En California, solo los abogados con licencia de la Asociación de Abogados del Estado están permitidos para practicar la ley. La práctica no autorizada de la ley es un delito bajo el Código de Negocios y Profesiones 6125. Una condena es castigable con
- hasta un año en la cárcel del condado y
- una multa de hasta $1000.00.
El delito de California de práctica no autorizada de la ley no siempre es bien conocido. Muchas personas no son conscientes de que practicar la ley o simplemente representarse a sí mismo como abogado sin una membresía activa en la barra o cualquier otra autorización puede conducir a serias penas criminales en California. 1 2
Ejemplos
Las penas criminales por la práctica no autorizada de la ley podrían ser evaluadas, por ejemplo, en las siguientes situaciones:
- Un reciente graduado de la escuela de leyes que está estudiando para el examen de la barra de California entra en un acuerdo con un amigo que está comenzando una empresa: ella le ayudará a redactar documentos legales para su empresa a cambio de una habitación gratis en su apartamento.
- Un paralegal que trabaja para un abogado de litigios ocupado redacta y presenta una demanda de litigio para él, sin que él la revise primero, en un día en que está viajando y no disponible; y
- Un abogado de fideicomisos y patrimonios que ha sido suspendido de la membresía de la Barra del Estado de California continúa haciendo algo de trabajo de práctica legal para sus clientes para terminar los testamentos y planes patrimoniales que comenzó para ellos anteriormente.
Penas
Las penas por la práctica no autorizada de la ley en California – establecidas en el Código de Negocios y Profesiones 6126 – son sorprendentemente duras.
Un no abogado que se presenta a sí mismo como abogado o practica la ley enfrenta penas por delitos menores de California. Estas pueden incluir una multa de hasta mil dólares ($1,000), hasta un (1) año en la cárcel del condado, o ambas cosas. 3
Y las penas son aún más severas para los ex abogados que han
- sido trasladados involuntariamente a la membresía “inactiva” en la Barra Estatal,
- han sido suspendidos de la membresía en la Barra Estatal,
- han sido desbaratados, o
- han renunciado a la Barra del Estado de California con cargos criminales pendientes. 4
En estos casos, la práctica no autorizada de la ley es un delito menor/felony en la ley de California – lo que significa que se puede acusar como un delito menor O un delito grave. La sentencia de cárcel potencial por delito grave puede llegar hasta tres (3) años. 5
Defensas legales
Las acusaciones de práctica no autorizada de la ley a menudo toman a la gente por sorpresa. Si bien los acusados a menudo tienen una educación legal o alguna experiencia con el sistema legal, a menudo son desconocidos con el sistema de justicia penal de California.
Ahí es donde un abogado de defensa penal experimentado en California puede ser útil. Él/ella puede ayudar a navegar tanto el proceso pre-judicial penal como el proceso de jurado penal.
Y un buen abogado defensor penal entiende las defensas legales comunes a los cargos de ejercer la abogacía sin autorización que pueden ayudar a desestimar los cargos o a absolverlo. Estas incluyen:
- Sus acciones no cumplían con la definición legal de ejercer la abogacía; y
- No sabía que había sido colocado involuntariamente en un estado de membresía inactiva en la barra.
Para ayudarlo a entender mejor la ley, nuestros abogados defensores penales de California abordarán lo siguiente:
- 1. ¿Cómo define la ley de California la práctica de abogacía sin autorización?
- 2. ¿Cuáles son las penas bajo el Código de Negocios y Profesiones 6126?
- 3. ¿Cuáles son las defensas más comunes?
- 4. Temas relacionados
Si, después de leer este artículo, desea obtener más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Cómo define la ley de California la práctica de abogacía sin autorización?
El delito de práctica de abogacía sin autorización en California consiste simplemente en:
- Anunciar o presentarse como alguien que practica o tiene derecho a practicar la abogacía, O realmente ejercer la abogacía,
- Mientras uno no es miembro activo de la Barra de Abogados de California o de otra manera autorizado a ejercer la abogacía por una ley o regla judicial. 6
Esto suena lo suficientemente simple, pero, de hecho, algunos de los términos en la definición legal de práctica de abogacía sin autorización requieren una explicación más detallada.
Ejercer la abogacía
El Código de Negocios y Profesiones de California no proporciona una definición de “practicar la ley”. Pero los tribunales de California han determinado que incluye:
- Realizar servicios legales en casos judiciales / litigios,
- Brindar asesoramiento y consejo legal, y
- Preparar instrumentos legales y contratos que aseguren derechos legales, incluso si los asuntos involucrados no tienen nada que ver con demandas o tribunales. 7
Ejemplo: Eleanor no aprobó el examen de abogacía de California en su primera prueba y está estudiando para tomarlo por segunda vez. Planea abrir una práctica individual después de aprobar el examen.
