El Código de Salud y Seguridad de California § 11351 HS lo convierte en un delito grave poseer una sustancia controlada con la intención de venderla. La sección se aplica a drogas ilegales de la calle, como cocaína y heroína, alucinógenos como GHB, peyote, éxtasis y LSD, así como a medicamentos opiáceos comunes con receta, como oxycodone (Oxycontin), hidrocodona (Vicodin) y codeína.
A diferencia de la simple posesión, una condena bajo HS 11351 te hace inelegible para la desviación de drogas (tratamiento en lugar de tiempo en la cárcel). Esta tabla ilustra los rangos de sentencia para violar 11351 HS.
Poseción para la venta de drogas | Sentencias por delito grave en California |
La mayoría de los casos |
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Si tienes condenas anteriores o las drogas eran cocaína o heroína |
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El lenguaje de la sección del código dice lo siguiente:
11351. HS Excepto como se provee en esta división, toda persona que posea para la venta o compre para propósitos de venta (1) cualquier sustancia controlada especificada en la subdivisión (b), (c) o (e) de la Sección 11054, especificada en el párrafo (14), (15) o (20) de la subdivisión (d) de la Sección 11054, o especificada en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 11055, o especificada en la subdivisión (h) de la Sección 11056, o (2) cualquier sustancia controlada clasificada en el Anexo III, IV o V que sea una droga narcótica, será castigada con prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cuatro años.
A continuación, nuestros abogados de defensa de delitos de drogas de California1 abordan lo que necesitas saber sobre las leyes de “posesión para la venta”. Haz clic en un tema para saltar a esa sección.
- 1. Elementos de “Posesión para la venta”
- 2. Venta v. Uso personal
- 3. Defensas
- 4. Penas
- 5. Delitos relacionados
- Recursos adicionales
1. Elementos de “Posesión para la venta”
El Código de Salud y Seguridad de California 11351 HS es una de varias leyes que prohíben la posesión de drogas con la intención de distribuir.2 Esto incluye tanto narcóticos ilegales como medicamentos recetados.3
Antes de que los fiscales de California puedan condenarte por poseer una sustancia controlada para la venta, deben probar más allá de una duda razonable los siguientes elementos de las instrucciones del jurado:
- Tú poseías o compraste la droga,
- Tú sabías que lo hiciste,
- Tú sabías de la naturaleza de la droga como una sustancia controlada,
- Tú poseías suficiente de la droga para usar o vender, y
- Tú ya sea
- poseías la droga con la intención de venderla, o
- compraste las drogas con la intención de revenderlas.4
Echemos un vistazo más de cerca a algunos de estos términos y condiciones para comprender mejor sus significados legales.
Poseción y Conocimiento
En la ley de California, el significado de la palabra “posesión” es equivalente a control. Este tipo de control puede ser:
- Poseción actual: Esto significa tener o llevar las drogas en tu persona, como en una mochila o maletín;
- Poseción constructiva: Esto es cuando tienes control y acceso a las drogas, como al guardarlas en tu cajón o auto; o
- Poseción conjunta: Esto es cuando compartes el control con al menos otra persona, como un cónyuge o compañero de cuarto.5
Los jueces y jurados pueden inferir que sabías que tenías drogas por el simple hecho de que poseías las drogas.6 También se puede asumir el conocimiento basado en tu conducta después del descubrimiento de las drogas.7
Ejemplo: Pete está conduciendo su auto cuando la policía lo detiene. Cuando el oficial se acerca al lado del conductor, Pete toma los cuatro globos que contienen cocaína y los tira por la ventana del lado del pasajero de manera discreta. Las acciones de Pete revelan que sabía que poseía las drogas y sabía de su naturaleza ilegal.8
Había Suficiente de la Droga para Usar o Vender
Los rastros o residuos inútiles de una droga no respaldarán una condena por posesión de una sustancia controlada para la venta.9 La cantidad de la droga debe ser suficiente para que pueda ser consumida como droga por las personas a las que se venderá.10
Sin embargo, no tiene que haber suficiente de la sustancia controlada para afectar al usuario.11
La Intención de Vender
Si tienes la intención de vender las drogas es a menudo la parte más crítica del caso de la fiscalía en un cargo de “posesión para la venta”.
Esto no significa que debas tener la intención de vender las drogas personalmente. Puedes ser condenado por este delito siempre y cuando tengas la intención específica de que alguien venda las drogas.12
Si el fiscal demuestra que poseía una sustancia controlada pero no puede demostrar que lo hizo con la intención de vender las drogas, el juez/jurado podría declararlo culpable del “delito incluido menor” de posesión personal bajo el Código de Salud y Seguridad 11350 HS.13
2. Venta vs. Uso Personal
No siempre está claro si tu intención era vender las drogas o usarlas tú mismo. En ausencia de una confesión voluntaria del delito, los fiscales deducen tu intención a través de testigos expertos en narcóticos y las siguientes pruebas circunstanciales.
