California Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS hace que sea un delito estar en posesión de una sustancia controlada mientras al mismo tiempo estar armado con un arma de fuego operable. Este es un delito grave castigado con hasta 4 años de cárcel o prisión, y una multa de hasta $10,000.00.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
11370.1. (a) No obstante lo dispuesto en la Sección 11350 o 11377 o cualquier otra disposición de la ley, toda persona que posea ilegalmente cualquier cantidad de una sustancia que contenga base de cocaína, una sustancia que contenga cocaína, una sustancia que contenga heroína, una sustancia que contenga metanfetamina, una sustancia que contenga fentanilo, una sustancia cristalina que contenga fenciclidina, una sustancia líquida que contenga fenciclidina, material vegetal que contenga fenciclidina, o un cigarrillo enrollado a mano tratado con fenciclidina mientras está armado con un arma de fuego cargada y operable es culpable de un delito grave castigado con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años.
(b) La subdivisión (a) no se aplica a ninguna persona que posea legalmente fentanilo, incluido con una receta válida.
(c) Como se usa en la subdivisión (a), “armado con” significa tener disponible para uso inmediato ofensivo o defensivo.
(d) Cualquier persona que sea condenada bajo esta sección será inelegible para la desviación o la entrada diferida del juicio en virtud del Capítulo 2.5 (comenzando con la Sección 1000) del Título 6 de la Parte 2 del Código Penal.
También hay graves consecuencias colaterales de una condena por delito grave en California. Algunas de las más graves incluyen (pero no se limitan a):
- Una prohibición de por vida de poseer o tener armas de fuego, y
- El requisito de que revele la condena cuando se le pregunte en una solicitud de empleo.
Alternativas a la prisión
Desafortunadamente, si es condenado bajo el Código de Salud y Seguridad 11370.1, no es elegible para la desviación de drogas (tratamiento) bajo:
- Prop. 36 – Ley de Prevención de Delitos y Abuso de Sustancias de 2000, o
- Código Penal de California 1000 entrada diferida del juicio (“DEJ”).
Sin embargo, es posible que sea elegible para una sentencia suspendida y libertad condicional por delito grave (formal) en California dependiendo de:
- los hechos específicos de su caso, y
- su historial criminal (si lo hay).
Si se le concede libertad condicional por delito grave, pasará como máximo un año en la cárcel del condado. Incluso es posible que no reciba tiempo en la cárcel.
Pero estará sujeto a la supervisión del tribunal y deberá cumplir estrictamente con las condiciones que pueden incluir (pero no se limitan a):
- Asesoramiento o tratamiento de drogas,
- Pruebas de drogas,
- Búsquedas de su persona con o sin una orden,
- Pago de una multa,
- Reuniones con un oficial de libertad condicional, y/o
- Trabajo o servicio comunitario (como trabajo en carreteras de Caltrans).
Nuestros abogados de defensa criminal de California incluyen ex fiscales y policías. Entendemos las complicadas leyes de drogas y armas de fuego de California.
Para ayudarte a comprender mejor las leyes sobre posesión de una sustancia controlada mientras estás armado, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo siguiente:
- 1. Definición de posesión mientras estás armado
- 2. Penas
- 3. Mejores defensas
- 4. Delitos relacionados
1. Definición de posesión mientras estás armado
Elementos del delito
Para que seas condenado bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11370.1 HS, el fiscal debe probar todas las siguientes cosas (conocidas como “elementos del delito”):
- poseías una cantidad utilizable de una sustancia controlada;
- conocías su presencia;
- conocías la naturaleza o el carácter de la sustancia como una sustancia controlada;
- la sustancia controlada era una de las enumeradas en la Sección 1.2, a continuación;
- la sustancia controlada era en una cantidad utilizable;
- mientras poseías esa sustancia controlada, tenías un arma de fuego cargada y operable disponible para su uso inmediato ofensivo o defensivo; y
- sabías que tenías el arma de fuego disponible para su uso inmediato ofensivo o defensivo.1
Ten en cuenta que también puedes ser acusado por separado de posesión de una sustancia controlada, Código de Salud y Seguridad de California 11350 HS o 11377 HS. La posesión de una sustancia controlada no es un delito menor incluido en la posesión de una sustancia controlada mientras estás armado.2
Sustancias controladas cubiertas por el Código de Salud y Seguridad 11370.1
El Código de Salud y Seguridad de California 11370.1 establece como delito poseer ilegalmente cualquier cantidad de una sustancia que contenga:
- base de cocaína,
- cocaína,
- heroína,
- metanfetamina,
- una sustancia cristalina que contenga fenciclidina (“PCP”),
- una sustancia líquida que contenga PCP,
- material vegetal que contenga PCP,
- un cigarrillo enrollado a mano tratado con PCP, o
- un análogo de cualquiera de las sustancias anteriores.3
Para fines de este artículo, nos referiremos colectivamente a lo anterior como “sustancias controladas”. Sin embargo, esta es una definición más estrecha de “sustancia controlada” que la utilizada en la mayoría de las leyes de drogas de California y federales.