Para comenzar a generar negocios, contacta a personas en Internet que tienen preguntas legales y les ofrece su consejo sobre esas preguntas.
Aunque Eleanor no está representando a nadie en el tribunal, es una persona que no es abogado que ofrece consejo legal, y por lo tanto puede estar cometiendo el delito de ejercer la abogacía sin autorización.
Aquí hay algunos ejemplos concretos de actividades que los tribunales de California han determinado que constituyen el ejercicio de la abogacía sin autorización, sancionable según el Código de Negocios y Profesiones 6126, cuando son realizadas por personas que no son abogados:
- Crear y vender suscripciones a un programa de software que preparará presentaciones de bancarrota para los clientes; 8
- Representar a personas en audiencias administrativas estatales (como procedimientos de suspensión de licencia profesional); 9
- Dar consejos sobre la ley de otros estados o un país extranjero; 10 y
- Preparar estipulaciones y liberaciones. 11
Publicidad o presentarse como autorizado para ejercer la abogacía
Es importante tener en cuenta que las penas criminales por el ejercicio de la abogacía sin autorización en California no solo se aplican a la práctica real de la ley, sino también al acto de presentarse como autorizado para ejercer la abogacía. 12
En otras palabras, puede ser culpable de ejercer la abogacía sin autorización incluso si no ha realizado ningún trabajo legal.
Ejemplo: Scott fue un abogado en ejercicio durante varios años antes de comenzar una exitosa empresa de transporte. Ha dejado su membresía en la barra estatal en estado “inactivo”.
Scott está tratando de conseguir que su hijo sea admitido en una prestigiosa escuela privada. Como parte de la solicitud, le dice a la escuela que estaría feliz de proporcionarle consejo legal “pro bono” (gratuito) si su hijo es admitido.
Técnicamente, Scott puede haber cometido el delito de ejercer la abogacía sin autorización, ya que representó incorrectamente que estaba autorizado para ejercer la abogacía en California.
Mientras uno no es miembro activo de la Barra de Abogados de California
También es importante recordar que, para ejercer la abogacía en California, debe ser:
- miembro activo de la Barra de Abogados de California, un brazo administrativo de la Corte Suprema de California, o
- autorizado para ejercer la abogacía por otra ley o regla judicial (como la regla que permite a las empresas de California contratar abogados internos que sean miembros de las barras de otros estados13).
De lo contrario, estará cometiendo el delito de ejercer la abogacía sin licencia.14
Si no es un miembro de la Barra de Abogados de California o de otra manera autorizado para ejercer la abogacía, no importa si
- tiene un título de abogado,
- solía ser miembro de la Barra de Abogados de California, o
- es miembro de la barra de otro estado o de un país extranjero.
Conocimiento de que se ha colocado involuntariamente en estado inactivo
Para algunos abogados de California acusados de ejercer la abogacía sin autorización, hay un requisito de que supiera que estaba en estado inactivo e, por lo tanto, no estaba habilitado para ejercer la abogacía. Si el fiscal no puede demostrar que actuó con conocimiento, no será culpable de este delito.15
Este requisito de conocimiento se aplica solo a los abogados que:
- Han sido colocados involuntariamente en estado inactivo; y
- Fueron colocados en estado inactivo después de un “default” en sus procedimientos disciplinarios, es decir, no presentaron una respuesta a la notificación de cargos disciplinarios o no se presentaron en su procedimiento disciplinario ante la Corte de Abogados del Estado de California.16
2. ¿Cuáles son las penas bajo el Código de Negocios y Profesiones 6126?
