clientes a dejar propinas en efectivo. Pero a veces los clientes agregan la propina a su factura de tarjeta de crédito. Cuando esto sucede, el dueño deduce una tarifa del 2% de la tarjeta de crédito cuando le pasa la propina a Amy.
El jefe de Amy está violando la ley. Según las leyes de propinas de California, los empleadores son responsables de todas las tarifas de tarjetas de crédito en propinas y gratificaciones.
Además, cuando los clientes dejan propinas en una tarjeta de crédito, las propinas deben ser pagadas puntualmente. El Código Laboral 351 requiere que los empleadores te den las propinas en el próximo día de pago después de que se haya pagado la propina.9
¿Es legal el “reparto de propinas” en California?
Los arreglos de reparto de propinas son cuando un negocio recoge todas las propinas recibidas por los empleados y luego las divide equitativamente. Esta práctica es legal en California siempre y cuando solo sean los empleados los que compartan las propinas, y no los gerentes que tienen la autoridad para contratar y despedir empleados.
Ejemplo: Una cafetería en cadena tiene un frasco de propinas junto a la caja registradora. Al final de cada turno, un supervisor recoge las propinas. Al final de la semana, las propinas se reparten entre todos los empleados que trabajaron esa semana. Las propinas se dividen en función de las horas trabajadas por cada empleado.
Esto significa que los empleados que trabajaron en turnos ocupados reciben las mismas propinas que los que trabajaron en turnos lentos. Pero esto está permitido según la ley de propinas de California. 1011
El reparto de propinas puede incluir a empleados que tienen algunas funciones de supervisión, como supervisores de turno.12
Las propinas compartidas en un restaurante también pueden ser compartidas con trabajadores que no brindan servicio en la mesa. Esto podría incluir anfitriones, bartenders, ayudantes de meseros, etc.13
Sin embargo, las propinas compartidas NO pueden ser compartidas con gerentes que tienen la autoridad para contratar o despedirte. Estos gerentes son considerados “agentes” del empleador. Eso significa que es ilegal que se queden con una parte de las propinas según el Código Laboral 351.14
Ejemplo: Un restaurante requiere que todos sus meseros contribuyan con el 10% de sus propinas a un fondo común. Las propinas en el fondo común se dividen entre los ayudantes de meseros, anfitriones y lavaplatos. Este acuerdo es legal según la ley de propinas de California.
Pero supongamos que un nuevo gerente del restaurante intenta participar en el fondo común. Ella tiene la autoridad para contratar y despedir meseros. Esto NO estaría permitido según el Código Laboral 351.
2. ¿Qué se considera una propina según las leyes de propinas y gratificaciones de California?
Según la ley de propinas de California, una propina es cualquier dinero que
- Se paga, se da o se deja para ti,
- Por un cliente de un negocio, y
- No es parte del monto que el cliente estaba obligado a pagar por servicios, bienes, comida o bebida.15
3. ¿Cómo son diferentes los cargos por servicio?
Algunos negocios agregarán un “cargo por servicio” obligatorio a la factura de un cliente. A diferencia de una propina tradicional, el cliente no tiene otra opción que pagar este monto. 16
En general, los cargos por servicio no se consideran propinas. Los empleadores pueden quedárselos para sí mismos.17
Aunque si una ordenanza local afirma que los cargos por servicio son propinas, entonces deben ser entregados a ti. No pueden quedárselos el dueño del negocio o dárselos a los gerentes.
Ejemplo: Lauren es una bartender en un salón de banquetes que sirve comida y bebidas. El salón de banquetes agrega un “cargo por servicio” del 21% a cada contrato.
El dueño distribuye el dinero recaudado de este cargo a los empleados. Pero parte del dinero va a gerentes que en realidad no sirven comida ni bebidas.
Si este cargo por servicio obligatorio está cubierto por la ley estatal de propinas de California, entonces el dueño está violando la ley. La ley de propinas de California no permite que los empleadores distribuyan parte de las propinas/gratificaciones a los gerentes.