La definición legal de “análogo de sustancia controlada”
Un “análogo de sustancia controlada” significa:
- Una sustancia que es químicamente similar a una sustancia controlada, o
- Una sustancia que:
- tiene,
- se representa como tener, o
- se pretende que tenga,
un efecto en el sistema nervioso central como
- un estimulante,
- depresivo, o
- alucinógeno,
y cuyo efecto es sustancialmente similar o mayor que el de una sustancia controlada.4
La definición legal de “poseer”
Tienes “posesión” de una sustancia controlada cuando tienes posesión “real”, “constructiva” o “conjunta” de ella.
“Posesión real”
Tienes “posesión real” de una droga cuando:
- la estás sosteniendo, o
- está en tu cuerpo o en algo que estás sosteniendo o usando.
Ejemplo: Melanie tiene un paquete de heroína en el bolsillo de sus jeans. Ella tiene posesión real de la heroína.
“Posesión constructiva”
Tienes “posesión constructiva” de algo cuando no tienes acceso inmediato a él, pero:
- lo controlas, o
- tienes el derecho de controlarlo (ya sea por ti mismo o a través de otra persona).5
Ejemplo: Marlon es detenido por sospecha de conducir bajo la influencia. Hay PCP en su chaqueta, que está en el asiento trasero. Aunque no tiene acceso inmediato al PCP, tiene posesión constructiva de él porque tiene el control de la chaqueta.
Poseer conjuntamente
Dos o más personas pueden tener posesión de drogas al mismo tiempo (“posesión conjunta”).6
Ejemplo: Jamal y Kevin están compartiendo un porro con PCP. Mientras lo fuman, ambos poseen realmente la droga. Si no lo terminan, pero lo esconden en un cajón para más tarde, todavía comparten conjuntamente la droga, porque tienen el derecho mutuo de controlarla.
“Cantidad utilizable”
Usted posee una “cantidad utilizable” de una sustancia controlada si hay suficiente para ser utilizado por alguien como una droga. No necesariamente tiene que ser suficiente para que usted – o cualquier otra persona – se drogue.7
La definición legal de “armado”
Usted está armado con un arma de fuego cargada y operable si sabe que tiene una disponible para su uso inmediato ofensivo o defensivo.8
No es necesario que esté sosteniendo el arma de fuego para estar armado con ella.9
Ejemplo: La policía llama a la puerta de Roderick después de recibir una queja de ruido. Cuando Roderick abre la puerta, la policía ve una mesa con cocaína y una pistola cargada escondida en la cintura de los pantalones de Roderick. Roderick está “armado” con un arma de fuego en el sentido del Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS.
La definición legal de un arma de fuego “cargada”
Un arma de fuego se considera “cargada” cuando se ha colocado un cartucho o bala en una posición desde la cual se puede disparar.10
Si el cartucho(s), bala(s) o cartucho no está en el arma, aún no está en posición de ser disparado. Por lo tanto, no está cargado según el Código de Salud y Seguridad 11370.1.11
Ejemplo: Digamos que, en el ejemplo anterior, Roderick esconde un arma descargada en su cintura para parecer más intimidante. Aunque podría ser culpable de poseer ilegalmente cocaína, no sería culpable de poseer una sustancia controlada mientras está armado.
El requisito de “conocimiento”
Para que usted sea condenado bajo el Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS, el fiscal debe probar varios hechos. Estos incluyen:
- que poseía una sustancia controlada,
- que sabía de su naturaleza o carácter como sustancia controlada,
- que estaba armado con un arma de fuego cargada, y
- que sabía que tenía un arma de fuego disponible para su uso inmediato ofensivo o defensivo.12
Probar lo que usted sabe puede ser un gran obstáculo para el fiscal.
