Código Penal de California § 484(a) PC prohíbe el “robo menor“, que es tomar o robar de manera incorrecta la propiedad de otra persona valorada en $950 o menos. Robo menor es un delito menor castigado con
- libertad condicional,
- multas,
- restitución a la víctima y
- hasta 6 meses en la cárcel del condado.
Los oficiales tienden a escribir este cargo en una citación como PC 484 o 484 PC como abreviaturas para el Código Penal de California. Tenga en cuenta que el robo en establecimientos comerciales se procesa como hurto en tiendas (PC 459.5), aunque lleva las mismas penas que el robo menor.
Ejemplos de Robo Menor
- Prestar una bandeja de $300 a un vecino y no devolverla a propósito
- Tomar un lápiz labial del escritorio de un colega mientras están en una reunión
- Tomar un teléfono inteligente de un envío de teléfonos pertenecientes al empleador
Robar propiedad valorada en más de $950 es robo mayor, aunque el robo de armas o automóviles se trata como robo mayor independientemente del valor. Carterismo también siempre se acusa como robo mayor.
La siguiente tabla compara las diferencias entre robo menor y robo mayor en California.
LEY DE CALIFORNIA | Robo Menor | Robo Mayor |
Código Penal | 484(a) & 488 PC | 484(a) & 487 PC |
Definición | Robo de propiedad valorada en $950 o menos | Robo de propiedad valorada en más de $950, o robo de cualquier arma de fuego o vehículo de motor |
Penalizaciones | Delito menor: Hasta 6 meses en la cárcel del condado y/o multa de hasta $1000 | Delito menor: Hasta 1 año en la cárcel del condado y/o multa de hasta $1000 |
Felonia: 16 meses, 2 o 3 años en prisión estatal
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo que necesita saber sobre el robo menor. Haga clic en un tema para saltar a esa sección.
- 1. Elementos
- 2. Tipos de Robo Menor
- 3. Defensas
- 4. Penas
- 5. Consecuencias de Inmigración
- 6. Cancelaciones
- 7. Derechos de Armas
- 8. Delitos Relacionados
- Lecturas Adicionales
1. Elementos
El robo menor, según el PC 484 y el PC 488, es la toma ilegal de propiedad por un valor de $950 o menos.1
Los elementos de este delito están detallados en la Instrucción del Jurado Penal de California “CALCRIM” 1800. Para que seas condenado por robo menor, los fiscales deben probar más allá de una duda razonable los siguientes cinco elementos:
- tomaste posesión de una propiedad que pertenece a otra persona,
- la propiedad tiene un valor de $950 o menos,
- tomaste la propiedad sin el consentimiento del propietario,
- cuando tomaste la propiedad, tu intención era privar al propietario de ella permanentemente, y
- moviste la propiedad, aunque sea una pequeña distancia, y la mantuviste durante cualquier período de tiempo, por breve que sea.2
Algunos aspectos de estos elementos se discuten con más detalle a continuación.
Propietario vs. Poseedor
La víctima del robo no tiene que ser el propietario de la propiedad.3 Es suficiente si la víctima simplemente está en posesión (“control”) de la propiedad.4
Intención de Privar
Para que los fiscales prueben que tu intención era privar permanentemente a un propietario de su propiedad, es suficiente demostrar que:
- tenías la intención de privar al propietario del valor principal de su propiedad, y
- esta intención era por un tiempo determinado.5
Puedes intentar defenderte de una acusación de robo demostrando que tenías la intención de devolver la propiedad que tomaste. Sin embargo, debes devolver la propiedad dentro de un tiempo razonable después de haberla tomado.
Un juez o jurado decidirá qué se considera un “tiempo razonable” examinando los hechos del caso.6
Movimiento de la Propiedad
Para que se complete un delito de robo, debes haber movido la propiedad o llevado contigo.7 Esto se llama “asportación” y debe incluir tres cosas:
- la propiedad en cuestión está separada de la posesión del propietario o poseedor,
- los bienes están en tu posesión completa, y
- la propiedad se mueve, aunque sea ligeramente.8
Robo de Múltiples Artículos
El robo de múltiples artículos se considerará un solo cargo de robo si:
- los múltiples artículos son robados de una sola víctima, y
- las tomas son parte de una sola intención, plan o impulso.9
Entonces, el valor de la propiedad robada será el valor combinado de todo lo que tomaste en cada robo.10
Uso o Beneficio de la Propiedad Tomada
Para una condena por robo, no importa si tenías la intención de usar la propiedad tomada o beneficiarte de ella. Solo es necesario que haya una intención de privar permanentemente al propietario de la propiedad.11
Valor de los Artículos
Al determinar el valor correcto de la propiedad, los tribunales utilizan el “valor de mercado justo”.12
El valor justo de mercado se define como el precio más alto por el cual la propiedad razonablemente se habría vendido en el mercado abierto en el momento y lugar en que fue robada.13
2. Tipos de Robo Menor
Robo por Hurto
La mayoría de los casos de robo menor involucran “hurto”. El hurto menor ocurre típicamente cuando tomas físicamente y te llevas la propiedad de otra persona valorada en $950 o menos.
