“Fraude de Medi-Cal” es un fraude cometido en relación con el programa Medi-Cal de California.
Medi-Cal es un programa estatal que ofrece cobertura de salud gratuita o a bajo costo a niños y adultos con ingresos y activos limitados.1 El fraude de Medi-Cal tiene elementos tanto de fraude de salud como de fraude de bienestar.
Los actos de los individuos que pueden dar lugar a cargos de fraude de Medi-Cal de California incluyen:
Recibir beneficios de Medi-Cal para los cuales no es elegible basado en declaraciones falsas, o hacer declaraciones falsas sobre la elegibilidad de otra persona para Medi-Cal;2
Presentar cualquier reclamo falso o fraudulento al programa Medi-Cal para proporcionar servicios o mercancías, con intención de defraudar;
Presentar intencionalmente información falsa con el fin de obtener una compensación mayor a la que le corresponde del programa Medi-Cal;
Presentar intencionalmente información falsa con el fin de obtener autorización para proporcionar servicios de atención médica a pacientes de Medi-Cal;
Intentar ejecutar un esquema para defraudar el programa Medi-Cal, o usar fraude o representaciones falsas para obtener dinero o propiedad del programa Medi-Cal;4 o
Solicitar, recibir, ofrecer o dar cualquier soborno comercial o mordida en retorno por referencias para servicios o compra de bienes cubiertos por Medi-Cal.5
Ejemplos
Aquí hay algunos ejemplos de situaciones que podrían dar lugar a cargos de fraude de Medi-Cal:
Un hombre solicita beneficios de Medi-Cal. En la solicitud, no menciona decenas de miles de dólares que gana cada año haciendo trabajos de bricolaje bajo la mesa.
Un dentista realiza extracciones de dientes innecesarias en pacientes de Medi-Cal y factura a Medi-Cal el costo.
Un receptor de Medi-Cal presenta recibos falsos para reembolso, por medicamentos que en realidad no compró ni usó.
Penalidades
La mayoría de las formas de fraude de Medi-Cal son wobblers. Esto significa que se pueden acusar como delitos menores o delitos mayores en la ley de California.6
La sentencia de prisión felony potencial para la mayoría de las formas de fraude de Medi-Cal es de entre dieciséis (16) meses y cinco (5) años. Las multas por delito grave pueden ser
- Hasta cincuenta mil dólares ($50,000), o
- El doble o el triple de la cantidad del fraude.7
En la mayoría de los casos, el fraude de Medi-Cal como delito menor conlleva una posible sentencia de prisión en el condado de hasta un (1) año.8
Defensas legales
Si se le acusa de fraude de Medi-Cal en California, es posible que pueda reducir o desestimar los cargos argumentando una de las siguientes defensas legales comunes: defensas legales:
- No actuó con conocimiento o con intención fraudulenta; y/o
- No hay pruebas suficientes para respaldar los cargos.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de California9 explicarán lo siguiente:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de fraude de Medi-Cal en California?
- 2. ¿Cuáles son las penas por fraude de Medi-Cal en California?
- 3. ¿Cuáles son las defensas contra los cargos de fraude de Medi-Cal?
- 4. Delitos relacionados con el fraude de Medi-Cal
Si, después de leer este artículo, desea obtener más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Cuál es la definición legal de fraude de Medi-Cal en California?
En pocas palabras, el fraude de Medi-Cal es cualquier caso de fraude de seguros de California en el que el programa Medi-Cal de California es una “víctima”.
Medi-Cal es un programa de cobertura de salud gratuita o de bajo costo para los californianos. Los grupos que pueden recibir beneficios de Medi-Cal incluyen:
- Adultos de bajos ingresos;
- Familias con niños;
- Personas mayores;
- Personas con discapacidades;
- Niños en custodia de acogimiento; y
- Mujeres embarazadas.10
La fraude de Medi-Cal puede ser procesada bajo varias leyes diferentes de California. Estos incluyen:
1.1. Código de Bienestar e Instituciones 14014
El Código de Bienestar e Instituciones 14014 prohíbe las siguientes formas de fraude de Medi-Cal:
- Recibir beneficios de Medi-Cal para los cuales no era elegible basado en declaraciones falsas sobre su elegibilidad; y
- Hacer declaraciones falsas sobre la elegibilidad de cualquier otra persona que recibe beneficios de Medi-Cal para los cuales no era elegible.11
Ejemplo: Carla solicita Medi-Cal para su hijo Jacob y reporta solo su propio bajo ingreso, no el gran fondo de confianza de Jacob. Carla es culpable de fraude de Medi-Cal por hacer declaraciones falsas, como resultado de las cuales Jacob recibió beneficios durante años que no debería haber recibido.
