Código Penal de California § 134 PC hace que sea un delito preparar pruebas falsas con la intención de usarlas fraudulentamente en un proceso legal. Hacerlo es un delito grave que conlleva una pena de hasta 3 años de cárcel o prisión estatal.
Esto se considera un delito de obstrucción a la justicia en California.
El lenguaje de la sección del código dice que:
134. Toda persona culpable de preparar cualquier libro, papel, registro, instrumento escrito u otra cosa, con la intención de producirlo o permitir que se produzca con cualquier propósito fraudulento o engañoso, como genuino o verdadero, en cualquier juicio, proceso o investigación autorizada por la ley, es culpable de un delito grave.
Ejemplos
- hacer un recibo falso con la idea de presentarlo en un juicio por lesiones personales.
- crear una imagen inexacta de una intersección para dársela a los agentes de la ley que investigan un caso de atropello y fuga.
- alterar un testamento con la intención de usarlo en un tribunal de sucesiones.
Defensas
Se puede vencer un cargo por preparar pruebas falsas con una defensa legal. Las defensas comunes incluyen:
- no tener la intención de producir,
- no tener la intención de engañar, y/o
- trampa.
Penalidades
Una violación de esta ley se acusa como un delito grave. Esto es opuesto a un delito menor o una infracción.
El crimen es castigable con:
- encarcelamiento en la prisión estatal por hasta tres años, o
- libertad condicional por delito grave (o formal).
Nuestros abogados de defensa criminal de California abordarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuándo es un crimen preparar pruebas falsas?
- 2. ¿Existen defensas legales para el Código Penal 134?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Existen consecuencias de inmigración?
- 5. ¿Puedo obtener una condena eliminada?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de posesión de armas?
- 7. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Cuándo es un delito preparar pruebas falsas?
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarte por violar el Código Penal 134:
- que preparaste un “asunto o cosa” falso o falsificado,
- que lo hiciste con la intención de presentarlo como prueba en un proceso legal, y
- que lo hiciste con la intención de engañar.1
Ten en cuenta que esta ley enumera algunos ejemplos de pruebas que podrías falsificar. Estos son:
“cualquier libro, papel, registro, instrumento escrito o cualquier otro asunto o cosa falso o con fecha anterior.”2
Al incluir la frase “asunto o cosa”, la ley hace que sea un delito:
- preparar cualquier tipo,
- de pruebas falsas.
Un “asunto o cosa” podría incluir pruebas como:
- fotos,
- armas,
- mapas, y
- prendas de vestir.
Ten en cuenta que un proceso legal incluye:
- juicios civiles y penales,
- audiencias,
- investigaciones, y
- indagaciones.
Surgieron preguntas sobre el significado de esta ley en cuanto a:
- la intención de presentar, y
- la intención de engañar.
1.1. Intención de presentar
Solo eres culpable bajo esta ley si:
- preparas pruebas falsas, y
- lo haces con la intención de presentarlas en un proceso legal.3
Ten en cuenta que no es necesario que la prueba se presente realmente.
Esto significa que puedes ser acusado de este delito si la prueba:
- nunca se usó en un asunto legal, o
- fue presentada en el tribunal por otra persona.
Ejemplo: Scott está en un divorcio desagradable con su esposa. A medida que se acerca su juicio, Scott altera varios correos electrónicos para mostrar que su esposa es alcohólica y no debería obtener la custodia de su hijo. Quiere usarlos como pruebas durante el proceso judicial. Los cónyuges terminan resolviendo su caso dos días antes del juicio.
Aquí, Scott es culpable de preparar pruebas falsas porque alteró correos electrónicos. Aunque los correos electrónicos nunca fueron presentados como pruebas, Scott tenía la intención de presentarlos durante el juicio.
1.2. Intención de engañar
Solo eres culpable bajo el PC 134 si:
- tuviste la intención de presentar pruebas falsas,
- con un propósito fraudulento o engañoso.4
“Con un propósito fraudulento” significa que debes haber actuado:
- con la intención de engañar, o engañar a alguien
- con las pruebas falsas.5
Ejemplo: María es la demandante en un caso de lesiones personales. Completa un documento (tarde en la noche) que muestra la cantidad total de dinero que ha gastado en rehabilitar su lesión. Sin que ella lo sepa, María comete varios errores de cálculo porque está cansada y descuidada. María lleva el documento al tribunal a la mañana siguiente con la intención de entregárselo al juez.
Aquí, María no es culpable de preparar pruebas falsas. El documento es técnicamente falso porque incluye cifras erróneas y cargos de rehabilitación. Pero María no tuvo la intención de engañar al hacer su documento. Simplemente “falsificó” el documento por descuido y error.
