Código Penal § 86 PC es la ley de California que hace que sea un delito para un legislador pedir o recibir un soborno. Un legislador incluye legisladores estatales y miembros de cuerpos legislativos de ciudades o condados. Una violación de esta ley es un delito grave castigable con hasta 4 años de cárcel o prisión.
Mientras que esta ley castiga a un legislador por aceptar un soborno, Código Penal 85 PC castiga a una persona por sobornar a un legislador.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
86. Todo miembro de cualquiera de las cámaras de la Legislatura, o cualquier miembro del cuerpo legislativo de una ciudad, condado, ciudad y condado, distrito escolar u otro distrito especial, que pida, reciba o acuerde recibir un soborno, con el entendimiento de que su voto, opinión, juicio o acción oficial serán influenciados por ello, o que dará su voto de una manera particular o en un lado particular de cualquier cuestión o asunto en el que se le requiera actuar en su capacidad oficial, o que dé, ofrezca o prometa dar su voto oficial en consideración a que otro miembro de la Legislatura, o de otro cuerpo legislativo de una ciudad, condado, ciudad y condado, distrito escolar u otro distrito especial, dé su voto ya sea en la misma o en otra cuestión, será castigado con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años y, en los casos en que no se haya recibido un soborno, con una multa de restitución de no menos de cuatro mil dólares ($4,000) ni más de veinte mil dólares ($20,000) o, en los casos en que se haya recibido un soborno, con una multa de restitución de al menos la cantidad real del soborno recibido o cuatro mil dólares ($4,000), lo que sea mayor, o cualquier cantidad mayor de no más del doble de la cantidad del soborno recibido o veinte mil dólares ($20,000), lo que sea mayor.
Al imponer una multa en virtud de esta sección, el tribunal deberá considerar la capacidad del acusado para pagar la multa.
Ejemplos de actos ilegales
- un legislador estatal que recibe $12,000 para votar “no” en una legislación en particular.
- un miembro de la junta escolar que recibe dinero en efectivo para utilizar su cargo público para apoyar una iniciativa específica.
- un funcionario electo local que le pide a un dueño de una tienda unas vacaciones gratis a cambio de votar a favor de una ordenanza específica.
Defensas legales
Un legislador acusado bajo esta ley puede impugnarla con una defensa legal. Algunas defensas efectivas incluyen demostrar que:
- el acusado no era un legislador en el gobierno estatal o local,
- el acusado no tuvo intención corrupta,
- el acusado fue incitado.
Penalidades
Una condena por soborno es un delito grave (en lugar de un delito menor o una infracción).
2. What are common defenses to Penal Code 86 PC?
- 2.1 No legislator
- 2.2 No corrupt intent
- 2.3 Entrapment
3. What are the penalties?
The crime of receiving a bribe as a legislator is punishable by:
- custody in state prison for up to four years, or
- felony (or formal) probation.
4. Can a person get a conviction expunged?
It may be possible to get a conviction for receiving a bribe as a legislator expunged from a criminal record. This would depend on the specific circumstances of the case and the individual’s criminal history.
5. Are there related offenses?
- 5.1 Bribery by or of executive officers – PC 67 and 68
- 5.2 Bribery by or of judges and jurors – PC 92 and 93
- 5.3 Bribery by or of witnesses – PC 137 and 138
Una persona actúa con “intención corrupta” cuando actúa para obtener ilegalmente una ventaja financiera u otra para sí mismo, para otra persona o para alguien más.2
Tenga en cuenta que un “legislador” incluye:
- legisladores estatales,
- miembros de cuerpos legislativos de ciudades o condados, y
- miembros de cuerpos legislativos de distritos escolares.3
2. ¿Cuáles son las defensas comunes al Código Penal 86 PC?
Un acusado puede impugnar un cargo de soborno con una defensa legal. Algunas defensas comunes incluyen que el acusado demuestre que él/ella:
- no era un legislador,
- actuó sin intención corrupta, y/o
- fue inducido por agentes de policía.
2.1 No hay legislador
El PC 86 solo se aplica a legisladores. Por lo tanto, un acusado siempre puede impugnar un cargo demostrando que él/ella no tenía el estatus de funcionario legislativo en el momento de cualquier presunto delito.
2.2 Sin intención corrupta
Recuerde que un legislador solo es culpable bajo este estatuto si actuó con una intención corrupta al pedir o aceptar un soborno. Una defensa, entonces, es que el acusado demuestre que no actuó con esta intención.
2.3 Inducción
La inducción ocurre cuando los agentes de la ley atraen o persuaden a una persona para que cometa un delito. Es una defensa aceptable siempre que el acusado demuestre que solo cometió el delito debido a la inducción de los agentes de la paz.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de este estatuto se considera un delito grave.
El crimen es castigado con:
- encarcelamiento en prisión estatal por hasta cuatro años, y/o
- multas sustanciales.
Un juez puede otorgar a un acusado una libertad condicional por delito grave en lugar de tiempo en prisión.
4. ¿Puede una persona obtener una condena eliminada?
Un legislador solo puede obtener una condena por soborno eliminada si recibe libertad condicional en lugar de una sentencia de prisión.
Según la ley de California, las personas condenadas por un delito no pueden obtener una eliminación si la condena resulta en tiempo en prisión.
5. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con este estatuto. Estos son:
- soborno por parte de o a funcionarios ejecutivos – Código Penal 67 y 68,
- soborno por parte de o a jueces y jurados – Código Penal 92 y 93, y
- soborno por parte de o a testigos – Código Penal 137 y 138.
5.1 Soborno por parte de o a funcionarios ejecutivos – Código Penal 67 y 68
El Código Penal 67 y el Código Penal 68 son los estatutos de California que convierten el soborno por parte de o a un funcionario ejecutivo en un delito.
Tenga en cuenta la diferencia en el estado del delincuente. Mientras que el PC 86 se aplica a los legisladores, estas leyes se centran en los funcionarios ejecutivos.
5.2 Soborno de jueces y jurados – PC 92 y 93
Código Penal 92 PC y Código Penal 93 PC son los estatutos de California que hacen del soborno de jueces y jurados un delito penal.
Al igual que con el PC 86, una violación de estas leyes resulta en cargos por delito grave.
5.3 Soborno de testigos – PC 137 y 138
Código Penal 137 PC y Código Penal 138 PC hacen del soborno de un testigo un delito grave.
Al igual que con el PC 86, una persona solo es culpable bajo estas leyes si actúa con una intención corrupta.
Referencias legales:
- Sección 86 del Código Penal; CALCRIM 2603 – Solicitar o aceptar un soborno. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2017). Véase también People v. Diedrich (1982) 31 Cal.3d 263, 182 Cal.Rptr. 354, 643 P.2d 971; People v. Pic’l (1982) 31 Cal.3d 731, 183 Cal.Rptr. 685, 646 P.2d 847; People v. Powell (1920) 50 Cal.App. 436, 195 P. 456.
- Véase lo mismo. Véase también People v. Gliksman (1978) 78 Cal.App.3d 343; People v. Zerillo (1950) 36 Cal.2d 222, 223 P.2d 223.
- Código Penal de California 86 PC; véase también People v. Strohl (1976) 57 Cal.App.3d 347.