Es importante tener en cuenta que no se puede procesar bajo el Código de Bienestar e Instituciones 14014 simplemente por hacer declaraciones falsas en una solicitud de Medi-Cal. Esta ley de fraude de Medi-Cal solo se aplica si:
- Usted (o alguien más) recibe beneficios como resultado de las declaraciones falsas; y
- Usted (o la otra persona) realmente no era elegible para esos beneficios.12
Ejemplo: Rose, que está desempleada, solicita beneficios de Medi-Cal, alegando que no tiene ingresos ni activos. No menciona los ingresos de su novio/co-padre que vive con ella (él trabaja a tiempo parcial en una fábrica).
Aunque Rose hizo declaraciones falsas en una solicitud de Medi-Cal, no es culpable bajo el WIC 14014 porque los ingresos de su novio son lo suficientemente bajos como para que ella calificara para Medi-Cal de todos modos. Aunque ella puede ser culpable de perjurio (Código Penal 118 PC) por mentir en la solicitud.13
1.2. Código de Bienestar e Instituciones 14107
El Código de Bienestar e Instituciones 14107 se enfoca en el fraude de Medi-Cal cometido por profesionales médicos (como médicos, psicoterapeutas, terapeutas físicos, farmacéuticos, etc.).
Esta estatuta de fraude de Medi-Cal hace que sea un delito hacer cualquiera de las siguientes cosas:
- Presentar para el pago cualquier reclamo falso o fraudulento por el suministro de servicios o mercancías cubiertas por Medi-Cal, con la intención de defraudar;
- Presentar intencionalmente información falsa con el fin de obtener una mayor compensación de la que el proveedor tenga derecho legalmente bajo Medi-Cal;
- Presentar intencionalmente información falsa con el fin de obtener autorización para proporcionar servicios o mercancías de salud a los pacientes de Medi-Cal; o
- Ejecutar intencionalmente un esquema o artificio para: 1) defraudar al programa Medi-Cal, o 2) usar falsas o fraudulentas pretensiones para obtener dinero o bienes propiedad o controlados por el programa Medi-Cal, en relación con la entrega o el pago por servicios o bienes de salud. 14
Ejemplo: Samantha, una doctora, permite que su asistente médico sin licencia diagnostique y trate a los pacientes cuando ella no está en la oficina. Luego, Samantha factura a Medi-Cal el costo de una visita con ella (una médico) en lugar del costo de una visita con un asistente.
Samantha es culpable de fraude de Medi-Cal, por presentar información falsa con el fin de obtener un pago a una tarifa más alta por parte de Medi-Cal de la que debería. 15
1.3. Código de Bienestar e Instituciones 14107.2
El fraude de Medi-Cal también se acusa generalmente contra proveedores de servicios o suministros médicos.
Esta ley hace que sea un delito ofrecer, pagar, solicitar o recibir cualquier tipo de compensación (como sobornos, sobornos o reembolsos) ya sea:
- Para referir a un paciente a un proveedor de servicios para servicios médicos cubiertos por Medi-Cal; o
- Para comprar, alquilar o pedir cualquier bien, servicio o mercancía cubierta por Medi-Cal. 16
Ejemplo: Martin, un distribuidor de pasta de dientes, le paga a Isabel, un dentista, el 30% del precio de cada tubo de una pasta de dientes fluorada especial que ella receta a todos sus pacientes, ya sea que la necesiten o no. Medicare paga por la pasta de dientes, y Martin e Isabel comparten las ganancias.