La Cantidad de la Sustancia Controlada
Si posees más drogas de las que una persona “promedio” consumiría personalmente, la policía/fiscalía asumirá que posees los narcóticos para venderlos.
El problema con este argumento es que muchos usuarios habituales de drogas “acumulan” si tienen los medios para hacerlo.
El Empaquetado de la Droga
Si las drogas están empaquetadas en numerosas bolsas separadas
- envoltorios,
- globos,
- paquetes,
- paquetitos, o
- de cualquier otra forma comúnmente asociada con la venta de drogas,
la policía dirá que este tipo de empaquetado sugiere que la sustancia controlada fue poseída para venderla en lugar de para uso personal. De manera similar, si la policía te encuentra con muchas bolsas u otro material de empaquetado, sospecharán de una intención de venta.
“Indicios de Venta” como parafernalia de drogas
La posesión de parafernalia de drogas – un delito en sí mismo bajo el Código de Salud y Seguridad 11364 HS – podría ayudar o perjudicar tu caso.
Debido a que la parafernalia como pipas o jeringas indica uso, su presencia podría respaldar tu afirmación de que las drogas eran para uso personal.
Sin embargo, si la policía te encuentra en posesión de elementos como:
- balanzas de pesaje,
- instrumentos de medición,
- otras herramientas que se pueden usar para diluir, separar o empaquetar drogas, o
- mucho dinero en efectivo, especialmente en pequeñas denominaciones,
ese descubrimiento fortalecerá la afirmación del fiscal de que poseías las sustancias controladas para venderlas.
Otra señal de “intención de venta” es que varias personas (presuntos compradores) vengan a tu lugar por períodos cortos de tiempo.
Estás Bajo la Influencia
Si estás bajo la influencia de drogas en el momento de tu arresto, ese hecho tiende a indicar que estabas usando las drogas para uso personal en lugar de tener la intención de venderlas. Sin embargo, muchos “vendedores” también son “usuarios”, por lo que esta evidencia ciertamente no es concluyente.
Si estás bajo la influencia de “cualquier manera detectable,”15 eso también podría llevar a cargos adicionales por delitos menores bajo el Código de Salud y Seguridad 11550 HS – la ley de California sobre “estar bajo la influencia de una sustancia controlada”.16
3. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de posesión de drogas con fines de venta. En nuestra experiencia, las siguientes cinco defensas legales han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
La Policía Realizó una Búsqueda y/o Incautación Ilegal
Hay varias formas en que la policía puede violar las leyes de búsqueda y confiscación de California. Por ejemplo, una reclamación de búsqueda e incautación ilegal puede surgir de
- una búsqueda sin orden judicial (es decir, una búsqueda que se realiza en ausencia de una orden de registro de California),
- una búsqueda que excede el alcance de la orden (por ejemplo, la orden solo autoriza una búsqueda de su habitación, pero los oficiales registran el resto de su casa y descubren las drogas ilegales en el cajón de la cocina), o
- una detención ilegal (si la policía no tenía derecho legal a detenerlo en primer lugar, cualquier droga que encuentren posteriormente probablemente no se pueda utilizar como evidencia en su contra).
Si sospechamos que usted puede ser víctima de una búsqueda e incautación ilegal, es probable que presentemos una moción Penal Code 1538.5 PC para suprimir pruebas. Si tenemos éxito en esta moción, sus cargos probablemente serán desestimados o, al menos, reducidos significativamente.17
No Tenía la Intención de Vender
Incluso si poseía la droga, es posible que no tuviera la intención de venderla. Si puede demostrar que solo poseía las drogas para uso personal y no para venderlas, debería ser absuelto de este delito.
Aunque pueda parecer contradictorio admitir que, de hecho, poseía una sustancia controlada, la posesión personal se considera un delito mucho menos grave y puede permitirle participar en la desviación de drogas.
Si puedes cuestionar el hecho de que incluso poseías las drogas, entonces claramente esta no es la defensa que presentarías. Sin embargo, si la evidencia de que poseías drogas ilegales es abrumadora, esta es probablemente tu mejor opción.
Esta defensa también podría funcionar si puedes convencer al juez/jurado de que aunque las drogas brevemente terminaron en tu posesión, solo las poseíste momentáneamente mientras estabas en el proceso de tratar de deshacerte de ellas.18
No Poseías las Drogas
Si podemos convencer al fiscal, juez y/o jurado de que ni siquiera poseías la droga, tienes derecho a una absolución de este cargo. Esta defensa probablemente se aplicaría a un caso que alega posesión constructiva.
