El Código de Evidencia de California establece reglas sobre qué tipo de evidencia puede presentarse en un juicio criminal por jurado. Las reglas más importantes de evidencia criminal de California incluyen:
- La regla de que toda la evidencia presentada en el juicio debe ser relevante,1
- La regla de que toda la evidencia tenga “fundamento”, es decir, que sea confiable,2
- Reglas sobre quién es competente para servir como testigo,3
- Reglas y procedimientos sobre cómo los abogados interrogar (examinar y contrainterrogar) a los testigos,4
- La regla de evidencia de oídas,5
- La regla contra la evidencia de carácter en los juicios de California,6
- Privilegios de evidencia de California,7 y
- La regla contra la evidencia que pueda crear un prejuicio indebido, confundir los temas o engañar al jurado.8
Si el otro lado viola una regla de evidencia de California en su juicio criminal, su abogado puede excluir la evidencia objetando. Y si el juez no elimina la evidencia, entonces puede ser capaz de apelar su condena criminal de California alegando que la evidencia fue admitida indebidamente.9
Para ayudarlo a comprender mejor las reglas de evidencia de California, nuestros abogados defensores penales 10 abordarán lo siguiente:
- 1. Reglas de evidencia de California sobre relevancia y fundamento
- 2. Reglas de evidencia de California sobre testigos
- 3. La regla de evidencia de oídas de California
- 4. La regla de evidencia de carácter de California
- 5. Privilegios de evidencia de California
- 6. Evidencia perjudicial, confusa o engañosa (Código de Evidencia 352 EC)
- 7. Objeciones a violaciones de las reglas de evidencia de California
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1. Reglas de evidencia de California sobre relevancia y fundamento
Las reglas de evidencia de California más básicas son las reglas según las cuales toda evidencia debe
- Ser relevante para los asuntos que se están juzgando en el caso,11 y
- Tener algo llamado “fundamento”, es decir, el lado que introduce la evidencia (llamado “partidario” de la evidencia) debe proporcionar alguna prueba de que la evidencia es confiable.12
La “evidencia relevante” se define como evidencia que tiene cualquier tendencia razonable para probar o desmentir cualquier hecho que
- Esté en disputa, y
- Sea importante para el resultado final del caso.13
Ejemplo: Joey está acusado de homicidio Penal Code 187 PC por golpear hasta la muerte al hijo de su novia. Su defensa es que el niño realmente murió por las lesiones que recibió al caerse por las escaleras. La acusación presenta el testimonio de un testigo de que Joey había golpeado al niño en el pasado.
Esta declaración es una evidencia relevante. Importa para el resultado del caso porque tiende a mostrar que Joey tenía un patrón de comportamiento violento hacia la víctima, lo que hace más creíble que la matara golpeándola.14
El fundamento es un tema complicado. El tipo de fundamento que sirve para establecer que cierta evidencia es confiable varía con el tipo de evidencia.
Aquí hay algunos ejemplos:
Ejemplo: Bruce está en juicio por el Código Penal 487 PC de robo agravado por robar un cuadro de un museo. El cuadro fue encontrado en posesión de un comerciante de arte que afirma que lo compró a Bruce.
La acusación presenta el cuadro real como evidencia. Para establecer una “base” para esa evidencia, tiene a un empleado del museo testificar que el cuadro que se muestra en el tribunal es realmente el que fue robado del museo.
Ejemplo: Grace está en juicio por cometer el Código Penal 503 PC – apropiación indebida al robar fondos de su empleador. La acusación presenta como evidencia una serie de registros financieros de la empresa. Para establecer su fiabilidad, la acusación tiene al dueño de la empresa testificar que estos son realmente los registros de la empresa y que son precisos.
2. Reglas de evidencia de California sobre testigos
La testimonio de testigos es obviamente una forma importante de evidencia en los juicios penales de California. Por lo tanto, el testimonio de testigos está regulado por varias importantes reglas de evidencia de California.
2.1. Competencia del testigo
Una persona no puede servir como testigo en un juicio penal de California si es
- Incapaz de expresarse de manera que sea comprensible para el jurado, o
- Incapaz de entender el deber de un testigo de decir la verdad.15
Ejemplo: La acusación en un caso penal llama como testigo a un asociado criminal del acusado, quien ha argumentado con éxito que no es competente para ser juzgado en su propio caso penal. El abogado de defensa penal del acusado se opone a la admisión del testimonio de este testigo, argumentando que no es capaz de entender su deber de decir la verdad.
