Información de la cárcel
Dirección: | 425 7th St, San Francisco, CA 94103 Mapa |
Teléfono: | (415) 553-1430 |
Sitio web: | Búsqueda de reclusos del alguacil de SF |
Las cárceles albergan aproximadamente 2.200 presos cada día. Se registran alrededor de 55.000 detenidos en este sistema anualmente.
Cuando una persona es arrestada en San Francisco, se la lleva a la instalación de admisión y liberación, la Cárcel del Condado #1, donde se le registra y se le evalúa por el Departamento de Salud Pública para cualquier preocupación de salud inmediata. Las personas que requieren atención médica seria se transfieren a la Sala 7 del Hospital General de San Francisco. Aquellos que requieren solo atención médica mínima o moderada pueden ser tratados en el lugar.
Los detenidos que paguen la fianza (discutido a continuación en la Sección 1. Procedimientos para pagar la fianza de un recluso en la Cárcel del Condado de San Francisco) serán liberados tan pronto como los fondos sean aclarados. Los detenidos que deben permanecer en la cárcel pueden ser retenidos hasta 24 horas antes de ser transferidos a una de las otras unidades de la Cárcel del Condado.
Las reclusas se alojan en la Cárcel del Condado #2. Los reclusos masculinos se alojan en las Cárceles del Condado números 2-5 (∗la unidad 6 está actualmente cerrada hasta nuevo aviso). Los reclusos que requieren atención física o psiquiátrica continua serán alojados en la Sala 7 del Hospital General de San Francisco.
La cárcel del condado de San Francisco
- Alberga temporalmente a los detenidos hasta que
- paguen la fianza,
- sean liberados bajo su propia responsabilidad (conocido como una liberación O.R.),
- comparezcan a su audiencia de formulación de cargos, o
- esperen su juicio, y
- Alberga a los acusados condenados que han sido sentenciados a encarcelamiento en una cárcel del condado.
A continuación se muestran las direcciones y números de teléfono de las instalaciones que componen la cárcel del condado de San Francisco:
Cárceles del condado números 1 y 2:
427 7th Calle
San Francisco, CA
94103
(415) 575-4410
Cárceles del condado números 3 y 4:
850 Bryant Street
San Francisco, CA
94103
(415) 553-1443
Cárceles del condado números 5 y 6:
1 Moreland Drive
P.O. Box 67
San Bruno, CA 94066
(650) 266-7500
Hospital General de San Francisco Ward 7:
1001 Potrero Avenue
San Francisco, CA
94110
(415) 206-8483
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de San Francisco1 explicarán lo siguiente:
- 1. Procedimientos para pagar la fianza de un recluso en el condado de San Francisco
- 2. Cómo obtener información sobre un recluso alojado en el condado de San Francisco
- 3. Cómo contactar a un recluso en el SFCJ
- 4. Horarios y políticas de visitas
- 5. Reglas y regulaciones sobre correspondencia por correo con reclusos en el condado de San Francisco
- 6. Cómo depositar dinero “en los libros” para un recluso
- 7. Procedimientos para la “devolución de la propiedad” en el condado de San Francisco
- 8. Servicios para reclusos en el SFCJ
Si, después de leer este artículo, desea más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. Procedimientos para pagar la fianza de un recluso en el condado de San Francisco
“Fianza” se refiere a la cantidad de dinero que un acusado debe pagar para ser liberado de la cárcel. Está destinado a asegurar al tribunal que el acusado comparecerá en el tribunal como se espera. Si el acusado asiste a todas las audiencias judiciales, la fianza se devolverá al final del caso. Si el acusado no asiste a todas sus audiencias judiciales, pierde ese dinero para el tribunal.
La fianza para los reclusos en la Cárcel del Condado de San Francisco se establece de acuerdo con el horario de fianza del Condado de San Francisco basado en el delito (s) por el que fueron arrestados.
Una vez que un recluso ha sido ingresado en la Cárcel del Condado de San Francisco, cualquiera puede pagar (o “publicar”) la fianza en su nombre. La Cárcel acepta varios tipos de pagos de fianza, muchos de los cuales se discuten en detalle en nuestro artículo sobre Cómo publicar fianza en California). Estos incluyen fianza en efectivo, cheques de caja, giros postales, fianzas y tarjetas de crédito.