Martin e Isabel son culpables de fraude de Medi-Cal bajo el WIC 14107.2.
1.4. Código Penal 550 PC
El fraude de Medi-Cal también podría ser procesado bajo el Código Penal 550 PC, una ley de fraude de seguros más general. Esta estatuta hace que sea un delito hacer cualquiera de las siguientes cosas:
- Hacer intencionalmente o causar que se haga cualquier reclamo falso o fraudulento para el pago de un beneficio de Medi-Cal; o
- Presentar una solicitud de un beneficio de Medi-Cal que no fue utilizado por el solicitante. 17
Este tipo de fraude de Medi-Cal puede ser cometido por recipientes de Medi-Cal o proveedores de Medi-Cal (médicos, etc.).
Ejemplo: Un terapeuta físico y un paciente afirman a Medi-Cal que el paciente ve al terapeuta semanalmente cuando en realidad es solo mensualmente. Luego, dividen el dinero de Medi-Cal.
Rachel y Eli podrían ser procesados bajo el Código Penal de California 550, por presentar conscientemente reclamaciones de beneficios de Medi-Cal que no fueron utilizadas por el paciente.
2. ¿Cuáles son las penas por fraude de Medi-Cal en California?
Las penas por fraude de Medi-Cal dependen de:
- El estatuto específico que se le acusa al acusado de haber violado; y
- En muchos casos, la cantidad de dinero supuestamente involucrada en el fraude.
2.1. Penas del Código de Bienestar e Instituciones 14014
El fraude de Medi-Cal bajo el Código de Bienestar e Instituciones 14014 se castiga de la misma manera que el hurto menor o el hurto mayor en la ley de California. 18
Fraude por valor de $950 o menos
Esto significa que, si el monto de los beneficios pagados por Medi-Cal debido al fraude del acusado fue novecientos cincuenta dólares ($950) o menos, al acusado se le acusará de fraude de Medi-Cal WIC 14014 como un delito menor. 19
Las penas potenciales en este caso serán:
- Probación de delito menor (resumen);
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado;
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000); y/o
- Reembolso de cualquier beneficio recibido fraudulentamente al Departamento de Servicios de Salud de California, que administra Medi-Cal. 20
Fraude por valor de más de $950
Pero si la cantidad de beneficios obtenidos fraudulentamente se alega ser más de novecientos cincuenta dólares ($950), entonces esta forma de fraude de Medi-Cal se convierte en un oscilador. Esto significa que es un delito que puede ser acusado como una falta o un delito, dependiendo de:
- Las circunstancias de los cargos; y
- El historial criminal del acusado.21
Acusado como una falta, el fraude de Medi-Cal oscilante bajo WIC 14014 conlleva las mismas penas acabamos de describir, excepto que la sentencia de prisión máxima aumenta a un (1) año.22
Cuando se acusa como un delito, las penas potenciales son:
- Probación de delito (formal);
- Dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años cumplidos en la cárcel del condado bajo el programa de reubicación de California;
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,00); y/o
- Reembolso de cualquier beneficio recibido fraudulentamente al Departamento de Servicios de Salud de California.23
2.2. Código de Bienestar e Instituciones 14107 penas
El fraude de Medi-Cal por parte de los proveedores de atención médica bajo el Código de Bienestar e Instituciones 14107 también es un oscilador de California.24
Cuando se acusa como una falta, las penas potenciales son:
- Probación de falta;
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta tres (3) veces la cantidad del fraude o reembolso indebido.25
Cuando el fraude de Medi-Cal WIC 14107 se acusa como un delito, las penas son:
- Probación de delito;
- Dos (2), tres (3) o cinco (5) años en la prisión estatal de California; y/o
- Una multa de hasta tres (3) veces la cantidad del fraude o reembolso indebido.26
Aumentos de la sentencia
La sentencia por fraude de Medi-Cal WIC 14107 aumenta en ciertas circunstancias.
