ref=”/ca/blog/what-is-an-arraignment/”>arreglo es generalmente la primera audiencia en la corte en un caso criminal en California. El arreglo es donde se le carga formalmente con un delito. El juez también puede abordar temas de fianza y órdenes de restricción.
Cinco cosas clave que debe saber son:
- Probablemente declarará “no culpable” en su arreglo. Siempre puede cambiar su declaración más adelante en el caso.
- Con algunas excepciones, generalmente puede contratar a un abogado para que vaya en su lugar a su arreglo de delito menor.
- En la mayoría de los casos de delito grave, debe comparecer personalmente en el arreglo.
- El arreglo comienza el proceso previo al juicio, que incluye negociaciones de declaración, preparación para el juicio y una audiencia preliminar en casos de delitos graves.
- Si olvida presentarse a su arreglo, la corte puede emitir una orden de arresto en su contra.
rtículo a continuación, nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán el proceso de lectura de cargos, sus derechos y qué puede esperar que suceda.
- ¿Qué es una lectura de cargos?
- ¿Qué sucede en una audiencia de lectura de cargos?
- ¿Cuándo tiene lugar una lectura de cargos por delito grave?
- ¿Cuándo es una lectura de cargos por delito menor?
- ¿Cuáles son mis derechos en la audiencia?
- ¿Puede mi abogado comparecer en mi nombre para que yo no tenga que presentarme?
- ¿Qué sucede si no me presento?
- ¿Qué debo llevar a la audiencia?
- ¿Cuándo debo declararme culpable o inocente?
- ¿Considerará el juez reducir mi fianza en la lectura de cargos?
- ¿Pueden retirarse los cargos en una lectura de cargos?
- ¿Puede un juez retirar un cargo penal en una audiencia de lectura de cargos?
- ¿Qué declaración puedo hacer si los cargos no se retiran durante mi lectura de cargos?
- ¿Qué sucede si fui arrestado ilegalmente?
- ¿Qué sucede después de la lectura de cargos?
- Con respecto a otras mociones
- Lectura adicional
omienza aquí)
¿Qué es una audiencia de acusación?
Una audiencia de acusación es el primer procedimiento formal en la corte en el proceso penal de California después de su arresto y la presentación de cargos penales en su contra por parte de la oficina del Fiscal del Distrito local o la oficina del Fiscal Municipal local. Su audiencia de acusación es donde:
- la corte lo acusará formalmente de un delito y le informará de sus derechos constitucionales,
- usted se enterará de los cargos penales específicos que se han presentado en su contra
- su abogado argumentará en contra de cualquier orden pendiente que pueda aplicarse a su caso, como una orden de restricción, y
- usted ingresará una declaración inicial.
En una audiencia de acusación, algunos de los derechos importantes que se le deben informar son:
- el derecho a un abogado,
- el derecho a confrontar y cuestionar a los testigos,
- el derecho a no autoincriminarse,
- el derecho a ser puesto en libertad bajo fianza razonable, y
- el derecho a un juicio rápido.
Se pueden hacer seis declaraciones diferentes en una audiencia de acusación. Son:
- culpable,
- no culpable,
- no me opongo (nolo contendere),
- sentencia previa de condena o absolución,
- doble riesgo,
- no culpable por razón de demencia.
A petición, el juez debe posponer la audiencia de acusación por un tiempo razonable. Por ejemplo, es posible que desee consultar con un abogado una vez que se entere de los cargos.1
¿Qué sucede en una audiencia de acusación?
Una audiencia de acusación es la primera audiencia formal en un caso penal. Los jueces utilizan estas audiencias como una oportunidad para:
- informarle de sus derechos constitucionales (estatales y federales)
- informarle de los cargos específicos que se han presentado en su contra
- aceptar su declaración
- establecer, modificar o exonerar su fianza
La audiencia de acusación tiene lugar una vez que la oficina del Fiscal del Distrito local o la oficina del Fiscal Municipal local ha presentado cargos formales en su contra. En última instancia, puede ser acusado de uno o más de los siguientes delitos:
- delitos graves, que son castigados con la muerte o prisión
- delitos menores, que son castigados con hasta un año de cárcel en el condado
- infracciones, que no son castigadas con prisión
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procedimientos para los procesos de infracciones son básicamente los mismos que para los delitos menores. Dos diferencias importantes son que si se le acusa de una infracción, usted:
- no tiene derecho a un juicio por jurado y
- no tiene derecho a un abogado designado
Los tribunales pueden asesorarle colectivamente – si se le acusa de delitos menores o infracciones – sobre sus derechos. Esto suele hacerse mostrando un video.
