No hay un delito específico de obstrucción de la justicia bajo la ley estatal de California. Sin embargo, hay una serie de delitos, en su mayoría relacionados con la interferencia con la policía o el proceso judicial, que caen bajo el rubro de delitos de obstrucción de la justicia.
Estos incluyen:
- Ofrecer pruebas falsas (Código Penal 132 PC),
- Preparar pruebas falsas (Código Penal 134 PC),
- Destruir pruebas (Código Penal 135 PC),
- Manipular o intimidar a testigos (Código Penal 136.1 PC), y
- Resistir o obstruir a un oficial de policía (Código Penal 148 PC).
1. ¿Qué es ofrecer pruebas falsas?
El Código Penal de California 132 PC hace ilegal ofrecer pruebas físicas que se conozca que están forjadas o fraudulentas.1 Se aplica a cualquier audiencia oficial o investigación, incluyendo:
- Juicios,
- Procedimientos oficiales,
- Inquisiciones, y
- Investigaciones.
La prueba puede estar completamente o parcialmente alterada o fabricada. Mientras sea falsa, pero presentada como verdadera, puede violar el Código Penal 132.
Ejemplo: Bob sabe que su contador alteró la fecha en un informe de gastos. Lo presenta en el juicio de todos modos.
El Código Penal 132 solo se aplica a las pruebas físicas. Presentar pruebas no físicas o testimonio oral conocido como falso puede llevar a cargos de perjurio, en su lugar.
Ofrecer evidencia física falsa es un delito de felonia. Conlleva penas de:
- 16 meses, 2 años o 3 años de prisión, y
- hasta $10,000 en multas.
2. ¿Qué significa preparar evidencia falsa?
El Código Penal 134 PC prohíbe preparar evidencia falsa.2 Para ser responsable, los acusados deben permitirlo o tener la intención de que se use en una audiencia o investigación oficial. La evidencia tiene que ser física, como un:
- libro,
- papel,
- registro, o
- instrumento por escrito.
Ejemplo: El contador de Bob borra la fecha del informe de gastos y escribe una nueva para que Bob la use en el juicio.
Las acusaciones por preparar evidencia falsa generalmente acompañan a las acusaciones por falsificación.
Las violaciones del Código Penal 134 son delitos. Las condenas conllevan penas de:
- 16 meses, 2 años o 3 años de prisión, y
- hasta $10,000 en multas.
3. ¿Qué significa destruir evidencia?
El Código Penal 135 PC prohíbe destruir intencionalmente evidencia física que está en posesión de otra persona.3 Protege la evidencia que está a punto de ser utilizada en un procedimiento oficial. La destrucción de la evidencia incluye:
- destruir,
- borrar, o
- ocultarlo.
Ejemplo: Bob sabe que su jefe guarda copias de los informes de gastos en su oficina. Mientras su jefe está almorzando, Bob entra, toma el informe relevante y lo esconde en su archivador.
Destruir evidencia es un delito menor en California. Las condenas conllevan penas de hasta:
- 6 meses de prisión, y
- multas de hasta $1,000.
4. ¿Qué es el acoso o intimidación de un testigo?
La obstrucción de la justicia también puede cometerse intimidando o manipulando a los testigos. El Código Penal 136.1 PC prohíbe intencionalmente y maliciosamente:
- impedir o disuadir a un testigo o víctima de asistir a un procedimiento o dar testimonio, o
- intentar impedir o disuadirles de hacerlo.4
Ejemplo: Bob se da cuenta de que Karen lo vio salir de la oficina de su jefe con el informe de gastos. Deja una nota en su escritorio que dice: “No le diría a nadie, si fuera usted”.
Por lo general, manipular a un testigo o intimidarlo es un delito menor que conlleva penas de hasta:
- 1 año de prisión, y
- $1,000 en multas.
Sin embargo, puede convertirse en un delito grave si:
- se acompaña de fuerza o amenaza de fuerza contra un testigo, víctima, tercero o la propiedad de alguien,
- contribuye a una conspiración,
- la persona que lo hace está siendo pagada, o
- la persona que lo hace tiene una condena anterior por intimidar o manipular a un testigo.5
La manipulación de testigos de nivel de delito grave bajo PC 136.1 conlleva:
- 2, 3 o 4 años de prisión, y
- una multa de hasta $10,000.
5. ¿Qué es la obstrucción de un oficial de policía?
La obstrucción de la justicia también se puede hacer en el campo. El Código Penal 148 PC hace ilegal resistir, retrasar o obstruir intencionalmente a un oficial de policía o técnico de emergencias médicas (EMT) en sus deberes oficiales.6
Ejemplo: Los manifestantes bloquean la calle para evitar que un coche de policía, con sirenas y luces intermitentes, responda a una llamada.
El Código Penal 148(a) también incluye resistencia a la detención.
Los oficiales de policía hacen uso frecuente del PC 148(a) para controlar multitudes y transeúntes. A menudo afirman que grabarles en público es obstrucción de la justicia.
Obstruir a un oficial de policía es un delito menor. Las penas de una condena incluyen:
- hasta $1,000 en multas, y
- hasta un año en prisión.
6. ¿Qué defensas están disponibles para los cargos de obstrucción de la justicia en California?
Las personas acusadas de obstruir la justicia tienen defensas legales a su disposición. Algunas de las más importantes incluyen:
- Falta de intención,
- Derechos de la Primera Enmienda, y
- Identidad equivocada.
Todas las formas de obstrucción de la justicia requieren que el acusado actúe con conocimiento. No es un delito decirle a alguien que se quede en casa sin saber que estaban siendo llamados a declarar en una audiencia. Del mismo modo, destruir algo sin saber que era evidencia no es un delito.
La Primera Enmienda otorga a las personas el derecho a hablar libremente y asociarse con quienes deseen. También permite a las personas grabar a la policía cuando realizan actos oficiales en público. Estas pueden ser fuertes defensas cuando un oficial de policía acusa a alguien de obstruirlo.
Los fiscales también tienen que demostrar que fue el acusado quien intimidó a un testigo o destruyó evidencia. La identidad equivocada puede ser una fuerte defensa. Esto es especialmente cierto si el acusado tiene una coartada.
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Referencias legales:
- Código Penal de California 132
- Código Penal de California 134
- Código Penal de California 135
- Código Penal de California 136.1(a)
- Código Penal de California 136.1
- Código Penal de California 148