Por ejemplo, si no sabía que la sustancia controlada estaba allí, no puede ser declarado culpable bajo el Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS.
Ejemplo: El amigo de Adam, Bailey, tiene un paquete de heroína. Cuando Adam es detenido por conducir de manera errática, Bailey le mete el paquete en la mochila de Adam. Después de que Adam es arrestado por DUI, la policía realiza una búsqueda completa de su vehículo. Registran su mochila y encuentran el paquete. Pero como Adam no sabía que estaba allí, no es culpable bajo el Código de Salud y Seguridad 11370.1. El fiscal no necesita probar que usted sabía qué sustancia controlada específica poseía.13 Es suficiente con que supiera que era una droga que tenía la naturaleza de una sustancia controlada.
Sin embargo, si honestamente no tenía idea de lo que poseía, no ha violado el Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS.
Ejemplo: La compañera de habitación de Cathy le dijo que le dejaba un poco de Stevia en la casa de Cathy para usar en lugar de azúcar cuando fuera. Cathy nunca ha consumido drogas recreativas aparte de la marihuana, y no reconoció la cocaína. Como Cathy realmente no sabía nada sobre la cocaína, no es culpable de un delito.
Pero… el fiscal puede utilizar pruebas directas o circunstanciales para tratar de demostrar que usted sabía que lo que tenía era una sustancia controlada. Esto puede incluir (pero no se limita a):
- su admisión de que sabía cómo se veía la heroína/cocaína/metanfetamina/PCP;
- declaraciones a otros sobre la naturaleza de la sustancia;
- pruebas de su consumo de drogas; o
- pruebas de delitos relacionados con drogas anteriores.14
Finalmente, debe saber que tiene un arma de fuego cargada disponible para su uso inmediato. No es necesario que sepa que el arma está cargada.15 Si posee un arma de fuego, la carga recae en usted de saber (o verificar) si está cargada o no.16
Sin embargo, para que usted sea declarado culpable bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11370.1, debe saber que el arma está allí.17
Ejemplo: Víctor vive en una casa con tres compañeros de habitación. Sin que Víctor lo sepa, uno de sus compañeros de habitación guarda un arma cargada debajo de los cojines del sofá en la sala de estar. Víctor y sus compañeros de habitación están viendo televisión cuando llegan los policías con una orden para realizar una búsqueda policial de la casa en busca de drogas. Aunque hay un arma cargada disponible para el uso de Víctor, él no lo sabe. Por lo tanto, no viola el Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS.
2. Penas
La posesión de una sustancia controlada mientras está armado es un delito grave grave en California.
Puede ser castigado con:
- dos, tres o cuatro años en una prisión estatal de California, y/o
- una multa de hasta $10,000.18
No está disponible la desviación de drogas en lugar de tiempo en prisión
La desviación de drogas (tratamiento) a menudo está disponible como alternativa a la cárcel después de una condena por posesión simple de una sustancia controlada para uso personal.
Sin embargo, si es condenado por posesión de una sustancia controlada mientras está armado, no es elegible para la desviación de drogas bajo ambos:
- Prop. 36 – la Ley de Prevención del Abuso de Sustancias y el Delito de 2000,19 y
- Código Penal de California 1000 PC, entrada diferida de juicio (“DEJ”).20
Sin embargo, dependiendo de:
- los hechos de su caso, y
- si tiene antecedentes penales,
puede ser elegible para la libertad condicional formal de California en lugar de la prisión.21
Si recibe libertad condicional formal, pasará como máximo un año en la cárcel del condado. Pero estará sujeto a la supervisión del tribunal durante al menos tres años (y a veces hasta cinco años). Además, estará sujeto a condiciones estrictas que pueden incluir (sin limitación):
- Consejería o tratamiento de drogas,
- Pruebas de drogas,
- Pago de una multa,
- Reuniones con un oficial de libertad condicional,
- Búsquedas de su persona y/o propiedades con o sin orden judicial,
- Trabajo o servicio comunitario (como trabajo en carretera de Caltrans),
- El requisito de no usar drogas o cometer más delitos, y/o
- Cualquier otra condición razonable que imponga el tribunal.
Si viola alguna de estas condiciones, el juez puede revocar su libertad condicional y enviarlo a prisión o a la cárcel.22
3. Mejores defensas
Debido a que hay tantos elementos, hay muchas posibles defensas a los cargos bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11370.1 HS.