Pero si el cargo por servicio es una propina depende de los hechos exactos. Por ejemplo, importa cómo se presenta el cargo por servicio a los empleados y clientes.18
Algunas ciudades de California requieren que ciertos negocios traten los “cargos por servicio” como propinas. Estas incluyen Santa Mónica,19 Berkeley,20 y Emeryville21.
Eso significa que en estas ciudades, los cargos por servicio deben ir a ti o beneficiarte.22
4. ¿Qué sucede si mi empleador viola las leyes de propinas de California?
Los empleadores que violan el Código Laboral 351 son culpables de un delito menor en California.23
Esto significa que tu empleador puede enfrentar hasta sesenta días en la cárcel y/o una multa de hasta $1,000 por violar las leyes de propinas de California.
Ejemplo: Steve es dueño de una pequeña pizzería. Su esposa trabaja como gerente. Los cajeros y repartidores tienen que compartir sus propinas. La esposa de Steve siempre se queda con el 10% de las propinas.
Steve y su esposa han cometido un delito. Pueden enfrentar multas penales e incluso tiempo en la cárcel.
La ley de propinas de California requiere que los empleadores mantengan registros detallados sobre las propinas. Deben mantener registros precisos de cualquier propina que reciban directa o indirectamente de los clientes o de ti. 24
Las violaciones de la ley de propinas son un asunto serio. Por lo tanto, mantener estos registros es una muy buena idea para los empleadores de California.
¿Puedo demandar a mi empleador por retener propinas?
No puedes demandar a tu empleador bajo la principal ley de propinas de California, el Código Laboral 351 LC.25
Sin embargo, hay otros motivos por los que puedes demandar.
Por ejemplo, podría demandar a su empleador por conversión. En este tipo de demanda, argumenta que el empleador básicamente ha robado sus propinas.26
También puede presentar una demanda bajo la Ley de Competencia Desleal de California. No seguir la ley de propinas de California puede ser una forma de práctica comercial injusta.27
Finalmente, puede demandar por incumplimiento de contrato implícito. Este es un argumento de que el empleador rompió un acuerdo con sus clientes para dar todas las propinas a los trabajadores.28
Quejas ante la Junta Laboral por violaciones a la ley de propinas
También puede presentar una queja ante la Oficina del Comisionado Laboral de California por una violación a la ley de propinas.29
La Oficina del Comisionado Laboral llevará a cabo una audiencia sobre la presunta violación a la ley de propinas.30 Esto es más simple y rápido que un proceso judicial.
Digamos que su queja ante la Junta Laboral tiene éxito. En ese caso, el Comisionado Laboral ordenará al empleador que le pague lo que le deben en propinas no pagadas. Si una violación a la ley de propinas resultó en que recibiera menos que el salario mínimo, es posible que el empleador tenga que pagar daños y perjuicios adicionales. 31
5. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por una violación a la ley de propinas?
La ley de California establece diferentes “estatutos de limitaciones” (plazos para presentar una demanda) para diferentes tipos de demandas. Según la ley de propinas de California, los estatutos de limitaciones importantes son:
- Una demanda por “conversión” debe presentarse dentro de los tres (3) años posteriores a que el empleador haya violado la ley.32
- Una demanda por violación a la ley de propinas bajo la Ley de Competencia Desleal de California debe presentarse dentro de los cuatro (4) años.33
- Una demanda por incumplimiento de contrato implícito debido a propinas retenidas o desviadas debe presentarse dentro de dos (2) o cuatro (4) años. El plazo de dos años se aplica si el contrato fue un acuerdo oral no por escrito.34 El plazo de cuatro años es para incumplimiento de contratos por escrito.35
- Las quejas ante la Junta Laboral deben presentarse dentro de los tres (3) años de la violación a la ley de propinas.36
6. ¿Qué pasa si mi empleador toma represalias por informar una violación a la ley de propinas?
Los empleadores de California NO pueden tomar represalias contra usted por informar violaciones a la ley de propinas. La represalia en el lugar de trabajo es ilegal en California.37
Digamos que presenta una queja ante la Junta Laboral sobre un propietario de una empresa que retiene las propinas de los empleados. Luego, el propietario lo despide. Esto es una forma de terminación laboral injusta.
