Código Penal de California § 30305(a)(1) PC prohíbe la posesión de municiones si usted es un delincuente convicto o de otra manera prohibido de tener armas de fuego. La posesión ilegal de municiones puede ser acusada como un delito menor o un delito grave a discreción del fiscal.
Esta tabla muestra los posibles rangos de sentencia.
Delito de posesión de municiones |
Sanciones de California |
Delito menor |
Hasta 1 año en la cárcel y/o $1,000 |
Delito grave |
16 meses, 2 años o 3 años en prisión y/o $10,000 |
PC 30305(a)(1) a menudo se conoce como
- delincuente en posesión de municiones o
- posesión ilegal de municiones por un delincuente convicto o
- persona prohibida en posesión de municiones.
La siguiente gráfica ilustra las personas prohibidas de tener armas de fuego y municiones.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo que necesita saber sobre la posesión de municiones por parte de delincuentes convictos u otras personas prohibidas. Haga clic en un tema para saltar a esa sección.
- 1. Elementos del delito
- 2. Defensas
- 3. Sanciones
- 4. Delitos relacionados
- 5. Ley federal
- Recursos adicionales
1. Elementos del Delito
La Instrucción del Jurado Criminal de California “CALCRIM” 2591 detalla los elementos de “posesión de municiones por una persona prohibida”. Para que seas declarado culpable de violar el PC 30305(a)(1), los fiscales deben probar más allá de una duda razonable estos tres elementos.1
- tú poseías, tenías en tu custodia o eras dueño de cualquier munición,
- tú sabías que poseías, tenías en tu custodia o eras dueño de la munición, y
- tú estabas prohibido de poseer o tener la munición.2
Veamos estos elementos con más detalle a continuación.
¿Qué es la Munición?
“La munición” incluye:
- una bala,
- un cartucho,
- un cargador,
- un clip,
- un cargador rápido,
- un cargador automático, o
- un proyectil capaz de ser disparado desde un arma de fuego con consecuencias mortales.
La munición también incluye la munición recargada.3 Además, no importa para qué tipo de arma se use la munición.
¿Qué es la Posesión?
La posesión es ejercer conscientemente el control físico sobre algo, ya sea que lo poseas o no. La posesión incluye:
- posesión real, como llevar físicamente la munición,
- posesión constructiva, como guardar la munición en tu auto, armario u otro lugar que controlas, y
- posesión conjunta, que es compartir la munición con otra persona.
Personas Prohibidas
Estás prohibido de tener armas y munición si te encuentras en alguna de estas seis circunstancias.
- Has sido declarado culpable de un delito grave en cualquier tribunal estatal o federal, dentro o fuera de California.
- Eres adicto a las drogas,
- Tienes dos o más condenas por amenazar con un arma (Código Penal 417 PC), posesión de armas después de una condena por delito menor (Código Penal 29805), o uso violento de un arma de fuego (Código Penal 23515 PC),
- Has sido declarado culpable de ciertos delitos menores como lesiones corporales a un cónyuge (Código Penal 273.5 PC) u otros delitos relacionados con violencia doméstica,
- Tienes un diagnóstico de enfermedad mental, o
- Eres menor de 18 años (sin embargo, puedes tener una pistola de aire comprimido con el consentimiento de tus padres).4
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos manejado literalmente miles de cargos relacionados con armas y municiones. Basados en esta experiencia, encontramos que las siguientes defensas son las más efectivas.
Estabas Justificado en Poseer la Munición
Para establecer esta defensa, debemos probar que:
- encontraste la munición o la tomaste de una persona que estaba cometiendo un delito en tu contra, y
- poseíste la munición no más tiempo del necesario para entregarla o transportarla a una agencia de aplicación de la ley para que la desechara.5
La evidencia útil en estos casos incluye videos de vigilancia y testimonios de testigos presenciales.
