Dirección: | 131 N Isabel St, Glendale, CA 91206 Mapa |
Teléfono: | (818) 548-3124 |
Sitio web: | Cárcel de la Ciudad de Glendale |
Visita: | Visita por video |
Al igual que varias instalaciones similares en el sur de California, el Glendale Jail ofrece un programa “Pay to Stay” o “Private Jail“. Las comodidades de Pay to Stay son además de (y separadas de) la vivienda temporal proporcionada para los detenidos de la población general ingresados
La Cárcel de la Ciudad de Glendale se encuentra a unos nueve millas al norte del centro de Los Ángeles.
Proporcionado por nuestro equipo de abogados de defensa penal de California, la siguiente información puede ser beneficiosa para amigos/familiares de personas ahora detenidas o encarceladas en la Cárcel de Detención de Glendale. A continuación, ofrecemos detalles clave sobre los siguientes temas:
- 1. ¿Cómo busco a un recluso en el Condado de Los Ángeles?
- 2. ¿Cómo pago la fianza en la cárcel de Glendale?
- 3. ¿Puedo llamar a un recluso?
- 4. ¿Cuáles son las horas de visita y las políticas?
- 5. ¿Qué es “Pagar para quedarse”?
- 6. Liberación de propiedad
1. ¿Cómo busco a un recluso en el Condado de Los Ángeles?
Si piensas que tu amigo o ser querido pudo haber sido detenido en la zona de Glendale, puedes averiguar de varias maneras. La página de búsqueda de “información de reclusos” en línea del Departamento del Sheriff de Los Ángeles proporciona una forma de buscar a un posible recluso por nombre. Después de identificar a su sujeto por fecha de nacimiento y otra información descriptiva, un enlace proporciona una página de datos que muestra:
- Fecha de arresto y ubicación de detención
- Número de registro (importante anotar)
- Clasificación de cargo criminal (felonía o delito menor)
- Cantidad de fianza, si corresponde
También puedes llamar a la línea de información de reclusos del Condado de L.A., que es (213) 473-6100, o llamar directamente a la Cárcel GPD al (818) 548-3124.
Tenga en cuenta que las personas arrestadas en Glendale generalmente permanecen en la Cárcel de la Ciudad de Glendale por un período de tiempo muy corto. Muchos obtienen libertad temporal después de pagar la fianza o de ser liberados bajo su propia responsabilidad (conocido como un “lanzamiento O.R.”). Otros permanecen por unos días esperando su audiencia de declaración de culpabilidad y el posible traslado.
A menos que participe en GCJ Pay to Stay, los hombres generalmente serán trasladados a una cárcel más grande del condado de Los Ángeles, como la Cárcel de los Gemelos de Los Ángeles o la Cárcel Central de Hombres de Los Ángeles. Las mujeres serán trasladadas a la Century Regional Detention Facility.
2. ¿Cómo puedo pagar la fianza en la Cárcel de la Ciudad de Glendale?
Una vez que se haya establecido la fianza de un recluso, un amigo o miembro de la familia puede pagar la fianza en su nombre. La fianza para los reclusos en la Cárcel de la Ciudad de Glendale se establece de acuerdo con las directrices del Tribunal del Condado de Los Ángeles.
“Fianza” es una cantidad de dinero diseñada para garantizar razonablemente al organismo de arresto y al tribunal que un acusado asistirá a sus comparecencias judiciales después de ser liberado de la cárcel. (Vea “Cómo pagar la fianza en California”). Es importante entender: si el recluso asiste a sus comparecencias judiciales, el dinero de la fianza se devolverá al finalizar el caso penal. De lo contrario, el acusado pierde su dinero ante el tribunal.
El Departamento de Policía de Glendale acepta fianzas en las siguientes formas: efectivo, cheque de caja (solo de un banco de California), giro postal y fianza. Puede pagar la fianza* directamente en la Estación de Policía de Glendale las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Al pagar la fianza de un detenido penal, debe publicar la cantidad total. Antes de obtener un cheque de caja o un giro postal, llame a la cárcel al (818) 548-3124 y pregunte a qué agencia debe hacerse el cheque. La información del cheque debe incluir el nombre legal completo y el número de registro del recluso.
Si elige usar a un agente de fianzas con licencia, solo se le requerirá pagar un porcentaje de la cantidad total de la fianza. Sin embargo, esta cantidad no será reembolsable: la agencia de fianzas se quedará con su pago como compensación por los servicios. Y, si el recluso no asiste a las comparecencias judiciales requeridas, usted será responsable de reembolsar la cantidad total de la fianza al agente de fianzas.
*Nota: Alternativamente, un abogado de defensa penal de Glendale experimentado puede programar una audiencia de fianza, argumentando que la fianza debe reducirse o eliminarse.
3. ¿Puedo llamar a un recluso?
La ley de California garantiza a los detenidos que ingresan a la cárcel el derecho a realizar llamadas iniciales (locales) gratuitas. Estas llamadas generalmente se usan para contactar a amigos o familiares y/o para buscar ayuda de un abogado penal.
La Cárcel de Glendale no acepta llamadas telefónicas entrantes para detenidos o “Pay to Stay” (Pagar para quedarse) para los reclusos. Hay teléfonos disponibles en las áreas comunes, y los reclusos alojados pueden usar estos para hacer llamadas salientes. La GPD contrata con un proveedor externo, “Legacy Inmate” para permitir que amigos y familiares financien llamadas de reclusos prepagas. Para configurar una cuenta de teléfono de recluso, vaya a legacyinmate.com o llame al servicio al cliente al (877) 533-4440.
Nota: Debido a que las llamadas de reclusos están sujetas a monitoreo y grabación, siempre es mejor abstenerse de hablar sobre cargos criminales por teléfono.
La participación en el programa de Cárcel Privada de Glendale está limitada a hombres y mujeres que cumplan con criterios de elegibilidad estrictos y que hayan sido preseleccionados y aprobados por un juez. (Si tiene una condición de salud que requiera la distribución de medicamentos, no será aceptado). Para obtener más información sobre el programa, comuníquese directamente con la cárcel al (818) 548-3124 o (818) 548-3125 o consulte la información en línea de GPD.
6. Recogida de propiedades
La propiedad personal se confisca de los reclusos durante el proceso de registro y se guarda para su seguridad hasta su liberación de la cárcel. Los reclusos pueden optar por firmar un formulario de autorización de liberación que permitirá a un miembro de la familia o amigo recoger la propiedad. Las horas para recoger la propiedad del recluso en GCJ son de lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Se requerirá una identificación con foto válida para la recuperación de la propiedad. Llame al (818) 548-3147 para obtener información sobre la propiedad.