Si eres un conductor fuera del estado, puedes ser arrestado en California por DUI si conduces bajo la influencia del alcohol o con una concentración de alcohol en la sangre (BAC) de .08% o más. Los cargos criminales pueden resultar en consecuencias tanto en California como en tu estado de origen. Es importante que contactes a un abogado experimentado en DUI de California si eres arrestado por conducir ebrio aquí. Si tu cargo por conducir ebrio es solo por un delito menor, tu abogado de California puede comparecer en la corte en tu nombre para que no tengas que presentarte tú mismo. Nuestros abogados de defensa criminal de California y abogados de defensa de DUI destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. DUIs para no residentes
- 2. Audiencias de DMV
- 3. ¿Puedo faltar a la corte?
- 4. Penas
- 5. ¿Qué pasa con mi licencia?
- Recursos adicionales
1. DUIs para no residentes
Los arrestos por DUI en California se basan en:
- Sección 23152a del Código de Vehículos (conducir bajo la influencia del alcohol)1, o
- Sección 23152b del Código de Vehículos (conducir con una concentración de alcohol en la sangre (BAC) de .08% o más)2.
Esto es cierto tanto si eres residente de California como si eres un conductor fuera del estado.
Si tiene una licencia de conducir del estado de California, el oficial tomará su licencia y le dará una “temporal” válida por 30 días.3 El DMV de California suspenderá sus privilegios de conducir después de que expiren los 30 días.4
Tenga en cuenta que la policía generalmente no tiene la autoridad para confiscar una licencia de conducir emitida por otro estado. Esto significa que si es un conductor de otro estado arrestado por un DUI en California, puede conservar su licencia.
Sin embargo, el DMV de California aún suspenderá sus privilegios de conducir en el estado 30 días después del arresto. Una suspensión significa que no puede operar un vehículo en una carretera de California.
2. Audiencias del DMV
Como conductor de otro estado, debe solicitar una audiencia del DMV de California si desea impugnar la suspensión de sus privilegios de conducir en California. Debe hacer esta solicitud dentro de los 10 días posteriores a su arresto.
Obtenga más información sobre el proceso de audiencia revisando el sitio web del DMV de California. También revise nuestra página sobre “Cómo ganar audiencias del DMV en casos de DUI”.
Tiene los mismos derechos que los residentes de California en estas audiencias. Algunos de estos incluyen el derecho a:
- representación por un abogado de defensa criminal,
- revisar la evidencia del DMV,
- presentar pruebas, y
- apelar la decisión.5
3. ¿Puedo faltar a la corte?
En la mayoría de los casos de DUI de delito menor, puede renunciar a sus comparecencias en la corte y hacer que sus abogados de defensa de California comparezcan en la corte en su nombre.
Sin embargo, en general, debe comparecer personalmente en la corte por cargos de DUI de delito grave.
Tenga en cuenta que su caso penal es separado del caso de DMV: Mientras que las audiencias de DMV se enfocan en la suspensión de sus privilegios de manejo, el caso penal se enfoca en penalidades penales como la cárcel. Esto es cierto tanto para conductores dentro como fuera del estado.
4. Penalidades
Una condena por DUI en California conlleva penalidades tales como:
- tiempo en la cárcel,6
- multas sustanciales,7
- escuela de DUI,8 y
- libertad condicional.9
Estas penalidades pueden aumentar dependiendo de su:
- historial de manejo,
- delitos previos de DUI, y
- antecedentes penales.
5. ¿Qué pasa con mi licencia?
Si su estado de origen es miembro del Convenio Interestatal de Licencias de Conducir (IDLC), entonces el DMV de California informará a su DMV de origen si es condenado por DUI. Su estado de origen puede optar por suspender su licencia.10
Los únicos estados que no son miembros del IDLC son:
- Georgia,
- Massachusetts,
- Michigan,
- Tennessee y
- Wisconsin.11
Recursos adicionales
Si está luchando contra el alcoholismo o la adicción a las drogas, puede encontrar ayuda aquí:
- Alcohólicos Anónimos (AA) – Un programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- Narcóticos Anónimos (NA) – Un programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- Administración de Servicios de Abuso de Sustancias y Salud Mental (SAMHSA) – Servicio de referencia de tratamiento las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centros de Recuperación de América – Centros de tratamiento en siete estados.
- SMART Recovery – Terapia grupal para jóvenes que luchan con la adicción.
- Asociación para Terminar con la Adicción – Información sobre cómo encontrar tratamiento para la adicción a las drogas.
Para más discusión, consulte nuestro artículo sobre ¿Qué sucede si obtiene un DUI fuera del estado?
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 23152a VC. Para más información, consulte las Instrucciones del Jurado de California, CALCRIM No. 2110. Vea también People v. Schoonover (1970) 5 Cal.App.3d 101; People v. Enriquez (1996) 42 Cal.App.4th 661; y, Mercer v. Dept. of Motor Vehicles (1991) 53 Cal.3d 753.
- Código de Vehículos 23152b VC. Para más información, consulte las Instrucciones del Jurado de California, CALCRIM no. 2111. Vea también People v. Fish (2018) 29 Cal.App.5th 462; Coffey v. Shiomoto (2015) 60 Cal. 4th 1198; Burg v. Municipal Court (1983) 35 Cal.3d 257; People v. Bransford (1994) 8 Cal.4th 885; y, People v. Milham (1984) 159 Cal.App.3d 487.
- Vea el sitio web del Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV), “Conducir bajo la influencia (DMV).”
- Vea lo mismo. Tenga en cuenta que el DMV puede permitir que las personas continúen conduciendo durante su período de suspensión de licencia (por ejemplo, con una licencia restringida) si instalan un dispositivo de interbloqueo de encendido (IID) en su automóvil. Vea Senate Bill 1046.
- Vea el sitio web del DMV de California, “Audiencias administrativas.”
- Vea, por ejemplo, Código de Vehículos 23536a VC.
- Vea lo mismo.
- Vea, por ejemplo, Código de Vehículos 23538b VC.
- Vea, por ejemplo, Código de Vehículos 23600b1 VC.
- Para las reglas generales de California en relación con el Pacto de Licencia de Conducir Interestatal, consulte el Código de Vehículos 15020 – 15028 VC.
- Ver lo mismo.