El Código Penal de California § 16590 establece como delito la fabricación, venta o posesión de ciertas armas peligrosas. Violaciones a esta sección pueden resultar en cargos por delito menor o delito grave con una pena de hasta 3 años de cárcel.
Las armas cubiertas por la ley incluyen:
- Armas de fuego prohibidas
- escopetas y rifles de cañón corto, según el Código Penal 33215,
- armas de fuego indetectables, según el Código Penal 24610,
- armas de fuego que no son inmediatamente reconocibles como tales, según el Código Penal 24510,
- pistolas no convencionales, según el Código Penal 31500,
- pistolas de bastón, pistolas de cartera o pistolas de cremallera, según los Códigos Penales 24410, 24710 y 33600
- Equipo/munición de armas de fuego prohibido
- contenedores de armas de fuego camuflados, según el Código Penal 24310
- balas que contienen agentes explosivos, según el Código Penal 30210,
- activadores de gatillo de ráfaga múltiple, según el Código Penal 32900
- Cuchillos/espadas prohibidos
- cuchillos balísticos, según el Código Penal 21110
- cuchillos con hebilla de cinturón, según el Código Penal 20410
- cuchillos en estuche de lápiz labial, según el Código Penal 20610
- espadas de bastón, según el Código Penal 20510
- shobi-zues, según el Código Penal 20710
- cuchillos de medidor de aire, según el Código Penal 20310
- cuchillos de bolígrafo, según el Código Penal 20910
- Armas de artes marciales prohibidas
- shurikens, según el Código Penal 22410
- Otras armas prohibidas
- nudillos de latón, según el Código Penal 21810
- bastones de plomo, según el Código Penal 22210
- granadas de práctica militar de metal o réplicas de granadas de metal, según el Código Penal 19200
- bastones, cachiporras, porras, porras de arena o bolsas de arena, según el Código Penal 22210 PC
Sanciones
Una violación de estas leyes es un delito mixto. Esto significa que un fiscal puede acusar el delito como:
- un delito menor, o
- un delito grave.
En algunos casos, podemos contactar a los fiscales después de su arresto para tratar de persuadirlos de que presenten cargos por delitos menores en lugar de delitos graves (o no presentar cargos en absoluto). En la mayoría de los casos, el delito es castigable con prisión en la cárcel del condado por hasta tres años.
Nuestros abogados de defensa criminal en California abordarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿De qué está prohibido hacer con un arma prohibida?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas por una condena de 16590 PC?
- 4. ¿Existen consecuencias de inmigración?
- 5. ¿Puedo borrar mi condena?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de posesión de armas?
- 7. ¿Existen delitos relacionados?
- Lectura adicional
1. ¿De qué está prohibido hacer con un arma prohibida?
Bajo esta ley, es un delito que usted conozca hacer lo siguiente:
- fabricar,
- importar al estado,
- ofrecer para la venta,
- prestar, o
- poseer
cualquier arma generalmente prohibida.
Las preguntas a menudo surgen bajo estas leyes sobre el significado de:
- conocimiento, y
- posesión.
También tenga en cuenta que ciertas personas y armas están exentas de enjuiciamiento bajo estas leyes.
1.1. Conocimiento
Usted es culpable bajo este estatuto solo si actúa mientras sabe que un objeto es:
- un arma, o
- capaz de ser utilizado como un arma.1
Tenga en cuenta que no es necesario que un fiscal pruebe que usted tenía la intención de usar el objeto como un arma. Es suficiente con que usted supiera que el objeto era capaz de ser utilizado como un arma.2
Ejemplo: Isabella va a un mercado de intercambio y compra un bastón antiguo de aspecto genial. Sin embargo, no tiene idea de que contiene una espada. Más tarde intenta llevarlo a través de la seguridad del aeropuerto y la TSA descubre que tiene una hoja escondida dentro de él.
