Víctimas de agresión sexual o abuso sexual pueden demandar a los perpetradores por daños. Cualquier tipo de delito sexual puede servir como base para una demanda civil por agresión sexual, incluyendo:
- Violación,
- Abuso sexual de un menor,
- Manoseo (agresión sexual),
- Exhibicionismo,
- Agresión sexual por conductores de transporte compartido,
- Agresión sexual por médicos o doctores, o
- Cualquier otro acto no consensuado de naturaleza sexual.
Si eres víctima de agresión sexual, puedes tener derecho a una gran cantidad de dinero en daños por:
- Gastos médicos,
- Asesoramiento psicológico,
- Pérdida de salarios,
- Pérdida de capacidad de ganancias,
- Dolor y sufrimiento (incluyendo estrés traumático),
- Pérdida de disfrute de la vida,
- Cicatrices,
- Insomnio,
- Ansiedad, y/o
- Distrés emocional o trauma.
CASOS DE VIOLACIÓN | Procesamiento penal | Procesamiento civil |
Cargo/causa de acción | Agresión sexual | Batería |
Definición legal | Penetración sexual no consensuada | Uso intencional de fuerza física ilegal |
Tipo de ley | Estatutaria | Common law |
¿Se requiere sexo penetrante? | Sí | No |
Papel de la víctima | Testigo del estado | Demandante |
Papel del violador | Acusado | Acusado |
Para ayudarlo a comprender mejor el proceso de demandar a alguien por agresión sexual, nuestros abogados de lesiones personales de California discuten lo siguiente, a continuación:
- 1. ¿Quién puede demandar por agresión sexual, abuso o agresión?
- 2. ¿Necesito presentar cargos penales o puedo presentar una demanda?
- 3. ¿Cuál es la carga de la prueba en una demanda civil por agresión sexual?
- 4. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda civil?
- 5. ¿Puede otra parte ser considerada responsable?
- 6. ¿Cuáles son las defensas a los cargos civiles de agresión sexual?
- 7. ¿Puedo recuperar daños punitivos en una demanda por agresión sexual?
- 8. ¿Puedo ser demandado por difamación si demando a alguien por un delito sexual?
- 9. ¿Qué debo hacer si sospecho que alguien ha agredido o abusado de mi hijo?
- 10. ¿Qué debo hacer si he sido violado?
- Recursos adicionales
1. ¿Quién puede demandar por agresión sexual, abuso o agresión en California?
Si ha sido víctima de tocamientos no deseados o un acto sexual no deseado, puede demandar por daños.
Familias de víctimas también pueden demandar por:
- infligir angustia emocional negligente si presenciaron el asalto;
- muerte por negligencia o una acción de sobreviviente si la víctima murió; o
- pérdida de consorcio si el asalto resultó en una pérdida de compañía, apoyo moral y/o intimidad para un cónyuge o pareja doméstica registrada.
2. ¿Necesito presentar cargos criminales primero o puedo presentar una demanda directamente?
La ley de California no requiere una condena criminal o incluso un informe policial para que usted pueda demandar por daños después de un asalto sexual.
3. ¿Cuál es la carga de la prueba en una demanda civil por asalto sexual?
En una demanda civil por asalto sexual, nueve de los 12 miembros del jurado deben encontrar por una “preponderancia de la evidencia” que el acusado lo agredió o abusó sexualmente. En otras palabras, que es “más probable que no” que el acusado sea responsable.
Esta es una carga de la prueba mucho más baja que en un juicio criminal, donde la fiscalía debe convencer a los 12 miembros del jurado “más allá de una duda razonable” de que usted es culpable.
Debido a que las demandas civiles tienen una carga de la prueba más baja que los juicios criminales, es posible que usted gane una demanda por asalto sexual incluso si el perpetrador es absuelto en el caso criminal.
4. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda civil?
Si usted era adulto en el momento de un asalto sexual, tiene un límite de tiempo de dos años a partir de la fecha del asalto para demandar por daños en el sistema judicial civil.1 Sin embargo, si se presentan cargos criminales por delito grave y el acusado es condenado, usted tiene un año a partir de la fecha en que se pronuncia el fallo para presentar una demanda, incluso si la reclamación de otro modo estaría prescrita.2
Si eres víctima de agresión o abuso sexual infantil que ocurrió antes del 1 de enero de 2024, puedes presentar una demanda en California hasta la fecha más tardía de:
- Tu 40 cumpleaños, o
- 5 años desde que descubras, o razonablemente deberías haber descubierto, que una lesión o enfermedad psicológica que ocurrió después de cumplir los 18 años fue causada por la agresión o abuso sexual (“descubrimiento tardío”).
Si el abuso sexual infantil ocurrió en o después del 1 de enero de 2024, no hay un plazo de prescripción para presentar una demanda.3
5. ¿Puede otra parte ser considerada responsable?
