Si usted es arrestado en California, generalmente puede ser liberado al “pagar una fianza” – lo que significa pagar dinero al tribunal. Usted recupera este dinero de fianza una vez que su caso termine siempre y cuando:
- cumpla con sus condiciones de fianza y
- asista a todas las futuras audiencias de la corte.
En California, es inconstitucional que usted permanezca en prisión únicamente porque no puede pagar la fianza. Debe haber una evidencia clara y convincente de que su detención es necesaria para proteger la seguridad pública.
En el Condado de Los Ángeles, que es muy pro-defensor, solo se le puede mantener bajo fianza si es arrestado por:
De lo contrario, debe ser liberado bajo su propio reconocimiento (O.R.), lo que significa que no tiene que pagar ninguna fianza.
Ya sea que esté bajo fianza o O.R., el juez puede enviarlo a la cárcel en cualquier momento por violar sus condiciones de fianza. En algunos casos, estas condiciones incluyen un requisito para entregar sus armas y/o mantenerse alejado de la presunta víctima.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal explican el proceso de pagar una fianza en el sistema de cortes penales de California abordando lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una fianza?
- 2. ¿Qué significa “fianza en efectivo”?
- 3. ¿Cómo funcionan las fianzas?
- 4. ¿Cuáles son mis responsabilidades como fiador?
- 5. ¿Qué sucede si no comparezco a la corte una vez que he pagado la fianza?
- 6. ¿Qué sucede con la fianza una vez que el caso ha terminado?
- 7. ¿Qué pasa si no puedo pagar la fianza?
- Recursos adicionales
Si, después de leer este artículo, desea obtener más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Qué es una fianza?
“Fianza” se refiere al dinero que debe presentar ante el tribunal para ser liberado de la cárcel. Es una forma de asegurarle al tribunal que asistirá a sus futuras audiencias de la corte.
En muchos casos, el juez lo liberará bajo su propio reconocimiento (comúnmente conocido como una liberación O.R.). Si el juez lo libera “O.R.”, no paga una fianza, simplemente promete que asistirá a sus audiencias de la corte.
Bajo ciertas circunstancias y en relación con ciertos delitos, el juez le negará el derecho a fijar fianza. Sin embargo, la mayoría de las veces, se requiere una fianza.
La fianza varía según el delito y el condado
La cantidad de la fianza varía dependiendo del delito involucrado. Todos los condados de California tienen sus propias tablas de fianzas que establecen la cantidad de fianza para cada tipo de delito.2
En el condado de Los Ángeles, casi todos los detenidos son liberados bajo su propia responsabilidad. Solo las personas arrestadas por delitos graves o felonies violentos pueden ser retenidas bajo fianza.
Las personas en el condado de Los Ángeles que son liberadas sin fianza aún pueden tener que cumplir con una o más de las siguientes requisitos como condición para permanecer fuera de la custodia mientras el caso está pendiente:
- Liberación a un miembro de la comunidad, amigo, miembro de la familia o pareja con la promesa de acompañar al acusado a la corte
- Verificaciones por teléfono/texto/en línea con una agencia designada
- Restricciones de viaje: orden de no salir del estado, entrega del pasaporte
- Prohibiciones o restricciones de conducir
- Orden de alejarse
- Asistencia a reuniones de AA/NA (o grupos de apoyo comunitario similares)
- Orden de entregar armas a la policía
- Dispositivo de bloqueo de encendido
- Verificaciones en persona con una agencia designada
- Tratamiento de salud mental
- Tratamiento para el abuso de alcohol
- Tratamiento para el abuso de sustancias
- Pruebas de drogas y alcohol
- Programa de tratamiento residencial
- Reubicación en el hogar durante la pendencia del caso
- Monitoreo remoto continuo de alcohol seguro
- Monitoreo electrónico/GPS
- Detención domiciliaria
Es el juez quien finalmente fija la fianza. La ley penal de California otorga al juez una gran discreción, permitiéndoles desviarse de la tabla de fianzas, dependiendo de
- su historial criminal,
- su riesgo de fuga, y
- los hechos de su caso específico.3
Como puede ver, poner una fianza puede poner una seria presión en sus finanzas. Por esta razón, es importante solicitar una audiencia de fianza de California o una liberación O.R. para aliviar parte de esta carga.