1.1. Fianza en efectivo
Si publica una fianza en efectivo, debe pagar la cantidad total de la fianza. Una vez que publique la fianza en efectivo, el recluso será liberado pendiente de su comparecencia. Si el recluso asiste a sus comparecencias judiciales, la fianza se devolverá al finalizar el caso penal (menos una pequeña tarifa administrativa). Si el recluso no asiste a esas comparecencias, pierde su dinero ante el tribunal.
Puede publicar una fianza en efectivo (así como cheques de caja y giros postales, descritos a continuación) en el Salón 101 en el primer piso del Hall of Justice (Cárceles del Condado números 3 y 4) ubicado en 850 Bryant Street de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes.
Para publicar fianza fuera de horario o fines de semana o días festivos, debe realizar el pago en la ventana de propiedad en la Cárcel del Condado n. ° 1 ubicada en 425 7th Street.
Una vez que publique la fianza, debe entregar el recibo de fianza al establecimiento correspondiente para que el recluso sea liberado. Si el recluso se encuentra en la Cárcel del Condado n. ° 1, lleve el recibo a esa instalación. Para los reclusos alojados en cualquiera de las otras instalaciones, entregue el recibo en el sexto piso del Hall of Justice, Cárcel del Condado n. ° 3, ubicado en 850 Bryant Street.
1.2. Cheque de caja
Similar a la fianza en efectivo, si opta por usar un cheque de caja, debe publicar la cantidad total de la fianza. La Cárcel del Condado de San Francisco solo acepta cheques de caja girados por el banco. Los cheques deben ser pagaderos al Tribunal Superior de San Francisco. También deben incluir el nombre completo y el número de registro del recluso.
Debido a que los fondos deben ser verificados antes de que la Cárcel libere a un recluso, la liberación del recluso puede tardar un tiempo, dependiendo de la hora del día y si el arresto se produce en un fin de semana.
1.3. Fianzas
Los giros postales también deben ser pagaderos al Tribunal Superior de San Francisco. También deben ser por el monto total de la fianza. Los giros postales deben ser
- Giro postal de los Estados Unidos, o
- emitido por un banco de los Estados Unidos.
1.4. Fianzas
Dado que la mayoría de las personas no tienen los fondos para publicar una fianza en efectivo o un cheque de caja, publicar una fianza es la forma más común de sacar a alguien de la cárcel. Esto se debe a que…suponiendo que el acusado comparece a todas sus audiencias…solo se requiere pagar un máximo del 10% del monto total de la fianza.
Obtienes una fianza de un agente de fianzas (también conocido como agente de fianzas). Si el acusado comparece a todas sus audiencias, no pagas nada además del 10%, pero no recibes ese 10% de vuelta…es la tarifa no reembolsable del agente. Si el recluso no hace esas apariciones, usted será responsable de reembolsar el monto total de la fianza al agente.
Cuando usas una fianza, el proceso de solicitud solo toma alrededor de media hora. El recluso suele ser liberado poco después de eso.
Puedes buscar agentes de fianzas a través de Internet o en el directorio telefónico. Asegúrate de verificar la licencia del agente de fianzas y conservar copias de cualquier documento para tus registros.
1.5. Tarjetas de crédito
La cárcel del condado de San Francisco se suscribe a “Gov Pay” que permite a las personas publicar fianzas a través de la web para los reclusos que han sido arrestados por cargos menores. Si desea publicar una fianza de esta manera, puede usar una tarjeta de crédito (o tarjeta de débito) y debe conocer el
- nombre y apellido del recluso,
- número de la cárcel de SF (no su número de registro oficial, sino un número separado que se asigna al momento de la detención) y
- número de caso judicial.
∗NOTA: Una vez que publique la fianza, debe consultar inmediatamente con un experto abogado de defensa penal de San Francisco que pueda programar una audiencia de fianza para argumentar que la fianza debe reducirse o eliminarse. Uno de nuestros experimentados abogados locales también puede ayudar a diseñar la defensa legal más efectiva para ayudar a su ser querido a luchar su caso.
2. Cómo obtener información sobre los reclusos alojados en la cárcel del condado de San Francisco
Puede obtener información sobre los reclusos en la SFCJ las 24 horas del día / 7 días a la semana llamando a la línea de información general de la cárcel al (415) 553-1430. Esté preparado para proporcionar el nombre completo y el número de registro del recluso.