Ejemplo: El acusado fue arrestado por poseer una sustancia controlada para la venta. El arresto se basó en un incidente en el que el acusado (1) acordó comprar una gran cantidad de drogas a un policía encubierto para revenderlas, (2) se reunió con el oficial, (3) le pagó al oficial por las drogas, (4) estaba preparado para tomarlas del oficial, pero (5) fue arrestado antes de que realmente tomara posesión/control de las drogas.
El Tribunal de Apelaciones sostuvo “Él [el acusado] no dirigió que el contrabando se moviera dentro de una habitación. Tampoco tomó ninguna otra acción que exhibiera control sobre las drogas. Un acusado que acuerda reunirse con la policía, pagar y estar listo para recibir los bienes, sin más, no constituye el control necesario para establecer la posesión constructiva.”19
No Sabías que las Drogas Estaban Ahí
De manera similar, si el fiscal no puede probar que sabías sobre la presencia de la droga o su carácter narcótico, no puedes ser condenado por posesión de drogas para la venta.
Creer que la cocaína es en realidad PCP no es una defensa válida. Sin embargo, creer que la cocaína encontrada en una bolsita era simplemente azúcar podría serlo.
Esta defensa funciona mejor cuando no tienes antecedentes legales de experiencia con drogas. Esto puede convencer efectivamente a un juez/jurado de que realmente no sabías que las drogas eran una sustancia controlada. Esto es en contraposición a un “usuario” o “distribuidor” conocido que intenta hacer la misma afirmación.
Fuiste Falsamente Acusado
No es raro que las personas hagan acusaciones falsas de drogas por enojo, para obtener la ventaja en un caso de custodia, o para desviar la culpa de sí mismos.
Para demostrar que un acusador está mintiendo, citamos sus comunicaciones grabadas (como mensajes de texto y mensajes de voz) y las revisamos en busca de cualquier indicio de su motivación para mentir. También buscamos testigos que puedan estar al tanto del estado mental del acusador.
Si podemos hacer que los fiscales vean que el acusador carece de credibilidad, pueden desestimar tus cargos.
4. Penas
Poseer una sustancia controlada con la intención de venderla es un delito grave según el Código de Salud y Seguridad de California 11351 HS. Una condena es castigada con:
- libertad condicional y hasta un año en la cárcel del condado, o
- 2, 3 o 4 años en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $20,000.20
Si la fiscalía puede probar que tenías la intención de participar en múltiples ventas, estas penas podrían imponerse en relación con cada venta prevista.21
Una condena bajo esta sección también podría llevar a la deportación si usted es un inmigrante legal o un extranjero legal.22
Factores Agravantes
La posesión para la venta conlleva penas más duras en ciertas situaciones.
Circunstancias Agravantes en Casos de 11351 HS |
Sanciones en California |
Poseer o comprar cocaína base para la venta | 3, 4 o 5 años en la cárcel del condado, y una multa máxima de $20,000.23 |
Poseer o comprar heroína, cocaína base o cocaína para la venta | Una pena adicional de:
Si recibe una sentencia adicional bajo una de estas mejoras de peso, también enfrenta multas de hasta $8,000,000.25 |
Es condenado por poseer o comprar sustancias controladas para la venta, y tiene al menos una condena previa por otro delito de drogas en California que involucra más que un mero uso personal | Un término adicional y consecutivo de 3 años por cada condena previa por delito grave.26 |
Desvío de Drogas
Los acusados de posesión para la venta no son elegibles para el desvío de drogas, que es el programa de la corte donde su caso se desestima si completa la rehabilitación. Sin embargo, si podemos reducir su cargo a posesión simple, entonces la corte podría permitirle ingresar a un programa de desvío bajo:
5. Delitos relacionados
- HS 11352 – venta o transporte de una sustancia controlada
- HS 11355 – venta de drogas falsas
- HS 11357.5 – cannabis sintético (marihuana)
- HS 11359 – posesión para la venta de marihuana
- HS 11360 – venta o transporte de marihuana
- HS 11366 – operar una casa de drogas
- HS 11370.1 – posesión de drogas mientras se está armado
- HS 11370.6 – posesión de dinero de drogas
- HS 11375.5 – estimulantes sintéticos
- HS 11377 – simple posesión de metanfetaminas
- HS 11378 – posesión para la venta de metanfetaminas
- HS 11379 – venta o transporte de metanfetaminas
- HS 11379.6 – fabricación de una sustancia controlada
- HS 109575 – fabricación de sustancias controladas falsas
Recursos Adicionales
Si estás sufriendo de adicción, puedes encontrar ayuda aquí:
- Directorios de Servicios para Trastornos por Uso de Sustancias – Lista mantenida por el Departamento de Servicios de Salud de California.
