Código de Vehículos § 5201 CVC es uno de los estatutos de California sobre placas de matrícula y la exhibición de placas. Las personas cometen una infracción bajo esta ley si no sujetan de manera segura sus placas de matrícula a sus vehículos de motor, o si no mantienen sus placas claramente visibles y legibles. Una violación de esta sección del código es una infracción sancionable con una multa de $196.
En este artículo, citaremos el lenguaje completo del estatuto. Luego, proporcionaremos un análisis y explicación legal.
El lenguaje de la sección del código dice lo siguiente:
5201. (a) Las placas de matrícula, incluidas las placas temporales, deben estar sujetas de manera segura al vehículo para el cual fueron emitidas para evitar que se balanceen, deben estar montadas en una posición que sea claramente visible y que los caracteres estén en posición vertical y se muestren de izquierda a derecha, y deben mantenerse en una condición que sea claramente legible. La placa de matrícula trasera debe estar montada a no menos de 12 pulgadas ni más de 60 pulgadas del suelo, y la placa de matrícula delantera debe estar montada a no más de 60 pulgadas del suelo, excepto en los siguientes casos:
- La placa de matrícula trasera en un camión de remolque o en un vehículo de remolque de recuperación puede estar montada en el lado izquierdo del conjunto del mástil en la parte trasera de la cabina del vehículo, a no menos de 12 pulgadas ni más de 90 pulgadas del suelo.
- La placa de matrícula trasera en un vehículo cisterna que transporta residuos peligrosos, según se define en la Sección 25117 del Código de Salud y Seguridad, o material asfáltico puede estar montada a no menos de 12 pulgadas ni más de 90 pulgadas del suelo.
- La placa de matrícula trasera en un tractor de camión puede estar montada en la parte trasera de la cabina del vehículo, pero no a menos de 12 pulgadas ni más de 90 pulgadas del suelo.
- La placa de matrícula trasera de un vehículo diseñado por el fabricante para la recolección y transporte de basura, desechos o residuos que se utiliza regularmente para la recolección y transporte de ese material por parte de una persona o entidad gubernamental empleada para recolectar, transportar y desechar basura, desechos o residuos puede estar montada a no menos de 12 pulgadas ni más de 90 pulgadas del suelo.
- La placa de matrícula trasera en un remolque de ganado de dos ejes puede estar montada a 12 pulgadas o más, pero no más de 90 pulgadas, del suelo.
- (A) La placa de matrícula trasera en un camión con cama volquete equipado con un eje oscilante de carga trasero debe estar montada a más de 12 pulgadas, pero no más de 107 pulgadas, del suelo.
- (B) Como se usa en esta sección, un eje oscilante de carga trasero es un eje que se puede mover desde una posición elevada a una posición detrás del vehículo que permite la transferencia de una parte del peso del vehículo y la carga al eje trasero.
(b) Las placas temporales deben ser reemplazadas con placas permanentes al recibir las placas permanentes, y las placas temporales deben ser destruidas en ese momento.
(c) No se debe utilizar una cubierta en las placas de matrícula, excepto en los siguientes casos:
- La instalación de una cubierta sobre un vehículo estacionado legalmente para protegerlo del clima y los elementos no constituye una violación de esta subdivisión. Un oficial de paz u otro empleado regularmente remunerado de una agencia pública designado para hacer cumplir las leyes, incluyendo las ordenanzas locales, relacionadas con el estacionamiento de vehículos, puede retirar temporalmente parte de la cubierta que sea necesaria para inspeccionar cualquier placa de matrícula, etiqueta o indicio de registro en un vehículo.
- La instalación de una cubierta de seguridad para placas de matrícula no es una violación de esta subdivisión si el dispositivo no obstruye o afecta el reconocimiento de la información de la placa de matrícula, incluyendo, pero no limitado a, el estado emisor, número de placa de matrícula y etiquetas de registro, y la cubierta se limita al área directamente sobre la parte superior de las etiquetas de registro. Ninguna parte de la cubierta de seguridad para placas de matrícula debe cubrir el número de placa de matrícula.
