Código de Salud y Seguridad § 11378 HS hace que sea un delito tener posesión de metanfetamina con la intención de vender la droga. Este delito grave es castigado con hasta 3 años de cárcel y multas de hasta $10,000.
Una condena también cuenta como un delito deportable para los no ciudadanos.
Ejemplos
- llevar bolsas de metanfetamina en una mochila con el propósito de venderla a alguien.
- conducir un automóvil a un “punto de venta” con metanfetamina en el maletero del vehículo.
- almacenar tabletas de metanfetamina en un armario durante unos días antes de completar una venta.
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudarlo a impugnar los cargos bajo esta ley. Algunas de las más comunes incluyen demostrar que:
- no poseía metanfetamina con la “intención” de vender la droga,
- no “poseía” metanfetamina, y/o
- la policía realizó una búsqueda y confiscación ilegal.
Sanciones
Una violación de la Sección 11378 del Código de Salud y Seguridad es un delito grave (en lugar de una infracción o un delito menor).
El delito es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa poseer metanfetamina con la intención de venderla?
- 2. ¿Existen defensas para el Código de Salud y Seguridad 11378 HS?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
El Código de Salud y Seguridad 11378 HS hace que sea ilegal poseer metanfetamina con la intención de venderla.
1. ¿Qué significa poseer metanfetamina con la intención de venderla?
Según las leyes penales de California, usted es culpable de posesión para la venta de metanfetamina si se cumplen todas las siguientes condiciones:
- poseía ilegalmente metanfetamina,
- sabía de la presencia de la droga,
- sabía de la naturaleza o el carácter de la sustancia como una sustancia controlada, y
- cuando poseía la sustancia controlada, tenía la intención de venderla.1
Tenga en cuenta que el HS 11378 hace que sea ilegal poseer para la venta metanfetamina y sustancias controladas no narcóticas, incluidos estimulantes, “drogas de fiesta” y esteroides ilegales.2
En cuanto a la “posesión” de una droga ilegal, no es necesario que la sostenga o la toque para poseerla. Es suficiente si tiene control sobre ella, ya sea personalmente o a través de otra persona.3
Para ser culpable bajo esta sección del código, debe poseer suficiente metanfetamina para que se pueda usar como sustancia controlada. Esto no significa que tenga que poseer una gran cantidad de metanfetamina para que alguien pueda drogarse.4
Más bien, tiene que haber suficiente de la droga para que se pueda usar de la manera en que alguien normalmente usaría metanfetaminas (por ejemplo, fumarla, inhalarla, tragarla, etc.).5
Tú no violas esta ley si eres un profesional médico (como un farmacéutico o veterinario) y vendes metanfetaminas de acuerdo con la ley de California y federal.
2. ¿Existen defensas para el Código de Salud y Seguridad 11378 HS?
Si se te acusa de cargos de drogas en virtud de este estatuto, tienes el derecho de impugnarlos con una defensa legal/descargo de responsabilidad. Tres defensas comunes incluyen demostrar que:
- no tenías la intención de vender metanfetaminas.
- no poseías la droga.
- la policía realizó una búsqueda y confiscación ilegal.
Sin intención de vender
Recuerda que solo eres culpable bajo esta ley si poseías metanfetaminas y tenías la intención de vender la droga. Por lo tanto, siempre puedes impugnar un caso demostrando que no tenías la intención de vender metanfetaminas. Tal vez, por ejemplo, tenías la droga para uso personal.
Sin posesión
Recuerda, también, que en realidad tienes que poseer metanfetaminas para ser condenado bajo este estatuto. Además, “posesión” tiene una definición legal precisa bajo la ley. Una defensa, entonces, es demostrar que no poseías una sustancia controlada.
Búsqueda y confiscación ilegal
Esta es una defensa común para impugnar muchos tipos de delitos de drogas. La policía debe tener una orden, o una excusa legal para no tener una, para realizar una búsqueda y confiscación legal. Esto significa que puedes alegar la defensa de que fuiste arrestado después de que las autoridades realizaron una búsqueda y confiscación inválida.6
Una violación de este estatuto puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de este estatuto es un delito grave.
El delito es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado (en lugar de una sentencia de prisión estatal) por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.7
No eres elegible para desvío de drogas (tratamiento de drogas) en lugar de tiempo en la cárcel si eres condenado bajo esta sección del código.
