Código Penal de California 264.1 PC define el delito comúnmente conocido como “violación en grupo.” Esto ocurre cuando dos o más personas actúan en conjunto (trabajan juntas) para participar en relaciones sexuales no consensuadas con una víctima.
El lenguaje de la sección del código establece que:
264.1. (a) Las disposiciones de la Sección 264 no obstante, cuando el acusado, actuando voluntariamente en conjunto con otra persona, por la fuerza o violencia y en contra de la voluntad de la víctima, comete un acto descrito en la Sección 261 o 289, ya sea personalmente o ayudando y alentando a la otra persona, ese hecho deberá ser acusado en la acusación o información y si es encontrado verdadero por el jurado, en un juicio con jurado, o si es encontrado verdadero por el tribunal, en un juicio sin jurado, o si es admitido por el acusado, el acusado sufrirá confinamiento en la prisión estatal por cinco, siete o nueve años.
1. ¿Qué significa participar en “violación en grupo”?
La violación en grupo según el Código Penal 264.1 puede ocurrir de dos maneras:
- Cometer personalmente una violación mientras alguien más está ayudando en la violación, o
- Ayudar y alentar a alguien más que cometió una violación con fuerza.1
Por eso se le llama violación en grupo. Se aplica cuando varias personas se unen para cometer una violación.
Estas personas incluyen:
- la persona que está violando a alguien más, y
- los cómplices de esa persona.
2. ¿Qué significa “ayudar e instigar”?
“Ayudar e instigar” en este contexto significa ayudar a alguien a cometer una violación. Ayudar e instigar ocurre cuando un acusado:
- sabe que el perpetrador planea cometer el delito,
- intenta ayudar a cometer el delito, y
- en realidad ayuda, facilita o anima la comisión del delito, ya sea a través de palabras o acciones.2
Factores importantes incluyen:
- La presencia del acusado en la escena del delito,
- Si el acusado es un acompañante de la persona que cometió directamente el delito, y
- La conducta del acusado antes o después del delito.3
Sin embargo, no se requiere presencia física para ayudar e instigar un delito.4 Tampoco se requiere asistencia física – instigar la comisión del delito es suficiente.5
3. ¿A qué formas de violación se aplica el Código Penal 264.1?
La sección solo se aplica si hay un delito sexual grave. Estos delitos incluyen:
- Violación (Código Penal 261 PC), o
- Penetración sexual forzada con un objeto extraño (Código Penal 289 PC).
4. ¿Cuáles son algunos ejemplos de sexo en concierto?
- Un hombre sostiene a una mujer mientras otro hombre la viola,6
- Un hombre obliga a una mujer a practicarle sexo oral después de que otro hombre la violó a punta de pistola y luego salió de la habitación,7 y
- Tres hombres roban a una familia en su casa. Mientras 2 de ellos mantienen a la familia bajo amenaza de arma, la tercera persona lleva a la esposa al baño y la viola.8
5. ¿Existen delitos relacionados?
Las cargas de sexo en concierto vienen con cargas de violación forzada. Sin embargo, otras cargas criminales a menudo se presentan junto con PC 264.1. Estas incluyen:
- Asalto (Código Penal 240 PC)
- Agresión (Código Penal 242 PC)
- Asalto con la intención de violar (Código Penal 220 PC)
- Cópula oral forzada (Código Penal 287 PC)
- Agresión sexual (Código Penal 243.4 PC)
- Actos lascivos con un menor (Código Penal 288(a) PC)
- Violación estatutaria (Código Penal 261.5 PC)
- Sodomía (Código Penal 286 PC)
6. ¿Cuáles son las defensas comunes?
Las personas acusadas de tener sexo en concierto con alguien más pueden plantear defensas legales para luchar contra la acusación. Las 2 defensas más comunes que utilizan los abogados de defensa criminal son:
- Falta de intención de ayudar y alentar el delito, y
- Retirada.
Las personas que inicialmente tienen la intención de ayudar a alguien a cometer un delito pueden retirar su ayuda. Para retirarse de la comisión de violación forzada, los acusados deben:
- notificar a todos los demás involucrados que ya no están ayudando, y
- hacer todo lo razonablemente en su poder para evitar que el delito ocurra.9
Notificar a otros sobre la retirada debe hacerse lo suficientemente temprano en el proceso para prevenir la comisión del delito.10
Otras posibles defensas a los cargos de violación en concierto son:
- Acusaciones falsas: A veces los acusadores hacen acusaciones falsas después de arrepentirse de un acto sexual o querer meter en problemas al acusado.
- Consentimiento: Si el acusador en realidad dio su consentimiento libre y voluntariamente al acto sexual, entonces no hubo agresión sexual.
- Falta de conocimiento: Si el acusado honestamente no sabía que iba a ocurrir una violación, entonces no pueden presentarse cargos criminales.
- Identificación errónea: No es raro que personas inocentes sean elegidas por error en una alineación con mala iluminación, especialmente por víctimas traumatizadas que son presionadas por la policía para elegir a alguien.
- Mera presencia: Las personas que simplemente están en la escena de un crimen y no hicieron nada para causar el crimen no han violado la ley.
- Mala conducta policial: Ejemplos incluyen forzar una confesión o realizar una búsqueda ilegal.
La prueba típica en estos casos incluye testimonios de testigos presenciales, videos de vigilancia y registros médicos. Y los abogados del acusado llevarían a cabo una investigación exhaustiva en un intento de desacreditar la credibilidad del acusador y descubrir cualquier motivación para mentir.
En cualquier caso, los fiscales tienen la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Si el fiscal no cumple con esta carga, el cargo debería ser retirado.
7. ¿Cuáles son las penas?
La violación en concierto según la ley de California siempre es un delito grave, cuenta como un “strike“, y requiere que los acusados se registren como delincuentes sexuales. La sentencia de prisión por una condena por violación en concierto depende de la edad de la víctima.
Edad de la víctima |
Sentencia por “violación en concierto” |
Adulto mayor de 18 años | 5, 7 o 9 años |
Menor entre 14 y 18 años | 7, 9 o 11 años |
Menor de 14 años | 10, 12 o 14 años |
Estas penas son adicionales a la sentencia por la condena del delito de violación subyacente. El Código Penal 264.1 es un delito en sí mismo, no un aumento de pena por otros delitos.11
Referencias legales:
- Instrucciones del Jurado Penal de California CALCRIM 1001. Código Penal de California Sección 264.1 PC.
- Instrucciones del Jurado Penal de California CALCRIM 401.
- People v. Singleton, (Cal. App. 1987) 196 Cal.App.3d 488.
- People v. Bohmer, (Cal. App. 1975) 46 Cal.App.3d 185.
- People v. Booth, (Cal. App. 1996) 48 Cal.App.4th 1247.
- People v. Best, (Cal. App. 1983) 143 Cal.App.3d 232.
- People v. Barnett, (Cal. App. 1976) 54 Cal.App.3d 1046.
- People v. Champion, (Cal. 1995) 9 Cal4th 879.
- Instrucciones del Jurado Penal de California CALCRIM 401.
- Ibíd. Véase también: People v. Barnett, supra; People v. Lopez (1981) 116 Cal.App.3d 882; People v. Champion, supra.
- People v. Best, Supra.