Algunas son defensas legales penales generales de California. Otras son específicas del Código de Salud y Seguridad 11370.1 HS.
Su abogado defensor penal de California puede discutir con usted cuáles se aplican a su caso. Pero algunos de ellos podrían incluir (sin limitación):
- Las drogas no eran suyas,
- No sabía que las drogas estaban allí,
- Sabía que las drogas estaban allí, pero no sabía que eran drogas,
- El arma no estaba cargada,
- No sabía que el arma estaba allí,
- Las drogas y el arma fueron descubiertas durante una búsqueda ilegal por parte de la policía.
4. Delitos relacionados
Código de Salud y Seguridad 11350 HS, posesión de una sustancia controlada
“Substancia controlada” tiene un significado más amplio en el Código de Salud y Seguridad 11350 HS que en el Código de Salud y Seguridad 11370.1. Según la Sección 11350 HS, una “sustancia controlada” es una droga o sustancia química cuya fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la “Ley de Sustancias Controladas Uniformes de California”.23
Además de cocaína, heroína, metanfetamina y PCP, tales sustancias controladas incluyen, entre muchas otras:
- peyote,
- ácido gamma-hidroxibutírico (“GHB”),
- sustancias alucinógenas, como LSD,
- codeína,
- Vicodin,
- Oxycontin,
- barbitúricos,
- ketamina, y
- Fentanilo.24
Poseer la mayoría de las sustancias controladas (excepto GHB) es un delito grave en California. Puede ser castigado con:
- 16 meses, o dos o tres años en la cárcel del condado, y/o
- hasta $1,000 de multa, y/o
- libertad condicional (formal) por delito grave.25
La posesión de GHB y ciertos otros depresores es un delito “wobbler” en California.
Si se procesa como delito grave, conlleva la pena establecida anteriormente. Si se acusa como delito menor, puede ser castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000, y/o
- libertad condicional (informal) por delito menor.26
Código Penal 25400 PC, portar un arma oculta
El Código Penal de California 25400 PC hace que sea un delito llevar a sabiendas un arma oculta en su persona o en un vehículo.27
Sin embargo, siempre y cuando tengas derecho a poseer un arma, normalmente puedes llevar un arma de fuego oculta en:
- tu hogar, o
- un negocio que poseas (en lugar de un lugar donde simplemente trabajas).28
En ausencia de circunstancias agravantes, llevar un arma de fuego oculta ilegalmente es un delito menor. Conlleva una pena de:
- hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $1,000.29
Sin embargo, bajo ciertas circunstancias, llevar un arma oculta puede convertirse en un delito grave o en un delito “oscilante” de California.
Cometes una violación grave del Código Penal de California 25400 PC cuando:
- has sido condenado previamente por un delito grave o cualquier otro delito relacionado con armas de fuego en California,30
- el arma de fuego es robada y sabías o tenías una causa razonable para creer que estaba robada,31
- eres un participante activo en una pandilla criminal,32
- no estás en posesión legal del arma de fuego,33
- estás prohibido de ser dueño o poseer un arma de fuego bajo Código Penal 29800 PC, la ley de California para delincuentes con armas de fuego,34 o
- estás prohibido de ser dueño o poseer un arma de fuego bajo el Código Penal 29900 PC porque cometiste (o intentaste cometer) un delito violento.35
Como delito grave, llevar un arma de fuego oculta conlleva una pena de:
- 16 meses, o dos o tres años en la prisión estatal de California, y/o
- hasta $10,000 en multas.36
La violación del Código Penal 25400 PC es un delito oscilante cuando — además de llevar un arma de fuego oculta en tu persona o en un automóvil:
- tienes una condena previa por delito menor por un delito contra una persona o propiedad, o que involucre narcóticos,37
O
- el arma de fuego está cargada (o la munición está fácilmente accesible para ti), Y
- no estás registrado como el propietario del arma con el Departamento de Justicia de California.38
Si se te acusa como delito menor, enfrentas:
- hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $1,000.39
Si se te acusa como delito grave, la posible pena es:
- 16 meses, o dos (2) o tres (3) años en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $10,000.40
Referencias legales:
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.1(a) HS. Proposición 36.
