Código Penal § 488 PC establece el delito de robo menor en California, que se define como el acto de robar dinero, propiedad o servicios de otra persona valorados en $950 o menos.
Tenga en cuenta que el Código Penal 484 define el robo en general. El Código Penal 487 establece la ley sobre el robo mayor, o el robo de propiedad valorada en más de $950. El Código Penal 488 establece que:
“El robo en otros casos es un robo menor.”
Ejemplos de robo menor incluyen:
- Tomar una cortadora de césped del vecino con un valor de mercado de $200 y no devolverla.
- Robar el collar de oro de tu ex novia, y el valor de la propiedad es de $300.
- Tomar un suéter nuevo de un amigo con un valor de $150, y quedártelo como propio.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puedes presentar si te acusan de un delito de robo bajo el PC 488. Estas incluyen demostrar que:
- actuaste con el consentimiento del propietario de la propiedad,
- pediste prestada la propiedad en cuestión, y/o
- fuiste arrestado después de una búsqueda y confiscación ilegal.
Penalidades
Un cargo por robo menor es un delito menor (en lugar de un delito grave en California o una infracción).
Una condena por robo menor es castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional por delito menor (o libertad condicional sumaria).
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo que necesita saber sobre el robo menor. Haga clic en un tema para ir a esa sección.
1. Definición
El Código Penal 488 PC es la ley de California que hace que sea un delito robar propiedad o servicios de alguien por un valor de $950 o menos.1 Un fiscal debe probar cuatro cosas para condenarte con éxito bajo esta ley. Estas son:
- tomaste posesión de propiedad perteneciente a otra persona,
- tomaste la propiedad sin el consentimiento del propietario,
- cuando tomaste la propiedad, tu intención era privar al propietario de ella permanentemente, y
- la propiedad tomada valía $950 o menos.2
Ten en cuenta que cuando hay varios cargos de robo menor, cada uno se trata como un delito separado, siempre y cuando no hayan ocurrido en un acto continuo. Esto significa que el valor de las diferentes propiedades no se puede sumar para superar los $950, y por lo tanto, convertir el delito en un robo mayor.3
También, ten en cuenta que no es una defensa decir que tenías la intención de devolver la propiedad que fue tomada ilegalmente.4
2. Defensas
Si te acusan de un delito bajo esta ley, puedes impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes a las acusaciones de PC 488 son las siguientes.
Actuaste con el consentimiento del propietario
Solo eres culpable de robo menor si tomaste posesión de la propiedad sin el consentimiento del propietario. Esto significa que siempre es una sólida defensa legal demostrar que actuaste con el consentimiento del propietario. Quizás, por ejemplo, tomaste alguna propiedad porque la estabas obteniendo para el propietario de la propiedad.
Solo pediste prestada la propiedad
Un elemento clave del robo menor es la intención de privar a un propietario de la propiedad permanentemente. Por lo tanto, es una defensa mostrar que solo estabas pidiendo prestada la propiedad de una persona por un período finito de tiempo y que la devolverías después de usarla temporalmente.
La policía realizó una búsqueda y confiscación ilegal
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos declara que tenemos el derecho de estar libres de “búsquedas y confiscaciones” irrazonables por parte de las fuerzas del orden. Si las autoridades obtienen pruebas de una búsqueda y confiscación irrazonables o ilegales, esas pruebas pueden ser excluidas de tu caso penal. Esto significa que los cargos en tu caso podrían reducirse o incluso ser desestimados.
3. Penas
El robo menor es un delito menor en California castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.5
En lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarte libertad condicional por delito menor (o resumen). Si no puedes pagar la multa, es posible que puedas hacer servicio comunitario en su lugar.