Las penas por ejercer la abogacía sin licencia en California varían según sea que seas
- alguien que nunca ha sido admitido en la Barra de California, o
- alguien que fue miembro de la Barra de Abogados del Estado de California pero ha perdido su estado de miembro activo de forma involuntaria.17
2.1. Ejercicio no autorizado de la abogacía por no abogados
Para las personas que nunca han sido admitidas en la Barra de Abogados del Estado de California (o han dejado caducar su membresía de forma voluntaria), el ejercicio no autorizado de la abogacía es un delito menor. Las posibles penas incluyen:
- Probación (resumen) por delito menor ;
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).18
Además, si se te condena por ejercer la abogacía sin autorización en California por segunda vez y en adelante, se te exige cumplir al menos noventa (90) días en la cárcel del condado, a menos que el juez determine que este es un “caso inusual” en el que los intereses de la justicia no se verían servidos por tal sentencia.19
2.2. Ejercicio no autorizado de la abogacía por abogados suspendidos o deshabilitados
La ley de California impone una sentencia más severa para el ejercicio no autorizado de la abogacía por personas que anteriormente eran abogados con licencia y miembros de la Barra de Abogados del Estado de California pero han
- sido suspendidos de la membresía,
- deshabilitados,
- renunciado con cargos penales pendientes, o
- fueron inscritos de forma involuntaria como miembros inactivos (por ejemplo, debido a una enfermedad mental, un problema con drogas o alcohol, o una conclusión de que la conducta del abogado representa una amenaza para los intereses de sus clientes).20
Para las personas de estas categorías, el ejercicio no autorizado de la abogacía es un wobbler. Esto significa que un fiscal puede elegir acusarlo como ya sea un delito menor o un delito grave de California, dependiendo del historial criminal del acusado y las circunstancias del caso.21
Si se acusa como un delito menor, este tipo de ejercicio no autorizado de la abogacía es castigable con hasta seis (6) meses en la cárcel del condado.22
Pero si se carga como un delito grave, las penas potenciales incluirán:
- Probación de delito grave (formal) ;
- Dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).23
Ejemplo: Ramona, una abogada de bienes raíces y ejecución hipotecaria, se enfrenta a cargos de fraude hipotecario por actividades relacionadas con su trabajo con propietarios que enfrentan la ejecución hipotecaria. Mientras lucha contra los cargos, la Barra Estatal la coloca en un estado de inactividad involuntaria.
Debido a que cree que se le acusa injustamente de un delito, Ramona continúa representando a clientes y ayudándolos a luchar por sus derechos.
Pero esto solo la lleva a ser acusada de la práctica no autorizada de la ley. Finalmente es absuelta de fraude hipotecario, pero es condenada por la práctica no autorizada de la ley y termina con una pena de delito grave de 2 años en la cárcel!
3. ¿Cuáles son las defensas más comunes?
La mayoría de las personas acusadas de práctica no autorizada de la ley en California saben algo sobre alguna área de la ley, pero muchos de ellos son desconocidos con el derecho penal y el sistema de cortes criminales. Un abogado de defensa penal experimentado es un activo invaluable cuando se enfrentan cargos tan graves como estos.
Algunas de las defensas legales que un abogado puede ayudarle a usar para luchar contra los cargos de práctica no autorizada de la ley incluyen:
Sus acciones no cumplieron con la definición legal de ejercer la ley
De acuerdo con el abogado de defensa penal de Pasadena Neil Shouse24:
“Determinar si ciertas actividades constituyen “ejercer la ley” puede ser complicado, especialmente en la actualidad. Compañías como Nolo y LegalZoom están usando internet para ayudar a las personas a evitar la necesidad de contratar a un abogado tradicional. Mientras tanto, los abogados están bajo una creciente presión para reducir los costos para sus clientes, lo que puede llevar a soluciones de personal creativas en las que los no abogados juegan un papel importante.”
La ley de California proporciona una definición bastante ambigua y no específica de “ejercer la ley”.25 Si la conducta de la que se le acusa no es la tradicional “abogacía” que consiste en representar a los clientes ante un juez o jurado, entonces es posible que tenga espacio para argumentar que no debería ser condenado por práctica no autorizada de la ley.
No sabías que habías sido colocado en un estado de membresía de barra inactiva de forma involuntaria
Como discutimos anteriormente, algunos abogados de California se enfrentan a cargos de práctica no autorizada de la ley después de que han sido colocados en estado de inactividad debido a “incumplimiento” en el proceso de disciplina del abogado, es decir, no responder a un aviso o no presentarse a su procedimiento.26
En estos casos en particular, el fiscal está obligado a demostrar que sabías que estabas practicando la ley, o te estabas presentando como capaz de practicar la ley, sin autorización.
Demostrar conocimiento puede ser bastante difícil, y los fiscales lo saben. En estos casos, es posible que se desestimen los cargos.
Tenga en cuenta que los abogados inhabilitados en un estado pueden ejercer la abogacía en otro estado de manera limitada a través del proceso pro hac vice.
