El 5 de noviembre de 2014, los votantes de California aprobaron la Proposición 47, la “Ley de Vecindarios y Escuelas Seguras”.1
Esta iniciativa reduce las penas para ciertos delitos de robo y delitos de drogas en California.2
Específicamente, la Proposición 47 convierte varios delitos que antes eran considerados delitos graves o delitos mixtos en la ley de California (lo que significa que podían ser acusados como delitos graves o delitos menores), y los convierte en delitos menores en la mayoría de las situaciones.3
Esto significa que la pena máxima para estos delitos generalmente será:
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).4
Delitos de California afectados por la Prop 47
Los delitos graves/delitos mixtos que se convierten en delitos menores bajo la Prop 47 son:
- Robo de automóviles, si el automóvil robado vale novecientos cincuenta dólares ($950) o menos;
- Robo de armas de fuego, si el arma robada vale $950 o menos;
- Robo en tiendas, si el valor de la propiedad robada es de $950 o menos;
- Código Penal 496 recepción de propiedad robada, si la propiedad recibida vale $950 o menos;
- Falsificación de cheques de California, de un cheque, giro postal, cheque de viajero, etc. (también conocido como fraude de cheques), que sea por $950 o menos;
- Violación del artículo 476a del Código Penal de California, la ley de “cheques malos”, si el monto total de los cheques en cuestión es de $950 o menos;
- Código de Salud y Seguridad 11350 posesión de una sustancia controlada;
- Código de Salud y Seguridad 11357 posesión de cannabis concentrado; y
- Código de Salud y Seguridad 11377 posesión de metanfetamina.5
Elegibilidad para la sentencia de la Proposición 47
Bajo la Prop 47, la mayoría de los acusados serán acusados de un delito menor si se les acusa de uno de los delitos mencionados anteriormente.6
Pero algunos acusados aún pueden enfrentar penas por delitos graves por estos delitos. Las reducciones de sentencia de la Prop 47 no se aplicarán a:
- Acusados que tengan condenas previas por ciertos delitos graves, incluyendo violación, asesinato y delitos sexuales contra niños; y
- Acusados que estén obligados a registrarse como delincuentes sexuales por condenas previas por delitos sexuales.7
Re-sentencia bajo la Proposición 47
La Proposición 47 permite a las personas que ya enfrentan penas por delitos graves por uno de los delitos mencionados anteriormente presentar una moción para modificar la sentencia (re-sentencia).8
Una solicitud exitosa de re-sentencia significa que se considerará que ha sido condenado por un delito menor, no por un delito grave, y será elegible para una liberación anticipada de la cárcel/prisión. En algunos casos, puede ser elegible para una liberación inmediata.
¿La Proposición 36 cambia algo?
La Proposición 36 – que entró en vigor en diciembre de 2024 – revierte partes de la Prop 47. Sin embargo, aún puede solicitar una re-sentencia de acuerdo con la Prop 47 siempre que sea elegible.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de California explican la Proposición 47 y cómo apelar su sentencia si la nueva ley lo afecta, abordando lo siguiente:
1. Reducción de Delitos Graves a Delitos Menores bajo la Prop 47
1.1. Delitos de robo
1.2. Falsificación de cheques/fraude de cheques
1.3. Delitos de drogas
2. ¿Quién es elegible para la sentencia o re-sentencia bajo la Prop 47?
2.1. Condenas por delitos sexuales
2.2. Condenas por delitos graves violentos
3. Cómo apelar su sentencia bajo la Prop 47
4. La lucha para aprobar la Proposición 47
Si, después de leer este artículo, desea obtener más información, lo invitamos a contactarnos en Shouse Law Group.
1. Reducción de Delitos Graves a Delitos Menores bajo la Proposición 47
El impacto principal de la Proposición 47 en la ley penal de California es cambiar ciertos delitos de robo y drogas de delitos graves o mixtos a delitos menores.9
Un “wobbler” es un delito en California que puede ser acusado como un delito menor o un delito mayor a discreción del fiscal, generalmente dependiendo de:
- Los hechos particulares del caso, y
- El historial criminal del acusado.10
La Proposición 47 básicamente elimina la opción para el fiscal de acusar ciertos delitos como delitos mayores en la mayoría de los casos. En cambio, estos delitos serán delitos menores para la mayoría de los acusados.11
Las penas máximas para un delito menor en California son:
- Seis (6) meses o un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).12
En contraste, incluso los delitos menores menos graves en California conllevan las siguientes penas:
- Al menos dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años en prisión; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).13
Por lo tanto, para los acusados (o condenados) de uno de los delitos cubiertos por la Proposición 47, la iniciativa podría marcar una gran diferencia en su sentencia.