2. ¿Existen defensas legales al Código Penal 134?
Puedes impugnar una acusación bajo esta ley con una defensa legal.
Tres defensas comunes son:
- no tener la intención de producir,
- no tener la intención de engañar, y/o
- provocación.
2.1. No tener la intención de producir (“falta de intención”)
Recuerde que solo es culpable bajo este estatuto si:
- prepara pruebas falsas, y
- lo hace con la intención de presentarla en un proceso legal.
Esto significa que es una defensa decir que no actuó con esta intención requerida.
2.2. No tener la intención de engañar
Solo es culpable bajo el Código Penal 134 si:
- preparó pruebas falsas, y
- lo hizo con la intención de engañar o engañar a alguien más.
Por lo tanto, es una defensa válida decir que no actuó con esta intención. Tal vez, por ejemplo, una pieza de evidencia fue falsificada por error o accidente.
2.3. Provocación
Los oficiales de policía no pueden atraer a sospechosos a cometer un delito. Esta “atracción” se conoce como provocación. Se aplica a la conducta oficial dominante como la presión, el acoso, el fraude o las amenazas. La provocación es una defensa legal aceptable siempre que demuestre que solo cometió el delito debido a la provocación.
(Tenga en cuenta que en algunos casos, los abogados de defensa descubren evidencia de que los policías corruptos estaban plantando pruebas).
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de estas leyes se acusa como un delito grave.
El delito es castigado con:
- custodia en prisión estatal por hasta tres años, o
- libertad condicional por delito grave (o formal).6
4. ¿Hay consecuencias de inmigración?
Una condena por preparar pruebas falsas tendrá consecuencias negativas de inmigración.
Un tribunal de California ha dictaminado que un delito que involucra pruebas falsas es un delito que implica turpitud moral.7
“Delitos que implican turpitud moral” pueden resultar en que un no ciudadano sea:
- deportado, o
- marcado como inadmisible.
Esto significa que un delito bajo el PC 134 tendrá resultados migratorios perjudiciales.
5. ¿Puedo obtener una condena eliminada?
Es posible que pueda obtener una condena eliminada expungida.
No se puede obtener un borrado de antecedentes por un delito si se es condenado a prisión estatal. 8 Esto significa que no podrá obtener un borrado de antecedentes:
- por un delito de preparación de pruebas falsas
- si recibe una condena de prisión.
Aunque es posible que pueda obtener un borrado de antecedentes del caso penal si se le otorga libertad condicional por delito grave en lugar de tiempo en prisión.
6. ¿Afecta una condena los derechos de posesión de armas?
Perderá sus derechos de posesión de armas si es condenado bajo esta ley.
Un delincuente condenado está prohibido de comprar o poseer un arma según la ley de California.
Dado que la preparación de pruebas falsas es un delito grave, una condena por este delito resultará en la pérdida de los derechos de posesión de armas.
7. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con la preparación de pruebas falsas. Estos son:
- ofrecer pruebas falsas – PC 132,
- perjurio – PC 118, y
- destruir o ocultar pruebas – PC 135.
7.1. Ofrecer pruebas falsas – PC 132
El Código Penal 132 PC es la ley de California que establece como delito ofrecer pruebas escritas falsas en un proceso legal.
Esta es una ley mucho más estrecha que el Código Penal 134 y solo se aplica a pruebas escritas/documentos falsos.
7.2. Perjurio – PC 118
Según el Código Penal 118 PC, el perjurio es el delito en California de dar deliberadamente información falsa bajo juramento.
A diferencia del PC 134, esta ley se aplica al testimonio real dado en un proceso legal.
7.3. Destruir pruebas u ocultar pruebas falsas – PC 135
El Código Penal 135 PC es la ley de California que establece como delito:
- destruir o esconder intencionalmente cualquier prueba,
- en un proceso legal.
“Proceso legal” aquí tiene el mismo significado que se usa con la preparación de pruebas falsas.
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Referencias legales:
- Sección 134 del Código Penal de California. Véase, por ejemplo: People v. Shah (Cal. App. 3d Dist., 2019), 38 Cal. App. 5th 813; People v. Morrison (Cal. App. 2d Dist., 2011), 191 Cal. App. 4th 1551.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo. Véase también People v. Brown (1887) 74 Cal. 306; y, People v. Horowitz (1945) 70 Cal. App. 2d 675.
- Código Penal de California 134 PC.
- Véase People v. Brown, supra; y People v. Horowitz, supra.
- Código Penal de California 132 PC. Véase también Código Penal de California 1170h.
- In re Jones (1971), 5 Cal. 3d 390.
- Código Penal de California 1203.4 PC.