- rechazarla,
- cambiar una sentencia,
- posponer una sentencia, o
- revocar una sentencia.
El tribunal de sentencia a menudo decidirá cambiar una sentencia si:
- se cometió un error de escritura,
- la sentencia impuesta fue ilegal, o
- el tribunal cometió un error judicial.
Cualquier persona puede solicitar una resentencia, incluso los prisioneros condenados a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional (LWOP).
Además de una MFR, hay cuatro formas en que una sentencia penal puede ser modificada en California. Estas son:
- una revocación por parte del tribunal,
- mediante la presentación de una apelación,
- al presentar una petición de habeas corpus, y
- una revocación por parte del tribunal debido a la salud de un prisionero.
Tenga en cuenta que un prisionero puede presentar una petición para modificar una sentencia incluso si no es ciudadano de los Estados Unidos. En este caso, la MFR es un tipo de alivio de la condena según la ley de inmigración penal que puede eliminar el riesgo de:
- deportación, o
- otras consecuencias migratorias graves.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es una petición para modificar una sentencia?
- 2. ¿Cómo funciona el proceso judicial?
- 3. ¿Cuándo un juez otorgará una nueva sentencia?
- 4. ¿Existen otras formas de modificar una sentencia?
- 5. ¿Se puede modificar una sentencia cuando el prisionero no es ciudadano de los Estados Unidos?
- 6. ¿Qué pasa con la nueva sentencia según el proyecto de ley SB 483?
- Lectura adicional
1. ¿Qué es una petición para modificar una sentencia?
Una petición para modificar una sentencia en California es presentada por una persona que ha sido condenada por un delito y sentenciada por ese delito. En la petición, el prisionero le pide al tribunal que modifique su sentencia. Por ejemplo, pueden pedirle al juez:
- una reducción en la duración de su sentencia, o
- un cambio en las condiciones de su sentencia.
Una MFR puede ser presentada por un prisionero, pero a menudo es mejor si su abogado de defensa criminal la redacta y presenta.
2. ¿Cómo funciona el proceso judicial?
La ley de California establece que una petición para modificar una sentencia se presenta ante el tribunal que sentenció al peticionario. Un prisionero puede presentar esta petición sin importar si fue sentenciado por
- un delito menor o
- un delito grave.
En respuesta a la petición, el juez puede:
- cambiar la sentencia,
- posponer una sentencia,
- revocar una sentencia, o
- emitir una suspensión del pago de multas.
Un MFR puede presentarse ante el tribunal en cualquier momento después de la sentencia original, siempre y cuando se encuentre una buena causa. Por ejemplo, una buena causa incluiría una solicitud de resentencia bajo la Propuesta 47.
Como se discute a continuación, el tribunal también puede decidir modificar una sentencia, por su propia cuenta, hasta 120 días después de la sentencia.1
3. ¿Cuándo un juez otorgará una resentencia?
Los tribunales de California a menudo deciden cambiar una sentencia si:
- se cometió un error de oficina (por ejemplo, el secretario ingresó un término de cárcel incorrecto),
- la sentencia impuesta fue ilegal (por ejemplo, no estaba autorizada por la ley de California), o,
- el tribunal cometió un error judicial (por ejemplo, un juez cometió un error al evaluar la evidencia admitida durante la sentencia).
Además, las mociones de resentencia se presentan típicamente cuando ha habido cambios en la ley. Por ejemplo, cuatro ejemplos comunes de mociones de resentencia que se presentan en California, debido a un cambio en la ley, son:
- Resentencia de la Ley del Senado 1437,
- Resentencia de la Propuesta 47,
- Resentencia de la Propuesta 36 / 3 Strikes, y
- Resentencia de la Propuesta 64.
Resentencia de la Ley del Senado 1437
La Ley del Senado 1437 fue promulgada en 2018 y cambió la ley para el homicidio agravado en California.
Una característica crítica de la Ley del Senado 1437 es que es retroactiva, lo que significa que se aplica a los acusados de homicidio agravado bajo la antigua ley. Esto significa que algunas personas acusadas de homicidio agravado, bajo la antigua ley, pueden presentar una petición para intentar obtener una reducción en su sentencia.
SB 1437 establece que una persona es elegible para una sentencia reducida si se cumplen tres condiciones:
- el acusado fue condenado por asesinato en segundo grado bajo una teoría de consecuencias naturales y probables;
- el acusado fue condenado por asesinato en primer o segundo grado; y,
- el acusado no hubiera sido condenado por asesinato bajo la nueva ley de asesinato por delito grave de California.2
Reconocimiento de Sentencia de Proposición 47
Proposición 47, la “Ley de Vecindarios Seguros y Escuelas”, se convirtió en ley efectiva en California en 2014. La ley redujo las penas para ciertos delitos de robo y delitos de drogas, haciendo que estos delitos sean punibles como delitos menores en lugar de delitos graves.3
En términos de reconocimiento de sentencia, la Proposición 47 significa que las personas que ya enfrentan penas por delitos graves (para ciertos delitos de robo y drogas) pueden presentar una moción para modificar la sentencia y recibir una sentencia relacionada con delitos menores.