Aquí, es probable que Isabella no sea culpable de poseer un arma generalmente prohibida porque no tenía conocimiento de que el bastón era ilegal:
- bastón espada, o
- capaz de ser utilizado como un arma
1.2. Poseer
La ley de California dice que usted “posee” un objeto cuando:
- lo posee realmente, o
- lo posee constructivamente.
Usted tiene “posesión real” de algo cuando:
- lo tiene en su poder, o
- tiene acceso inmediato a él.3
Esto incluye cuando tiene un arma:
- en alguna parte de su cuerpo, o
- en algo que está sosteniendo o usando (como un bolso o mochila).
Usted tiene “posesión constructiva” de algo cuando:
- no tiene acceso inmediato a él,
- pero aún así tiene control sobre él, o el derecho a controlarlo.4
Ejemplo: Tim trae un par de nudillos de latón al Estado de California. Los toma y los pone en el garaje de su casa. La policía lo detiene y lo arresta al día siguiente bajo sospecha de tener un arma prohibida.
Aquí, Tim es culpable tanto de poseer nudillos de latón como de importarlos al estado. En cuanto a la posesión, aunque no los llevaba consigo cuando fue arrestado, tenía control sobre ellos a través del acceso a su garaje.
1.3. Personas y armas exentas de persecución
Ciertas personas y situaciones están exentas de persecución bajo esta ley. Algunas de ellas incluyen:
- cuando un arma es vendida o transferida a, o poseída por, agencias de aplicación de la ley,5 6
- la posesión de armas de fuego o municiones de personas de antigüedades o curiosidades,7
- la posesión de estas armas por sociedades históricas, bibliotecas y museos,8
- uso de armas descargadas en películas, televisión y/o producciones de video,9
- cuando entregas un arma generalmente prohibida a la aplicación de la ley,10 y
- la posesión de estas armas por laboratorios forenses.11
2. ¿Existen defensas legales?
Aquí en el Grupo de Abogados de Shouse, hemos representado a literalmente miles de personas acusadas de delitos de armas. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy persuasivas con los fiscales, jurados y jueces.
- No había un arma prohibida,
- No sabías que el arma estaba allí, y/o
- La policía encontró el arma a través de una búsqueda y confiscación ilegal.
2.1. No había un arma prohibida
Eres culpable bajo este estatuto solo si realizas algún acto con un “arma generalmente prohibida“. Esto significa una de las armas mencionadas anteriormente o específicamente listadas en el Código Penal 16590. Una defensa, por lo tanto, es que digas que:
- mientras que puede haber tenido un arma,
- no era un arma prohibida como se indica en el estatuto.
Podemos contratar a un experto en armas para testificar en tu nombre que el objeto en cuestión no califica como un arma prohibida según la ley.
2.2. No sabías que el arma estaba allí
Recuerda que eres culpable de violar estas leyes solo si sabías que un objeto era:
- un arma prohibida, o
- capaz de ser utilizado como un arma.
Esto significa que es una defensa que digas que no tenías este conocimiento. La prueba que encontramos útil en este caso incluye videos de vigilancia y testimonios de testigos presenciales.
2.3. La policía encontró el arma a través de una búsqueda y confiscación ilegal
Muchos cargos bajo este estatuto surgen después de que un oficial te detiene y realiza algún tipo de investigación. Las autoridades no pueden realizar una búsqueda, o tomar propiedad sin una orden de registro válida que muestre causa probable. Si no hay una orden, entonces deben tener una excusa legal para no tener una.
Si la policía recopila pruebas de una búsqueda y confiscación ilegal, entonces podemos pedirle al juez que excluya esa evidencia de un caso penal. Esto significa que cualquier cargo en el caso podría reducirse o incluso desestimarse.
3. ¿Cuáles son las sanciones por una condena de 16590 PC?
La posesión de un arma prohibida es un delito mixto. Esto significa que un fiscal puede acusar el delito como uno u otro:
- un delito menor, o
- un delito grave.12
Si es un delito menor, el delito es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Si es un delito grave, la ofensa es castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
4. ¿Hay consecuencias de inmigración?
