California Código de Salud y Seguridad § 11359 HS lo convierte en un delito tener posesión de marihuana con la intención de venderla sin una licencia. Este delito se trata como un delito menor para la mayoría de los acusados. Las posibles sanciones son:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta quinientos dólares ($500).
Sin embargo, la posesión de marihuana con la intención de venderla sin una licencia se convierte en un delito grave en California si:
- tiene delitos violentos graves o delitos sexuales en su historial, o
- es un infractor reincidente de marihuana, o
- tenía la intención de vender marihuana ilegalmente a menores.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
HS 11379. Toda persona que posea para vender cualquier cannabis, excepto como se dispone de otra manera por ley, será castigada de la siguiente manera:
(a) Toda persona menor de 18 años que posea cannabis para vender será castigada de la misma manera que se dispone en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 11357.
(b) Toda persona de 18 años o más que posea cannabis para vender será castigada con prisión en la cárcel del condado por un período de no más de seis meses o con una multa de no más de quinientos dólares ($500), o con ambas multa y prisión.
(c) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (b), una persona de 18 años o más que posea cannabis para vender puede ser castigada con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal si:
(1) La persona tiene una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) del subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 del Código Penal o por un delito que requiere registro de acuerdo con la subdivisión (c) de la Sección 290 del Código Penal;
(2) La persona tiene dos o más condenas anteriores bajo la subdivisión (b); o
(3) El delito ocurrió en conexión con la venta o intento de venta consciente de cannabis a una persona menor de 18 años.
(d) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (b), una persona de 21 años de edad o más que posea cannabis para la venta puede ser castigada con prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal si el delito implica la contratación, empleo o uso consciente de una persona de 20 años de edad o menos en el cultivo, transporte, venta, oferta de venta, regalo, preparación para la venta o venta de cannabis de manera ilegal.
Para ayudarle a comprender mejor las leyes de California sobre la posesión de marihuana con fines de venta, nuestros abogados de defensa criminal discuten lo siguiente:
- 1. Elementos del delito
- 2. Penas
- 3. Defensas
- 4. Delitos relacionados con la marihuana
- 5. Ley federal
- 6. Re-sentencia de la Proposición 64
1. Elementos del delito
El Código de Salud y Seguridad de California 11359 HS establece como delito la posesión de marihuana para la venta “excepto según lo dispuesto por la ley.”1
Para que seas condenado por posesión de marihuana para la venta en California, los fiscales deben probar más allá de una duda razonable los siguientes elementos de las instrucciones del jurado.2
- Tenías en tu posesión una sustancia controlada,
- Sabías de su presencia,
- Sabías de su naturaleza o carácter como sustancia controlada,
- Tenías la intención de venderla ILEGALMENTE (es decir, sin las licencias de venta de marihuana requeridas por el estado y el gobierno local),
- La sustancia era marihuana, Y
- Había una cantidad utilizable.3
Echemos un vistazo más de cerca a cada uno de estos “elementos del delito”.
Marihuana
El Código de Salud y Seguridad de California 11018 define “marihuana” como todas las partes de la planta Cannabis sativa L., ya sea que esté creciendo o no. Esto incluye:
- Las semillas,
- Las hojas,
- La resina extraída de cualquier parte de la planta, y
- Cada compuesto, fabricación, sal, derivado, mezcla o preparación de la planta, sus semillas o resina.4
Poseer
Poseer significa tener control sobre la marihuana.5 Hay tres formas en que puedes poseer marihuana:
- La posesión real es llevar físicamente la marihuana en tu persona.6
- La posesión constructiva significa mantener la marihuana en un lugar donde tengas control, como tu caja fuerte, tu casa, tu auto o con tu agente.7
- La posesión conjunta significa que posees la marihuana con al menos otra persona.8
Conocimiento de la Presencia de la Marihuana
Simplemente tener el derecho de controlar la marihuana no es suficiente para hacerte culpable según el Código de Salud y Seguridad de California 11359. También debes saber que la marihuana está allí.
