51% states: CT, DE, IL, IN, IA, MA, MI, MN, MT, NV, NH, NJ, OH, OK, OR, PA, SC, TX, VT, WI, WY.
3. Auto Accidents
In California, the law of “comparative fault” requires courts to divide up blame between all the parties in your accident case. Ultimately, each defendant will owe you an amount equal to their percentage of fault (if any).3
If you were 0% to blame for your accident, you should get 100% of your damages.
4. Premises Liability Cases
California premises liability law holds property owners and occupiers liable for injuries that occur on their property. But if the injured person was partly at fault, the property owner’s liability is reduced by the injured person’s percentage of fault.4
If you were 0% to blame for your accident, you should get 100% of your damages.
5. Product Liability Cases
Product liability law in California holds manufacturers, distributors, and retailers liable for injuries caused by their products. But if the injured person was partly at fault, the defendant’s liability is reduced by the injured person’s percentage of fault.5
If you were 0% to blame for your accident, you should get 100% of your damages.
6. What if the defendant counter-sues?
If you sue someone for personal injury, they may counter-sue you for your share of fault. If you lose the case, you may have to pay the defendant’s damages.6
If you were 0% to blame for your accident, you should get 100% of your damages.
7. What if there are multiple defendants?
If there are multiple defendants in your personal injury case, each defendant is only responsible for their share of fault. However, if one defendant cannot pay their share, the other defendants may have to pay it for them.7
If you were 0% to blame for your accident, you should get 100% of your damages.
Additional Reading
For more information on comparative fault in California, please see our articles on:
- Negligence
- Damages
- Statute of Limitations
- Loss of Consortium
- Loss of Enjoyment of Life
- Emotional Distress
- Punitive Damages
- Wrongful Death
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California es un estado de culpa comparativa pura. Esto significa que después de un accidente automovilístico, una caída u otro accidente, aún puede recuperar daños incluso si usted fue culpable en un 99%.
En el juicio, un jurado decide qué porcentaje de su propia negligencia causó sus lesiones. Luego, el tribunal reduce su pago en función de su asignación de culpa.
Por ejemplo, si sufrió $10,000 en daños en un accidente automovilístico del cual fue el 50% culpable, podría recuperar $5,000.
En realidad, la mayoría de los casos de lesiones personales se resuelven fuera de los tribunales sin un juicio. Aquí en Shouse Law Group, tenemos un largo historial de ayudar a innumerables víctimas de accidentes a recuperar acuerdos financieros importantes, incluso si fueron en parte culpables.
En este artículo, nuestros abogados de lesiones personales de California explicarán lo que necesita saber sobre las leyes de culpa comparativa. También escuche nuestro podcast informativo:
- 1. Cómo funciona la culpa comparativa
- 2. ¿Qué pasa si yo fui principalmente culpable?
- 3. Accidentes automovilísticos
- 4. Casos de responsabilidad de locales
- 5. Casos de responsabilidad de productos
- 6. ¿Qué pasa si el demandado contra-demanda?
- 7. ¿Qué pasa si hay múltiples demandados?
- Lectura adicional
1. Cómo funciona la culpa comparativa
En muchos casos de accidentes, las víctimas son en parte culpables de sus lesiones, como por ejemplo:
- no prestar atención o
- no buscar ayuda médica inmediatamente después del accidente.
En California, la ley de “culpa comparativa” requiere que los tribunales dividan la culpa entre todas las partes en su caso de accidente. En última instancia, cada demandado le deberá una cantidad igual a su porcentaje de culpa (si corresponde).1
Si usted no tuvo ninguna culpa en su accidente, debería recibir el 100% de sus daños.
2. ¿Qué pasa si yo fui principalmente culpable?
California es uno de los 12 estados que sigue un estándar de negligencia comparativa pura. Esto significa que puede buscar daños incluso si la mayor parte de la culpa recae en usted: sus daños solo se reducir
51% de los estados: CT, DE, HI, IL, IN, IO, MA, MI, MN, MT, NV, NH, NJ, OH, OK, OR, PA, SC, TX, VT, WV, WI, WY.