Reconocimiento de Sentencia de Proposición 36 / Tres Huelgas
Proposición 36 se convirtió en ley en California en 2012, y realizó un cambio clave en la Ley de Tres Huelgas del Estado. En particular, impuso penas menos severas para los delincuentes de tercera huelga no violentos y no graves.4
Lo mejor de la iniciativa de reforma de las tres huelgas de California es que se aplica retroactivamente. Esto significa que, si usted o su ser querido fueron condenados a una larga sentencia de “tercera huelga” bajo la antigua ley – y el tercer delito no fue un delito grave o violento – ahora pueden solicitar ser resentenciados y tener la pena de cárcel o prisión reducida.
Reconocimiento de Sentencia de Proposición 64
La Proposición 64, también conocida como la “Ley de Uso de Marihuana para Adultos”, se convirtió en ley en California en 2016. La ley legalizó:
- el uso de pequeñas cantidades de marihuana y
- la venta de la droga por empresas autorizadas para hacerlo.5
La Proposición 64 sí permite el reconocimiento de sentencia para las personas condenadas bajo las leyes anteriores de marihuana de California que recibirían una sentencia más leve bajo el régimen de legalización de la marihuana.
El juez presume que un recluso cumple con los criterios para el reconocimiento de sentencia de la Proposición 64 a menos que el fiscal del distrito se oponga a su petición y demuestre con “evidencia clara y convincente” que el prisionero no cumple con los criterios. El juez debe entonces resentenciarlos a menos que represente un riesgo irrazonable para la seguridad pública.6
La legalización de la marihuana también significa que una parte culpable puede solicitar que su condena sea redesignada de:
- un delito grave a un delito menor, o
- un delito menor a una infracción.7
4. ¿Existen otras formas de modificar una sentencia?
Además de una MFR, hay cuatro formas en que se puede modificar una sentencia penal. Estas son:
- una revocación por parte del tribunal,
- mediante presentación de una apelación,
- al presentar una petición de hábeas corpus, y
- una revocación por parte del tribunal debido a la salud de un prisionero.
Revocación por parte del Tribunal
Un tribunal puede, por su cuenta y sin una MFR, decidir modificar una sentencia dentro de los 120 días posteriores a imponer su sentencia.8 (Tenga en cuenta que si el fiscal del distrito, el CDCR o la Junta de Audiencias de Libertad Condicional recomiendan una nueva sentencia al juez, el límite de tiempo de 120 días no se aplica).
Si un juez revoca una sentencia, la elimina y ordena una nueva sentencia que no puede ser mayor que la sentencia inicial.9
Al determinar si revocar una sentencia, un juez puede considerar:
- el expediente disciplinario de un recluso,
- el expediente de rehabilitación de un recluso,
- el riesgo de violencia futura del recluso, y
- los intereses de la justicia (incluido el clima socio-político).10
El tribunal puede reducir la sentencia sin una audiencia si la defensa y la fiscalía están de acuerdo. Los acusados tienen derecho a un abogado en estos procedimientos de resentencia. En la audiencia, hay una presunción a favor del acusado de que su sentencia será modificada.
Apelación
Una apelación es una solicitud a un tribunal superior (es decir, un tribunal de apelaciones) para que revise una decisión de un tribunal inferior (es decir, el Tribunal Superior, a menudo conocido como el tribunal de primera instancia). Los prisioneros pueden presentar una apelación para pedir al tribunal que reconsidere la sentencia impuesta.
Una apelación no es un nuevo juicio. El tribunal de apelaciones no:
- reintenta un caso,
- examina nuevas pruebas, o
- acepta testimonios de testigos.
El único trabajo del tribunal de apelaciones es revisar los procedimientos que tuvieron lugar en el tribunal de primera instancia para determinar si hubo errores legales que afectaron sustancialmente los derechos de una de las partes.
En apelación, el tribunal de apelación puede anular una sentencia si determina dos cosas. Estas son:
- que el tribunal de primera instancia cometió algún tipo de error legal, y,
- que el error “perjudicó” a una de las partes.
“Perjuicio” se demuestra cuando hay una probabilidad razonable de que el error legal haya hecho una diferencia en el resultado del caso.
Petición de Habeas Corpus
En California, cualquier persona que esté en prisión puede presentar una petición de habeas corpus (“HCP”) para impugnar su encarcelamiento o las condiciones en las que están cumpliendo su sentencia.11
Un habeas corpus de California se supone que es lo que la ley llama un “recurso extraordinario” – es decir, se supone que se utiliza solo en circunstancias extremas e inusuales.12
Como regla general, un prisionero no puede presentar una petición de habeas corpus a menos que haya hecho algo que los jueces llaman “agotar sus recursos”. Esto significa que una parte debe presentar todas las apelaciones posibles de una petición penal de California antes de presentar un HCP.13
No hay plazos estrictos para presentar una petición de habeas corpus siempre y cuando se presente mientras una parte esté bajo custodia. Sin embargo, un prisionero no puede retrasar la presentación de una petición de habeas corpus por mucho tiempo. Si lo hace, tendrá que justificar el retraso en la petición.