También tenga en cuenta que hay varios procedimientos legales que se pueden llevar a cabo en un proceso de arraigo.
¿Cuándo tiene lugar un arraigo por delito grave?
En realidad, hay dos audiencias de arraigo en la vida de un caso de delito grave. Una ocurre al comienzo de los procesos penales. La segunda ocurre después de la audiencia preliminar – si el resultado de esa audiencia es mantenerlo bajo cargos. Por ahora, nos centraremos en la primera de estas: el arraigo inicial.
Si cometió un delito que requiere que permanezca en “custodia” (es decir, en la cárcel), debe ser arraigado dentro de las 48 horas posteriores a su arresto, sin incluir fines de semana y días festivos. Este plazo establece el máximo tiempo que la policía y los fiscales tienen para presentarlo ante un juez. (Consulte nuestro artículo sobre cuánto tiempo se tarda en obtener una fecha de juicio para un caso de delito grave).
Dependiendo de las circunstancias, a veces incluso hacerlo esperar 48 horas podría considerarse irrazonable – un problema que su abogado podría explorar y potencialmente argumentar en su nombre.
Retrasos irrazonables e innecesarios
Si hay un retraso irrazonable entre su arresto y su arraigo, el retraso convierte un arresto que de otro modo sería legal en una detención ilegal. Este tipo de posible mala conducta policial puede darle derecho a daños civiles (o monetarios) de la agencia de aplicación de la ley por violaciones de la ley de encarcelamiento falso de California.
Sin embargo, la detención ilegal no suele resultar en el sobreseimiento del caso, a menos que
- pueda demostrar que el retraso le privó de un juicio justo, o
- de alguna manera le causó algún tipo de perjuicio o lesión injusta.
Si se le está arraigando por una denuncia de delito grave que no requiere que permanezca en custodia – es decir, fue liberado después de su arresto, o pagó una fianza – debe ser arraigado “sin retrasos innecesarios“.
idad, sin embargo, si estás en libertad, puede pasar semanas o incluso meses antes de tu comparecencia ante el tribunal.2
Ejemplo: Juan es arrestado el viernes por la noche por asalto con un arma de fuego. Es detenido en el Centro de Detención del Valle Oeste en lugar de pagar una fianza de $50,000. Debido a que está bajo custodia, el fiscal debe comparecer ante él a más tardar el martes siguiente (2 días hábiles).
Sin embargo, el sábado, la familia de Juan paga la fianza y él es liberado. Debido a que Juan ahora está en libertad, el fiscal ya no necesita comparecer ante él dentro de este plazo. Por lo tanto, a Juan se le da un aviso para comparecer en su comparecencia tres semanas después, en lugar del martes.
¿Cuándo es una comparecencia por delito menor?
La regla de las 48 horas se aplica a todos los delitos que requieren que permanezcas bajo custodia, independientemente de si son delitos mayores o menores. Dicho esto, la mayoría de los acusados son puestos en libertad después de un arresto por delito menor.
Cuando este es el caso, la audiencia de comparecencia por delito menor generalmente no se lleva a cabo hasta al menos diez días después de tu arresto.
¿Cuáles son mis derechos en la audiencia?
Tanto la Constitución de los Estados Unidos como la Constitución de California te otorgan una variedad de derechos durante todos los procedimientos penales. Durante tu comparecencia, el juez (o, en condados más grandes, un anuncio pregrabado) te informará de estos derechos constitucionales:
- el derecho a ser representado por un abogado (que incluye el derecho a ser representado por un defensor público designado por el tribunal si no puedes pagar un abogado de defensa penal privado),
- el derecho contra la autoincriminación,
- el derecho a un juicio rápido (aplicable a través de algo llamado una moción de Serna o juicio rápido),
- el derecho a un juicio por jurado, y
- el derecho a producir y confrontar testigos.
Si has sido acusado de cometer una infracción, solo algunos de estos derechos se aplican. Tener solo un cargo de infracción no te da derecho a un abogado designado por el tribunal o a un juicio por jurado.3
h2 id=”6″>¿Puede mi abogado comparecer en mi nombre?
Casos de felonía
Si fue arrestado por un delito grave, generalmente debe comparecer en persona en su audiencia de acusación y en la mayoría de los demás procedimientos. Hay excepciones que permiten
- comparecer a través de una conferencia de audio / video bidireccional (a veces llamada “tribunal de video”), o
- excusar su presencia por completo si ejecuta una renuncia por escrito y el juez acepta su renuncia.