Sin embargo, ten en cuenta que cuando se descubren drogas en un área común como un gabinete de cocina, en lugar de un lugar privado como el dormitorio de otra persona, es suficiente para levantar la inferencia de que las drogas eran tuyas. En tal caso, es posible que se te exija demostrar en el juicio que no lo eran.9
Conocimiento de que lo que Tenías era una Sustancia Controlada
Antes de que puedas ser declarado culpable según el Código de Salud y Seguridad 11359, el fiscal también debe probar que sabías que lo que tenías era una sustancia controlada. No es necesario que el fiscal pruebe que sabías, sin embargo, que era marihuana.10
Uno de los factores que se pueden presentar en su juicio para demostrar que sabía que poseía una sustancia controlada es su comportamiento en el momento de su arresto. Por ejemplo, se puede considerar que sabe que tiene una sustancia controlada si:
- Intenta esconderse cuando se acerca la policía,11 o
- Parece nervioso de manera inusual cuando la policía lo interroga.12
Intención de vender marihuana ilegalmente
“Vender” significa intercambiar marihuana por dinero, servicios o cualquier otra cosa de valor.13
A veces habrá pruebas directas de su intención de vender marihuana, como:
- Sus declaraciones (“Tengo algo de marihuana para vender”), o
- Un oficial que lo ve intercambiar marihuana por dinero o algo más de valor.14
Sin embargo, es más probable que se pruebe la intención mediante pruebas circunstanciales (“indicios de venta”).15 Esto suele ser donde el caso de la fiscalía es más débil.
La evidencia circunstancial puede incluir:
- Una cantidad de marihuana superior a unas pocas onzas,
- Equipo encontrado con la marihuana (por ejemplo, bolsas y básculas),
- Marihuana encontrada en usted en un lugar donde a menudo se realizan ventas de marihuana en el mercado negro u otras drogas ilegales,
- La forma de empaquetar (por ejemplo, múltiples contenedores cada uno con la misma cantidad de marihuana),
- El descubrimiento de dinero en efectivo y/o armas con la marihuana, y/o
- La opinión de un experto de que la marihuana se estaba guardando para vender.16
La sustancia debe ser realmente marihuana
Si la sustancia que poseía no era marihuana, no puede ser declarado culpable de posesión de marihuana, y mucho menos de posesión para la venta.
Ejemplo: Usted compra lo que cree que es medio kilo de marihuana a un chico de la escuela. Su intención es ponerlo en bolsas más pequeñas y revenderlo a sus amigos (que tienen menos de 18 años). Luego resulta que lo que compró en realidad era salvia – una hierba legal. Dado que lo que compró no era realmente marihuana, no ha violado el Código de Salud y Seguridad de California 11359 incluso si creía erróneamente que era marihuana.
Debe haber una cantidad utilizable de marihuana
Para ser declarado culpable según el Código de Salud y Seguridad de California 11359, debe poseer una cantidad utilizable de marihuana.
“Cantidad utilizable” se define como una cantidad suficiente para ser utilizada por alguien como una sustancia controlada. No tiene que ser suficiente (en términos de fuerza o cantidad) para drogar a alguien.17
Si todo lo que la policía encuentra es una pequeña cantidad de marihuana o restos, no puede ser declarado culpable según el HS 11350 – incluso si la policía encuentra básculas, bolsas, dinero en efectivo u otros indicios de venta.18
2. Penas
La posesión de marihuana para la venta sin licencia en California suele ser un delito menor. La pena es una sentencia de cárcel del condado de hasta seis meses y/o una multa de hasta $500.19
Sin embargo, California impone penas de delito grave para HS 11359 si:
- Tienes una condena previa por uno de una lista de delitos violentos especialmente graves, incluyendo asesinato, delitos sexuales violentos, delitos sexuales contra un niño menor de 14 años, o homicidio vehicular grave bajo la influencia de alcohol, o un delito sexual que requiere que te registres como delincuente sexual;
- Tienes dos o más condenas previas por posesión de marihuana para la venta; o
- Poseías marihuana para la venta en conexión con una venta o intento de venta consciente a alguien menor de 18 años.20
En cualquiera de los escenarios anteriores, la pena por posesión de marihuana para la venta es de 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado.21
No hay desvío de drogas disponible
No eres elegible para el desvío de drogas (tratamiento) en lugar de tiempo en la cárcel por posesión con intención de vender.22 El desvío de drogas solo está disponible para:
- Poseer cantidades excesivas de marihuana para uso personal y/o
- Cultivar para uso personal más marihuana de la permitida por la ley de California.23
Libertad condicional
Puedes ser elegible para la libertad condicional por delito menor (resumen) en lugar de tiempo en la cárcel por HS 11359.24 Los términos comunes de la libertad condicional son:
- Informes periódicos de “progreso” con el tribunal,
- Pago de restitución,
- Participación en terapia individual o grupal,
- Sometimiento a pruebas de drogas,
- Servicio comunitario o trabajo comunitario, y/o
- Búsquedas de tu persona o propiedad con o sin una orden judicial.