Una condena por posesión de un arma prohibida bajo el PC 16590 normalmente no tendrá consecuencias negativas de inmigración. Aunque consulte con un abogado en cualquier caso.13
5. ¿Puedo borrar mi condena?
Usted puede borrar una condena de PC 16590 borrando siempre que haya completado con éxito:
- libertad condicional, o
- su plazo de cárcel (lo que se le impuso).
Un borrado es favorable porque elimina muchas de las dificultades asociadas con una condena.
6. ¿Afecta una condena los derechos de armas?
Una condena por delito grave por posesión de armas prohibidas bajo el PC 16590 le impedirá poseer o tener un arma de fuego. Es posible que pueda recuperar sus derechos de armas a través de un perdón del gobernador.
7. ¿Hay delitos relacionados?
Hay seis delitos relacionados con actos ilegales con armas generalmente prohibidas. Estos son:
- llevar un arma de fuego cargada en público – PC 25850,
- llevar un arma de fuego descargada en público – PC 26350,
- amenazar con un arma – PC 417,
- posesión de una navaja automática – PC 21510,
- llevar un puñal o daga oculto – PC 21310, y
- agresión con un arma mortal – PC 245(a)(1)
7.1. Llevar un arma de fuego cargada en público – PC 25850
El Código Penal 25850 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito:
- llevar un arma de fuego cargada, y
- hacerlo en público o en un vehículo.
Tenga en cuenta que es culpable bajo esta ley mientras actúa con cualquier arma de fuego. El arma no tiene que ser también prohibida bajo el Código Penal 16590.
7.2. Llevar un arma descargada en público – PC 26350
Código Penal 26350 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito:
- llevar abiertamente un arma descargada,
- en un área pública.
Tenga en cuenta que puede llevar legalmente un arma descargada en una residencia privada.
7.3. Amenazar con un arma – PC 417
Código Penal 417 PC es el estatuto de California que define el delito de amenazar con un arma. Comete este delito al:
- sacar o exhibir un arma mortal o un arma de fuego, o
- usar un arma mortal en una pelea.
Tenga en cuenta que este estatuto no se limita solo a un arma de fuego. También se aplica a cualquier objeto que pueda ser un arma mortal.
7.4. Poseer una navaja automática – PC 21510
Código Penal 21510 PC prohíbe llevar, poseer en público, vender o regalar una navaja automática. Este delito es un delito menor.
7.5. Llevar un puñal o daga oculto – PC 21310
Código Penal 21310 PC convierte en delito menor o delito grave llevar un puñal o daga oculto. Un puñal o daga es un cuchillo capaz de ser utilizado como arma de apuñalamiento y que puede causar lesiones corporales graves o la muerte.
7.6. Agresión con un arma mortal – PC 245(a)(1)
Código Penal 245(a)(1) PC convierte en delito atacar a otra persona con un arma capaz de causar la muerte o lesiones corporales graves. El fiscal puede acusar este delito como un delito menor o un delito grave, y conlleva una sentencia de hasta 4 años de prisión.
Lectura adicional
Para obtener más información sobre las leyes de armas, consulte lo siguiente:
- Leyes de armas de California – Lista compilada por la ATF.
- Pistolas certificadas para la venta – Lista buscable en el sitio web del Fiscal General de California.
- Oficina de Armas de Fuego – Agencia del Departamento de Justicia de California.
- Leyes de armas de asalto de California y federales – Información compilada por el Fiscal General de California.
- California tiene más de 100 leyes de armas. ¿Por qué no detienen más tiroteos masivos? – Artículo en el New York Times.
Referencias legales:
El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
16590. Como se usa en esta parte, “arma generalmente prohibida” significa cualquiera de los siguientes:
(a) Un cuchillo de medidor de aire, como lo prohíbe la Sección 20310.
(b) Municiones que contienen o consisten en un dardo de flecha, como lo prohíbe la Sección 30210.
(c) Un cuchillo balístico, como lo prohíbe la Sección 21110.
(d) Una hebilla de cinturón cuchillo, como lo prohíbe la Sección 20410.