(d) No se debe instalar en un vehículo una carcasa, escudo, marco, borde, producto u otro dispositivo que obstruya o afecte la lectura o el reconocimiento de una placa de matrícula por un dispositivo electrónico operado por la policía estatal o local, un dispositivo electrónico operado en conexión con una carretera de peaje, carril de alta ocupación de peaje, puente de peaje u otra instalación de peaje, o un dispositivo de detección remota de emisiones, según lo especificado en las Secciones 44081 y 44081.6 del Código de Salud y Seguridad.
(e) (1) La intención de la Legislatura es que se haga una acomodación para las personas con discapacidades y para aquellas personas que regularmente transportan a personas con discapacidades, para permitir la remoción y reubicación de elevadores y portaequipajes para sillas de ruedas sin la necesidad de quitar y volver a colocar la placa de matrícula trasera del vehículo. Por lo tanto, no es una violación de esta sección si la lectura o el reconocimiento de una placa de matrícula trasera está obstruida o afectada por un elevador o portaequipajes para sillas de ruedas y se cumplen todos los siguientes requisitos:
- (A) El propietario del vehículo ha recibido una placa de identificación especial de acuerdo con la Sección 5007, o la persona que usa la silla de ruedas que se transporta en el vehículo ha recibido una placa distintiva según la Sección 22511.55.
- (B) (i) El operador del vehículo muestra una calcomanía, diseñada y emitida por el departamento, que contiene el número de placa de matrícula asignado al vehículo que transporta la silla de ruedas.
- (ii) La calcomanía se muestra en la ventana trasera del vehículo, en una ubicación determinada por el departamento, en consulta con el Departamento de la Patrulla de Carreteras de California, para que sea claramente visible para la policía.
(2) No obstante cualquier otra ley, si se muestra una calcomanía de acuerdo con esta subdivisión, no se aplican los requisitos de este código que requieren la iluminación de la placa de matrícula y el número de placa de matrícula.
(3) El departamento adoptará regulaciones que rigen los procedimientos para aceptar y aprobar solicitudes de calcomanías y emitir calcomanías autorizadas por esta subdivisión.
(4) Esta subdivisión no se aplica a una placa de matrícula delantera.
(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2019.
Ejemplos
- conducir un automóvil con una placa delantera colgante.
- operar un vehículo sabiendo que tanto las placas delanteras como las traseras están cubiertas de barro.
- colocar una placa temporal en la parte superior del tablero de un automóvil y no sujetarla al vehículo.
Defensas legales
Una persona puede impugnar un cargo bajo esta ley con una defensa legal. Algunas defensas comunes incluyen demostrar que:
- la policía cometió un error,
- se aplica una excepción bajo la ley, y/o
- un oficial de paz no tenía causa probable para detener al conductor.
Sanciones
Una violación del Código de Vehículos de California Sección 5201 es una infracción (en lugar de un delito menor o un delito grave). El delito es punible con una multa de tráfico y una multa de $196.
Nuestros abogados de defensa criminal en California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué dice la ley de California sobre el montaje de una placa de matrícula?
- 2. ¿Puede un acusado plantear una defensa legal?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por violar VC 5201?
- 4. ¿Existen delitos similares?
1. ¿Qué dice la ley de California sobre el montaje de una placa de matrícula?
El Código de Vehículos 5201 establece los siguientes requisitos que los propietarios de vehículos deben seguir con respecto a las placas de matrícula de sus autos:
- los propietarios deben sujetar de manera segura sus placas, incluidas las placas delanteras y traseras, a sus vehículos, y
- los conductores deben mantener sus placas de matrícula y números de matrícula visibles y legibles en todo momento.1
En cuanto al montaje de las placas, la ley establece que la placa trasera debe estar montada a no menos de 12 pulgadas ni más de 60 pulgadas del suelo. Las placas delanteras deben estar montadas a no más de 60 pulgadas del suelo.2
Varias excepciones a esta última regla se aplican. Las excepciones se aplican a ciertos vehículos, como:
- camiones de remolque,
- vehículos cisterna, y
- camiones de basura.
