Código Penal de California § 171.7 PC hace que sea un crimen llevar armas de fuego y otras armas al área estéril de una instalación de transporte público. Un “área estéril” significa “cualquier parte de una instalación de transporte público controlada de manera consistente con el plan de seguridad de la autoridad de transporte público”.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
171.1. (a) Para los fines de esta sección:
(1) “Instalación de transporte público” significa cualquier terreno, edificio, equipo o cualquier interés en ellos, incluida cualquier estación en una ruta de transporte público, a la que se tenga acceso controlado de manera consistente con el plan de seguridad de la autoridad de transporte público, ya sea que su operación produzca o no ingresos, que tenga como objetivo principal la operación de un sistema de transporte público o la prestación de servicios a los pasajeros de un sistema de transporte público. Un sistema de transporte público incluye los vehículos utilizados en el sistema, incluidos, entre otros, vehículos motorizados, tranvías, trolebuses sin rieles, autobuses, sistemas de tren ligero, sistemas de tránsito rápido, metros, trenes o jitneys, que transportan a miembros del público a cambio de un pago.
(2) “Área estéril” significa cualquier parte de una instalación de transporte público que está controlada de manera consistente con el plan de seguridad de la autoridad de transporte público.
(3) “Arma de fuego” tiene el mismo significado que se especifica en la subdivisión (a) de la Sección 16520.
(b) Es ilegal para cualquier persona poseer conscientemente dentro de cualquier área estéril de una instalación de transporte público cualquiera de los siguientes elementos, si el área estéril está señalizada con una declaración que proporcione un aviso razonable de que la posesión de estos elementos puede resultar en un proceso penal:
(1) Cualquier arma de fuego.
(2) Cualquier imitación de arma de fuego según se define en la Sección 417.4.
(3) Cualquier instrumento que expulse un proyectil metálico, como una bola o un perdigón, mediante la fuerza de la presión del aire, la presión de CO2 o la acción de un resorte, o cualquier pistola de marcado o pistola de pintura.
(4) Cualquier granada de práctica militar de metal.
(5) Cualquier réplica de granada de metal.
(6) Cualquier réplica de granada de plástico.
(7) Cualquier arma de gas lacrimógeno no autorizada.
(8) Cualquier cuchillo indetectable, según se describe en la Sección 17290.
(c) (1) La subdivisión (b) no se aplicará ni afectará a ninguno de los siguientes:
(A) Un oficial de paz debidamente designado, según se define en el Capítulo 4.5 (comenzando con la Sección 830) del Título 3 de la Parte 2.
(B) Un oficial de paz jubilado con autorización para portar armas ocultas según se describe en el Artículo 2 (comenzando con la Sección 25450) del Capítulo 2 de la División 5 del Título 4 de la Parte 6.
(C) Un oficial de paz de tiempo completo y remunerado de otro estado o del gobierno federal que esté llevando a cabo funciones oficiales mientras se encuentre en California.
(D) Un oficial de aplicación de la ley calificado de otro estado o del gobierno federal, según lo permitido por la Ley de Seguridad de Oficiales de Aplicación de la Ley de acuerdo con la Sección 926B o 926C del Título 18 del Código de los Estados Unidos.
(E) Cualquier persona convocada por cualquiera de los oficiales enumerados en los subpárrafos (A) a (C), inclusive, para ayudar en la realización de arrestos o preservar la paz mientras esté realmente involucrada en ayudar al oficial.
(F) Una persona que es responsable de la seguridad del sistema de transporte público y que ha sido autorizada por el coordinador de seguridad de la autoridad de transporte público, por escrito, para poseer un arma especificada en la subdivisión (b).
(2) El párrafo (1) de la subdivisión (b) no se aplica ni afecta a una persona que está exenta de la prohibición de llevar una pistola de acuerdo con la Sección 25400 si el transporte de esa pistola está de acuerdo con los términos y condiciones de la exención especificada en el Artículo 2 (comenzando con la Sección 25450) del Capítulo 2 de la División 5 del Título 4 de la Parte 6 o las Secciones 25615 a 25655, inclusive.
(3) El párrafo (7) de la subdivisión (b) no se aplicará ni afectará la posesión de un arma de gas lacrimógeno cuando la posesión esté permitida de acuerdo con la División 11 (comenzando con la Sección 22810) del Título 3 de la Parte 6.
(d) Una violación de esta sección es castigable con prisión en la cárcel del condado por un período no superior a seis meses, o con una multa no superior a mil dólares ($1,000), o con ambas multa y prisión.
(e) Las disposiciones de esta sección son acumulativas y no se interpretarán como una restricción a la aplicación de cualquier otra ley. Sin embargo, un acto u omisión que sea punible de diferentes maneras por esta y cualquier otra disposición de la ley no será castigado bajo más de una disposición.
(f) Esta sección no impide el enjuiciamiento bajo cualquier otra disposición de la ley que pueda proporcionar un castigo mayor.
(g) Esta sección se interpretará de manera que sea consistente con la Sección 926A del Título 18 del Código de los Estados Unidos.