Si se le acusa de este delito por participar en un esquema para defraudar a Medi-Cal, y ese esquema se comete bajo circunstancias que probablemente causen o que causen lesiones corporales graves o lesiones corporales graves a dos (2) o más personas, entonces enfrentará una sentencia adicional de cuatro (4) años de prisión por cada persona que sufra lesiones corporales graves o lesiones corporales graves como resultado. 27
Ejemplo: Un médico, Samantha, deja que su asistente médico sin licencia trate una fractura de tobillo de un paciente de Medi-Cal. El asistente hace un diagnóstico erróneo del paciente y causa lesiones permanentes.
Samantha es acusada de fraude de Medi-Cal bajo WIC 14107 como delito grave y recibe una sentencia base de 5 años de prisión. Aunque, dado que el paciente quedó con lesiones corporales graves y Samantha probablemente causaría lesiones corporales graves a al menos 2 personas dada la peligrosidad de permitir que un asistente sin licencia trate a los pacientes, recibe una sentencia adicional de 4 años.
Fraude de Medi-Cal y la regla del homicidio por delito grave
En algunos casos, los acusados de fraude de Medi-Cal que son proveedores médicos incluso pueden ser acusados de homicidio en California.28
Específicamente, si accidentalmente mata a alguien mientras comete fraude de Medi-Cal WIC 14107 de una manera inherentemente peligrosa, podría ser culpable de homicidio en segundo grado bajo la regla del homicidio por delito grave de California“.29
El homicidio en segundo grado es castigable con quince (15) años a cadena perpetua en prisión estatal.30
2.3. Penas de WIC 14107.2
WIC 14017.2 (sobornos o comisiones por referencias de negocios de Medi-Cal) es un delito grave para un primer delito. Aunque si tiene una condena anterior por este tipo de fraude de Medi-Cal, siempre será un delito grave.31
Lleva una potencial sentencia de cárcel del condado de un (1) año si se carga como un delito menor, y una potencial sentencia de cárcel del condado de:
- Dieciséis (16) meses,
- Dos (2) años o
- Tres (3) años
si se carga como un delito grave.32
2.4. Penas del Código Penal 550
El fraude de Medi-Cal bajo el Código Penal 550 también es una wobbler. Las penas potenciales por delito menor bajo esta ley son:
- Libertad condicional por delito menor;
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).33
Y las penas felonías por este tipo de fraude de Medi-Cal incluyen:
- Libertad condicional por delito grave;
- Dos (2), tres (3) o cinco (5) años en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta cincuenta mil dólares ($50,000) o el doble de la cantidad del fraude, lo que sea mayor.34
La excepción es si el monto total del fraude es de novecientos cincuenta dólares ($950) o menos (esto incluye el agregado de múltiples reclamos durante un período de doce (12) meses consecutivos).
En ese caso, el fraude de Medi-Cal PC 550 siempre es un delito menor. Las penas potenciales son
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).35
2.5. Fraude de Medi-Cal y disciplina profesional en California
Los médicos, enfermeras y farmacéuticos de California que se les acusa de estar involucrados en el fraude de Medi-Cal también deben preocuparse por la disciplina profesional.
Para los médicos de California, cualquier condena penal por un delito que sea “estrechamente relacionado” con las calificaciones, funciones o deberes de un médico puede desencadenar la disciplina del médico, incluyendo potencialmente la pérdida de su licencia médica.36 El fraude de Medi-Cal ciertamente puede considerarse como tal.
Las enfermeras también pueden enfrentar disciplina de enfermeras y revocación de licencia (en algunos casos) como resultado de una condena por fraude de Medi-Cal.37
Los farmacéuticos son otro grupo de profesionales médicos que deben preocuparse por el efecto de una condena por fraude de Medi-Cal en su licencia profesional.38
3. ¿Cuáles son las defensas contra los cargos de fraude de Medi-Cal?
Medi-Cal es un programa financiado por los contribuyentes que consume una gran parte del presupuesto del estado de California. A nivel nacional, entre el 3% y el 10% del presupuesto de los programas de atención médica financiados por el estado se pierde por fraude.39
Esto explica por qué la Oficina del Fiscal General de California está muy motivada para investigar y enjuiciar casos de fraude de Medi-Cal. De hecho, el Fiscal General ha establecido un Bureau de Fraude de Medi-Cal y Abuso a los Ancianos especializado.