Ejemplo: En octubre de 2014, Chris es acusado de posesión de cannabis concentrado bajo el Código de Salud y Seguridad 11357.
Debido a que tiene condenas anteriores por posesión de marihuana como delito menor y por alteración del orden público en su historial, el fiscal decide acusarlo de posesión como delito mayor.
El abogado de Chris le informa que podría ser condenado a hasta tres (3) años de cárcel.
Sin embargo, mientras Chris espera su juicio, se aprueba la Proposición 47. Esto significa que la posesión de cannabis concentrado será necesariamente un delito menor para un acusado como Chris.
Por lo tanto, la sentencia máxima que Chris enfrentará es de un (1) año.
Los delitos que se ven afectados por la aprobación de la Proposición 47 son:
1.1. Delitos de robo
Robo de automóviles/robo de armas de fuego
La Proposición 47 establece que todos los robos de propiedad con un valor de novecientos cincuenta dólares ($950) o menos se considerarán robo menor, un delito menor según la ley de California.14
La pena máxima por robo menor es de seis (6) meses en la cárcel del condado.15
En contraste, según la ley anterior, cualquier robo de propiedad de una persona (como en el caso de un carterista) y cualquier robo de
- un vehículo de motor, o
- un arma de fuego,
se consideraba robo mayor.16 (Esto es lo que dio origen a los términos “robo de automóviles” y “robo de armas de fuego”.)
El robo mayor es un wobbler, y el robo de armas de fuego (antes de la aprobación de la Proposición 47) era un delito mayor. Cada uno conllevaba una posible pena de cárcel de hasta tres (3) años.17
Ejemplo: Carmen es acusada de robar un automóvil viejo con muchos kilómetros que no vale más de $500.
Antes de la Proposición 47, el fiscal tenía la opción de acusarla de robo de automóviles como delito mayor, y probablemente habría elegido hacerlo. Esto habría significado que enfrentaría de 16 meses a 3 años de cárcel.
Pero después de la Proposición 47, el delito de Carmen se considera robo menor porque el automóvil no valía más de $950.
Por lo tanto, su sentencia máxima será de 6 meses.
Robo en tiendas
La Proposición 47 también aclara que entrar en un negocio abierto con la intención de robar mercancía será un delito menor, siempre y cuando la mercancía robada no valga más de novecientos cincuenta dólares ($950).18
Este es el delito de robo en tiendas según el Código Penal 459.5 PC.19 La pena máxima por robo en tiendas es de seis (6) meses en la cárcel del condado.20
En contraste, según la ley anterior a la Proposición 47, entrar en un negocio con la intención de robar de él podría haber sido considerado allanamiento de morada en California, un wobbler.21
Recepción de propiedad robada
El Código Penal 496 PC de recepción de propiedad robada es típicamente un wobbler. Antes de la aprobación de la Proposición 47, el fiscal tenía la opción de acusarlo como delito menor si el valor de la propiedad robada no era superior a novecientos cincuenta dólares ($950).22
Pero la Proposición 47 enmendó la ley de California sobre recepción de propiedad robada para establecer que el delito solo puede ser un delito menor si el valor de la propiedad recibida no es superior a novecientos cincuenta dólares ($950).23
La pena máxima potencial por recepción de propiedad robada como delito menor según la Proposición 47 es de un (1) año en la cárcel del condado.24
Ejemplo: Adam ayuda a su hermano Tom a esconder un arma de fuego que Tom ha robado y que vale $900.
Finalmente, los hermanos son arrestados, antes de la aprobación de la Proposición 47. A Tom se le acusa de robo de armas de fuego, y a Adam se le acusa de recepción de propiedad robada como delito mayor. Adam es declarado culpable y condenado a 2 años de cárcel.
Pero luego se aprueba la Proposición 47. El delito de Adam ahora es solo un delito menor con una pena máxima de 1 año.
Él y su abogado pueden solicitar que se reduzca su sentencia a lo que sería bajo la nueva ley.