- People v. Williams (2009) 170 Cal.App.4th 587, revisión denegada. (“[La violación del artículo 11377, subdivisión (a) del Código de Salud y Seguridad] no es un delito menor incluido en la violación del artículo 11370.1 del Código de Salud y Seguridad, ya que el artículo 11377 contiene listas diferentes de sustancias”). Véase también People v. Sosa (2012) 210 Cal.App.4th 946, revisión denegada. (“La posesión de cocaína no es un delito menor incluido en la posesión de cocaína armada, y por lo tanto los delitos no están sujetos a la prohibición de múltiples condenas en el mismo proceso, ya que las listas de sustancias controladas prohibidas por los dos estatutos son diferentes.”).
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.1(a) HS, nota al pie 1. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 11401(a) HS: Un análogo de una sustancia controlada será tratado, para los fines del Capítulo 6 (que comienza con la Sección 11350), de la misma manera que la sustancia controlada clasificada en la Sección 11054 o 11055 de la cual es un análogo. Véase también CALCRIM 2303: [Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que <insertar nombre de la droga análoga> es un análogo de <insertar tipo de sustancia controlada>.
- Código de Salud y Seguridad de California 11401 HS:
(a) Un análogo de una sustancia controlada será tratado, para los fines del Capítulo 6 (que comienza con la Sección 11350), de la misma manera que la sustancia controlada clasificada en la Sección 11054 o 11055 de la cual es un análogo.(b) Excepto como se dispone en la subdivisión (c), el término “análogo de una sustancia controlada” significa cualquiera de lo siguiente:(1) Una sustancia cuya estructura química es sustancialmente similar a la estructura química de una sustancia controlada clasificada en la Sección 11054 o 11055.(2) Una sustancia que tiene, se representa como que tiene, o se pretende que tenga un efecto estimulante, depresivo o alucinógeno en el sistema nervioso central que es sustancialmente similar o mayor que el efecto estimulante, depresivo o alucinógeno en el sistema nervioso central de una sustancia controlada clasificada en la Sección 11054 o 11055. Véase también CALCRIM 2303 [Un análogo de una sustancia controlada:1. Tiene una estructura química sustancialmente similar a la estructura de una sustancia controlada; O2. Tiene, se representa como que tiene, o se pretende que tenga un efecto estimulante, depresivo o alucinógeno en el sistema nervioso central sustancialmente similar o mayor que el efecto de una sustancia controlada.
Véase también People v. Davis (2013) 57 Cal.4th 353 (“En 1988, la Legislatura… encontró que las leyes de sustancias controladas estaban siendo eludidas mediante el uso de análogos… ‘Estos análogos presentan graves peligros para la salud y la seguridad de la población de este estado. Por lo tanto, es la intención de la Legislatura que un análogo de una sustancia controlada… sea considerado idéntico, para los fines de las penas y castigos… a la sustancia controlada en la Sección 11054 o 11055 de la cual es un análogo.’ (§ 11400.)”).
- CALCRIM 2303, nota al pie 1. Véase también People v. Showers (1968) 68 Cal.2d 639, 643-644 (“El acusado tiene posesión constructiva cuando mantiene el control o el derecho a controlar el contrabando. La posesión puede ser imputada cuando el contrabando se encuentra en un lugar que es inmediata y exclusivamente accesible al acusado y sujeto a su dominio y control [citas]”).
- CALCRIM 2303, nota al pie 1.
- Véase lo mismo: Una cantidad utilizable es una cantidad suficiente para ser utilizada por alguien como una droga narcótica. Los rastros inútiles [o escombros] no son cantidades utilizables. Por otro lado, una cantidad utilizable no tiene que ser suficiente, ni en cantidad ni en fuerza, para afectar al usuario.
- Lo mismo. Véase también CALCRIM 2303: Un arma de fuego es cualquier dispositivo diseñado para ser utilizado como arma, desde el cual se expulsa o dispara un proyectil a través de un cañón por la fuerza de una explosión u otra forma de combustión. Véase también People v. Singh (2004) 119 Cal.App.4th 905, revisión denegada, habeas corpus denegado (“Estar armado con un arma de fuego significa ‘conocimiento’.”).
- People v. Superior Court (2014) 225 Cal.App.4th 979 (“Para estar ‘armado’ en el sentido de estos estatutos, un acusado no necesita llevar físicamente el arma de fuego consigo. [citas]”).