Testigos laicos
Además, de acuerdo con las reglas de evidencia de California, un testigo debe estar calificado para testificar sobre el asunto sobre el que testificará.
Para la mayoría de los testigos, conocidos como “testigos laicos”, esto significa que debe tener conocimiento personal del asunto.16
Los testigos laicos generalmente testifican sobre hechos. Si un testigo laico emite una opinión sobre algo en el caso, esa opinión es admisible como evidencia de California solo si es:
- Razonablemente basado en sus percepciones, y
- Útil para una clara comprensión de su testimonio.17
Testigos expertos
Además de los testigos laicos, las partes en un juicio penal de California a menudo llaman a los llamados “testigos expertos” para testificar. Los testigos expertos son personas que tienen conocimientos, habilidades, experiencia o educación especiales que les permiten ofrecer su opinión sobre asuntos relacionados con el caso.18
Bajo las reglas de evidencia de California, los testigos expertos solo pueden ofrecer su opinión sobre temas lo suficientemente lejanos de la experiencia común como para que una opinión experto sea útil para los miembros del jurado. 19
Ejemplo: Crystal está en juicio por homicidio voluntario Penal Code 192 (a) PC por matar a su esposo. Ella y su abogado defensor criminal afirman que el asesinato fue un homicidio justificable bajo las leyes de defensa propia de California.
La argumentación de defensa propia de Crystal se basa en parte en la teoría de que ella tenía miedo de su esposo abusivo y sufría de la condición psicológica conocida como “síndrome de la mujer maltratada”.
Debido a que la mayoría de los miembros del jurado probablemente no entienden la base científica del síndrome de la mujer maltratada, Crystal y su abogado llaman a un psicólogo como testigo experto para explicar el síndrome y testificar que él cree que Crystal lo sufría.
2.2. Examen de testigos
Los testigos en un juicio por jurado penal serán examinados por los abogados de ambas partes en un orden determinado según las reglas de evidencia de California. 20
Primero, cada testigo llamado por un lado será interrogado por el abogado de ese lado. Esto es lo que se conoce como “examen directo”. 21
En segundo lugar, el otro lado interrogará al mismo testigo. Esto es lo que se conoce como “contrainterrogatorio”. El contrainterrogatorio solo puede tratar sobre asuntos que se tocaron en el examen directo. 22
En tercer lugar, el lado que llamó y examinó inicialmente al testigo puede examinarlo nuevamente en lo que se conoce como “examen de reexamen”. 23 Finalmente, el otro lado puede interrogar al testigo una última vez en un “recontrainterrogatorio”. 24
Ejemplo: Volvamos al ejemplo de Crystal de arriba. Su equipo de defensa llama a un psicólogo llamado el Dr. Brown para testificar sobre lo que es el síndrome de la mujer maltratada y ofrecer su opinión de que Crystal lo sufre.
Cuando el Dr. Brown toma el estrado por primera vez, es interrogado por el abogado de defensa de Crystal; esta es la “examen directo” del Dr. Brown. Luego, el fiscal llevará a cabo el “contrainterrogatorio” del Dr. Brown. El fiscal solo puede hacer preguntas relacionadas con los asuntos sobre los que el Dr. Brown testificó en el examen directo.
Después de eso, el abogado de Crystal toma el control nuevamente para el examen de reexamen. Finalmente, el fiscal puede interrogar al Dr. Brown una última vez en el recontrainterrogatorio.
En el examen directo y de reexamen de los testigos, al abogado no se le permite hacer preguntas conocidas como “preguntas directivas”. 25 Una “pregunta directiva” es una pregunta que sugiere al testigo la respuesta que el partido que hace la pregunta quiere escuchar. 26
Sin embargo, las preguntas directivas están permitidas en el contrainterrogatorio y el recontrainterrogatorio. 27
Ejemplo: En su examen directo del Dr. Brown, el abogado de Crystal le pregunta: “Entonces, ¿sientes que Crystal sufre del síndrome de la mujer maltratada?”
Esta es una pregunta directiva. El fiscal objeta. El abogado de Crystal entonces tiene que reformular la pregunta como: “¿Cree usted que Crystal sufre del síndrome de la mujer maltratada?”