(e) Una bala que contiene o lleva un agente explosivo, como lo prohíbe la Sección 30210.
(f) Un contenedor de armas camuflado, como lo prohíbe la Sección 24310.
(g) Un bastón pistola, como lo prohíbe la Sección 24410.
(h) Una espada bastón, como lo prohíbe la Sección 20510.
(i) Un puñal o daga oculto, como lo prohíbe la Sección 21310.
(j) Una sustancia explosiva oculta, que no sea munición fija, como lo prohíbe la Sección 19100.
(k) Un arma de fuego que no sea inmediatamente reconocible como tal, como lo prohíbe la Sección 24510.
(l) Un cargador de gran capacidad, como lo prohíbe la Sección 32310.
(m) Un bastón de plomo o un instrumento o arma del tipo comúnmente conocido como billy, blackjack, sandbag, sandclub, sap o slungshot, como lo prohíbe la Sección 22210.
(n) Un cuchillo de estuche de lápiz labial, como lo prohíbe la Sección 20610.
(o) Puños de metal, como lo prohíbe la Sección 21810.
(p) Una granada de mano militar de metal o una réplica de granada de mano de metal, como lo prohíbe la Sección 19200.
(q) Un activador de gatillo de múltiples ráfagas, como lo prohíbe la Sección 32900.
(r) Un shobi-zue, como lo prohíbe la Sección 20710.
(s) Un rifle de cañón corto o una escopeta de cañón corto, como lo prohíbe la Sección 33215.
(t) Un shuriken, como lo prohíbe la Sección 22410.
(u) Una pistola no convencional, como lo prohíbe la Sección 31500.
(v) Un arma indetectable, como lo prohíbe la Sección 24610.
(w) Una pistola de billetera, como lo prohíbe la Sección 24710.
(x) Un cuchillo de bolígrafo, como lo prohíbe la Sección 20910.
(y) Una pistola de bricolaje, como lo prohíbe la Sección 33600.
(Enmendado por Estadísticas. 2021, Ch. 434, Sec. 22. (SB 827) Efectivo el 1 de enero de 2022.)
- CALCRIM No. 2500 – Posesión ilegal, etc., de arma. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2017). Véase también People v. Azevelo (1984) 161 Cal.App.3d 235; People v. King (2006) 38 Cal.4th 617; People v. Schaefer (2004) 118 Cal.App.4th 893; People v. Grubb (1965) 63 Cal.2d 614; People v. Taylor (2001) 93 Cal.App.4th 933; People v. Gaitan (2001) 92 Cal.App.4th 540; People v. Baugh (2018) 20 Cal.App.5th 438; In re Jorge M. (2000) 23 Cal.4th 866; People v. Mower (2002) 28 Cal.4th 457; People v. Wolfe (2003) 114 Cal.App.4th 177. Véase también PC 12020.
- People v. Favalora (1974) 42 Cal.App.3d 988. Ver también People v. Mercer (1995) 42 Cal.App.4th Supp. 1; People v. Rubalcava (2000) 23 Cal.4th 322; People v. Fannin (2001) 91 Cal.App.4th 1399.
- People v. Plumlee (2008) 166 Cal.App.4th 935. Ver también People v. Olmsted (2000) 84 Cal.App.4th 270; People v. Rooney (1993) 17 Cal.App.4th 1207; People v. Stinson (1970) 8 Cal.App.3d 497; People v. Mulherin (1934) 140 Cal.App. 212; People v. Jackson (1963) 59 Cal.2d 468.
- People v. Barnes (1997) 57 Cal.App.4th 552.
- Código Penal de California 17730 PC.
- Código Penal de California 22015 PC.
- Código Penal de California 17700 PC.
- Código Penal de California 17715 PC.
- Código Penal de California 17720 PC.
- Código Penal de California 17735 PC.
- Código Penal de California 17745 PC.
- En re David V (2008) 166 Cal.App.4th 801.
- Estados Unidos v. Villanueva-Gaxiola (2000) 119 F.Supp.2d 1185.