Casos de delitos menores
Si fue arrestado por un delito menor, generalmente se le permite que su abogado comparezca en su nombre a menos que su cargo sea por
- Cargos de violencia doméstica de California,
- supuestas violaciones de una orden de protección, y
- ciertos delitos agravados que involucran conducir bajo la influencia (DUI), como:
¿Qué sucede si no comparezco?
Si usted o su abogado no comparecen (comúnmente conocido como FTA), el tribunal generalmente emitirá una orden de arresto de California. Esto autoriza a los agentes del orden a arrestarlo y llevarlo directamente al tribunal.
No comparecer en un caso de delito grave puede desencadenar un cargo grave separado. No comparecer en un caso de delito menor es un delito menor.
ayoría de los casos de delitos menores, un abogado puede comparecer en su nombre. Para ciertos delitos menores, debe comparecer en la audiencia incluso si está representado por un abogado. Estos delitos incluyen:
- delitos de violencia doméstica,
- violación de una orden judicial de violencia doméstica,
- algunos cargos por conducir bajo la influencia o relacionados con DUI.
En los casos de delitos graves, debe estar presente en la audiencia. Si está bajo custodia, se permiten las comparecencias por video. 5
¿Qué debo llevar a la audiencia?
Querrá llevar a su abogado, así como cualquier documentación que le hayan dado la policía, la cárcel o los agentes de fianzas. Si tiene documentos o pruebas que puedan ayudar en su defensa, probablemente querrá llevarlos también. Es probable que salga de la audiencia con:
- una copia de la denuncia formal que los fiscales presentaron en su contra,
- posiblemente una copia del informe policial relacionado con su caso, y
- posiblemente una oferta para resolver su caso. 6
La audiencia es la oportunidad del fiscal para informarle de los cargos que se le imputan. También es su primera oportunidad para hacerle una “oferta”, que es la sentencia que buscan para el delito(s) que supuestamente ha cometido.
¿Cuándo hago una declaración?
La audiencia le brinda su primera oportunidad para hacer una “declaración” en el caso. Si decide hacerlo o intentar continuar el caso dependerá de sus circunstancias individuales. Si hace una declaración, será:
- culpable (en cuyo caso, pasará a una audiencia de sentencia, y todas las etapas posteriores del proceso judicial penal se limitarán a cuestiones posteriores a la condena),
- nolo contendere (o “no contestar”), que es básicamente una declaración de culpabilidad (la diferencia es que una declaración de “no contestar” no se puede utilizar como prueba en su contra en caso de que también haya un caso civil que surja del incidente), o
- no culpable (en cuyo caso pasará a la fase de juicio previo del proceso judicial penal de California).
Aunque la mayoría de los acusados representados por abogados no se declaran culpables o no contestan durante la fase de la audiencia, a veces es estratégicamente aconsejable hacerlo. Este puede ser el caso, por ejemplo, para evitar una mayor persecución por delitos más graves y no acusados. 7
Entrada diferida de sentencia o desviación
tos casos, puedes solicitar una entrada diferida de sentencia bajo el Código Penal 1000 PC. Este es un programa de desvío que te permite cumplir con ciertos términos y condiciones que, una vez completados, te otorgan el derecho a un sobreseimiento de los cargos.
La entrada diferida de sentencia se aplica más comúnmente a:
- ciertos delitos de drogas,
- ciertos casos de abuso y/o negligencia infantil bajo el Código Penal 272 PC (contribuir a la delincuencia de un menor), y
- casos de falsificación de cheques “malos” de California bajo el Código Penal 470 PC.8
¿Considerará el juez reducir mi fianza en la audiencia de presentación de cargos?
Lo más probable es que sí, aunque este tema podría ser pospuesto y discutido en una audiencia de fianza más formal que probablemente se llevará a cabo dentro de una semana después de tu solicitud.
“La fianza” es el dinero que el tribunal te exige pagar para garantizar tu comparecencia ante el tribunal. La cantidad de la fianza varía según el delito en cuestión. Un calendario de fianzas del condado establece la cantidad de fianza para cada tipo de delito.
Si sientes que tu fianza es demasiado alta o que deberías ser liberado bajo tu propia responsabilidad (“O.R.”) (sin tener que pagar nada), puedes pedirle al juez que modifique la cantidad.