- Rehabilitaciones de Drogas y Alcohol en California: Encontrar una Rehabilitación en California – Directorio proporcionado por American Addiction Centers.
- Narcóticos Anónimos California – Programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- SMART Recovery – Un grupo de apoyo para la recuperación de la adicción basado en la abstinencia y el empoderamiento personal que enseña herramientas y técnicas para el cambio autodirigido.
- Línea Nacional de Ayuda de SAMHSA – Servicio gratuito y confidencial de referencia de tratamiento las 24 horas del día, los 7 días de la semana para personas que sufren de adicción a las drogas.
Referencias legales:
- Nuestros abogados de defensa criminal de California tienen oficinas locales en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. También tenemos oficinas de abogados adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
- Código de Salud y Seguridad de California 11351 HS – Posesión o compra de sustancias controladas para la venta; castigo. Véase tambiénPeople v. Washington (Cal. App. 2d Dist. 2021) 61 Cal. App. 5th 776; People v. Mooring (Cal. App. 1st Dist. 2017) 15 Cal. App. 5th 928.
- Ver lo mismo.
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024) CALCRIM 2302 – Posesión para la venta de sustancias controladas (Código de Salud y Seguridad, §§ 11351, 11351.5, 11378, 11378.5).
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado poseía [ilegalmente] una sustancia controlada;
2. El acusado sabía de su presencia;
3. El acusado sabía de la naturaleza o carácter de la sustancia como sustancia controlada;
4. Cuando el acusado poseía la sustancia controlada, (él/ella) tenía la intención de (venderla/ [o] que alguien más la vendiera);
5A. La sustancia controlada era ;
5B. La sustancia controlada era un análogo de una sustancia controlada;
Y
6. La sustancia controlada era en una cantidad utilizable. [Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que es un análogo de una sustancia controlada:
[1. Tiene una estructura química sustancialmente similar a la estructura de una sustancia controlada(./;)]
[O]
[(2/1). Tiene, se representa como tener o se pretende que tenga un efecto estimulante, depresivo o alucinógeno en el sistema nervioso central sustancialmente similar o mayor que el efecto de una sustancia controlada.]] - Los hechos se asemejan a los de People v. Saldana (1984) 157 Cal.App.3d 443.
- Ver CALCRIM 2302, supra.
- People v. Guy (1980) 107 Cal.App.3d 593, 600-601.
- People v. Eckstrom (1986) 187 Cal.App.3d 323, 331.
- People v. Leal (1966) 64 Cal.2d 504, 512.
- People v. Leal (1966) 64 Cal.2d 504, 512.
- People v. Rubacalba (1993) 6 Cal.4th 62, 66.
- People v. Parra (1999), 70 Cal.App.4th 222, 226-227.
- Código de Salud y Seguridad de California 11350 HS – Posesión de sustancias controladas.
- People v. Newman (1971) 5 Cal.3d 48, 53 (desaprobado por otras razones).
- People v. Enriquez (1996) 42 Cal.App.4th 661, 665.
- Código de Salud y Seguridad de California 11550 HS – Bajo la influencia de una sustancia controlada.
- People v. Baca (1967) 254 Cal.App.2d 428.
- CALJIC 12.06 Posesión-No ilegal-Carga de la prueba.
- Armstrong v. Superior Court (1990) 217 Cal.App.3d 535.
- Ver Código de Salud y Seguridad 11351 HS de California sobre la posesión o compra de sustancias controladas para la venta, nota al pie 2, arriba. Ver también Código de Salud y Seguridad de California 11372 HS – Multas.
- People v. Monarrez (1998) 66 Cal.App.4th 710, 715. Ver también People v. Lopez (Cal. App. 5th Dist. 2019) 42 Cal. App. 5th 337.
- Código de los Estados Unidos, Sección 1227 — Extranjeros deportables.
- Código de Salud y Seguridad de California 11351.5 HS — Posesión de cocaína base para la venta; castigo. Ver también Código de Salud y Seguridad de California 11372 HS – Multas, nota al pie 20, arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.4 HS — Condenas en virtud de secciones especificadas con respecto a sustancias que contienen heroína, cocaína base, cocaína, metanfetamina, anfetamina o fenciclidina; términos adicionales.
- Ver Código de Salud y Seguridad de California 11372 HS – Multas, nota al pie 20, arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.2 HS — Mejoras de sentencia para personas con ciertas condenas anteriores.
- Código Penal de California 1210.1 PC (también conocido como Proposición 36); Código Penal de California 1000 PC — Aplicación del capítulo a ciertas violaciones. People v. Saldana (1984), 157 Cal.App.3d 443, 454-455.