Robo menor con antecedentes
Antes de la aprobación de la Proposición 47, el Código Penal 666 PC creaba el delito de “robo menor con antecedentes“.25
Según la antigua versión del Código Penal 666, si el acusado en un caso de robo menor tenía tres (3) o más condenas anteriores por ciertos delitos de robo, entonces podría recibir una condena por delito mayor (de 16 meses a 3 años) por los cargos actuales de robo menor.26
Pero la Proposición 47 eliminó más o menos el delito de robo menor con antecedentes de la ley penal de California.27
Según la nueva versión de la ley, la mayoría de los casos de robo menor serán delitos menores sin importar cuántas condenas anteriores por robo tenga el acusado.28
Una excepción importante a esto es que el robo menor con antecedentes aún puede ser acusado si el acusado tiene una condena previa por robo o malversación de fondos de una persona mayor o adulto dependiente (una forma de código penal 368 PC abuso de ancianos de California).29
1.2. Falsificación de cheques/fraude de cheques
Falsificación de cheques
La Proposición 47 especifica que la falsificación de documentos del Código Penal 470, que suele ser un delito menor, será un delito menor si:
- El documento falsificado es un cheque, bono, billete bancario, nota, cheque de caja, cheque de viajero o giro postal;
- El valor del cheque o documento falsificado no es superior a novecientos cincuenta dólares ($950); y
- El acusado no ha sido condenado también por código penal 530.5 PC robo de identidad.30
La sentencia máxima por falsificación de cheques/fraude de cheques como delito menor después de la Proposición 47 será de un (1) año en la cárcel del condado.31
Ejemplo: Sarah trabaja como asistente de cuidado en el hogar para personas mayores.
Toma un cheque de la casa de uno de sus clientes, falsifica la firma del cliente en él e intenta usarlo para comprar una bicicleta de $500.
Según la ley de California antes de la Proposición 47, el fiscal podría haber sido tentado a acusar a Sarah de falsificación como delito mayor porque traicionó la confianza de una persona mayor. Su sentencia máxima potencial habría sido de 3 años.
Pero bajo la ley posterior a la Proposición 47, el delito de Sarah es un delito menor porque el cheque era de no más de $950. Su sentencia máxima será de 1 año en la cárcel del condado.
Cheques sin fondos
Además, la Proposición 47 enmienda la ley de “cheques sin fondos” de California, Código Penal 476a PC.
Según la antigua versión de esta ley, pasar cheques sin fondos era un delito menor a menos que el valor total de todos los cheques u otros instrumentos involucrados fuera de cuatrocientos cincuenta dólares ($450) o menos, en cuyo caso era un delito menor.32
Según la nueva ley, este delito será un delito menor si el valor total de todos los cheques u otros instrumentos involucrados es de novecientos cincuenta dólares ($950) o menos.33
La sentencia máxima por pasar cheques sin fondos como delito menor es de hasta un (1) año en la cárcel del condado.34
Sin embargo, las penas reducidas por pasar cheques sin fondos menores de $950 no se aplican si el acusado tiene tres (3) o más condenas previas por falsificación o cheques sin fondos.35
1.3. Delitos de drogas
Quizás la parte más racional y atrasada de la Proposición 47 sea la reducción de las posibles sentencias por varios delitos de drogas sin víctimas.
En primer lugar, la Proposición 47 convierte la posesión de una sustancia controlada del HS 11350, que en la mayoría de los casos solía ser un delito mayor36, en un delito menor con una sentencia máxima de un (1) año en la cárcel del condado.37
En segundo lugar, la Proposición 47 convierte la posesión de cannabis concentrado, que solía ser un delito menor bajo el Código de Salud y Seguridad 1135738, en un delito menor con una sentencia máxima de un (1) año en la cárcel del condado y una multa máxima de quinientos dólares ($500).39
Finalmente, la Proposición 47 cambia el delito de posesión de metanfetamina (HS 11377) de un delito menor40 a un delito menor con una sentencia máxima de un (1) año en la cárcel del condado.41
Ejemplo: Ralph es arrestado por posesión de cannabis concentrado en un condado donde el fiscal del distrito se postula para la elección con una plataforma de “dureza contra el crimen”.
Ralph es acusado de posesión de cannabis concentrado HS 11357 como delito mayor. Es condenado y recibe la sentencia máxima de tres (3) años en la cárcel.
Después de que Ralph es liberado, se aprueba la Proposición 47. Ralph contrata a un abogado para solicitar una reducción de su condena de delito mayor a delito menor, como lo permite la nueva ley.
Si tiene éxito, Ralph podrá evitar la mayoría de las consecuencias de una condena por delito mayor en su registro.
El siguiente cuadro resume los cambios de la Proposición 47 en las penas máximas para varios delitos.
2. ¿Quién es elegible para la sentencia o re-sentencia bajo la Proposición 47?