No Poseías la Munición
Si no tenías conocimiento de que la munición estaba allí, entonces no puedes “poseerla”. Tal vez, por ejemplo, alguien puso la munición en tu mochila sin que lo supieras.
Los videos de vigilancia y/o testimonios de testigos presenciales serían evidencia útil en este tipo de casos. Además, podemos llamar a un testigo experto para rastrear la cadena de custodia de la munición en un esfuerzo por demostrar que alguien más la compró y poseyó.
Hubo un “Error de Hecho”
Tal vez la policía te confundió con el verdadero culpable que tenía la munición. O tal vez un testigo te identificó erróneamente en una rueda de reconocimiento. Incluso podrías haber sido acusado falsamente.
En cualquier caso, nos basaríamos en videos, testigos, recibos, coartadas y comunicaciones grabadas para demostrar que no podías haber poseído la munición. Los fiscales no pueden condenarte si hay duda razonable.
La Policía Violó Tus Derechos y Realizó una Búsqueda y Decomiso Ilegales
Los agentes de la paz deben tener una orden de registro válida para realizar una búsqueda y decomisar propiedades. Si no tienen una orden, deben tener una razón legal.
Si la policía pudo haber realizado una búsqueda ilegal en tu caso, podemos presentar una moción 1538.5 pidiendo al tribunal que suprima la evidencia obtenida ilegalmente. Si el juez lo hace, el fiscal puede verse obligado a reducir o desestimar tu cargo por falta de pruebas.6
3. Sanciones
Una violación de la Sección 30305(a)(1) del Código Penal de California es un delito mixto. Esto significa que el fiscal del distrito puede acusarlo como un delito menor o un delito grave:
La posesión de municiones por delito menor conlleva:
- hasta un año en cárcel y/o
- hasta $1,000.
La posesión de municiones por delito grave conlleva:
- 16 meses, 2 años o 3 años en prisión y/o
- hasta $10,000.7
Minimizar las penas
Cuando nuestros clientes son arrestados por ser un delincuente en posesión de municiones, nos comunicamos con el fiscal antes de que se presenten cargos en un intento de persuadirlos a:
- no presentar cargos en absoluto; o si lo hacen,
- presentar cargos por delito menor en lugar de delito grave.
Luego, si el caso avanza a una audiencia de sentencia, presentamos todas las “circunstancias atenuantes” disponibles ante el tribunal con el objetivo de convencerlos de otorgarle la sentencia más indulgente posible. Ejemplos de factores atenuantes incluyen:
- usted realmente no creía que estaba en posesión de las municiones;
- ha cumplido con la prohibición de poseer armas de fuego; y
- ha sido un ciudadano ejemplar y tiene fuertes lazos comunitarios.
4. Delitos relacionados
- Armado con un arma de fuego durante un delito grave – PC 12022
- Amenazar con un arma – PC 417
- Portar un arma oculta – PC 25400
- Portar un arma de fuego cargada – PC 25850(a)
- Delincuente en posesión de un arma de fuego – PC 29800
- Portar un arma descargada a la vista – PC 26350
- Posesión de balas perforadoras de armaduras – PC 30315
- Posesión de balas que contienen un agente explosivo – PC 30210
- Posesión de un arma mortal para agredir – PC 17500
5. Ley federal
Si usted es un delincuente condenado, es un delito federal que usted envíe, transporte o reciba municiones a través de las fronteras estatales o desde otro país. Conlleva hasta:
- 10 años en Prisión Federal, y/o
- una multa.
Sin embargo, la pena máxima de prisión se convierte en 15 años si tiene tres o más condenas anteriores por:
- tráfico de drogas grave y/o
- un delito grave de violencia.8
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Hora de recargar: Los daños de la prohibición federal de posesión de armas por parte de delincuentes en un mundo post-Heller – Revista de Derecho de Duke.
- Presunciones problemáticas: Por qué el estado actual de la ley de posesión de armas por parte de delincuentes corre el riesgo de castigar a los inocentes – Revista de Derecho de la Universidad de Pensilvania.