Ejemplo: Betty está en una fiesta en una casa cuando roba el viejo iPad del anfitrión, valorado en $350. Si la atrapan, se le acusará de hurto menor.
Robo por Engaño
El robo por engaño ocurre cuando usas fraude para engañar al dueño de la propiedad para que te permita poseerla.14
Ejemplo: David aborda a Michael en la calle y le pide usar su teléfono para hacer una llamada de emergencia. Después de que Michael le entrega su teléfono, David se aleja con él. Si lo atrapan, David enfrenta cargos por robo por engaño.
Robo por Desfalco
El robo por desfalco (Código Penal 503) ocurre cuando alguien te confía su propiedad y la usas para tu propio beneficio.15
Ejemplo: El dueño de una joyería, Sam, le da la llave de la tienda a su asistente, Fred, mientras Sam se va de vacaciones. Fred luego empeña algunas joyas por dinero en efectivo. Si lo atrapan, Fred podría ser acusado de desfalco.16 No es una defensa si Fred tenía la intención de devolver la propiedad.17
Muchos delitos de cuello blanco involucran desfalco, donde los empleados de servicios financieros toman dinero de fondos o fideicomisos a los que tenían acceso.
Robo por Fraude o Falsas Pretensiones
Según el Código Penal 532, cometes robo por fraude o falsas pretensiones cuando engañas al dueño de la propiedad para que te dé posesión y propiedad de su propiedad.18
Ejemplo: Alex ofrece cortar el césped de su vecino durante un año a cambio de su cortadora de césped. El vecino le entrega la cortadora, pero Alex nunca corta el césped. Si lo atrapan, Alex enfrenta cargos por falsas pretensiones de robo porque el vecino confió en el fraude de Alex.19
3. Defensas
En las décadas de experiencia combinada de Shouse Law Group luchando contra cargos de robo menor en California, encontramos que cuatro de las estrategias de defensa más efectivas para desestimar estos casos son demostrar lo siguiente.
Tomaste la Propiedad por Accidente
No es raro que las personas se lleven propiedad que no es suya porque están distraídas. Vemos estos casos con frecuencia cuando los clientes están hablando por teléfono y no prestan atención a lo que están haciendo.
Los accidentes no son delitos. Puede que tenga que reembolsar al propietario por lo que tomó, pero los cargos criminales no pueden mantenerse siempre y cuando sus acciones hayan sido inadvertidas.
Usted actuó con el consentimiento del propietario
En estos casos, nuestros abogados de defensa criminal recopilarían todas las pruebas que indiquen que el propietario dio su consentimiento para que usted tomara la propiedad. Esto suele incluir comunicaciones grabadas como mensajes de texto, correos electrónicos y mensajes de voz.
Tal vez también podamos encontrar testigos presenciales que escucharon el consentimiento del propietario o imágenes de video que muestren al propietario dando su consentimiento.
Usted tomó prestada la propiedad
Para plantear una duda razonable, nuestra oficina de abogados se basaría en pruebas como sus registros de GPS o cualquier imagen de video de vigilancia disponible que muestre que intentó devolver la propiedad en un plazo razonable después de tomarla.
También puede tener mensajes de texto u otras comunicaciones grabadas que indiquen que solo pretendía pedir prestada y no quedarse con la propiedad.
Usted tenía un reclamo de derecho
Tomar no es robo si usted creía que tenía derecho a la propiedad que tomó, incluso si esa creencia es errónea o irrazonable.20
Aquí, nuestro bufete de abogados encontraría toda la documentación relevante que le llevaría a creer que era dueño de la propiedad en cuestión, como recibos, facturas de venta, facturas o comunicaciones escritas que memorializan una transferencia de propiedad. En algunos casos, también podemos utilizar un polígrafo para demostrar que realmente pensaba que la propiedad era suya.