VC 5201(b) también prohíbe al propietario del vehículo colocar una cubierta sobre una placa de matrícula.3 Nuevamente, algunas excepciones se aplican. Por ejemplo, instalar una cubierta de seguridad para la placa de matrícula no viola esta ley si el dispositivo no obstruye o afecta el reconocimiento de la información de la placa de matrícula.4
Sin embargo, un estuche, letrero, o cubierta no se puede usar si afecta o impide el reconocimiento de una placa de matrícula por parte de:
- un dispositivo electrónico operado por la policía, o
- un dispositivo electrónico operado en conexión con una carretera de peaje, un puente de peaje, o un dispositivo de detección remota de emisiones.5
2. ¿Puede un acusado plantear una defensa legal?
Los abogados que ayudan a los clientes a impugnar multas de tráfico recurren a ciertas estrategias legales para impugnar este tipo de cargos. Tres comunes incluyen abogados que demuestran que:
- la policía cometió un error.
- se aplica una excepción.
- la policía no tenía causa probable para detener a un conductor.
2.1 Error de la policía
A veces un oficial de policía o un miembro de la Patrulla de Carreteras de California (CHP) puede acusar erróneamente a una persona de una violación de esta sección. Hay momentos en que es difícil determinar si una placa de matrícula está montada correctamente o si está asegurada de manera segura. Por lo tanto, las personas siempre pueden impugnar una multa demostrando que la policía cometió un error.
2.2 Excepción
Se aplican varias excepciones bajo esta ley. Por ejemplo, hay excepciones al montaje adecuado de las placas de matrícula y excepciones a las cubiertas de placas. Esto significa que las personas siempre pueden intentar afirmar que la ley no se aplica a ellos porque se encuentran bajo una de estas excepciones.
2.3 Falta de causa probable
La Cuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos establece que la policía debe tener causa probable antes de poder detener o arrestar a un sospechoso de un delito.
Si una persona fue detenida o arrestada por violar CVC 5201, y no había causa probable, entonces cualquier evidencia obtenida después de la detención/arresto indebido podría ser excluida del caso. El resultado es que un juez podría desestimar un caso o reducir los cargos de una persona.
3. ¿Cuáles son las sanciones por violar CVC 5201?
Las infracciones de tráfico bajo esta ley se tratan como infracciones. Las violaciones resultan en que una persona reciba una multa de tráfico y una multa de $196.
Tenga en cuenta que una violación no resulta en que se asignen puntos a la licencia de conducir de una persona o al registro del DMV del conductor.
4. ¿Existen leyes similares?
Hay tres leyes similares a CVC 5201. Estas son:
- mostrar placas de matrícula – VC 5200,
- colocar etiquetas de registro – VC 5204, y/o
- uso indebido de registro de vehículo – VC 4462.5.
4.1 Mostrar placas de matrícula – VC 5200
Según VC 5200, mostrar placas de matrícula se refiere a la ley que establece:
- si el DMV emite a un conductor dos placas de matrícula, debe colocar una en la parte delantera del vehículo y otra en la parte trasera, y
- si el DMV emite a un conductor solo una placa, debe colocarla en la parte trasera del automóvil.
Tenga en cuenta que “parte trasera del automóvil” no significa que un conductor pueda mostrar una placa dentro de la ventana trasera de un vehículo. La placa debe estar sujeta al automóvil de acuerdo con VC 5201a.
4.2 Colocar etiquetas de registro – CVC 5204
Según CVC 5204, colocar etiquetas de registro se refiere a la ley que requiere que los conductores coloquen correctamente las etiquetas en su placa de matrícula trasera. Estas pegatinas o calcomanías indican el mes y año actual en que expira el registro del vehículo de una persona.
Al igual que una violación del VC 5201, una violación de esta ley es una infracción que se castiga con una multa de tráfico y una multa.
4.3 Uso indebido del registro de vehículos – VC 4462.5
Bajo VC 4462.5, el uso indebido del registro de vehículos se refiere a la ley que hace que sea un delito para las personas presentar a la policía una tarjeta de registro que no fue emitida para el vehículo que el conductor estaba conduciendo.
La ley de California trata una violación de este delito como más grave que una violación que involucra placas de matrícula. El uso indebido del registro de vehículos es un delito menor castigado con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 5201a CVC.
- Ver lo mismo.
- Código de Vehículos de California 5201c VC.
- Código de Vehículos de California 5201c2 VC.
- Código de Vehículos de California 5201c3 VC.