3. Defensas
Existen numerosas defensas a los cargos bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11359. Dependiendo de las circunstancias, estas podrían incluir:
- No sabías que la marihuana estaba allí,
- La marihuana era para tu uso personal,25
- Eres el cuidador principal de un paciente de marihuana medicinal y la marihuana era para su uso personal,26
- Planeabas compartir parte de la marihuana con amigos, no venderla en el mercado negro,27
- Estabas deshaciéndote de la marihuana,28 o
- La marihuana fue encontrada durante una búsqueda ilegal.29
4. Delitos relacionados con la marihuana
- Posesión simple – Código de Salud y Seguridad 11357
- Cultivo – Código de Salud y Seguridad 11358
- Venta – Código de Salud y Seguridad 11360
- Conducir con marihuana – Código de Vehículos 23222(b)
5. Ley Federal
La Ley Federal de Sustancias Controladas – Título 21 USC
La Ley Federal de Sustancias Controladas (“CSA”) clasifica la marihuana como una droga de Clase 1. (Aunque pronto podría ser reclasificada como Clase III).
21 USC 841 (a)(1) prohíbe la posesión de marihuana para la venta. Una primera ofensa que involucre menos de 50 kilogramos de marihuana y/o menos de 50 plantas es castigada por:
- Hasta 5 años de prisión, y
- Una multa de hasta $250,000.
Ofensas posteriores – o mayores cantidades – son castigadas con multas más grandes y sentencias más largas.
Bajo la Cláusula de Supremacía del Artículo VI de la Constitución de los Estados Unidos, la ley federal tiene prioridad sobre la ley estatal en caso de conflicto. Técnicamente, por lo tanto, viola la ley federal y la ley de California cuando posee marihuana para la venta.
Sin embargo, a menos que sea un traficante de drogas a gran escala o se encuentre en tierras federales, es poco probable que sea procesado bajo la ley federal.30
Consecuencias de Inmigración
Una condena federal o estatal por posesión de marihuana para la venta cuenta como un “delito grave agravado” a efectos de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Las consecuencias de inmigración de una condena penal por marihuana pueden incluir la deportación si se declara culpable o se le encuentra culpable de posesión de marihuana para la venta.31
6. Re-sentencia de la Proposición 64
La Proposición 64, aprobada en 2016, permite la modificación de la sentencia (re-sentencia) para personas condenadas bajo las leyes anteriores de marihuana más duras de California.
Si actualmente está cumpliendo una sentencia por delito grave bajo la antigua versión del Código de Salud y Seguridad 11359 HS, pero se le habría acusado de un delito menor bajo la Proposición 64, puede solicitar a un tribunal que reduzca su sentencia.
El juez debe presumir que cumple con los criterios para la re-sentencia de la Proposición 64 a menos que un fiscal demuestre lo contrario por “evidencia clara y convincente”. Luego, el juez debe re-sentenciarlo a menos que determine que representaría un riesgo irrazonable para la seguridad pública.32
Dependiendo de cuánto tiempo haya cumplido de su sentencia, la re-sentencia bajo la Proposición 64 podría llevar a su liberación inmediata de la cárcel.
Lo mismo ocurre si ya ha completado una sentencia por delito grave por posesión de marihuana para la venta. La legalización de la marihuana significa que puede solicitar que su condena sea redesignada de un delito grave a un delito menor.33
Referencias legales:
- En este último caso, también podrías ser acusado por la venta real de marihuana bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11360 HS.
- Código Penal de California 11359 HS (según enmendado por la Proposición 64).
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (CALCRIM) Nº 2352 Posesión para la Venta de Marihuana (Código de Salud y Seguridad §§ 11018, 11359).