Ejemplos de actos ilegales bajo esta sección del código incluyen:
- Marico lleva una pistola de 9 mm en su mochila a una instalación de transporte público.
- Jack introduce un rifle en el área estéril de un metro bajo un abrigo.
- Como broma, Juan lleva una granada de mano de réplica a un sistema de tren ligero.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puede presentar si es acusado de un delito bajo el Código Penal 171.7. Estas incluyen demostrar que:
- no sabía que tenía un arma prohibida,
- actuó bajo coacción, y/o
- fue arrestado sin causa probable.
Sanciones
Una violación del PC 171.7 se considera un delito menor en California (en lugar de un delito grave o una infracción).
El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional por delito menor (o libertad condicional sumaria).
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué está prohibido según el Código Penal 171.7?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. Delitos relacionados
1. ¿Qué está prohibido según el Código Penal 171.7?
El Código Penal 171.7 PC es la ley de California que hace que sea un delito poseer conscientemente ciertas armas dentro de cualquier área estéril de un PTF.1 Algunas de estas armas incluyen:
- armas de fuego,
- imitaciones de armas de fuego,
- pistolas de aire comprimido,
- réplicas de granadas de mano, y
- armas de gas lacrimógeno.2
Un “área estéril” de una instalación de transporte público significa cualquier parte de un PTF que está controlada de manera consistente con el plan de seguridad de la instalación.3
Las instalaciones de transporte público transportan a miembros del público a cambio de un pago. Incluyen (pero no se limitan a):
- tranvías,
- autobuses,
- sistemas de tren ligero,
- sistemas de transporte rápido,
- metro, y
- trenes.
2. ¿Existen defensas legales?
Si se le acusa de un delito bajo el Código Penal 171.7, puede impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes a las acusaciones de PC 171.7 son:
- no tenía conocimiento del arma,
- actuó bajo coacción, y/o
- no había causa probable para arrestarlo.
2.1. Sin conocimiento
El lenguaje dentro del Código Penal 171.7 establece que solo es culpable si poseía conscientemente un arma prohibida dentro de una PTF. Por lo tanto, siempre es una defensa legal perfecta demostrar que, aunque pudo haber llevado un arma prohibida a una instalación de transporte público, no lo sabía. Por ejemplo, tal vez otra persona puso un arma en su bolso sin que usted lo supiera.
2.2. Coacción
La coacción es una defensa legal en la que básicamente se dice: “Me obligó a hacerlo“. La defensa se aplica a la situación muy limitada en la que comete un delito (aquí, poseer un arma en una PTF) porque alguien amenazó con matarlo si no se cometía el delito.
2.3. Falta de causa probable
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece que la policía debe tener causa probable antes de poder detenerlo o arrestarlo por un delito.
Si lo detuvieron o arrestaron por violar el PC 171.7, y no había causa probable, cualquier evidencia obtenida después de la detención/arresto indebido podría ser excluida del caso. Esta exclusión podría resultar en el rechazo o reducción de los cargos.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación del PC 171.7 se acusa como un delito menor en California.4
El crimen es castigable por:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.5
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional por delito menor (o resumen).
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con la posesión de un arma en un PTF. Estos son:
- armas en aeropuertos – PC 171.5,
- armas en edificios públicos y en reuniones – PC 171b, y
- armas de fuego en la mansión del gobernador – PC 171d.
4.1. Armas en aeropuertos – PC 171.5
Código Penal 171.5 es una de las muchas leyes de armas de California.
Según esta ley, es un delito menor poseer, dentro de cualquier área estéril de un aeropuerto o terminal de pasajeros:
- un arma de fuego,
- una pistola de aire comprimido o de perdigones,
- el marco o receptor de un arma de fuego, o
- cualquier munición.
La posesión de cualquiera de estas armas dentro del área estéril (después del control de seguridad) de un aeropuerto o terminal de pasajeros es castigable por:
- hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.
4.2. Armas en edificios públicos y en reuniones – PC 171b
Código Penal 171b PC es la ley de California que hace que sea un delito llevar o poseer ciertas “armas” en edificios públicos y reuniones abiertas al público.
Una violación del Código Penal 171b es un delito mixto según la ley de California. Esto significa que puede ser acusado como delito menor o delito grave.6
Si se le acusa como delito menor, el crimen es castigable con prisión en la cárcel del condado por hasta un año.
Si se acusa como un delito grave, el delito es castigable con prisión por:
- 16 meses,
- dos años, o
- tres años.
4.3. Arma de fuego en la mansión del Gobernador – PC 171d
El Código Penal 171d PC convierte en un delito mixto traer o poseer un arma de fuego cargada dentro o en los terrenos de:
- la Mansión del Gobernador o cualquier otra residencia del Gobernador,
- la residencia de cualquier otro funcionario constitucional, o
- la residencia de cualquier miembro de la Legislatura.
Una violación del Código Penal 171d es castigable:
- como un delito menor, con hasta un año en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000, o
- como un delito grave, con 16 meses, dos o tres años en la cárcel del condado.
Referencias legales:
- Código Penal de California 171.7 PC.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 171ba PC.