En cualquier caso, si tiene un accidente, NO ADMITA CULPA. En primer lugar, puede estar equivocado acerca de ser culpable. En segundo lugar, su admisión podría dificultar en gran medida su capacidad para recuperar daños más adelante. Deje que sus abogados investiguen el incidente antes de sacar conclusiones usted mismo.2
3. Accidentes de auto
Los accidentes de vehículos motorizados en California a menudo implican reclamos de culpa comparativa porque generalmente hay múltiples partes señalándose mutuamente la culpa.
Incluso si un conductor claramente golpeó a otro conductor, la víctima puede haber empeorado las lesiones, como al no usar un cinturón de seguridad. El jurado entonces tendría la tarea de determinar la asignación de culpa de la víctima, y ese porcentaje luego reduciría la indemnización de daños de la víctima.
Los accidentes de auto también pueden ser culpa de demandados que no son conductores, incluyendo:
- equipos de construcción,
- fabricantes de vehículos, o
- la ciudad (como por carreteras o señalización mal mantenidas).
4. Casos de responsabilidad de locales
El deber de cuidado de un propietario de propiedad lo obliga a mantener, inspeccionar y reparar su propiedad, así como a dar advertencias suficientes sobre condiciones peligrosas.3 Sin embargo, las personas en la propiedad tienen el deber de actuar razonablemente ellos mismos.
Por ejemplo, un propietario de propiedad puede ser responsable de una alfombra suelta. Sin embargo, la persona que tropieza con ella puede ser parcialmente responsable si está mirando su teléfono celular y no presta atención a dónde está caminando.
Si un jurado determina que usted es parcialmente responsable de un accidente de responsabilidad de locales, sus daños pueden disminuir según su parte de responsabilidad en causar el accidente.5
Ejemplo: En la demanda de Elaine por un accidente de automóvil sin conductor, un jurado determina que el accidente fue causado tanto por un mal funcionamiento del software como por la falta de ceder de Elaine. Por lo tanto, los daños de Elaine probablemente se reducirían en función de su parte de culpa, según lo decidido por el jurado.
En California, la responsabilidad estricta se aplica a los siguientes tipos de defectos de productos:
6. ¿Qué pasa si el demandado contra-demanda?
A veces, ambas partes en un accidente son culpables y ambas sufren lesiones. En este caso, después de que la primera parte presenta una demanda, el demandado presentaría una contrademanda.
Si el jurado determina que ambas partes son parcialmente culpables, el jurado determinará los daños y la culpa por separado. Luego, los daños se compensarán entre sí, o cada parte recibirá premios separados.
Ejemplo: En un juicio por un accidente de t-bone, el jurado determina que los daños de Kevin son de $40,000 y los daños de Jackie son de $100,000. El jurado también determina que Jackie es 75% responsable del accidente, mientras que Kevin solo es responsable del 25%.
Como resultado, Jackie tiene derecho a cobrar $25,000 de Kevin (25% de $100,000). Aunque Kevin tiene derecho a cobrar $30,000 de Jackie (75% de $40,000). Por lo tanto, Kevin se llevaría $5,000 ($30,000 menos $25,000), y Jackie no recibiría nada.
7. ¿Qué pasa si hay varios demandados?
A veces, más de dos partes son responsables de una lesión. En ese caso, los daños comparativos funcionan de la misma manera que cuando solo hay un demandado. Un jurado puede asignar la culpa entre todas las partes, incluyéndote a ti y a varios demandados.
Ejemplo: En un estacionamiento de Rack Shack, Louis intenta detener una pelea entre Ned y Anthony, quienes luego agreden a Louis. Louis demanda a Rack Shack por no proporcionar iluminación y seguridad adecuadas. También demanda a Anthony y Ned por agresión.
El jurado atribuye la culpa de la siguiente manera: Louis: 10%; Anthony: 50%; Ned: 20%; Rack Shack: 20%. Entonces, si Louis sufrió $10,000 en daños, Anthony debería $5,000, Ned debería $2,000 y Rack Shack debería $2,000.
Cuando se aplica la “Responsabilidad Conjunta y Solidaria”
Cuando sufres lesiones de dos o más demandados, la responsabilidad conjunta y solidaria te permite recuperar todos tus daños económicos de solo uno de los demandados.