4. Temas relacionados
Otros temas de derecho penal de California que pueden ser de interés para alguien que enfrenta cargos por ejercer abogacía sin autorización (BPC 6125) incluyen:
4.1. Ejercicio de medicina sin autorización
Al igual que con el ejercicio de abogacía sin autorización, la ley de California también hace del ejercicio de medicina sin autorización un delito.27 En este estado, no puede practicar o anunciarse como practicante de ningún tipo de curación o tratamiento sin una licencia apropiada.28
El ejercicio de medicina sin autorización es en todos los casos un delito en California. Si se acusa como delito menor, se puede castigar con un (1) año de prisión en el condado. Si se acusa como delito grave, puede ganar un acusado
- dieciséis (16) meses,
- dos (2) años o
- tres (3) años de prisión.29
4.2. Condenas criminales y disciplina de abogados en California
Muchos casos de ejercicio de abogacía sin autorización ocurren después de que un abogado de California haya enfrentado disciplina de abogado debido a una condena criminal.
Los abogados de California generalmente enfrentan la inhabilitación cuando son condenados por delitos que implican turpitud moral.30 Esto incluye la mayoría de los delitos de fraude de California y una larga lista de otros delitos también.
Pero también pueden enfrentar la inhabilitación o la suspensión de su licencia por “otra conducta que merece disciplina”, a discreción de la Corte Suprema.31
También vea las Reglas de Conducta Profesional y Responsabilidad Profesional de California y la Asociación de Abogados de América (ABA).
Referencias legales:
- Código de Negocios y Profesiones de California 6125 – Necesidad de una membresía activa en la ley estatal [para evitar cargos de ejercicio no autorizado de la ley]. (“Nadie podrá ejercer la ley en California a menos que sea un miembro activo de la Barra Estatal.”)
- Código de Negocios y Profesiones 6126 – Ejercicio no autorizado [de la ley] o intento de ejercicio; publicidad o presentación; penas. (“(a) Cualquier persona que anuncie o se presente como ejerciendo o con derecho a ejercer la ley o de otra manera ejerciendo la ley que no sea un miembro activo de la Barra Estatal, o de otra manera autorizado de acuerdo con la estatuta o la regla del tribunal para ejercer la ley en este estado en el momento de hacerlo, es culpable de un delito menor castigado con hasta un año en la cárcel del condado o con una multa de hasta mil dólares ($1,000), o con ambas multas e internamiento. En una segunda o posterior condena, la persona deberá ser confinada en la cárcel del condado por no menos de 90 días, excepto en un caso inusual donde los intereses de la justicia se verían servidos por la imposición de una sentencia menor o una multa. Si el tribunal impone solo una multa o una sentencia de menos de 90 días por una segunda o posterior condena bajo esta subdivisión, el tribunal deberá exponer las razones de su elección de sentencia en el registro. (b) Cualquier persona que haya sido inscrita involuntariamente como miembro inactivo de la Barra Estatal, o haya sido suspendida de la membresía de la Barra Estatal, o haya sido desbaratada, o haya renunciado a la Barra Estatal con cargos pendientes, y luego ejerza o intente ejercer la ley, anuncie o se presente como ejerciendo o con derecho a ejercer la ley, es culpable de un delito castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) del Código Penal o en la cárcel del condado por un período que no exceda de seis meses. Sin embargo, cualquier persona que haya sido inscrita involuntariamente como miembro inactivo de la Barra Estatal de acuerdo con el párrafo (1) de la subdivisión (e) del Artículo 6007 y que luego ejerza o intente ejercer la ley de manera consciente, o anuncie o se presente como ejerciendo o con derecho a ejercer la ley, es culpable de un delito castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) del Código Penal o en la cárcel del condado por un período que no exceda de seis meses. (c) La falta intencional de un miembro de la Barra Estatal, o de uno que haya renunciado o sido desbaratado, de cumplir con una orden de la Corte Suprema de cumplir con la Regla 9.20 de las Reglas de Corte de California, constituye un delito castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) del Código Penal o en la cárcel del condado por un período que no exceda de seis meses. (d) Las penas previstas en esta sección son acumulativas entre sí y con cualquier otro remedio o pena prevista por la ley.”)
- Ver mismo.
- Ver mismo.
- Ver mismo. Ver también Código Penal 1170(h) PC. (“(h)(1) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave castigado de acuerdo con esta subdivisión donde el término no esté especificado en el delito subyacente [incluyendo el ejercicio no autorizado de la ley] será castigado con un término de prisión en la cárcel del condado de 16 meses, o dos o tres años.”)
- Código de Negocios y Profesiones 6126 – Ejercicio no autorizado [de la ley] o intento de ejercicio; publicidad o presentación; penas, nota al pie 2, arriba.