Pero como dice el abogado de defensa penal de San Bernardino Michael Scafiddi40 :
“Por supuesto, este tipo de vigilancia, a menudo motivada por la política, tiene un efecto desafortunado: puede llevar a que personas inocentes sean acusadas injustamente.”
Si se le acusa de fraude de Medi-Cal de California, usted y su abogado de defensa penal pueden querer considerar las siguientes defensas legales:
No actuaste con conocimiento o intención fraudulenta
No eres culpable de fraude de Medi-Cal a menos que hayas actuado con:
- Conocimiento de que una declaración o comportamiento particular era falso o fraudulento; o
- Intención fraudulenta.41
Muchas veces, un error descuidado por tu parte será marcado como posible fraude por alguien involucrado en la aplicación de la ley de fraude de Medi-Cal de California.
La carga de la prueba recae en la acusación para demostrar, más allá de toda duda razonable, que sabías que estabas presentando una declaración falsa o fraudulenta y no simplemente cometiste un error.
Un abogado defensor criminal con experiencia puede tener suficientes dudas sobre esta afirmación para que sean retiradas las acusaciones o un veredicto de no culpable en un juicio por jurado.
No hay suficientes pruebas de que cometiste fraude de Medi-Cal
No es infrecuente que los casos de fraude de Medi-Cal giren en torno a un conjunto altamente complejo de hechos, que podrían incluir:
- Detalles arcanos de las finanzas personales de un acusado;
- Diagnósticos médicos altamente técnicos y a veces contradictorios; y/o
- Pruebas científicas sobre diversas condiciones médicas y los tratamientos para ellas.
Los fiscales pueden intentar aprovechar esta complejidad y ambigüedad para condenar a alguien injustamente. Por lo tanto, necesitas un buen abogado defensor criminal a tu lado, alguien que entienda las técnicas involucradas y pueda ayudar a presentarlas claramente a un jurado.
4. Delitos relacionados con el fraude de Medi-Cal
Otros delitos de California que pueden ser acusados junto con o en lugar de fraude de Medi-Cal incluyen:
4.1. Abuso a personas mayores
El Código Penal 368 PC, la ley de abuso a personas mayores de California, hace que sea un delito intencionalmente o negligentemente imponer dolor físico injustificable y/o sufrimiento mental a una persona de 65 años o más.42
Este delito es un delito grave, con
- Una posible sentencia de prisión estatal de dos (2), tres (3) o (4) años, y
- Una multa de hasta seis mil dólares ($6,000)
si se acusa como un delito grave.43
Es común que los casos de fraude de Medi-Cal involucren residencias de ancianos, o agencias que proporcionan atención domiciliaria para personas mayores, que sirven a un gran número de beneficiarios de Medi-Cal.
Si un hogar de ancianos factura a Medi-Cal por los cuidados de médicos o enfermeras con licencia mientras en su lugar proporciona cuidados por asistentes sin licencia y un paciente anciano resulta herido mientras está bajo su cuidado, entonces el fiscal puede construir un caso en contra de los propietarios o administradores del hogar por:
- Fraude a Medi-Cal y
- Maltrato a ancianos.
4.2. Falsificación
El Código Penal 470 PC de California falsificación es el acto de hacer cualquiera de las siguientes con la intención de cometer fraude:
- Firmar el nombre de otra persona;
- Falsificar un sello o la letra de otra persona;
- Cambiar o falsear un documento legal; o
- Falsificar, alterar o presentar como genuino un documento financiero falso.44
Por lo tanto, por ejemplo, si falsifica la firma de un médico en un informe sobre una lesión y usa ese informe para obtener reembolso de Medi-Cal, puede ser acusado de:
- Fraude a Medi-Cal y
- Falsificación.
Falsificación es un delito grave y conlleva la misma pena potencial que el robo agravado.45
4.3. Perjurio
Comete el Código Penal 118 PC perjurio cuando proporciona información falsa deliberadamente mientras está bajo juramento.46
Podría ser acusado de perjurio y fraude a Medi-Cal en una variedad de situaciones, por ejemplo, si declara deliberadamente su ingreso o activos de forma incorrecta en una solicitud de Medi-Cal.