La audiencia de fianza
Ya sea que el juez considere este tema en tu comparecencia o en una audiencia de fianza futura, ellos presumirán que eres culpable de los cargos y tomarán su decisión con esa presunción en mente. El juez entonces considerará:
- el peligro que puedas representar para la comunidad y para las partes específicas en el caso
- tu riesgo de fuga (si estás empleado, vives en el área, o tienes amigos o familiares en el área, estos “vínculos” comunitarios generalmente jugarán a tu favor).
Después de considerar estos factores, el juez puede decidir:
- mantener la cantidad de fianza establecida,
- modificar tu fianza reduciéndola o aumentándola, o
- liberarte bajo tu propia responsabilidad.
Libertad bajo tu propia responsabilidad
Si obtienes una liberación bajo tu propia responsabilidad (lo cual es común en muchos casos de delitos menores de primera ofensa que no involucran violencia doméstica), significa que el tribunal cree que cumplirás tu promesa de comparecer en la corte según lo indicado.
Si no obtienes una liberación bajo tu propia responsabilidad y no puedes pagar la fianza, la ley de California requiere que seas liberado a menos que haya evidencia clara y convincente de que detenerte es necesario para proteger la seguridad pública.
Ángeles, la mayoría de los arrestados son liberados automáticamente bajo O.R. excepto en casos graves o violentos de delitos mayores.9
¿Pueden retirarse los cargos en una audiencia de lectura de cargos?
Los cargos criminales generalmente no son retirados en una audiencia de lectura de cargos. Si bien los fiscales pueden retirar un cargo si hay una razón convincente para hacerlo (por ejemplo, si descubren que fue acusado erróneamente), en la práctica, rara vez lo hacen. Esto es cierto tanto para los cargos de delitos menores como para los de delitos mayores.
Una audiencia de lectura de cargos es la primera audiencia formal en el proceso judicial penal. En la mayoría de las jurisdicciones, los jueces utilizan la audiencia para:
- informarle de sus derechos constitucionales,
- tomar decisiones sobre cuestiones relacionadas con la fianza, y
- darle instrucciones sobre los cargos presentados en su contra.
Tipos de declaraciones
Si los cargos no son retirados durante una audiencia de lectura de cargos, entonces puede hacer su declaración en relación con los cargos presentados en su contra. Puede hacer una declaración de cualquiera de las siguientes formas:
- culpable,
- no culpable, o
- no contestar (a veces conocido como “nolo contendere”).
Si declara no culpable, entonces comienza la fase previa al juicio del proceso judicial penal. Esta fase incluye eventos como:
- acuerdos de declaración o
- negociaciones de declaración.
Tenga en cuenta que los abogados experimentados en defensa penal a menudo pueden llegar a una resolución antes de la audiencia de lectura de cargos. A veces incluso es posible evitar que se presente un caso realizando una investigación previa a la presentación en su nombre.
¿Puede un juez retirar un cargo penal en una audiencia de lectura de cargos?
Los jueces generalmente no tienen la autoridad para retirar cargos en una audiencia de lectura de cargos, y en la práctica, normalmente no lo hacen.
Con eso dicho, sin embargo, el fiscal puede retirar cargos en la audiencia de lectura de cargos, pero solo si hay una razón convincente para hacerlo. Un ejemplo de una razón convincente es si el fiscal descubre que fue acusado erróneamente de un delito.
A veces el fiscal y el abogado defensor llegan a un acuerdo de declaración temprano en la audiencia de lectura de cargos, y como resultado, se retira un cargo o cargos en su contra.
Contactar a un abogado temprano
Debe contactar a un abogado de defensa penal después de su arresto y antes de su audiencia de lectura de cargos. Una vez que tenga representación, puede trabajar con su abogado de defensa penal para examinar todas las pruebas en su caso y comprender los cargos presentados en su contra.
a evidencia puede incluir:
- el informe de arresto,
- las notas del oficial durante el arresto,
- los nombres y declaraciones de cualquier testigo del presunto delito,
- cualquier evidencia documental mencionada por el fiscal del distrito, y
- cualquier evidencia física (por ejemplo, ropa, armas, herramientas de ganzúa, etc.).
Mociones para desestimar
Tras examinar lo anterior, usted y sus abogados pueden descubrir que un fiscal acusó erróneamente un delito. El abogado defensor, entonces, puede presentar una moción para desestimar el cargo.
Una vez que se celebre la lectura de cargos, los jueces revisarán la moción y la evidencia disponible en el caso. Los jueces pueden otorgar la moción si encuentran que no hay suficiente evidencia para respaldar los cargos.
Sin embargo, tenga en cuenta que no es común que un cargo criminal sea desestimado en una lectura de cargos. En la mayoría de los casos, se lleva a cabo la lectura de cargos y el caso avanza a la fase previa al juicio del proceso.