4. Penas
El robo menor se acusa como un delito menor según la ley penal de California. Es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
En lugar de la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional menor (o resumida) por hasta dos años.
Si el juez le asigna una libertad condicional de más de un año – y tiene menos de 25 años – el tribunal debe, si es posible, remitirlo a un programa basado en enfoques centrados en la curación, restaurativos, informados sobre el trauma y el desarrollo positivo de la juventud y que se brinda en colaboración con organizaciones comunitarias.21
Dependiendo del caso, el juez también puede emitir una orden de restricción que le obligue a mantenerse alejado de la víctima del robo.
Acuerdos de culpabilidad
En nuestra experiencia, generalmente podemos llegar a una resolución en la que no pase tiempo en la cárcel y simplemente pague una multa y posiblemente restitución.
A veces los fiscales reducen el cargo a una infracción bajo el PC 490.1. Aunque en muchos casos, puedes hacer un programa de desvío, lo que resulta en que tu cargo sea desestimado: De esta manera, no aparece ninguna condena en futuras verificaciones de antecedentes por parte de posibles empleadores.
Robo Menor con Antecedentes
El robo menor se acusa como robo menor con antecedentes bajo el PC 666 si ya has cumplido condena en la cárcel o prisión por una condena previa de:
- robo menor (Código Penal 488 PC),
- gran robo (Código Penal 487 PC),
- allanamiento de morada (Código Penal 459 PC),
- secuestro de vehículos (Código Penal 215 PC),
- robo (Código Penal 211 PC), y/o
- propiedad robada de un delito grave (Código Penal 496 PC).3
El robo menor con antecedentes es un delito mixto, lo que significa que puede ser un delito menor o un delito grave, como muestra esta tabla:
Condena del PC 666 | Sanciones de California |
Delito menor | Hasta 1 año en la cárcel del condado |
Delito grave | 16 meses, 2 años o 3 años en la cárcel del condado |
Casos de Robo en Tiendas
El tribunal puede emitir una orden de restricción de dos años que te prohíba entrar en el establecimiento comercial del que fuiste condenado por robar.
Es un delito separado bajo el PC 496.6 poseer propiedad minorista robada valorada en más de $950 con la intención de venderla, intercambiarla o devolverla. Este delito, llamado privación ilegal de una oportunidad comercial minorista, es un delito mixto.
Como delito menor, violar el PC 496.6 conlleva hasta un año de cárcel. Como delito grave, violar el PC 496.6 conlleva una sentencia de cárcel de cualquiera de los siguientes:
- 16 meses,
- 2 años, o
- 3 años.
Además, puede enfrentar mejoras en la sentencia por vender, devolver o intercambiar propiedad adquirida a través de robo al por menor, como muestra esta tabla:22
Valor de la propiedad adquirida a través de robo al por menor | Mejora en la sentencia en California por vender, intercambiar o devolver la propiedad |
Más de $50,000 a $200,000 | 1 año |
Más de $200,000 a $1,000,000 | 2 años |
Más de $1,000,000 a $3,000,000 | 3 años |
Más de $3,000,0000 | 4 años más 1 año por cada valor de propiedad de $3,000,000 |
5. Consecuencias de inmigración
Una condena por robo menor puede tener consecuencias negativas de inmigración. Un tribunal de California ha declarado que cuando comete un robo menor con la intención de defraudar, el delito se considera un delito de turpitud moral.23
Además, ha habido un caso en el que un inmigrante fue deportado por violar el PC 484, y esa deportación fue considerada válida.24
6. Expungimientos
Si es condenado bajo el 484 PC, puede obtener el delito expungido si:
- completa con éxito la libertad condicional, y
- actualmente no está:
- acusado de un delito penal,
- en libertad condicional, o
- cumpliendo una sentencia.25
Según el Código Penal 1203.4, un expungimiento lo libera de prácticamente “todas las penas y discapacidades” derivadas de la condena. Tener un registro criminal expungido mejorará en gran medida sus perspectivas de empleo.26
7. Derechos de armas
Una condena bajo el Código Penal 484 no afecta sus derechos de armas. El robo menor no es uno de los delitos menores de California que conlleva una prohibición de armas de 10 años.