Poner fianza
Básicamente hay tres formas de poner fianza:
- a través de una fianza en efectivo,
- a través de una fianza de seguro, que es la forma más común de poner fianza, y
- a través de una fianza de propiedad, lo que significa que permite al tribunal colocar una hipoteca en su propiedad y si no comparece en la corte como se le indicó, el tribunal está autorizado a iniciar procedimientos de ejecución hipotecaria en su contra. Aunque este tipo de fianza está disponible, rara vez se utiliza.
2. ¿Qué significa “fianza en efectivo”?
Para ser liberado con fianza en efectivo, debe depositar el monto completo con el secretario del tribunal o con la agencia de arresto. Dependiendo de las políticas del tribunal particular, puede pagar con
- efectivo,
- un cheque de viajero,
- un giro postal,
- un cheque personal, o
- un cheque de cajero bancario.
Si asiste a todas sus comparecencias judiciales, recibirá un reembolso completo 60 a 90 días después de la resolución de su caso. Si no comparece (también conocido como “FTA”), renuncia a su dinero al tribunal.
Fianza sospechosa
Si la policía, el fiscal o el juez creen que obtuvo felonamente su fianza, el tribunal
- mantendrá su liberación y
- realizará una audiencia para resolver el asunto.
“Obtenido felonamente” significa que recibió su fianza “por medio de un acto ilegal
- acto,
- transacción o
- ocurrencia constituyendo un delito”.
Depende de usted demostrar que los fondos fueron obtenidos legalmente. Si lo hace, el tribunal aceptará su fianza. Si no lo hace, el tribunal no aceptará su fianza y, dependiendo de las circunstancias, incluso podría aumentarla como consecuencia.4
La razón por la que esto es un problema es que el propósito de la fianza es garantizar sus futuras comparecencias judiciales. Los tribunales de California creen que si obtuvo felonamente la fianza o la fianza es un “gasto comercial” para una empresa criminal más grande, puede haber poco incentivo para que comparezca.5
Y como el abogado de defensa penal de Riverside, Michael Scafiddi6 explica,
“Esto significa que incluso si tiene los fondos para garantizar una fianza en efectivo, todavía puede querer pasar por un agente de fianzas certificado para mantener un ‘perfil bajo’. Esto podría ser el caso, por ejemplo, si se le acusa de una venta de narcóticos de alto beneficio”.
3. ¿Cómo funcionan las fianzas?
Dado que la mayoría de las personas no tienen los medios para pagar la fianza en efectivo, las fianzas se usan con más frecuencia.
El proceso de obtención de la fianza solo toma alrededor de 20 minutos. Sin embargo, una vez que se asegura la fianza, generalmente toma entre 30 minutos y 4 horas para que el sospechoso sea liberado de la custodia.
Los agentes de fianzas (también llamados agentes de fianzas) publican su fianza a cambio de una prima no reembolsable (que la ley de California establece en un máximo del 10%). Si, por ejemplo, su fianza total es de $50,000, pagará al agente de fianzas $5,000.
Sin embargo, algunas compañías de fianzas ofrecen descuentos a ciertos clientes. Por ejemplo, Bad Boys Bail Bonds cobra menos del 10% para clientes que son
- representados por abogados,
- empleados del gobierno,
- miembros de un sindicato,
- miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, o
- cualquiera de los anteriores que sea un miembro de la familia que cosignará el bono.
Los contratos con los agentes de fianzas generalmente duran un año. Si su caso se extiende más allá de ese período, el agente probablemente le exigirá que pague un recargo de renovación de prima.