Desafortunadamente, ni el Departamento del Sheriff ni el tribunal proporcionan actualmente ningún acceso en línea a la información de los reclusos o los casos.
3. Cómo contactar a un recluso en el SFCJ
Cuando un recluso es ingresado en el Centro de Detención del Condado de San Francisco, él / ella puede hacer llamadas telefónicas locales gratuitas para
- organizar fianza,
- informar a los miembros de la familia sobre su paradero y / o
- contactar a un abogado.
Las llamadas de larga distancia deben ser recogidas o realizadas con una tarjeta telefónica. Los reclusos no están permitidos recibir llamadas entrantes.
Si tienes un ser querido en el Centro de Detención del Condado de San Francisco, comunícate con tu proveedor de teléfono local para asegurarte de que las llamadas de cobro y tarjeta telefónica no estén bloqueadas en tu plan telefónico.
La buena noticia es que el contacto con los reclusos en la cárcel no se limita a las llamadas telefónicas. También puedes visitar a un recluso en persona o corresponderte por correo. Estas opciones se discuten en las siguientes dos secciones.
4. Horarios y políticas de visitas
La mayoría de los reclusos en el Centro de Detención del Condado de San Francisco tienen permitido recibir visitas, siempre que los visitantes cumplan con las reglas y regulaciones de la instalación.
4.1. Horarios de visita
Los horarios de visita se llevan a cabo los sábados, domingos y días festivos. Las horas varían, dependiendo de la unidad en la que se encuentre el recluso. Cada horario de visita de los complejos se publica en la página web de horarios de visita de la instalación. Las visitas están limitadas a 20-30 minutos con un máximo de 3 visitantes.
Algunas visitas se ofrecen por orden de llegada, mientras que otras requieren una reserva.
Los reclusos alojados en el Centro de Detención Número 1 solo pueden recibir visitas de abogados, ya que estos reclusos son transferidos a otras unidades dentro de las 24 horas de la detención. Las personas que deseen visitar a los reclusos en el Centro de Detención Número 2 deben ir directamente a la instalación el día de la visita. No se requieren reservas.
Si desea visitar a un recluso en los Centros de Detención Números 3, 4 o 5, debe llamar a las siguientes líneas de reserva de 1:00 p.m. a 6:00 p.m. el día antes de la visita:
- Centro de Detención Número 3 – (415) 553-1464
- Centro de Detención Número 4 – (415) 553-9896
- Centro de Detención Número 5 – (650) 266-1730.
Los abogados no están sujetos a estas horas y tienen acceso a los reclusos las 24 horas del día / 7 días a la semana.
Las visitas entre padres e hijos deben organizarse por separado y con anticipación. Para programar estas visitas, llame a los siguientes números:
- Cárcel del Condado #2 – llame a “One Family” al (415) 475-4468,
- Cárcel del Condado #4 – llame a la Northern California Service League al (415) 552-9250, y
- Cárcel del Condado #5 – llame a “Prison Match” al (650) 266-7524.
4.2. Reglas y restricciones para los visitantes
Incluso con una reserva, debe llegar al área de espera de la cárcel 30 minutos antes de su visita programada para confirmar la reserva. Todos los visitantes deben proporcionar una tarjeta de identificación con foto emitida por el gobierno, como
- una licencia de conducir de California,
- una tarjeta de identificación de California,
- un pasaporte de los Estados Unidos,
- una tarjeta de registro de extranjero, o
- una tarjeta militar de los Estados Unidos.
Todos los visitantes están sujetos a una búsqueda y deben cumplir con cualquier dirección proporcionada por el personal de la cárcel. Además, los visitantes no pueden
- poseer (o estar bajo la influencia de) drogas o alcohol,
- poseer armas, o
- usar o mostrar cualquier tipo de atuendo/accesorios relacionados con pandillas.
5. Reglas y regulaciones sobre la correspondencia por correo con los presos en la cárcel del condado de San Francisco
Los presos de SFCJ tienen permitido enviar y recibir una cantidad ilimitada de correo. Tenga en cuenta que todo el correo entrante y saliente será revisado en busca de contrabando. Las cartas y las fotos son aceptables; los “paquetes de cuidado” que no sean libros no lo son.