El perjurio siempre es un delito grave y conlleva una pena potencial de
- Dos (2) años,
- Tres (3) años, o
- Cuatro (4) años.47
Llámenos para obtener ayuda…
Para preguntas sobre las leyes de fraude de Medi-Cal de California, o para discutir su caso de forma confidencial con uno de nuestros abogados de defensa penal de California, no dude en comunicarse con nosotros en Shouse Law Group.
Tenemos oficinas de derecho penal locales en y alrededor de Los Ángeles, San Diego, el Condado de Orange, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
Para obtener más información sobre las leyes de “fraude de atención médica” de Nevada, consulte nuestra página sobre leyes de “fraude de atención médica” de Nevada.
Recursos adicionales:
Fiscalía General de California: Formulario de denuncia de fraude de Medi-Cal
Departamento de Servicios de Atención Médica de California: Elegibilidad y matrícula de Medi-Cal
Referencias legales:
- Vea Resumen de Medi-Cal, sitio web de Covered California.
- Código de Bienestar e Instituciones 14014 – Declaraciones falsas sobre la elegibilidad; alentar intencionalmente y con conocimiento a hacer declaraciones falsas; penas; implementación [forma de fraude de Medi-Cal]. (“(a) Cualquier persona que reciba atención médica para la cual no era elegible en base a declaraciones falsas sobre su elegibilidad o cualquier persona que haga declaraciones falsas sobre la elegibilidad en nombre de cualquier otra persona que reciba atención médica para la cual esa otra persona no era elegible, será responsable del reembolso y será culpable de un delito menor o mayor dependiendo de la cantidad pagada en su nombre para la cual no era elegible, según lo especificado en el Artículo 487 del Código Penal.”) Vea también Código Penal de California 487 PC – “Robo en gran escala” definido [relevante para las penas por fraude de Medi-Cal]. (“El robo en gran escala se comete en cualquiera de los siguientes casos: (a) Cuando el dinero, el trabajo o los bienes reales o personales tomados tienen un valor superior a novecientos cincuenta dólares ($950), excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b).”) Vea también Código Penal 489 PC – Robo en gran escala; castigo [se aplica a las penas por fraude de Medi-Cal]. (“El robo en gran escala es castigable de la siguiente manera: . . . (c) En todos los demás casos, con prisión en la cárcel del condado no excediendo un año o de conformidad con la subdivisión (h) del Artículo 1170.”) Vea también Código Penal 490 PC – Robo menor; castigo [se aplica a las penas por fraude de Medi-Cal]. (“El robo menor es castigable con una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o con prisión en la cárcel del condado que no exceda de seis meses, o ambas cosas.”)
- Código Penal 550 PC – Reclamos o declaraciones falsos o fraudulentos; actos prohibidos.
- Código de Bienestar e Instituciones 14107 – Reclamos fraudulentos; intención; castigo; otras medidas de cumplimiento
- Código de Bienestar e Instituciones 14107.2 – Propinas, sobornos o reembolsos; castigo
- Vea las notas al pie 2-5, arriba.
- Igual.
- Igual.
- Nuestros abogados de defensa contra el fraude de seguros de California tienen oficinas legales locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas legales convenientemente ubicadas en todo el estado en el condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la zona de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
- Vea Resumen de Medi-Cal, sitio web de Covered California.
- Código de Bienestar e Instituciones 14014 – Declaraciones falsas sobre la elegibilidad; alentar intencional y conscientemente a hacer declaraciones falsas; penas; implementación [forma de fraude de Medi-Cal], nota al pie 2, arriba.
- Gente v. Dixon (1975) 46 Cal.App.3d 431, 434. (“Expresado de otra manera, se requiere la prueba de dos factores para establecer el delito [fraude de Medi-Cal según el Código de Bienestar e Instituciones 14014]: (1) las declaraciones falsas, y (2) la recepción de atención médica no elegible. En el banco, solo se demostró el primer factor, ya que nunca se demostró que Dixon recibió atención médica para la que no era elegible”).