Garantía
Además, muchos agentes de fianzas también pueden exigir garantía. “Garantía” es algo de valor que ofrece al agente para asegurar que no se “escapará de la ciudad”. Si lo hace, el agente tiene el derecho de conservar o vender su garantía.
Esto también varía según el agente de fianzas. Las grandes compañías de fianzas como Bad Boys no requieren garantía en cantidades de fianza inferiores a $100,000.
4. ¿Cuáles son mis responsabilidades como fiador?
Si usted está asegurando el bono para otra persona a través de una compañía de fianzas, se convierte en el fiador. Como fiador, está prometiendo que asegurará que el acusado asista a todas sus audiencias judiciales. Esto es así, ya sea que usted
- pague personalmente la prima o
- reúna dinero de otros para publicar el bono.
Si el acusado no comparece a la corte, la compañía de fianzas intentará encontrar y cobrarles primero. Si el agente no puede hacerlo, usted es responsable de reembolsar al agente de fianzas.
5. ¿Qué sucede si no comparezco a la corte una vez que he publicado la fianza?
Si usted no comparece a la corte (comúnmente conocido como un “FTA”), el juez
- decreta su fianza y
- puede emitir un mandamiento judicial de California para su arresto.7
Si pagó la fianza en efectivo, ninguna de ella será devuelta. Si publicó un bono de fianza, la compañía de fianzas buscará reembolso
- primero de usted, y
- luego del fiador.
Sin embargo, si usted comparece dentro de los 180 días de la notificación de la caducidad de la fianza y proporciona una excusa satisfactoria de por qué no compareció inicialmente, la corte puede anular y exonerar el bono.8
Ejemplos de excusas satisfactorias o “buena causa” incluyen (pero no se limitan a):
- discapacidad,
- enfermedad grave,
- locura, y/o
- estar detenido por otra jurisdicción.
6. ¿Qué sucede con la fianza una vez que el caso haya terminado?
Una vez que su caso se resuelva, el tribunal exonera (o libera) su fianza. La exoneración tiene lugar cuando
- el caso se concluye,9
- el tribunal le ordena entrar en un programa de desviación de drogas del Código Penal 1000 PC,10
- el tribunal lo declara incompetente para ser juzgado,11 o
- se le comete a la custodia después de un veredicto adverso.12
Si pagó una fianza en efectivo y sufre una condena que incluye una multa y/o restitución, su fianza se aplicará a esas penas.13
7. ¿Qué pasa si no puedo pagar la fianza?
En California, no se puede mantener en custodia por el único motivo de que no pueda pagar el monto de la fianza. Si no puede pagar, el tribunal debería liberarlo siempre y cuando no amenace la seguridad pública.
Poco después de la detención, el tribunal celebrará una audiencia Humphrey. Aquí es donde el juez asegura que no estás encarcelado solo porque careces de los recursos financieros para pagar la fianza para la liberación.14
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- SB 10: Castigo antes de la condena: Aliviando la injusticia económica en California con la reforma de fianzas – Revista de Derecho de la Universidad del Pacífico.
- Evaluación del impacto de la fianza en la población carcelaria de California – Instituto de Política Pública de California.
- Más allá de la fianza – Revista de Derecho de Florida.
- Sesgo racial en las decisiones de fianza – The Quarterly Journal of Economics.
- Una breve historia de la fianza – Judges Journal.
Referencias legales:
- Nuestros abogados de defensa penal de California tienen oficinas legales locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas legales adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas. Tenga en cuenta que el Proyecto de ley del Senado de California 10 no entrará en vigor debido a un referendo de California de 2020. Esta ley habría reformado el sistema de fianza y creado “audiencias de detención preventiva” en las que los jueces tendrían amplia discreción para decidir quién debería permanecer en custodia antes del juicio. (También aprenda sobre Servicios de evaluación prejuicio, evaluaciones de riesgo prejuicio en California, liberación bajo propia responsabilidad supervisada y herramientas de evaluación de riesgo validadas.)