Esto te libera de la carga de demandar a todas las partes responsables; en cambio, el demandado que te pagó en exceso puede demandar a sus co-demandados para que le reembolsen.
Ten en cuenta que en California, la “responsabilidad conjunta y solidaria” se aplica solo para recuperar daños económicos, como:
- gastos médicos,
- daños a la propiedad,
- pérdida de ingresos, y
- pérdida de capacidad de ingresos.
En contraste, los daños no económicos (como el dolor y sufrimiento) no están sujetos a la responsabilidad conjunta y solidaria. Por lo tanto, si más de un demandado te causó daños no económicos, debes demandar a cada uno para recuperar la cantidad de la que son individualmente responsables.7
Ejemplo: En el ejemplo anterior, Louis puede recuperar la cantidad total de daños económicos de Rack Shack porque la empresa tiene más dinero que los otros demandados. Sin embargo, Louis solo puede recuperar aproximadamente el 20% de sus daños no económicos de Rack Shack porque Rack Shack solo fue responsable del 20%. Louis tendría que recuperar el 50% restante de los daños no económicos de Anthony y el 20% de los daños no económicos de Ned.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- From Defect to Cause to Comparative Fault-Rethinking Some Product Liability Concepts – Artículo en Marquette Law Review.
- Pure vs. Modified Comparative Fault: Notes on the Debate – Artículo en Emory Law Journal.
- Products Liability and Plaintiff’s Fault – The Uniform Comparative Fault Act – Artículo en Mercer Law Review.
- Comparative Fault and the Nonparty Tortfeasor – Artículo en Indiana Law Review.
- Comparative Fault to the Limits – Artículo en Vanderbilt Law Review.
Referencias Legales:
- Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3rd 804. Véase también Rycz v. Superior Court (2022) . En el pasado, California seguía el estándar de negligencia contributiva donde alguien incluso ligeramente culpable no podía recuperar ningún daño. Luego, en 1975, el Tribunal Supremo de California reemplazó la negligencia contributiva con la ley de culpa comparativa de California. Véase Pfeifer v. John Crane, Inc. (2013) 220 Cal.App.4th 1270, 1285 (“La doctrina de la culpa comparativa ‘está diseñada para permitir al jurado considerar todos los criterios relevantes en la asignación de responsabilidad. La doctrina “es un concepto flexible y de sentido común, en virtud del cual un jurado puede considerar y evaluar la responsabilidad relativa de varias partes por una lesión (ya sea que su responsabilidad por la lesión se base en negligencia, responsabilidad estricta u otras teorías de responsabilidad), para llegar a una asignación o distribución equitativa de la pérdida.’”). Instrucciones del Jurado Civil de California (“CACI”) 405:
“El demandado alega que la propia negligencia del demandante contribuyó a su daño. Para tener éxito en esta reclamación, el demandado debe probar ambas cosas:
- Que el demandante fue negligente; y
- Que la negligencia del demandante fue un factor sustancial en causar su daño.
Si el demandado demuestra lo anterior, los daños del demandante se reducen por [la determinación del jurado] del porcentaje de responsabilidad del demandante.”
- CACI 406.
- CACI 1001.
- Soule v. GM Corp. (1994) 8 Cal.4th 548, 560 (“Un fabricante, distribuidor o minorista es responsable en caso de un defecto en la fabricación o diseño de su producto que cause lesiones mientras el producto se esté utilizando de manera razonablemente previsible.”)
- CACI 1207A. Véase Daly v. General Motors Corp. (1978) 20 Cal.3d 725, 737 (“No permitimos que la conducta del demandante con respecto al producto escape sin ser examinada, y en cuanto a esa parte de los daños del demandante que fluye de su propia culpa, no discernimos ninguna razón de política por la cual deba, después de Li, ser soportada por otros.”).
- CACI 1200.
- American Motorcycle Assn. v. Superior Court (1978) 20 Cal.3d 578, 590 (“Sostenemos que después de Li, un co-tortfeasor concurrente cuya negligencia es una causa próxima de una lesión indivisible sigue siendo responsable por el monto total de los daños, disminuido solo ‘en proporción al monto de la negligencia atribuible a la persona que recupera.’”). Sección 1431 y 1431.2 del Código Civil de California.