- Basado en los hechos del mismo.
- Código de Bienestar e Instituciones 14107 – Reclamos fraudulentos; intención; castigo; otros remedios de aplicación de la ley [fraude de Medi-Cal por parte de proveedores de atención médica], nota al pie 4, arriba. Véase, por ejemplo, Hanna v. Dental Bd. of California (; Brillantes v. Superior Court (
- Basado en los hechos de People v. Drake (1996) 42 Cal.App.4th 592.
- Código de Bienestar e Instituciones 14107.2 – Propinas, sobornos o reembolsos; castigo [forma de fraude de Medi-Cal], nota al pie 5, arriba.
- Código Penal 550 PC – Reclamos o declaraciones falsas o fraudulentas [incluidas en relación con Medi-Cal]; actos prohibidos, nota al pie 3, arriba.
- Código de Bienestar e Instituciones 14014 – Declaraciones falsas sobre la elegibilidad; alentar intencional y conscientemente a hacer declaraciones falsas; penas; implementación [forma de fraude de Medi-Cal], nota al pie 2, arriba.
- Mismo. Ver también Código Penal 487 PC – “Robo a granel” definido [relevante para las penas por fraude de Medi-Cal], nota al pie 2, arriba. Ver también Código Penal 488 PC – Robo menor definido. (“El robo en otros casos es robo menor”).
- Mismo. Ver también Código Penal 490 PC – Robo menor; castigo [se aplica a las penas por fraude de Medi-Cal], nota al pie 2, arriba.
- Código de Bienestar e Instituciones 14014 – Declaraciones falsas sobre la elegibilidad; alentar intencional y conscientemente a hacer declaraciones falsas; penas; implementación [forma de fraude de Medi-Cal], nota al pie 2, arriba. Ver también Código Penal 489 PC – Robo a granel; castigo, nota al pie , arriba.
- Mismo.
- Mismo. Ver también Código Penal 672 PC – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión. (“En caso de una condena por cualquier delito castigable con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al infractor de hasta mil dólares ($ 1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($ 10,000) en casos de delitos mayores además de la prisión prescrita”).
- Código de Bienestar e Instituciones 14107 – Reclamos fraudulentos; intención; castigo; otros remedios de aplicación de la ley [Fraude de Medi-Cal por proveedores de atención médica], nota al pie 4, arriba.
- Mismo.
- Mismo.
- Mismo.
- Código de Bienestar e Instituciones 14107 – Reclamos fraudulentos; intención; castigo; otros remedios de aplicación de la ley [Fraude de Medi-Cal por proveedores de atención médica]. (“(e) Si la ejecución de un esquema o artificio para defraudar, como se define en el párrafo (4) de la subdivisión (b) resulta en una muerte que constituye un asesinato de segundo grado, como se define en la Sección 189 del Código Penal, el delito será castigable, tras una condena, de acuerdo con la subdivisión (a) de la Sección 190 del Código Penal.”) Véase también Código Penal 189 PC – Asesinato; grados.
- CALCRIM 541A – Asesinato de delito mayor: segundo grado – Se alega que el acusado cometió un acto fatal. (“El acusado se enfrenta [en el cargo ] con un asesinato, bajo una teoría de asesinato de delito mayor. Para demostrar que el acusado es culpable de asesinato de segundo grado bajo esta teoría, las personas deben demostrar que: 1 El acusado cometió [o intentó cometer] ; 2 El acusado tenía la intención de cometer ; Y 3 El acusado hizo un acto que causó la muerte de otra persona.”)
- Código Penal 190 PC — Castigo por violar las leyes de asesinato de California [incluido accidentalmente matar a alguien mientras comete fraude de Medi-Cal]. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), (c) o (d), toda persona culpable de asesinato en segundo grado será castigada con prisión en la cárcel estatal por un término de 15 años a cadena perpetua.”)
- Código de Bienestar e Instituciones 14107.2 – Propinas, sobornos o reembolsos; castigo, nota al pie 5, arriba.
- Mismo.
- Código Penal 550 PC – Reclamos o declaraciones falsas o fraudulentas; actos prohibidos, nota al pie 3, arriba.