¿Qué declaración puedo hacer si los cargos no se retiran durante mi lectura de cargos?
Si los cargos no se desestiman en la audiencia de lectura de cargos, entonces puede hacer su declaración con respecto a los cargos presentados.
Tiene la opción de declararse:
- culpable (en cuyo caso evitará un juicio con jurado y pasará a una audiencia de sentencia),
- no disputar (que es como una declaración de culpabilidad, pero la declaración no puede ser utilizada como evidencia en su contra si también hay un caso civil que surge del incidente), o
- no culpable (en cuyo caso pasará a la fase previa al juicio del proceso penal).
¿Qué pasa si fui arrestado ilegalmente?
Si la policía de California lo arrestó por un cargo de falta sin una orden de arresto – y permanece bajo custodia en el momento de la lectura de cargos – puede solicitar una audiencia de causa probable a través de una moción del Código Penal 991.
iencia de causa probable requiere que el juez determine si hay causa probable para creer que se cometió un delito y si usted es la persona que cometió ese delito.
“Probable causa” es un estándar legal que significa “un estado de hechos que llevaría a una persona de cuidado y prudencia ordinarios a creer y mantener una sospecha honesta y fuerte de que la persona es culpable de un delito”. Las audiencias de causa probable generalmente se llevan a cabo en el momento del “arreglo”. ¿Qué sucede después del arreglo? Si un juez no desestima los cargos presentados en su contra durante el arreglo, entonces el caso entra en “prejuicio”. Como su nombre lo indica, el “prejuicio” incluye todos los eventos que tienen lugar antes de su “juicio por jurado”.
os eventos pueden incluir cosas como:
- abogados presentando mociones ante el tribunal (o solicitudes para que el juez tome acciones deseadas),
- asuntos de “descubrimiento” (donde las partes intercambian pruebas relevantes entre sí), y
- acuerdos de culpabilidad o negociaciones de culpabilidad.
Con respecto a otras mociones.
Cuando corresponda, la lectura de cargos también es la primera oportunidad de su abogado para argumentar en contra de órdenes pendientes, como una orden de restricción o una orden de alejamiento. Estas son las más comunes en relación con:
- casos de violencia doméstica en California y
- presuntas violaciones del Código Penal 646.9 de California, la ley de acoso.
Esta es simplemente otra razón por la que es tan importante consultar con un abogado antes de su lectura de cargos si puede permitírselo.
Lecturas adicionales
- La calidad de la justicia en los tribunales de lectura de cargos por delitos menores – The Journal of Criminal Law, Criminology, and Police Science.
- Derecho a un abogado antes de la lectura de cargos – Minnesota Law Review.
- Interrogatorio policial: el derecho a un abogado y la lectura de cargos inmediata – Brooklyn Law Review.
- Rastreando las trayectorias de los cargos: un estudio de la influencia de la raza en los cambios de cargos en la selección de casos, la lectura de cargos y la disposición – Criminología.
- Derecho penal. Lectura de cargos. Declaración de culpabilidad – California Law Review.
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Referencias Legales:
- Código Penal de California 825 PC. Dragna v. White (1955) 45 Cal.2d 469. People v. Valenzuela (1978) 86 Cal.App.3d 427.
- Código Penal de California 859 PC.
- Código Penal de California 853.6 PC.
- Código Penal de California 977 PC.
- Código Penal de California 1320 PC.
- Código Penal de California 988 PC. Constitución de los Estados Unidos Enmienda VI. Véase también Constitución de California Artículo I, sección 14.
- People v. Bas (1987) 194 Cal.App.3d 878.
- Código Penal de California 1000 PC.
- Código Penal de California 1275 PC. Código Penal de California 1270 PC. Código Penal de California 1318 PC. Las personas ya no pueden ser encarceladas únicamente porque no pueden pagar la fianza. Se requiere evidencia clara y convincente para demostrar que la detención es necesaria para proteger la seguridad pública. Ver En Re. Kenneth Humphrey en Habeas Corpus, (25 de marzo de 2021); Maura Dolan, El tribunal superior de California elimina la fianza en efectivo para algunos acusados que no pueden pagarla, Los Angeles Times (25 de marzo de 2021). Excepto en casos graves o violentos de delitos graves, la mayoría de los detenidos en el condado de Los Ángeles serán puestos en libertad sin tener que pagar fianza.
- Código Penal de California 991 PC. People v. Ingle (1960) 53 Cal.2d 407.
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