- Código Penal de California 1269b – Aceptación de fianza; aviso de aparición del prisionero; programa de fianza. (“(c) Es deber de los jueces de la corte superior en cada condado preparar, adoptar y revisar anualmente un programa uniforme de fianza para todos los delitos graves y para todos los delitos menores y las infracciones, excepto las infracciones del Código de Vehículos. El programa de sanciones para las infracciones de infracción del Código de Vehículos será establecido por el Consejo Judicial de acuerdo con la Sección 40310 del Código de Vehículos.”)
- Código Penal de California 1269c – Aumento o reducción de fianza en horario; declaración por parte de un agente de la paz; solicitud por parte del acusado; determinación por parte del magistrado. Véase también el Código Penal de California 1289 – Aumento o reducción de fianza; demostración de causa; aviso de solicitud de reducción. (“Después de que un acusado haya sido admitido a fianza en una acusación o información, el Tribunal en el que se presenta la acusación puede, por buena causa, aumentar o reducir la cantidad de fianza. Si el monto se incrementa, el Tribunal puede ordenar que el acusado sea puesto en custodia real, a menos que dé fianza en un monto aumentado. Si el acusado presenta una solicitud para reducir la cantidad, se debe notificar al Fiscal del Distrito sobre la solicitud.”) Directiva Especial LADA 20-06. En Re. Kenneth Humphrey en Habeas Corpus, (25 de marzo de 2021); Maura Dolan, La Corte Suprema de California termina con la fianza en efectivo para algunos acusados que no pueden pagarla, Los Angeles Times (25 de marzo de 2021). El tribunal de juicio más grande del país presenta protocolos de liberación pre-arraigo seguros y justos [PRAP] para delitos y faltas graves y menos graves no violentos, Tribunal Superior de Los Ángeles (18 de julio de 2023). LASD desarrolla un nuevo procedimiento de fianza de custodia tras la sentencia del Tribunal Superior de Los Ángeles sobre el horario de fianza, Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles (“El juez del Tribunal Superior de California Lawrence P. Riff declaró el 16 de mayo de 2023 que la aplicación o el cumplimiento del Horario de Fianza de 2022 del Tribunal Superior de Los Ángeles, incluida la fianza monetaria, viola la cláusula de Debido Proceso de las Constituciones de los Estados Unidos y de California. Como resultado, el juez ha emitido una orden de prohibición preliminar que prohíbe la aplicación o el cumplimiento del Horario de Fianza de 2022 del Tribunal Superior de Los Ángeles por parte del Departamento del Sheriff y del Departamento de Policía de Los Ángeles antes del arraigo”).
- Código Penal de California 1275.1.
- U.S. v. Ellis DeMarchena (1971) 330 F.Supp. 1223, 1226. (“El tribunal tiene el derecho y el deber de satisfacerse a sí mismo de que hay más que solo una garantía financiera de que un acusado liberado comparecerá ante el tribunal cuando sea necesario. Por lo tanto, cuando se presenta una fianza de seguro de una compañía, el tribunal tiene el derecho de preguntar al fiador a quién mirarán en caso de una confiscación. La fuente de la seguridad que proporciona el colateral para la fianza puede proporcionar información valiosa sobre la motivación para que un acusado comparezca. Si la fianza estuviera asegurada por la propiedad de los familiares del acusado o de amigos cercanos, el tribunal podría, lógicamente, concluir que la posibilidad de daños financieros a esas personas podría motivar a un acusado a comparecer. Por otro lado, si la seguridad proviene de una fuente ilegítima y es solo un “gasto” comercial para un tratante de contrabando, hay una escasez de fuerza moral que obligue a un acusado a reaparecer. De hecho, esa fuente sería más consistente con una posible cumplimiento de una promesa a un acusado de libertad comprada si es atrapado.”)