4. Delitos relacionados
Gran robo – PC 487
El Código Penal 487 PC es la ley de California que define el delito de “gran robo”, que es cuando:
- tomaste ilegalmente la propiedad de otra persona, y
- esa propiedad tiene un valor de más de $950.00.6
En la mayoría de los casos, una violación del PC 487 es un delito mixto. Esto significa que el fiscal puede acusarlo como un delito menor o un delito grave.7
Si se le acusa como delito menor, el crimen es castigable con hasta un año en la cárcel del condado. Si se le acusa como delito grave, la ofensa es castigable con una sentencia de cárcel de: 16 meses, dos años o tres años.8
Robo – PC 211
Código Penal 211 PC es la ley de California que hace del robo un crimen. Eres culpable de violar el PC 211 si:
- tomaste propiedad personal de la persona o presencia inmediata de alguien más,
- lo hiciste en contra de la voluntad de la víctima, y
- lo hiciste a través del uso de la fuerza o el miedo.9
El robo siempre se acusa como un delito grave bajo la ley de California. Las penas específicas dependerán de si eres declarado culpable de robo en primer grado o en segundo grado.
El robo en primer grado conlleva una sentencia de prisión estatal de entre tres y nueve años.10 La sentencia por robo en segundo grado es de dos, tres o cinco años en prisión estatal.11
Robo – PC 459
Código Penal 459 PC es la ley de California que define el crimen de “robo”. Bajo esta sección, un robo ocurre cuando entras en cualquier edificio o habitación residencial o comercial con la intención de cometer un delito grave o un robo una vez dentro.12
Cometes el crimen de robo simplemente al entrar en la estructura con la intención criminal requerida, incluso si el delito grave o el robo previsto nunca se completa realmente.
Grados
La ley de robo de California se divide en robo en primer grado y robo en segundo grado. El robo en primer grado es el robo de una residencia. El robo en segundo grado es el robo de cualquier otro tipo de estructura (incluyendo tiendas y negocios).13
El robo en primer grado de California siempre es un delito grave. Las posibles consecuencias incluyen una sentencia de prisión estatal de hasta cuatro años.14
El robo en segundo grado es lo que se conoce como un delito mixto en la ley de California. Esto significa que puede ser acusado como:
- un delito grave, con una posible sentencia de cárcel del condado de hasta tres años, o
- un delito menor, con una posible sentencia de cárcel del condado de hasta un año.15
Robo en tiendas – PC 459.5
El Código Penal 459.5 PC convierte el robo en tiendas en un delito menor en California. El robo en tiendas es entrar en un negocio abierto con la intención de robar bienes por un valor de $950 o menos. El delito es castigado con libertad condicional, multas, restitución y hasta seis meses de cárcel.
Recursos adicionales
Para obtener información sobre las leyes de robo en tiendas y temas relacionados, consulte lo siguiente:
- Asociación Nacional para la Prevención del Robo en Tiendas – Proporciona información sobre las causas del robo en tiendas, estadísticas y prevención.
- Tribunales de California – Proposición 47 – Detalles sobre la Proposición 47 que reduce algunos delitos de robo de delitos graves a delitos menores.
- Revista de Prevención de Pérdidas – Información sobre prevención de pérdidas en el comercio minorista y disuasión del robo en tiendas.
- Lo que el pánico por el robo en tiendas revela sobre la política criminal estadounidense – Artículo sobre cómo los legisladores están abordando los problemas de robo en tiendas, por el Proyecto Marshall
- Cleptomaniacs And Shoplifters Anonymous, LLC (CASA) – Grupo de autoayuda semanal.
Referencias legales:
- Código Penal de California 488 PC. Esta sección del código establece: “El robo en otros casos es un robo menor”. Véase también CALCRIM 1801.
- Código Penal 484 PC. Véase también People v. Davis (Cal. App. 3d Dist. 2016) 3 Cal. App. 5th 708; People v. James (1957) 155 Cal. App. 2d 604; People v. Williams (1992) 9 Cal.App.4th 1465; People v. Huggins (1997) 51 Cal.App.4th 1654; People v. Brady (1991) 234 Cal.App.3d 954; Buck v. Superior Court (1966) 245 Cal.App.2d 431; People v. Frankfort (1952) 114 Cal.App.2d 680; People v. Quiel (1945) 68 Cal.App.2d 674; People v. Sanders (1998) 67 Cal.App.4th 1403.
- People v. Miles (1940) 37 Cal. App. 2d 373.
- People v. Holmes (1970) 5 Cal. App. 3d 21.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 487 PC.
- Código Penal de California 489 PC.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 211 PC.
- Código Penal de California 213 PC.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 459 PC.
- Código Penal de California 460 PC.
- Código Penal de California 461 PC.
- Ver lo mismo.