Un calendario de pago se refiere a la(s) fecha(s) y períodos de tiempo en los que los empleadores están legalmente obligados a pagar a sus empleados. Los trabajadores que no reciben su pago a tiempo pueden presentar una reclamación por salarios atrasados más penalizaciones por tiempo de espera.
Tipo de empleado en California |
Cuándo debe ocurrir el pago |
Empleados no exentos | Al menos dos veces al mes, el 10 y el 26 |
Empleados exentos | Una vez al mes, el 26 |
Empleados que trabajan horas extras | El segundo día de pago regular después del trabajo de horas extras |
Empleados que son despedidos, suspendidos o renuncian con 72 horas de aviso | Su último día de trabajo |
Empleados que renuncian sin 72 horas de aviso | Dentro de las 72 horas |
Nuestros abogados laborales y de empleo de California tienen décadas de experiencia combinada representando a trabajadores esforzados que fueron engañados en sus ganancias, y tenemos un largo historial de ganar no solo salarios atrasados completos sino también importantes penalizaciones monetarias. A continuación explicamos lo siguiente sobre las leyes de pago de California:
- 1. ¿Cuándo es el día de pago?
- 2. ¿Qué aparece en mi estado de cuenta de salario?
- 3. ¿Qué sucede si mi cheque de pago se retrasa?
- 4. ¿Cuándo me pagan si renuncio o soy despedido?
- 5. ¿Existen leyes federales sobre los períodos de pago?
- Lectura adicional
1. ¿Cuándo es el día de pago?
Los empleadores de California deben proporcionarle un aviso de cómo se le pagará y luego pagarle en consecuencia. Si es un empleado no exento, debe ser pagado no menos frecuentemente que:
- el día 26 del mes calendario por el dinero ganado entre el 1 y el 15 de ese mes, y
- antes del día 10 del mes siguiente por cualquier dinero ganado durante la segunda mitad del mes.
Ya sea que se le pague dos veces al mes, semanalmente o cada dos semanas, debe recibir su pago dentro de los siete días posteriores al final del período de pago. Si el día de pago cae en un día festivo, entonces su empleador puede pagarle su salario en el siguiente día hábil.
Si es un empleado exento (lo que significa que no tiene derecho a recibir pago por horas extras), su empleador puede pagarle mensualmente el día 26 o antes. Los empleados exentos suelen ser “trabajadores de cuello blanco” y ocupan puestos ejecutivos, administrativos u otros puestos profesionales.
Tenga en cuenta que los contratistas de trabajo agrícola deben ser pagados semanalmente.1
Pago de horas extras
Como empleado no exento, su empleador debe pagarle horas extras en el segundo día de pago regular después de su trabajo de horas extras. El pago de horas extras es 1.5 veces su tarifa regular de pago, y tiene derecho a él si trabaja más de:
- 8 horas en un solo día de trabajo,
- 40 horas en una sola semana de trabajo, o
- 6 días en una sola semana de trabajo.2
Comisiones de ventas
Si un empleador le paga en un acuerdo de pago de comisiones, entonces deben pagarle cuando se gana la comisión.3 Su contrato de empleo establece cuándo ocurre esto.
2. ¿Qué hay en mi estado de cuenta de salario?
Los estados de cuenta de salario (talones de pago) deben incluir una lista detallada que muestre sus salarios brutos y netos para el número correspondiente de horas para el período de pago regular, además de cualquier deducción (como para seguro de salud e impuestos). Además, el estado de cuenta debe tener:
- su nombre completo y los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social,
- el nombre completo y la dirección física de su empleador,
- las fechas del período de pago,
- el total de horas que trabajó,
- el número de horas trabajadas a cada tarifa por hora, y
- la cantidad de unidades y la tarifa para cualquier trabajo por pieza (si corresponde).4
El estado de cuenta puede ser
- un documento separado,
- un talón de pago desprendible, o
- visible en el portal de su empresa.
Solicitud de registros de nómina
Si solicita sus registros de nómina, su empleador debe permitirle examinarlos dentro de los 21 días. Su empleador puede cobrarle costos razonables de copia si desea conservar una copia.
Si su empleador no cumple con su solicitud a tiempo, es posible que tenga derecho a $750 adicionales de su empleador.5
3. ¿Qué pasa si mi cheque de pago se retrasa?
Si su empleador no paga a tiempo, le deben una “penalización estatutaria” de $100 por una primera violación ($200 si su empleador no le pagó intencionalmente). Todas las violaciones posteriores conllevan una penalización estatutaria de $200 más el 25% de la cantidad retenida de usted.
Puede perseguir estas penalizaciones estatutarias presentando una reclamación salarial con el Comisionado Laboral.6
4. ¿Cuándo me pagan si renuncio o me despiden?
Si su empleador lo despide o lo despide, la ley de California requiere que reciba su último cheque de pago de inmediato. Su último cheque de pago debe incluir no solo
- salarios sino también
- cualquier vacación no utilizada y tiempo libre remunerado (PTO).
Si renuncia o renuncia a un trabajo sin al menos 72 horas de aviso, su empleador tiene 72 horas para entregarle su último cheque de pago. Aunque si renuncia con al menos 72 horas de aviso, debe recibir su último cheque de pago en su último día.7
Multa por retraso
Si el empleador se retrasa con su último cheque de pago, tienen que pagarle una multa. La multa equivale a un día completo de salarios por cada día que se retrasa el último cheque de pago, hasta 30 días.8
5. ¿Existen leyes federales sobre períodos de pago?
La ley principal es la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA), que es en gran parte aplicada por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL).
La FLSA establece leyes de programación de pagos similares a las descritas anteriormente. Tenga en cuenta que si una ley estatal entra en conflicto con la ley federal, el empleador debe seguir la que le brinde mayor protección.9
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- El momento de pago – Journal of Financial Economics.
- ¿Con qué frecuencia pagan las empresas privadas a los trabajadores? – Oficina de Estadísticas Laborales.
- Duración de los períodos de pago en la industria estadounidense – Monthly Labor Review.
- Pago por pieza y pago por hora a lo largo del ciclo – Labour Economics.
- ¿Importa la frecuencia de pago? Evidencia de microdatos – Journal of Financial Economics.
También consulte nuestro artículo sobre leyes de pago de California.
Referencias Legales:
- Sección 204 del Código Laboral de California. Códigos Laborales de California 204a y 204c. Códigos Laborales de California 204a, 205.
- Código Laboral de California 204b.
- Código Laboral de California 201a. Véase también Código Laboral de California 204a. Sciborski v. Pacific Bell Directory (2012) 205 Cal.App.4th 1152
- Código Laboral de California 226.
- Véase nota 1. Código Laboral de California 1198.5.
- Código Laboral de California 203. Código Laboral de California 210a. AB 673 (2019).
- Código Laboral de California 201.
- Códigos Laborales de California 202a, 1194.2.
- 29 U.S.C. § 218(a). Véase también Aguilar v. Association for Retarded Citizens (1991) 234 Cal.App.3d 21.