Además, puedes recibir tiempo de cárcel mejorado si se aplica alguna de las siguientes situaciones:
- violaste la ley en las instalaciones de un centro de tratamiento de drogas, un centro de “desintoxicación” o un refugio para personas sin hogar,8
- tenías más de un kilogramo de metanfetaminas en tu posesión,9
- usaste la ayuda de un menor para violar el estatuto o tenías la intención de vender metanfetaminas a un menor.10
Ten en cuenta que si eres un inmigrante legal o extranjero legal, una condena bajo HS 11378 podría llevar a la deportación.
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay varios delitos relacionados con la posesión de metanfetaminas para la venta. Estos son:
- posesión de metanfetaminas – HS 11377,
- transporte o venta de metanfetaminas – HS 11379,
- posesión de una sustancia controlada para la venta – HS 11351,
- conducir bajo la influencia de drogas – VC 23152f, y
- estar bajo la influencia de una sustancia controlada – HS 11550.
Posesión de metanfetaminas – HS 11377
Según el Código de Salud y Seguridad 11377, posesión de metanfetaminas es el delito donde posees ilegalmente metanfetaminas y ciertas otras drogas.
El término “posesión” se define de la misma manera bajo este estatuto que bajo HS 11378.
Transporte o venta de metanfetaminas – HS 11379
Según el Código de Salud y Seguridad 11379 HS, transporte o venta de metanfetaminas es el delito donde vendes metanfetaminas o las transportas para su venta.
Ten en cuenta que mientras que HS 11378 criminaliza la posesión de metanfetaminas para la venta, este estatuto se enfoca en la venta real de metanfetaminas y su transporte.
Posesión de una sustancia controlada para la venta – HS 11351
Según el Código de Salud y Seguridad 11351 HS, posesión de una sustancia controlada es el delito donde posees ciertas sustancias controladas con la intención de venderlas.
La metanfetamina es una droga cubierta bajo este estatuto. Por lo tanto, si posees metanfetaminas con la intención de vender la droga, puedes ser acusado bajo HS 11378 o HS 11351.
Conducir bajo la influencia de drogas (DUID) – VC 23152f
Según el Código de Vehículos 23152f VC, DUID es el delito donde conduces bajo la influencia de drogas.
A diferencia de las violaciones bajo HS 11378, las violaciones de este estatuto pueden llevar a cargos de delito menor o delito grave.
Estar bajo la influencia de una sustancia controlada – HS 11550
Per Código de Salud y Seguridad 11550, estar bajo la influencia de una sustancia controlada es el delito en el que estás bajo la influencia de una sustancia controlada o una droga narcótica que no está recetada legalmente.
Una violación de esta ley es un delito menos grave en comparación con una violación de HS 11378. El delito es un delito menor castigable con una pena máxima de un año de cárcel.
Referencias legales:
- CALCRIM No. 2302 – Posesión para la venta de sustancia controlada. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2020). Ver también People v. Ramos (2016) 224 Cal.App.4th 99.
- Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS. El lenguaje de la sección del código dice lo siguiente:
Excepto como se proporciona en el Artículo 7 (comenzando con la Sección 4110) del Capítulo 9 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, una persona que posee para la venta una sustancia controlada que cumple con cualquiera de los siguientes criterios será castigada con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal:(1) La sustancia está clasificada en el Anexo III, IV o V y no es una droga narcótica, excepto la sustancia especificada en la subdivisión (g) de la Sección 11056.(2) La sustancia está especificada en la subdivisión (d) de la Sección 11054, excepto los párrafos (13), (14), (15), (20), (21), (22) y (23) de la subdivisión (d).(3) La sustancia está especificada en el párrafo (11) de la subdivisión (c) de la Sección 11056.(4) La sustancia está especificada en el párrafo (2) o (3) de la subdivisión (f) de la Sección 11054.(5) La sustancia está especificada en la subdivisión (d), (e) o (f), excepto el párrafo (3) de la subdivisión (e) y los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (2) de la subdivisión (f), de la Sección 11055.(Enmendado por Estadísticas. 2013, Ch. 76, Sec. 110. (AB 383) Efectivo el 1 de enero de 2014.)
Ver también People v. Washington (2021) 61 Cal.App.5th 776.
- CALCRIM No. 2302. Para una discusión sobre posesión simple vs. posesión constructiva, ver People v. Barnes (1997) 57 Cal.App.4th 552.
- People v. Leal (1966) 64 Cal.2d 504.
- People v. Rubacalba (1993) 6 Cal.4th 62.
- Ver, por ejemplo, People v. Zabala (2018) 19 Cal.App.5th 335.
- Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS. Ver también Código Penal de California 1170h PC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11380.7 HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.4 HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11353 HS.