- Notar a los ex delincuentes: Un estudio de caso de la injusticia manifiesta de violar pasivamente una ley de posesión de armas por parte de delincuentes – Revista de Derecho de Wisconsin.
- Ir a medias: Oponerse a los desafíos aplicados a la prohibición de “posesión de armas por parte de delincuentes” de 18 U.S.C. Sec. 922(g)(1) – Revista de Derecho de la Universidad Estatal de Pensilvania.
- En defensa de las leyes de posesión de armas por parte de delincuentes – Revista de Derecho de Cardozo.
Referencias legales:
- Instrucciones del jurado penal de California “CALCRIM” 2540 a 2544 y 2591. Código Penal de California 30305. El texto completo de la sección del código es el siguiente:
(a) (1) Ninguna persona a la que se le prohíba poseer o tener en su poder un arma de fuego según el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 29800) o el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 29900) de la División 9 de este título, o la Sección 8100 o 8103 del Código de Bienestar e Instituciones, podrá poseer, tener en su poder o tener bajo su custodia o control, cualquier munición o munición recargada. (2) Una violación de esta subdivisión es castigable con prisión en la cárcel del condado por un período no superior a un año o en la prisión estatal, con una multa no superior a mil dólares ($1,000), o con ambas cosas.
(b) (1) Una persona que no está prohibida por la subdivisión (a) de ser dueña, poseer o tener bajo su custodia o control, cualquier munición o munición recargada, pero que está prohibida de participar en actividades en virtud de una orden judicial emitida en virtud de la Sección 3479 del Código Civil en su contra como miembro de una pandilla callejera criminal, según se define en la Sección 186.22, no puede ser dueña, poseer o tener bajo su custodia o control, cualquier munición o munición recargada. (2) Una violación de esta subdivisión es un delito menor.
Véase también People v. Rubalcava (2000) 23 Cal.4th 322. - Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024) CALCRIM No. 2591. Posesión de Munición por Persona Prohibida de Poseer Arma de Fuego Debido a una Condena o Enfermedad Mental (Código Penal, § 30305(a))
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado (era dueño/poseía/tenía bajo su custodia o control) munición;
2. El acusado sabía que (era dueño/poseía/tenía bajo su custodia o control) la munición;
[Y]
<Alternativa 3A – prohibido debido a enfermedad mental o estatus de SVP>
[3. El acusado <insertar descripción de Welf. & Inst. Code, § 8100 o 8103>.]
<Alternativa 3B – prohibido debido a condena. Dar tanto el elemento 3B como el elemento 4 en casos que involucren condenas por delitos menores o hallazgos de menores. Para todos los demás casos que involucren condenas anteriores, dar solo 3B.>
[3. El acusado había sido condenado previamente por (un delito grave/un delito menor/dos delitos de exhibir un arma de fuego/el delito de <insertar delito menor de Pen. Code, § 29805 o 23515, o un hallazgo de menor de Pen. Code, § 29820>)(;/.)]
[Y
4. (La condena anterior fue dentro de los 10 años anteriores a la fecha en que el acusado poseía la munición./El acusado tenía menos de 30 años en el momento en que poseía la munición.)] - Véase lo mismo. Véase también Código Penal de California 16150.
- Código Penal de California 29800(a)(1) PC. En cuanto a narcóticos, tenga en cuenta que aunque la metanfetamina es una droga altamente adictiva, típicamente no es un narcótico por clasificación.
- CALCRIM No. 2591.
- Para ejemplos de casos que involucran búsquedas y confiscaciones cuestionables, véase People v. Sims (2021), Tribunal Supremo No. SCD281406), y People v. Wolfgang (2015), 240 Cal.App.4th 1268.
- Código Penal de California 30305(a)(2) PC. Véase también Código Penal de California 1107(h) PC.
- 18 USC 922. 18 USC 924.