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe demostrar que:
1. El acusado poseía una sustancia controlada;
2. El acusado sabía de su presencia;
3. El acusado sabía de la naturaleza o carácter de la sustancia como una sustancia controlada;
4. Cuando el acusado poseía la sustancia controlada, (él/ella) tenía la intención (de venderla/ [o] que alguien más la vendiera);
5. La sustancia controlada era cannabis;
Y
6. La sustancia controlada era en una cantidad utilizable. - Código de Salud y Seguridad de California 11018. “Marihuana” significa todas las partes de la planta Cannabis sativa L., ya sea que esté creciendo o no; sus semillas; la resina extraída de cualquier parte de la planta; y cada compuesto, fabricación, sal, derivado, mezcla o preparación de la planta, sus semillas o resina. No incluye los tallos maduros de la planta, la fibra producida a partir de los tallos, el aceite o la torta hecha de las semillas de la planta, ningún otro compuesto, fabricación, sal, derivado, mezcla o preparación de los tallos maduros (excepto la resina extraída de ellos), la fibra, el aceite o la torta, o la semilla esterilizada de la planta que es incapaz de germinar.
- CALCRIM 2352, nota al pie de página 3.
- Igual.
- Igual. People v. Barnes (1997) 57 Cal.App.4th 552.
- Igual.
- Beach v. Superior Court (1970) 11 Cal.App.3d 1032.
- Ver por ejemplo, People v. Harris (2000) 83 Cal.App.4th 371, revisión denegada.
- People v. Eckstrom (1986) 187 Cal.App.3d 323.
- People v. Hampton (1981) 115 Cal.App.3d 515.
- CALCRIM 2352: Vender para los fines de esta instrucción significa intercambiar la marihuana por dinero, servicios o cualquier otra cosa de valor.
- Si el oficial te ve vender marihuana, es muy probable que también seas acusado de la venta de marihuana bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11360.
- People v. Harris, nota al pie de página 10.
- People v. De La Torre (1968) 268 Cal.App.2d 122.
- Código Penal de California 11359 HS (según enmendado por la Proposición 64), nota al pie de página 2 anterior. Ver también, Código Penal 1170(h)(3), que establece que los delincuentes graves y violentos y las personas que han cometido ciertos delitos sexuales deben cumplir su condena en la prisión estatal de California.
- Igual.
- Igual. Ver también Código Penal 1170(h) PC.
- Ver Secciones 1000 y 1210-1210.1 del Código Penal de California.
- Ver 22 Código de Regulaciones de California 1256-34.
- Ver Código Penal de California 1203 PC y Regla de la Corte de California 4.14.
- Posesión simple bajo el Código de Salud y Seguridad 11357 HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.5(d).
- Bajo el Código Penal de California 11360, regalar no más de 28.5 gramos de marihuana es un delito menor, castigado con una multa de $100.
- Ver People v. Mijares (1971) 6 Cal.3d 415, 491 P.2d 1115 (sosteniendo que la posesión transitoria con el propósito de deshacerse de una droga no es un delito).
- La Cuarto Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
- Código de Salud y Seguridad de California 11357 HS.
- Igual.
- Ver Secciones 811(b)(1) y 812(c) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, Programa I (c)(10). Gonzales v. Raich (2005) 545 U.S. 1. Sección 841(b)(1)(D) del Título 21 del Código de los Estados Unidos. Ver People v. Mitchell (2014) 225 Cal.App.4th 1189, revisión presentada. (sosteniendo que la Ley del Programa de Marihuana Medicinal (MMPA) es una defensa solo para la ley de California, no para la ley federal que convierte el cultivo de marihuana en un delito federal).
- Ver, por ejemplo, Pedroza-Macias v. Holder, C.A.92011, 459 Fed.Appx. 589, 2011 WL 5357530, No publicado.
- Ver texto completo de la Proposición 64 (Ley de Uso de Marihuana para Adultos), nueva sección 11361.8 HS del Código de Salud y Seguridad.
- Igual. Ejemplo: Carlos es condenado por posesión de marihuana para la venta, un delito grave, en 2009. Es sentenciado a dos años de cárcel pero es liberado antes. Para 2016, cuando se aprueba la Prop 64, ha completado su sentencia. La posesión de marihuana para la venta según el HS 11359 es ahora un delito menor para los acusados como Carlos. Aunque ha cumplido su sentencia, Carlos solicita la reasignación de su delito a un delito menor. Esta reasignación es concedida. Como resultado, Carlos ya no tiene antecedentes penales que incluyan un delito grave.