O digamos que un gerente está tomando una parte de las propinas de los empleados. Usted se queja con Recursos Humanos sobre esto. La empresa no lo despide, pero el gerente comienza a maltratarlo y hacer que su vida laboral sea insoportable. Esto podría ser una forma de terminación laboral injusta constructiva.
O tal vez no obtiene un ascenso después de hablar sobre violaciones a la ley de propinas. Esto podría ser un caso de falta de promoción laboral injusta.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos:
- El caso a favor de las propinas y la distribución de propinas sin restricciones: promoviendo la cooperación intraempresa – Revista de Derecho de la Universidad de Boston.
- Los efectos de las políticas de distribución de propinas: el hecho de que los servidores se queden con las propinas vs. compartir / agrupar afecta los sentimientos de los propinadores pero no la entrega de propinas – Revista Internacional de Gestión Hotelera.
- El caso a favor de las propinas y la distribución de propinas sin restricciones – Documentos de trabajo de teoría legal y pública de la Universidad de Nueva York.
- A los empleados de restaurantes se les entregaron $61,000 después de que los gerentes fueran sorprendidos sumergiéndose en el fondo de propinas, dice la agencia federal – Artículo en USA Today.
- ¿Sabe dónde va su dinero de propina? – Artículo en Eater.
Referencias Legales:
- Sección 351 del Código Laboral.
- Igual.
- LC 354.
- Igual.
- Igual.
- Comisión de Bienestar Industrial vs. Tribunal Superior (Corte Suprema de California, 1980) 27 Cal.3d 690. Salario Mínimo, Departamento de Relaciones Industriales de California. Ver también Salario Mínimo bajo la Ley Federal, Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Ver también Ley de Normas Laborales Justas (FLSA).
- Henning v. Comisión de Bienestar Industrial (1988) 46 Cal.3d 1262.
- LC 351.
- Igual.
- Leighton v. Old Heidelberg, Ltd. (1990) 219 Cal.App.3d 1062.
- Davis v. International Coffee & Tea, LLC, E066700 (Corte de Apelaciones de California, 3 de abril de 2018).
- Chau v. Starbucks Corp. (2009) 174 Cal.App.4th 688.
- Budrow v. Dave & Buster’s of California, Inc. (2009) 171 Cal.App.4th 875.
- Jameson v. Five Feed Restaurant, Inc. (2003) 107 Cal.App.4th 138.
- LC 350.
- Ver Searle v. Wyndham Int’l (2002) 102 Cal.App.4th 1327.
- Comparar Garcia v. Four Points Sheraton LAX (2010) 188 Cal.App.4th 364 (los cargos de servicio obligatorios no son lo mismo que las propinas) con O’Grady v. Merchant Exchange Productions, Inc. (2019) 41 Cal.App.5th 771 (algunos cargos de servicio obligatorios están cubiertos por LC 351). Cindy Carcamo, ¿Es un cargo de servicio en un restaurante una propina? Antiguos empleados alegan en una demanda que se les deben gratificaciones de Jon y Vinny’s, Los Angeles Times (21 de junio de 2023). Slaffey y Jobe v. Joint Venture Restaurant Group (Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles, 2023) Acción Colectiva.
- O’Grady, nota 17.
- Código Municipal de Santa Mónica 4.62.010(g).
- Código Municipal de Berkeley 13.99.050.
- Código Municipal de Emeryville 5-37.04
- Ver García, nota 17. Ver Cindy Carcamo, La ciudad investiga restaurantes de Hollywood por supuestamente quedarse con tarifas de servicio y no pagar a los trabajadores, Los Angeles Times (16 de mayo de 2023).
- LC 354.
- LC 353.
- Lu v. Hawaiian Gardens Casino (2010) 50 Cal.4th 592.
- Igual.
- O’Grady, nota 17.
- Igual.
- LC 355 & 98.
- LC 98.1.
- Igual.
- Código de Procedimiento Civil de California 338.
- Código de Negocios y Profesiones de California 17208.
- C.C.P. de California 339.
- C.C.P. de California 337.
- Ver “Reportar una violación: cuándo reportar,” Oficina del Comisionado Laboral de California.
- LC 1102.5.