Las leyes de sentencia revisadas de la Proposición 47 no se aplican a todos los acusados
Específicamente, las sentencias reducidas establecidas en esta ley no se aplicarán a ningún acusado que:
- Está obligado a registrarse como delincuente sexual según la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales de California debido a una condena previa por delito sexual para el cual el registro es obligatorio; O
- Tiene una condena previa por cualquiera de una lista de delitos violentos relativamente graves.42
2.1. Condenas por delitos sexuales
Las condenas por delitos sexuales que pueden hacer que un acusado no sea elegible para una sentencia reducida de la Proposición 47 incluyen:
- la mayoría de las violaciones de la ley de violación de California bajo las secciones 261 del Código Penal,
- Penal Code 243.4 PC agresión sexual,
- la mayoría de los delitos sexuales que involucran a menores, como actos lascivos con un niño y delitos de pornografía infantil de California,
- actos forzados que involucran sexo oral por la fuerza o el miedo, sodomía del Código Penal 286 y/o penetración forzada con un objeto extranjero del Código Penal 289,
- violaciones de la ley de “exposición indecente” de California, y
- tráfico de personas con fines relacionados con la prostitución o con fines de pornografía infantil.43
Ejemplo: Andre se declaró culpable de actos lascivos con un niño hace quince años. Después de dos años en prisión, fue puesto en libertad condicional. Está obligado a registrarse como delincuente sexual en California debido a esta condena.
Ahora, Andre es atrapado con cocaína en su auto. Se le acusa de posesión de una sustancia controlada bajo el Código de Salud y Seguridad 11350 HS.
Pero Andre no será elegible para ser sentenciado bajo la Proposición 47, porque tiene una condena previa que lo obliga a registrarse como delincuente sexual.
Esto significa que la posesión de una sustancia controlada probablemente será un delito grave para Andre, tal como lo hubiera sido antes de que se aprobara la Proposición 47.
La Ley de Registro de Delincuentes Sexuales de California también permite a los jueces exigir que los acusados se registren incluso si no son condenados por uno de los delitos sexuales enumerados en esa ley. Un juez puede hacer esto si cree que el acusado cometió otro delito con fines de gratificación sexual.44
Pero las personas que necesitan registrarse como delincuentes sexuales debido a una orden del juez SON elegibles para ser sentenciadas bajo la Proposición 47. Solo eres inelegible para la sentencia de la Proposición 47 si fuiste condenado por uno de los delitos específicamente enumerados en la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales.45
2.2. Condenas graves por delitos violentos
Además, las condenas por ciertos delitos graves y/o violentos impedirán que un acusado sea elegible para ser sentenciado bajo la Proposición 47.46
Estos delitos son:
- Delitos sexuales violentos según la ley de California, lo que significa delitos sexuales cometidos mediante el uso de la fuerza, la violencia o la amenaza de lesiones corporales o represalias;
- Delitos sexuales contra un niño menor de 14 años;
- Asesinato según el Código Penal 187 PC o intento de asesinato;
- Homicidio vehicular grave bajo la influencia del alcohol según el Código Penal 191.5 ;
- Solicitud de cometer asesinato;
- Agresión con una ametralladora a un oficial de paz o bombero;
- Poseer un arma de destrucción masiva; y
- Cualquier delito grave y/o violento que sea castigado con cadena perpetua o pena de muerte.47
Tenga en cuenta que esta lista es significativamente más corta que las listas de “delitos graves” y “delitos violentos” que cuentan como “delitos de tres strikes” bajo la ley de “tres strikes” de California.48
Esto significa que es posible que seas elegible para ser sentenciado bajo la Proposición 47 incluso si tienes uno o más “delitos de tres strikes” en tu historial.
Ejemplo: Judy tiene condenas previas por incendio provocado y robo residencial, ambos son “delitos de tres strikes”.
Ahora, se le acusa de fraude de cheques por escribir conscientemente cheques por un total de $600 con fondos insuficientes en la cuenta.
Ni el incendio provocado ni el robo residencial están en la lista de delitos que hacen que un acusado sea inelegible para la sentencia de la Proposición 47. Por lo tanto, los cargos actuales de fraude de cheques de Judy estarán sujetos a la Proposición 47, lo que significa que el delito será un delito menor.
3. Apelar tu sentencia bajo la Proposición 47
Si ya has sido condenado por un delito grave por un delito que sería un delito menor bajo la Proposición 47, entonces puedes solicitar una nueva sentencia bajo la nueva ley.49
Los acusados elegibles para apelar sus sentencias bajo la Proposición 47 incluyen tanto a
- los que actualmente están cumpliendo una sentencia por un delito afectado por la iniciativa, como a
- los que han completado su sentencia por un delito afectado por la iniciativa.50
Solicitud de nueva sentencia
El proceso es el mismo tanto para las personas que actualmente están cumpliendo sentencias por delitos graves como para las personas que han completado sus sentencias por delitos graves.
Primero, el acusado presenta una solicitud de nueva sentencia en el tribunal donde fue condenado originalmente.51
Luego, el juez determina si su condena habría sido un delito menor bajo la Proposición 47.