- People v. Clark (1996) 45 Cal.App.4th 1147 (“[Un arma de fuego está ‘cargada’ cuando se ha colocado un cartucho o proyectil en una posición desde la cual se puede disparar; la escopeta no está ‘cargada’ si el cartucho o proyectil se almacena en otro lugar y aún no se ha colocado en una posición de disparo.”).
- Lo mismo.
- CALCRIM 2303, nota al pie 1.
- CALCRIM 2303, nota al pie 1: [La Fiscalía no necesita probar que el acusado sabía qué sustancia controlada específica poseía.]
- Ver People v. Horn (1960)187 Cal.App.2d 68 (“Para probar el conocimiento del carácter del narcótico, la fiscalía, según las decisiones, puede presentar pruebas de delitos de naturaleza similar… Mientras que la adicción previa y el uso de narcóticos del acusado no serían relevantes para la cuestión de si poseía o no narcóticos [en el caso actual], dichas pruebas se relacionarían con el conocimiento del acusado sobre la naturaleza de los narcóticos.”)
- CALCRIM 2303: No se requiere conocimiento de que un arma de fuego disponible está cargada y operable.
- People v. Heath (2005) 134 Cal.App.4th 490, modificado en la negación de la reconsideración, revisión denegada (sosteniendo que aunque debe poseer conscientemente el arma de fuego, el conocimiento de que el arma está cargada y operable no es un elemento de la sección 11370.1(a)).
- Igual. Ver también CALCRIM 2303, nota al pie 1.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.1(a) HS, nota al pie 1.
- Prop. 36 está codificado en el Código Penal de California 1210-1210.1 PC. Ver también, In re Ogea (2004) 121 Cal.App.4th 974, modificado (“[Un ‘delito de posesión de drogas no violento’ según se usa y define en la Proposición 36 no incluye una condena bajo la sección 11370.1 del Código de Salud y Seguridad porque no es ‘uso personal ilegal, posesión para uso personal o transporte para uso personal de cualquier sustancia controlada’.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.1(b) HS: Cualquier persona que sea condenada bajo esta sección será inelegible para la desviación o la entrada diferida del juicio bajo el Capítulo 2.5 (comenzando con la Sección 1000) del Título 6 de la Parte 2 del Código Penal.
- Código Penal de California 1203 PC.
- Igual.
- Código de Salud y Seguridad de California 11000 – 11033 HS.
- Ver Código de Salud y Seguridad de California 11350 HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11350(a) HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11350(b) HS.
- Código Penal de California 25400(a) PC:
Una persona es culpable de portar un arma de fuego oculta cuando la persona hace cualquiera de las siguientes acciones:(1) Lleva oculta dentro de cualquier vehículo que esté bajo el control o dirección de la persona cualquier pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona.(2) Lleva oculta en la persona cualquier pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona.(3) Causa que se lleve oculta dentro de cualquier vehículo en el que la persona sea ocupante cualquier pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona.
- Código Penal de California 25605 PC.
- Igual.
- Código Penal de California 25400(c)(1) PC.
- Código Penal de California 25400(c)(2) PC.
- Código Penal de California 25400(c)(3) PC.
- Código Penal de California 25400(c)(4) PC.
- Igual.
- Ver Código Penal de California 29900(a)(1) PC:
No obstante la subdivisión (a) de la Sección 29800, cualquier persona que haya sido condenada previamente por cualquiera de los delitos enumerados en la Sección 29905 y que posea o tenga en su posesión o bajo su custodia o control cualquier arma de fuego es culpable de un delito grave.
- Código Penal de California 18 PC:
(a) Excepto en los casos en que una ley de este estado prescriba un castigo diferente, todo delito declarado como delito grave es castigable con prisión de 16 meses, o dos o tres años en la prisión estatal a menos que el delito sea castigable según la subdivisión (h) de la Sección 1170.(b) Todo delito que esté prescrito por alguna ley del estado como delito grave castigable con prisión o con una multa, pero sin una sentencia alternativa a la cárcel del condado por un período que no exceda un año, puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por un período que no exceda un año o con una multa, o con ambas. Ver también Código Penal de California 672 PC — Delitos para los que no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión. (“En caso de condena por cualquier delito castigable con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al infractor que no exceda los mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos graves, además de la prisión prescrita.”)
- Código Penal de California 25400(c)(5) PC.
- Código Penal de California 25400(c)(6) PC.
- Código Penal de California 25400 (c)(7) PC.
- Código Penal de California 18 PC, nota al pie 35.