- El abogado de defensa penal de Riverside, Michael Scafiddi, utiliza su antigua experiencia como Oficial de Policía de Ontario para representar a clientes en San Bernardino, Riverside, Banning, Fontana, Joshua Tree, Barstow y Victorville.
- Código Penal de California 1305 PC — Ausencia del acusado. (“(a) Un tribunal declarará en audiencia pública la caducidad de la fianza o del dinero o bienes depositados como fianza si, sin excusa suficiente, un acusado no comparece por cualquiera de los siguientes: (1) Audiencia de lectura de cargos. (2) Juicio. (3) Sentencia. (4) Cualquier otra ocasión antes de la pronunciación de la sentencia si la presencia del acusado en el tribunal es legalmente requerida. (5) Para entregarse a sí mismo o a sí misma en cumplimiento de la sentencia después de un recurso…”)Vea también el Código Penal de California 978.5 — Orden de arresto. (“(a) Se puede emitir una orden de arresto [de California] cuando un acusado no comparece en el tribunal como lo exige la ley, incluyendo, pero no limitado a, las siguientes situaciones…(2) Si el acusado es liberado bajo fianza y es ordenado por un juez o magistrado, o por otra persona autorizada para aceptar fianza, que comparezca personalmente en el tribunal en un momento y lugar específicos. (3) Si el acusado es liberado bajo su propia responsabilidad y promete comparecer personalmente en el tribunal en un momento y lugar específicos.”)
- Código Penal de California 1305 PC — Ausencia del acusado; jurisdicción; vacancia de la caducidad y exoneración de la fianza.
- Vea los Códigos Penales de California 1538.5(k-l); 1385 (de conformidad con 1188 y/o 1384); 995 (por 997).
- Código Penal de California 1000.2 PC — Audiencia por el tribunal; determinación de la suspensión de la sentencia; exoneración de fianza; informes de progreso. (“…En el momento en que [un programa de desviación de drogas del Código Penal 1000 PC, o] se concede la suspensión de la sentencia, cualquier fianza o compromiso, o depósito en lugar de ello, presentado por o en nombre del acusado será exonerado, y el tribunal deberá emitir una orden así.”)
- Vea el Código Penal de California 1368; 1370; 1370.01; 1371.
- Código Penal de California 1166 PC — Verdicto general contra el acusado o veredicto especial; remisión o compromiso a la custodia pendiente de la sentencia; exoneración de fianza y reembolso del depósito. (“Si se emite un veredicto general en contra del acusado, o se da un veredicto especial, debe ser remitido, si está en custodia, o si está bajo fianza debe ser entregado al oficial adecuado del condado para esperar el juicio del tribunal sobre el veredicto, a menos que, al considerar la protección del público, la gravedad de la ofensa acusada y probada, el historial criminal previo del acusado, la probabilidad de que el acusado no comparezca para el juicio del tribunal sobre el veredicto y la seguridad pública, el tribunal concluya que la evidencia respalda su decisión de permitir que el acusado permanezca fuera de la fianza. Cuando se compromete, su fianza se exonerará, o si se deposita dinero en lugar de fianza, debe ser reembolsado al acusado o a la persona o personas que el tribunal determine que hayan depositado dicho dinero en nombre del acusado.”)
- Código Penal de California 1297 PC — Recibo por depósito; aplicación del depósito por el acusado a la multa y los costos; reembolso. (“Cuando se haya depositado dinero, se emitirá un recibo a nombre del depositante. Si el dinero permanece depositado en el momento de una sentencia por el pago de una multa, el secretario, bajo la dirección del tribunal, si el acusado es el depositante, aplicará el dinero en satisfacción de la misma, y después de satisfacer la restitución a la víctima o al Fondo de Restitución, multas y costos, reembolsará el excedente, si lo hay, al acusado…”)
- In re Kenneth Humphrey (2021) 11 Cal.5th 135.