Si lo hubiera sido, entonces el juez está obligado a conceder la solicitud de nueva sentencia, cambiando la condena a un delito menor.52
La única excepción es si el juez determina que darle una nueva sentencia al acusado representaría un “riesgo irrazonable para la seguridad pública”.53
Un riesgo irrazonable para la seguridad pública significa un riesgo irrazonable de que el acusado cometa un nuevo delito violento en la lista de delitos (discutidos anteriormente) que lo harían inelegible para la sentencia de la Proposición 47 (asesinato, delitos sexuales violentos, etc.).54
Al determinar si un acusado representa un riesgo irrazonable para la seguridad pública, el juez puede tomar en cuenta:
- Su historial criminal, incluyendo el tipo de delitos cometidos, el alcance de las lesiones a las víctimas, la duración de las sentencias de prisión anteriores y cuánto tiempo ha pasado desde que se cometieron los delitos anteriores;
- El registro disciplinario del acusado y su historial de rehabilitación mientras estuvo encarcelado; y
- Cualquier otra evidencia que el juez considere relevante.55
Acusados que actualmente están cumpliendo una sentencia
Según el abogado de defensa criminal de Los Ángeles Neil Shouse56:
“Si todavía estás cumpliendo una sentencia por un delito grave por un delito afectado por la Proposición 47, entonces una solicitud exitosa de nueva sentencia probablemente resultará en una reducción material de tu sentencia, y posiblemente podría significar una liberación inmediata de la cárcel”.
En el momento de la aprobación de la Proposición 47, los funcionarios penitenciarios de California habían identificado a casi 5,000 presos que cumplían sentencias por delitos graves y que serían elegibles para una nueva sentencia bajo la Proposición 47.57
Con tantas personas elegibles para una nueva sentencia bajo la Proposición 47, es probable que los tribunales de California enfrenten un retraso en el procesamiento de las solicitudes de nueva sentencia. Un abogado experimentado en defensa criminal puede ser de gran ayuda para los presos actuales que desean reducir su sentencia de manera oportuna.
Personas que ya han completado sus sentencias
Una solicitud de nueva sentencia puede ser menos urgente para las personas que ya han completado sus sentencias por delitos graves afectados por la Proposición 47, pero no es menos importante.
Por ejemplo, una condena por delito grave en tu historial puede impedirte:
- servir en un jurado,58 o
- servir en las fuerzas armadas.59
También se te exige que reveles condenas por delitos graves a posibles empleadores, quienes toman tales condenas más en serio que las condenas por delitos menores.
Por lo tanto, tener tu condena por delito grave reducida a un delito menor bajo la Proposición 47 puede mejorar tu vida de manera material.
Sin embargo, hay una consecuencia de una condena por delito grave que no cambia con la Proposición 47: la eliminación de tu derecho a poseer un arma de fuego.60
Si fue condenado por un delito grave por un delito que ahora es un delito menor según la Propuesta 47, y presenta con éxito una petición de resentencia, aún no se le permitirá poseer un arma de fuego sin violar las leyes de “delincuente con un arma de fuego” de California.61
4. La lucha por aprobar la Propuesta 47
La Propuesta 47 es una ley histórica hecha por los votantes en California.
La iniciativa fue aprobada con el 58.5% de los votos. Su clara victoria demuestra que los californianos ya han tenido suficiente de la encarcelación masiva y están listos para adoptar enfoques “inteligentes sobre el crimen” en lugar de enfoques “duros sobre el crimen”.62
No solo la Propuesta 47 cambiará la vida de las personas que de otra manera habrían enfrentado sentencias injustificadamente largas por delitos menores, sino que también ahorrará dinero al estado de California. Las estimaciones preliminares de los ahorros oscilan entre $150 millones y $250 millones cada año.63
Bajo la Propuesta 47, el dinero ahorrado al encarcelar a menos personas por delitos menores se utilizará de la siguiente manera:
- 25% al Departamento de Educación del Estado, para apoyar programas destinados a reducir el absentismo escolar y ayudar a los estudiantes que corren el riesgo de abandonar la escuela o convertirse en víctimas del crimen;
- 10% al fondo de compensación para víctimas de California; y
- 65% para apoyar programas de agencias públicas que brindan tratamiento de salud mental, tratamiento de abuso de sustancias y programas de desvío para personas en el sistema de justicia penal.64
Por lo tanto, no es sorprendente que una amplia gama de organizaciones influyentes hayan apoyado la Propuesta 47, incluyendo la Unión Americana de Libertades Civiles, la Conferencia Católica de California y el rapero Jay Z.
Para representación legal…
Si tiene preguntas sobre la Propuesta 47 y cómo recibir una reducción de sentencia bajo esta iniciativa, o para discutir su caso confidencialmente con uno de nuestros abogados de apelaciones penales de California, no dude en contactarnos en Shouse Law Group.
Tenemos oficinas locales de derecho penal en y alrededor de Los Ángeles, San Diego, Condado de Orange, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
Referencias legales:
1 “Prop 47 Passes, Reducing Some Crime Penalties,” Los Angeles Times, 4 de noviembre de 2014.