Entonces, en el contrainterrogatorio, el fiscal le pregunta al Dr. Brown: “Parece que Crystal no muestra algunos de los síntomas clásicos del síndrome de la mujer maltratada. ¿Es correcto?” Esta es una pregunta dirigida, pero está permitida porque se hace en el contrainterrogatorio.
2.3. Desacreditación de testigos
Es común en los juicios criminales de California que una de las partes cuestione la credibilidad de los testigos de la otra parte. Esto se conoce como “desacreditación de testigos” y hay reglas específicas de evidencia de California que lo rigen. 28
Algunos de los factores que se pueden usar para desacreditar la credibilidad de un testigo son:
- Su comportamiento mientras testifica,
- Su capacidad para percibir o recordar de lo que está testificando,
- Su carácter de honestidad o deshonestidad,
- Cualquier sesgo, interés u otra motivación que pueda tener relacionada con el resultado del caso, y
- Declaraciones anteriores que haya hecho que sean inconsistentes con su testimonio. 29
Además, si el testigo tiene una condena anterior por un delito, ese hecho se puede usar para desacreditar su testimonio. 30
But factores que no pueden ser usados para desacreditar la credibilidad de un testigo incluyen:
- Su creencia religiosa o la falta de ella,31 y
- Evidencia sobre aspectos de su carácter distintos a la honestidad o deshonestidad.32
3. La Regla de Evidencia de Oídas de California
Como regla general, la llamada “evidencia de oídas” no está permitida en los juicios penales de California según el Código de Evidencia 1200 EC.33 La evidencia de oídas se define como
- cualquier declaración que no sea hecha por un testigo que esté testificando en el juicio,
- que se ofrezca para la verdad de su contenido.34
Ejemplo: Shane es un estudiante universitario en juicio por 484 PC robo menor. Se le acusa de haber robado cientos de dólares en libros de texto de la librería de la universidad.
La acusación llama como testigo a Terry, una mujer que vive en el dormitorio de Shane. Terry testifica que sabe que Shane robó libros porque su compañera de cuarto, Ann, le dijo que ella (Ann) lo vio hacerlo. Ann no es un testigo en el juicio de Shane.
El testimonio de Terry sobre lo que dijo Ann es evidencia de oídas, y no es admisible.
Pero la regla de la evidencia de oídas está llena de excepciones. Por ejemplo, a pesar de esa regla de evidencia de California, la evidencia es admisible si es:
- Una declaración fuera del tribunal no ofrecida para la verdad de su contenido (esto se considera no oídas),35
- Una admisión de una parte en el caso,36
- Una declaración que trabaja en contra del interés propio del hablante,37
- Declaraciones escritas por un testigo sobre eventos que estaban frescos en su mente en el momento en que se hizo la declaración, pero que ha olvidado para el momento del juicio,38
- Identificaciones anteriores de testigos hechas cuando el crimen u otro evento estaba fresco en su memoria,39
- Declaraciones espontáneas hechas en el momento de la emoción,40
- Declaraciones hechas para explicar las acciones del hablante, mientras él / ella estaba realizando esas acciones,41
- Declaraciones hechas por una persona moribunda sobre las causas o circunstancias de su muerte,42
- Ciertas declaraciones sobre el estado mental o físico del hablante que se ofrecen para demostrar que él / ella experimentó tal estado mental o físico,43
- Ciertos registros comerciales o públicos,44
- Testimonio anterior que se dio en una corte o procedimiento oficial anterior,45 y
- Ciertas declaraciones sobre la historia familiar, la historia de la comunidad o la reputación de una persona en la comunidad.46
4. La regla de evidencia de carácter de California
Otra regla importante de evidencia de California es la “regla de evidencia de carácter”. Esta regla dice que la llamada “evidencia de carácter” no es admisible en un juicio de California para mostrar que una persona actuó de acuerdo con su carácter en una ocasión particular.47
Lo que esto generalmente significa para un acusado es que el fiscal no puede presentar evidencia de actos malos que haya cometido en el pasado, criminales o de otra índole, para demostrar que cometió el delito por el que se le está acusando.48
Ejemplo: Judy está en juicio por Código Penal 211 PC – robo. Durante su contrainterrogatorio, el fiscal logra que ella admita que perdió la custodia de su hijo en un divorcio. También logra que ella admita que ha cometido fraude de bienestar.