Sí. Cualquier persona cuya negligencia pueda haber contribuido a que ocurriera tu agresión sexual puede ser considerada responsable.
Ejemplo: Varios residentes del complejo de apartamentos de Jane se quejan a la administración de que las cerraduras del edificio están rotas. La administración ignora los informes. Jane es agredida sexualmente más tarde en el garaje. Ella demanda al propietario del edificio y al asegurador de responsabilidad de la propiedad y recupera $500,000 en daños.
Ejemplo: Susan, una estudiante de una universidad pública, es agredida sexualmente por un miembro de la facultad. Ella presenta una demanda bajo Título 9 basado en las políticas de la escuela que permitieron que ocurriera la agresión sexual en el campus.
6. ¿Cuáles son algunas defensas a los cargos civiles de agresión sexual?
Las defensas comunes a los cargos civiles de agresión sexual incluyen:
- El acusado no lo hizo (estás mintiendo o equivocado);
- No hubo ningún acto sexual; o
- El encuentro fue consensuado.4
Incluso el consentimiento tiene límites. Si el acusado se salió de los límites de lo que se consintió – como no usar un condón cuando se lo dijiste – puede considerarse agresión sexual.5
7. ¿Puedo recuperar daños punitivos en una demanda por agresión sexual?
Sí. La ley estatal bajo el Código Civil de California 3294 te permite recuperar daños punitivos si demuestras que el acusado actuó con
- opresión,
- fraude, o
- malicia.6
8. ¿Puedo ser demandado por difamación si demando a alguien por un delito sexual?
Posiblemente. Las posibles demandas por difamación son solo una de las razones por las que ir a la policía después de un asalto puede ser ventajoso, incluso si nunca se presentan cargos. Al menos, puede ayudarte a contárselo a alguien de inmediato y, en casos de violación, someterte a pruebas de kit de violación.
También te aconsejamos no publicar en las redes sociales detalles de un presunto asalto sexual que identifique al perpetrador. Enfócate en cambio en cómo te hizo sentir el encuentro.
9. ¿Qué debo hacer si sospecho que alguien ha agredido o abusado de mi hijo/a?
La Red Nacional de Violación e Incesto (RAINN) ofrece consejos sobre qué hacer si sospechas que un niño/a está siendo dañado/a por contacto sexual ilegal.
Alternativamente, puedes contactar a la Agencia de Servicios de Protección Infantil de California para informar el abuso.
También puedes llamar a la Línea Nacional de Abuso Infantil de Childhelp al (1-800) 4-A-Child (800.422.4453).
10. ¿Qué debo hacer si he sido violado/a?
RAINN ofrece consejos sobre los “pasos que puedes tomar después de un asalto sexual.” Lo más importante es buscar ayuda inmediata y preservar la evidencia, incluso si no crees que quieras
- presentar cargos o
- presentar una demanda por daños.
Puedes cambiar de opinión más tarde.
Lecturas adicionales
Para obtener más información, consulta nuestros artículos relacionados:
- Abuso sexual vs. asalto sexual – la diferencia entre los términos “abuso sexual” y “asalto sexual”
- Cómo solicitar restitución a la víctima de un tribunal penal de California – instrucciones para víctimas de delitos sobre cómo recuperar pérdidas monetarias
- Cómo prepararse para testificar como testigo en un juicio – consejos para cualquier persona que vaya a declarar como testigo
- Demandas de víctimas de delitos – descripción general de cómo las víctimas de delitos pueden presentar una demanda civil independientemente de si hay o no un cargo penal pendiente
- Ley de protección contra la violación de California – cómo en los casos penales, el pasado sexual de la víctima generalmente no es admisible como evidencia
Referencias legales:
- Código de Procedimiento Civil de California. 335.1.
- Código de Procedimiento Civil de California 340.3.
- Código de Procedimiento Civil de California 340.1; Proyecto de Ley de la Asamblea de California 218 (2019); Patrick McGreevy, “California otorga más tiempo para presentar acusaciones de abuso sexual infantil bajo una nueva ley“, LA Times (13 de octubre de 2019). Si usted fue víctima de abuso infantil y presenta una demanda después de los 40 años, deberá obtener certificados de mérito de: Un profesional de salud mental que no lo haya tratado, que indique que hay una razón válida por la cual no pudo descubrir el daño antes, y Su abogado, que indique que el abogado ha revisado el caso y los hallazgos del profesional de salud mental y ha determinado que la reclamación es meritoria. AB 452 (2023).
- Sección 3515 del Código Civil. Véase también Rains v. Superior Court (1984) 150 Cal.App.3d 933 (“El elemento de falta de consentimiento para el contacto en particular es un elemento esencial de la agresión”).
- Ashcraft v. King (1991) 228 Cal.App.3d 604.
- Sección 1708.5 del Código Civil.
- Ver también Código Civil de California 1708.5 sobre agresión sexual.