2 Mismo.
3 Ver Secretario de Estado de California, Guía Oficial de Información para Votantes: Propuesta 47.
4 Ver mismo.
Ver también Código Penal 672 PC – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión. (“En caso de condena por cualquier delito punible con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al infractor que no exceda de mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores [como los delitos afectados por la Propuesta 47] o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos graves, además de la prisión prescrita.”)
5 Secretario de Estado de California, Guía Oficial de Información para Votantes: Propuesta 47, Texto Completo de la Iniciativa.
6 Mismo.
7 Mismo.
8 Código Penal 1170.18 PC – Petición para revocar la sentencia; procedimientos de resentencia; reducción de delitos graves a delitos menores. Ver también SB 749 (2023).
9 Secretario de Estado de California, Guía Oficial de Información para Votantes: Propuesta 47, Texto Completo de la Iniciativa, nota al pie de página 5, arriba.
10 Ver Código de Salud y Seguridad 11350 HS
11 Secretario de Estado de California, Guía Oficial de Información para Votantes: Propuesta 47, Texto Completo de la Iniciativa, nota al pie de página 5, arriba.
12 Ver Código de Salud y Seguridad 11350 HS – Posesión de sustancias controladas [nueva versión revisada por la Propuesta 47]. (“a) Excepto como se proporciona de otra manera en esta división, toda persona que posea (1) cualquier sustancia controlada especificada en la subdivisión (b), (c), (e) o párrafo (1) de la subdivisión (f) de la Sección 11054, especificada en el párrafo (14), (15) o (20) de la subdivisión (d) de la Sección 11054, o especificada en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 11055, o especificada en la subdivisión (h) de la Sección 11056, o (2) cualquier sustancia controlada clasificada en el Programa III, IV o V que sea un narcótico, a menos que sea por prescripción escrita de un médico, dentista, podólogo o veterinario con licencia para ejercer en este estado, será castigado con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, excepto que dicha persona será castigada en su lugar de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal si esa persona tiene una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) del subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 del Código Penal o por un delito que requiera registro de acuerdo con la subdivisión (c) de la Sección 290 del Código Penal.”)
Ver también Código Penal 672 PC – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión, nota al pie 4, arriba.
13 Código Penal 1170(h) PC – Sentencia determinada. (“(h)(1) Excepto como se dispone en el párrafo (3), un delito grave punible de conformidad con esta subdivisión donde el término no está especificado en el delito subyacente [como muchos de los delitos de la Proposición 47] será punible con una pena de prisión en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años.”)
Ver también Código Penal 672 PC – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión, nota al pie 4, arriba.
14 Código Penal 490.2 PC – Hurto menor; castigo de ciertos delincuentes reincidentes [añadido por la Proposición 47]. (“(a) No obstante la Sección 487 o cualquier otra disposición de la ley que defina el gran hurto, obtener cualquier propiedad por hurto donde el valor del dinero, trabajo, propiedad real o personal tomada no exceda los novecientos cincuenta dólares ($950) se considerará hurto menor y será castigado como delito menor, excepto que dicha persona puede ser castigada en su lugar de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 si esa persona tiene una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) del subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 o por un delito que requiera registro de conformidad con la subdivisión (c) de la Sección 290.”)
15 Código Penal 490 PC – Hurto menor; castigo [afectado por la Proposición 47]. (“El hurto menor es castigado con una multa que no exceda los mil dólares ($1,000), o con prisión en la cárcel del condado que no exceda los seis meses, o ambas cosas.”)
16 Código Penal 487 PC – Definición de “gran hurto” [anulado por la Proposición 47]. (“El gran hurto es hurto cometido en cualquiera de los siguientes casos: (a) Cuando el dinero, trabajo o propiedad real o personal tomada tenga un valor que exceda los novecientos cincuenta dólares ($950), excepto como se dispone en la subdivisión (b). (d) Cuando la propiedad tomada sea cualquiera de las siguientes: (1) Un automóvil. (2) Un arma de fuego.”)
17 Código Penal 489 PC – Gran hurto; castigo [anulado por la Proposición 47]. (“El gran hurto es castigado de la siguiente manera: (a) Si el gran hurto implica el hurto de un arma de fuego, con prisión en la prisión estatal por 16 meses, o dos o tres años. . . . (c) En todos los demás casos, con prisión en la cárcel del condado que no exceda de un año o de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170.”)