Y como el correo se inspecciona antes de la entrega, asegúrese de usar el sentido común si desea que el preso reciba su correo. El correo o las fotos que, por ejemplo,
- inciten a la violencia,
- depicten desnudez, o
- estén relacionados con pandillas
serán rechazados.
Puede enviar un libro al preso siempre que
- el editor lo envíe directamente, y
- el editor lo haga exclusivamente a través de la U.S. Postal Service.
Los libros que no cumplan con estas reglas serán rechazados.
Y si desea enviar dinero al preso, puede hacerlo siempre que cumpla con los procedimientos establecidos a continuación en la sección 6. Cómo poner dinero “en los libros” para un preso.
6. Cómo poner dinero “en los libros” para un preso
Cuando se deposita dinero “en los libros” para un recluso en la Cárcel del Condado de San Francisco, significa que se crea o contribuye a una cuenta bancaria “interna” que permite al recluso realizar compras en la comisaría de la cárcel una vez a la semana. Los reclusos pueden comprar artículos como papelería, alimentos, artículos de higiene personal y tarjetas telefónicas prepagas en la comisaría.
El dinero de un recluso que tiene en el momento de la detención se coloca en esta cuenta. Si desea contribuir a esta cuenta… o crear una para un recluso que no tenía dinero en su poder en el momento de la detención o que ha gastado todos sus fondos… tiene varias opciones.
Puede hacer un depósito en persona los 7 días de la semana en la ventana de propiedad en el Condado de la Cárcel #1 ubicado en 425 7th Street entre 7:30am y 12:00pm, 12:30pm y 2:00pm o 3:15pm y 5:30pm.
También hay un quiosco “TouchPay” ubicado en esta sala que es accesible las 24 horas del día / 7 días a la semana. El quiosco le permite hacer depósitos utilizando efectivo o una tarjeta de crédito o débito. Puede haber una tarifa por los servicios de TouchPay.
Si desea enviar dinero a un recluso, puede enviar un máximo de $100 en un giro postal de los Estados Unidos o un giro postal emitido por un banco de los Estados Unidos. Estos son los únicos métodos de pago que la SFCJ aceptará por correo.
También puede elegir enviar dinero a través de TouchPayDirect (por una tarifa) llamando al (866) 232-1899 o visitando el sitio web de TouchPay. Para usar este servicio, necesitará
- el número SF del recluso, y
- el código TouchPay de SFCJ, que es 294103.
Cualquier dinero no utilizado que esté en la cuenta de un recluso en el momento de su liberación se le devolverá al recluso.
7. Procedimientos para la “Devolución de Propiedad” en la Cárcel del Condado de San Francisco
Cuando un recluso es ingresado en la SFCJ, sus pertenencias son recolectadas y almacenadas. Esta propiedad generalmente se devuelve al recluso al momento de su liberación. Alternativamente, un recluso puede designar a otra persona para reclamar esa propiedad llenando un formulario de liberación de propiedad.
Si un recluso llena este formulario designándote como la persona a quien se debe entregar la propiedad, puedes recogerla durante una visita regular. Esta transacción no necesita ser organizada con anticipación.
8. Servicios para Reclusos en el SFCJ
El Centro de Detención del Condado de San Francisco ofrece una variedad de servicios a sus reclusos. Algunos de ellos incluyen:
- una comisaría donde los reclusos pueden comprar una variedad de artículos como alimentos, materiales de escritura, productos de higiene, tarjetas telefónicas prepagas, etc.,
- recreación al aire libre e interior,
- una biblioteca,
- cursos educativos y certificados de equivalencia de escuela secundaria (G.E.D.),
- asesoramiento y servicios religiosos llevados a cabo por capellanes de una variedad de denominaciones religiosas,
- clases de asesoramiento en una variedad de áreas como el abuso de sustancias y la crianza de hijos,
- servicios psiquiátricos, y
- atención médica las 24 horas del día.
1Nuestros abogados de defensa criminal de San Francisco tienen una oficina de leyes local ubicada en 425 Market Street, Suite 2200, San Francisco, CA 94105. Además, nuestros abogados de defensa criminal de la Bahía tienen oficinas de leyes locales en San José y Oakland.