- Mismo.
- Mismo.
- Vea Código de Negocios y Profesiones 2236 – Condenas criminales y disciplina médica.
- Vea Código de Negocios y Profesiones 2761 – Condenas criminales y disciplina de enfermeras.
- Vea Código de Negocios y Profesiones 4301 – Condenas criminales y disciplina de farmacéuticos.
- Vea Fraude de Medi-Cal, Departamento de Justicia de California, Oficina del Fiscal General, Oficina de Fraude de Medi-Cal y Abuso a Ancianos.
- El abogado de defensa penal de San Bernardino, Michael Scafiddi, es un ex policía que ahora usa ese conocimiento interno para ayudar a defender a los clientes acusados de violar las leyes de fraude criminal de California. Él practica defensa penal principalmente en los condados de San Bernardino y Riverside, y hace apariciones en el Centro de Justicia Southwest de Murrieta y en Banning, Fontana, Joshua Tree, Barstow y Victorville.
- Vea Código de Bienestar e Instituciones 14014 – Declaraciones falsas sobre la elegibilidad; alentar intencional y conscientemente a hacer declaraciones falsas; penas; implementación, nota al pie 2, arriba; Código de Bienestar e Instituciones 14107 – Reclamos fraudulentos; intención; castigo; otros remedios de aplicación de la ley [Fraude de Medi-Cal por proveedores de atención médica], nota al pie 4, arriba; Código Penal 550 PC – Reclamos o declaraciones falsas o fraudulentas [incluido en relación con Medi-Cal]; actos prohibidos, nota al pie 3, arriba. Vea también Instrucciones de Jurado Criminal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 2000 – Fraude de Seguros: Reclamos Fraudulentos (Pen. Código, § 550 (a) (1), (4) – (7) & (9)) (especificando la intención de defraudar como un elemento de fraude de seguros según el Código Penal 550).
- Código Penal 368 PC – Abuso a personas mayores [puede ser acusado junto con el fraude de Medi-Cal]. (“(b)(1) Cualquier persona que sepa o razonablemente deba saber que una persona es una persona mayor o adulto dependiente y que, bajo circunstancias o condiciones propensas a producir un gran daño corporal o la muerte, intencionalmente causa o permite que una persona mayor o adulto dependiente sufra, o inflige sobre ellos dolor físico injustificable o sufrimiento mental, o teniendo el cuidado o la custodia de cualquier persona mayor o adulto dependiente, intencionalmente causa o permite que la persona o la salud de la persona mayor o adulto dependiente sean lesionadas, o intencionalmente causa o permite que la persona mayor o adulto dependiente se coloque en una situación en la que su persona o salud estén en peligro, es punible con prisión en una cárcel del condado no excediendo un año, o con una multa no superior a seis mil dólares ($6,000), o con ambas multas e internamiento, o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años.”)
- Ver mismo.
- Código Penal 470 PC – Falsificación; firmas o sellos; corrupción de registros.
- Código Penal 473 PC – Falsificación; castigo. (“(a) La falsificación es punible con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) del Artículo 1170.”)
- Código Penal 118 PC – “Perjurio” definido; evidencia necesaria para sostener una condena [puede ser acusado junto con el fraude de Medi-Cal]. (“(a) Toda persona que, habiendo prestado juramento de que testificará, declarará, depondrá o certificará verdaderamente ante cualquier tribunal competente, funcionario o persona, en cualquiera de los casos en los que el juramento puede ser administrado por ley del Estado de California, intencionalmente y en contra del juramento, afirma como verdadero cualquier asunto material que él o ella sepa que es falso, y toda persona que testifica, declara, depone o certifica bajo pena de perjurio en cualquiera de los casos en los que la testimonio, declaraciones, deposiciones o certificación es permitida por ley del Estado de California bajo pena de perjurio y afirma intencionalmente como verdadero cualquier asunto material que él o ella sepa que es falso, es culpable de perjurio.”)
- Código Penal 126 PC – Castigo. (“El perjurio es punible con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) del Artículo 1170 por dos, tres o cuatro años.”)