18 Código Penal 459.5 PC – Robo en tiendas [añadido por la Proposición 47]. (“(a) No obstante la Sección 459, el robo en tiendas se define como entrar en un establecimiento comercial con la intención de cometer hurto mientras ese establecimiento esté abierto durante el horario comercial normal, donde el valor de la propiedad que se toma o se pretende tomar no exceda los novecientos cincuenta dólares ($950). Cualquier otra entrada en un establecimiento comercial con la intención de cometer hurto es robo. El robo en tiendas será castigado como delito menor, excepto que una persona con una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) del subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 o por un delito que requiera registro de conformidad con la subdivisión (c) de la Sección 290 puede ser castigada de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170. (b) Cualquier acto de robo en tiendas como se define en la subdivisión (a) se acusará como robo en tiendas. Ninguna persona que sea acusada de robo en tiendas también puede ser acusada de robo o hurto de la misma propiedad.”)
19 Lo mismo.
20 Código Penal 19 PC – Castigo por delito menor; castigo no prescrito de otra manera. (“Excepto en los casos en que una ley de este estado prescriba un castigo diferente, todo delito declarado delito menor [incluido en la Proposición 47] es castigado con prisión en la cárcel del condado que no exceda de seis meses, o con una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o ambas cosas.”)
21 Código Penal 459 PC – Definición [modificado por la Proposición 47]. (“Toda persona que entre en cualquier casa, habitación, apartamento, vivienda, tienda, almacén, molino, granero, establo, dependencia u otro edificio, tienda de campaña, embarcación, según se define en la Sección 21 del Código de Puertos y Navegación, casa flotante, según se define en la subdivisión (d) de la Sección 18075.55 del Código de Salud y Seguridad, vagón de ferrocarril, contenedor de carga cerrado o sellado, ya sea montado en un vehículo, remolque, según se define en la Sección 635 del Código de Vehículos, cualquier casa rodante, según se define en la Sección 362 del Código de Vehículos, casa rodante habitada, según se define en la Sección 243 del Código de Vehículos, vehículo según se define en el Código de Vehículos, cuando las puertas estén cerradas con llave, aeronave según se define en la Sección 21012 del Código de Servicios Públicos, o mina o cualquier parte subterránea de la misma, con la intención de cometer gran o pequeño hurto o cualquier delito grave es culpable de robo en casa.”)
Ver también Código Penal 461 PC – Castigo. (“El robo en casa es castigado de la siguiente manera: . . . (b) Robo en casa en segundo grado: con prisión en la cárcel del condado que no exceda de un año o prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170.”)
22 Código Penal 496 PC – Recibir propiedad robada; castigo
23 Lo mismo.
24 Lo mismo.
25 Código Penal 666 PC – Hurto menor; condena previa por ciertos delitos; castigo
26 Lo mismo.
27 Lo mismo.
28 Lo mismo.
29 Lo mismo.
30 Código Penal 473 PC – Falsificación; castigo
31 Lo mismo.
32 Código Penal 476a PC
33 Lo mismo.
34 Lo mismo.
35 Lo mismo.
36 Código de Salud y Seguridad 11350 HS
37 Lo mismo.
38 Código de Salud y Seguridad 11357 HS
39 Código de Salud y Seguridad 11357 HS
40 Código de Salud y Seguridad 11377 HS – Posesión no autorizada; castigo [versión anterior a la Proposición 47]. (“(a) Excepto según lo autorizado por la ley y como se establece en la subdivisión (b) o Código de Salud y Seguridad de California 11375 HS, o en el Artículo 7 (comenzando con la Sección 4211) del Capítulo 9 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, toda persona que posea cualquier sustancia controlada que esté (1) clasificada en la Lista III, IV o V, y que no sea una droga narcótica, (2) especificada en la subdivisión (d) de la Sección 11054, excepto los párrafos (13), (14), (15) y (20) de la subdivisión (d), (3) especificada en el párrafo (11) de la subdivisión (c) de la Sección 11056, (4) especificada en el párrafo (2) o (3) de la subdivisión (f) de la Sección 11054, o (5) especificada en la subdivisión (d), (e) o (f) de la Sección 11055, a menos que sea por prescripción de un médico, dentista, podólogo o veterinario con licencia para ejercer en este estado, será castigado con prisión en una cárcel del condado por un período no mayor de un año o según lo dispuesto en la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal.”)
41 Id.
42 Véase lo mismo [restricciones establecidas para la sentencia de la Proposición 47].
Véase también Código Penal 1170.18 PC – Petición para revocar la sentencia; procedimientos de resentencia; reducción de delitos graves a delitos menores. (“(i) Las disposiciones de esta sección [que permiten la resentencia bajo la Proposición 47 para aquellos que ya están cumpliendo sentencia] no se aplicarán a personas que tengan una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) de la subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 o por un delito que requiera registro según la subdivisión (c) de la Sección 290.”)