Estos temas no son relevantes para la culpabilidad o inocencia de Judy en el caso actual, excepto en la medida en que sugieren al jurado que es una mala persona. Por lo tanto, son evidencia de carácter y no deberían haber sido admitidos en su juicio.49
Pero es importante entender lo que esta regla de evidencia de California no cubre.
Por ejemplo, la llamada “evidencia de hábito” es admisible para demostrar que un acusado actuó de acuerdo con sus hábitos en una ocasión particular.50
Y los fiscales pueden presentar evidencia de sus actos malos anteriores para demostrar que tuvo el motivo, la intención o la oportunidad de cometer el delito.51
5. Privilegios Evidentes de California
Otro conjunto importante de reglas de evidencia de California se refiere a los privilegios evidentes de California.
Un “privilegio evidente” es el derecho a
- Negarse a testificar en un tribunal o divulgar cierta información en un caso judicial, o
- Impedir que otra persona testifique en su contra o revele cierta información.52
Algunos de los privilegios evidentes más importantes en California son
- El privilegio abogado-cliente,53
- El privilegio matrimonial (es decir, el derecho a no testificar en contra de su esposo o esposa y el derecho a impedir que se divulguen comunicaciones matrimoniales confidenciales),54
- El privilegio psicoterapeuta-paciente,55 y
- El privilegio penitente-clero.56
6. Evidencia Prejudicial, Confusa o Engañosa (Código de Evidencia 352 EC)
El Código de Evidencia 352 EC establece una de las reglas de evidencia más importantes de California. Esta estatuta establece que el juez puede decidir excluir cualquier evidencia si su valor se ve sustancialmente superado por la probabilidad de que
- Ocupe demasiado tiempo en el juicio,
- Cree un prejuicio excesivo,
- Confunda los temas o
- Engañe al jurado.57
Ejemplo: Harry está acusado de actos lascivos del Código Penal 288 PC por supuestamente acosar a Melissa. En su testimonio en el juicio de Harry, Melissa afirma que sus calificaciones sufrieron debido al acoso.
Entonces Harry intenta presentar los registros escolares de Melissa para demostrar que Melissa está mintiendo sobre esto, y por lo tanto puede no ser un testigo creíble.
El juez decide excluir los registros escolares bajo el Código de Evidencia 352 EC. La razón es que los registros son extensos y complejos y tomarán demasiado tiempo del jurado para probar un punto que no está estrechamente relacionado con los principales temas en el caso. 58
De acuerdo al abogado de defensa penal de San Bernardino Michael Scafiddi59:
“Tenga en cuenta que el artículo 352 del Código de Evidencia es lo que se conoce como una “prueba de equilibrio” – el juez debe ponderar el valor de la evidencia para probar algo importante contra el riesgo de que tenga uno de estos resultados indeseables. Esta prueba a menudo entra en juego cuando nos enfrentamos a evidencia circunstancial, que generalmente tiene menos valor para probar que alguien es culpable.”
7. Objeciones a las Violaciones de las Reglas de Evidencia de California
Si la acusación en su juicio introduce evidencia que viola una de estas reglas de evidencia de California, su abogado de defensa penal debería “objetar” la evidencia.
El juez entonces
- “sostendrá” la objeción, y excluirá la evidencia del juicio, o
- “desestimará” la objeción, y permitirá la evidencia.
Si la objeción es desestimada y la evidencia es admitida, entonces es posible que pueda apelar su condena penal por el motivo de que
- la evidencia debería haber sido excluida, y
- el hecho de que fue admitida resultó en una “injusticia”.60
Pero es esencial que su abogado haya objetado la evidencia en el juicio, de lo contrario, es posible que no pueda apelar por este motivo. 61 Si su abogado no objetó y debería haberlo hecho, es posible que pueda cuestionar su condena basándose en asistencia ineficaz de abogado.
Y si siente que la evidencia para su caso fue equivocadamente excluida en su juicio, es posible que apelar su condena por estos motivos siempre y cuando la exclusión resulte en una injusticia, Y una de las siguientes sea cierta:
- Su abogado hizo saber al tribunal la sustancia, propósito y relevancia de la evidencia excluida,
- Las decisiones del tribunal impidieron que su abogado hiciera eso, O
- La evidencia fue buscada por preguntas que su abogado hizo durante el interrogatorio cruzado o recontra interrogatorio.62
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