Revocación debido a la salud del prisionero
Un tribunal tiene la autoridad para revocar una sentencia debido a problemas de salud de un prisionero.
Bajo el Código Penal de California 1170(e), el tribunal puede decidir revocar una sentencia si:
- el prisionero está gravemente enfermo y se espera que muera en un plazo de 6 meses, y
- la liberación del prisionero no pondría en peligro la seguridad pública.14
PC 1170(e) también permite al tribunal revocar una sentencia si:
- la liberación del prisionero no pondría en peligro la seguridad pública, y
- el prisionero está permanentemente incapacitado médicamente (por ejemplo, en coma) y requiere cuidados totales las 24 horas del día.15
5. ¿Se puede modificar una sentencia cuando el prisionero no es ciudadano de los Estados Unidos?
Sí. Si un prisionero no es ciudadano de los Estados Unidos, una condena penal de California por un delito grave agravado (y la consecuente sentencia) puede llevar a la deportación u otras consecuencias migratorias graves, como:
- negación de permiso para ingresar a los Estados Unidos,
- una prohibición permanente de solicitar una visa o tarjeta verde de los Estados Unidos, y
- incapacidad para recibir el estatus de asilo en los Estados Unidos.
Los delitos a menudo pueden contar como delitos graves agravados cuando el delincuente recibe una sentencia de cárcel o prisión de al menos un año.
Esto significa que es una táctica común de un abogado de inmigración experimentado, cuando su cliente ha sido condenado por un delito grave agravado, reducir la sentencia de 1 año a menos para evitar la deportación. Dado esto, puede ser en el mejor interés de un prisionero no ciudadano presentar una MFR.
6. ¿Qué pasa con la resentencia según el SB 483?
Aprobado en 2021, el Proyecto de Ley del Senado 483 de California invalidó las mejoras de sentencia que se impusieron antes del 1 de enero de 2020, por condenas previas separadas en prisión o cárcel. Hay excepciones, como mejoras por condenas previas por delitos sexuales violentos.
SB 483 también invalidó las mejoras de sentencia impuestas antes del 1 de enero de 2018, por delitos de drogas previos. Una excepción es cuando el delito involucró el uso de un menor en la comisión del delito.
Todas las resentencias de conformidad con el SB 483 deberían haberse completado antes del 31 de diciembre de 2023.
Bajo esta ley, la nueva sentencia debe ser menor que la original a menos que existan pruebas claras y convincentes de que un plazo más corto representaba un riesgo para la seguridad pública. En la mayoría de los casos, la nueva sentencia no debe exceder la pena media prescrita por ley, pero hay excepciones cuando:
- La sentencia inicial impuso la pena máxima; o
- Los factores agravantes justifican una pena más alta, y estos elementos han sido reconocidos por el acusado o probados más allá de una duda razonable durante el juicio.16
Lectura adicional
Para obtener información más detallada sobre la sentencia, consulte estos artículos académicos:
- Payne de permitir declaraciones de impacto de la víctima en audiencias de sentencia capital – Revista de Derecho de Vanderbilt.
- El debido proceso llega: un argumento a favor del estándar de prueba claro y convincente en audiencias de sentencia – Revista de Derecho de Iowa.
- Videos de impacto de la víctima: la nueva ola de pruebas en audiencias de sentencia capital – Queensland Law Reporter.
- La aparición de audiencias de sentencia – Castigo y Sociedad.
- El estándar de prueba en audiencias de sentencia según las Pautas Federales de Sentencia: por qué el estándar de preponderancia de la evidencia es constitucionalmente insuficiente – Revista de Derecho de la Universidad de Illinois.
También consulte nuestro artículo sobre cómo escribir una carta a un juez solicitando clemencia.
Referencias legales:
- Código Penal de California 1170(d)(1) PC. Véase también AB 600 (2023), modificando PC 1172.1.
- Proyecto de Ley del Senado de California 1437, Sección 4, añadiendo Código Penal 1170.95(a)(1)-(a)(3) PC.
- Véase la Guía Oficial de Información para Votantes de California, Proposición 47.
- Código Penal de California 667(e)(2)(C).
- Véase el texto completo de Proposición 64 (Ley de Uso de Marihuana para Adultos).
- Véase el texto completo de la Proposición 64, nueva sección 11361.8 del Código de Salud y Seguridad.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 1170(d)(1) PC. Proyecto de Ley de la Asamblea de California 1540.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 1473 PC.
- In re Clark, (Tribunal Supremo de California, 1993) 5 Cal.4th 750, 764. (“Nuestros casos reconocen simultáneamente, sin embargo, la naturaleza extraordinaria del alivio de habeas corpus de una sentencia que, para este propósito, se presume válida.”).
- In re Harris, (1993) 5 Cal.4th 813, 829.
- Código Penal de California 1170(e) PC.
- Ver lo mismo.
- SB 483 (2021).