43 Código Penal 290(c) PC – Ley de registro de delincuentes sexuales.
44 Código Penal 290.006 – Orden judicial de registro para delitos cometidos por compulsión sexual o por gratificación sexual [no afecta la elegibilidad para la sentencia de la Proposición 47]. (“Cualquier persona ordenada por un tribunal a registrarse de conformidad con la Ley por cualquier delito que no esté incluido específicamente en la subdivisión (c) de la Sección 290, deberá registrarse si el tribunal encuentra en el momento de la condena o sentencia que la persona cometió el delito como resultado de la compulsión sexual o con fines de gratificación sexual. El tribunal deberá declarar en el registro los motivos de sus conclusiones y los motivos por los que se requiere el registro.”)
45 Véase, por ejemplo, Código de Salud y Seguridad 11377 HS – Posesión no autorizada; castigo [restricciones establecidas para la sentencia de la Proposición 47], nota al pie de página 41, arriba.
46 Lo mismo.
Véase también Código Penal 667(e)(2)(C)(iv) PC, nota al pie de página 7, arriba.
47 Código Penal 667(e)(2)(C)(iv) PC, nota al pie de página 7, arriba.
48 Comparar lo mismo [lista de delitos que hacen que un acusado no sea elegible para la sentencia de la Proposición 47] con Código Penal 667.5(c) PC [delitos violentos] y Código Penal 1192.7(c) PC [delitos graves].
49 Código Penal 1170.18 PC – Petición para revocar la sentencia; procedimientos de resentencia; reducción de delitos graves a delitos menores [añadido por la Proposición 47], nota al pie de página 8, arriba.
50 Véase lo mismo.
Véase también Código Penal 1170.18 PC – Petición para revocar la sentencia; procedimientos de resentencia; reducción de delitos graves a delitos menores [añadido por la Proposición 47]. (“(f) Una persona que haya cumplido su condena por un delito, ya sea por juicio o por declaración de culpabilidad, de un delito grave o delitos graves que habría sido culpable de un delito menor bajo esta ley si esta ley hubiera estado en vigor en el momento del delito, puede presentar una solicitud ante el tribunal que dictó la sentencia en su caso para que se designe el delito grave o delitos graves como delitos menores. (g) Si la solicitud cumple con los criterios de la subdivisión (f), el tribunal designará el delito grave o delitos graves como delitos menores. (h) A menos que lo solicite el solicitante, no se requiere una audiencia para otorgar o denegar una solicitud presentada en virtud de la subsección (f).”)
51 Lo mismo.
52 Lo mismo.
53 Lo mismo.
54 Lo mismo.
55 Lo mismo.
56 Neil Shouse, abogado de defensa criminal de Los Ángeles Neil Shouse, es el Abogado Principal del Grupo de Leyes de Shouse. Es un ex Fiscal Adjunto del Condado de Los Ángeles, donde trabajó en casos de pandillas, asesinatos y armas de fuego de alto perfil. Ahora, Shouse ha convertido el conocimiento interno que adquirió como fiscal en una extraordinaria experiencia en derecho penal, incluyendo leyes de sentencia complejas como la Proposición 47.
57La Proposición 47 sacude el panorama del sistema de justicia de California, Los Angeles Times, 5 de noviembre de 2014.
58 Véase Tribunales de los Estados Unidos, Calificaciones, Exenciones y Excusas del Jurado.
59 10 Código de los Estados Unidos (“U.S.C.”) 504(a). (“Ninguna persona que esté loca, intoxicada o desertora de una fuerza armada, o que haya sido condenada por un delito grave, puede ser alistada en ninguna fuerza armada. Sin embargo, el Secretario correspondiente puede autorizar excepciones, en casos meritorios, para el alistamiento de desertores y personas condenadas por delitos graves.”)
60 Código Penal 1170.18 PC – Petición para revocar la sentencia; procedimientos de resentencia; reducción de delitos graves a delitos menores [añadido por la Proposición 47]. (“(k) Cualquier condena por delito grave que sea revocada y resentenciada en virtud de la subdivisión (b) o designada como delito menor en virtud de la subdivisión (g) se considerará un delito menor para todos los fines, excepto que dicha resentencia no permitirá que la persona posea, tenga en su posesión o control cualquier arma de fuego o impida su condena en virtud del Capítulo 2 (comenzando con la Sección 29800) de la División 9 del Título 4 de la Parte 6.”)
61 Lo mismo.
62 Véase La victoria de la Proposición 47 muestra que California está adoptando un enfoque “inteligente sobre el crimen”, dicen los partidarios, Sacramento Bee, 5 de noviembre de 2014.
<63 Secretario de Estado de California, Guía Oficial de Información para Votantes: Propuesta 47, Texto Completo de la Iniciativa, Sección 3: Propósito e Intención.
64 Código de Gobierno 7599.2