8. Delitos relacionados
- Robo – Código Penal 459 PC
- Robo mayor – Código Penal 487 PC
- Robo mayor de automóviles – Código Penal 487d1 PC
- Robo de correo – Código Penal 530.5e PC
- Robo a mano armada – Código Penal 211 PC
Lectura adicional
Para obtener más información sobre las leyes de robo, consulte lo siguiente:
- Lo que debe saber sobre ser adicto al robo – Artículo de WebMD.
- Cleptomaniacs And Shoplifters Anonymous, LLC (CASA) – Grupo de autoayuda para ayudar a superar el robo compulsivo.
- Asociación Nacional para la Prevención del Robo en Tiendas (NASP) – Ofrece programas y servicios para ayudar a frenar el robo en tiendas.
- Las tasas de robo y robo en tiendas han aumentado en todo California – Artículo del Instituto de Política Pública de California.
- Evasión de impuestos y mecanismos de control social: una comparación con el robo mayor y menor – Artículo académico en Journal of Economic Psychology.
Referencias Legales:
- Código Penal de California 484 PC. El texto completo de la sección del código dice lo siguiente:
484. (a) Toda persona que robe, tome, lleve, conduzca o se lleve la propiedad personal de otra persona con felonía, o que se apropie fraudulentamente de la propiedad que le haya sido confiada, o que con conocimiento y a propósito, mediante cualquier representación o pretensión falsa o fraudulenta, defraude a otra persona de dinero, trabajo o propiedad real o personal, o que cause o procure que otros informen falsamente sobre su riqueza o carácter mercantil y, al hacerlo, obtenga crédito y, por lo tanto, obtenga fraudulentamente la posesión de dinero, propiedad o servicios de otra persona, es culpable de robo. Al determinar el valor de la propiedad obtenida, para los fines de esta sección, el valor razonable y justo del mercado será la prueba, y al determinar el valor de los servicios recibidos, el precio del contrato será la prueba. Si no hay precio de contrato, el salario razonable y vigente por el servicio prestado será el que rija. Para los fines de esta sección, cualquier representación o pretensión falsa o fraudulenta hecha se tratará como continua, de manera que cubra cualquier dinero, propiedad o servicio recibido como resultado de la misma, y la denuncia, información o acusación puede alegar que el delito se cometió en cualquier fecha durante el período en cuestión. La contratación de cualquier empleado o empleados adicionales sin informar a cada uno de ellos de cualquier reclamo laboral vencido y no pagado y de cualquier sentencia que el empleador no haya podido cumplir será una prueba prima facie de la intención de defraudar.
CALCRIM No. 1800 – Robo por hurto. Consejo Judicial de Instrucciones de Jurado Penal de California (edición 2024).Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado tomó posesión de una propiedad que pertenecía a otra persona;
2. El acusado tomó la propiedad sin el consentimiento del dueño [o del agente del dueño];
3. Cuando el acusado tomó la propiedad, tenía la intención de [privar al dueño de ella permanentemente / [o] retirarla de la posesión del dueño [o del agente del dueño] por un período de tiempo tan prolongado que el dueño se vería privado de una gran parte del valor o disfrute de la propiedad]; Y
4. El acusado movió la propiedad, aunque fuera una pequeña distancia, y la mantuvo durante cualquier período de tiempo, por breve que fuera. - People v. Edwards, supra.
- Ver lo mismo.
- People v. Avery (2002) 27 Cal.4th 49.
- Ver lo mismo.
- People v. Shannon (1998) 66 Cal.App.4th 649.
- Ver lo mismo.
- People v. Bailey (1961) 55 Cal.2d 514.
- Ver lo mismo.
- People v. Kunkin (1973) 9Cal.3d 245.
- CALCRIM 1801. Ver también People v. Romanowski (2017) 2 Cal.5th 903.
- Ver lo mismo.
- CALCRIM 1805.
- CALCRIM 1806.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- CALCRIM 1804.
- Ver lo mismo.
- People v. Romo (1990) 220 Cal.App.3d 514.
- Código Penal de California sección 490. PC 1203g. AB 2943 (2024).
- SB 1416 (2024). PC 12022.10. PC 490.8. AB 3209 (2024).
- Ver INA 237 (a) (2) (A). En re Hallinan (1954) 43 Cal. 2d 243.
- Alesi v. Cornell (1957), 250 F.2d 877.
- Código Penal de California 1203.4.
- Ver lo mismo.