Si eres un empleado no exento en California, debes recibir pago de horas extras por exceder ciertos umbrales de “horas trabajadas”. Específicamente, tu empleador te debe:
- Pago de tiempo y medio cuando trabajas más de 8 horas en un día laboral o más de 40 horas en una semana laboral.
- Pago doble cuando trabajas más de 12 horas en un día laboral.
- Si trabajas 7 días seguidos, pago de tiempo y medio por las primeras 8 horas y pago doble por horas adicionales.1
El tiempo de guardia generalmente se cuenta como “horas trabajadas”. Dependiendo de tu trabajo, el tiempo de viaje puede contar como “horas trabajadas”.
Ten en cuenta que si trabajas un turno dividido (dos turnos separados con una gran brecha no remunerada en el medio), tienes derecho a una hora adicional de pago al salario mínimo, no a una tasa de horas extras.
¿Cuál es mi tasa regular de pago?
Si eres un trabajador por hora, tu tasa regular de pago base es tu salario por hora.2 Si eres un trabajador asalariado, la tasa regular de pago se calcula de la siguiente manera:
- multiplicando tu salario mensual por 12 para obtener tu salario anual; y luego
- dividiendo tu salario anual por 52 para obtener tu remuneración semanal; y luego
- dividiendo tu remuneración semanal por el número máximo de horas que se pueden trabajar a salario regular – a menudo 40.3
Si eres un trabajador por pieza o un trabajador basado en comisiones que gana ingresos por tu productividad, la tasa regular de pago es a menudo el total de ganancias por semana, dividido por el número de horas trabajadas.4
Su tarifa regular de pago – también llamada “pago por tiempo directo” – sirve como base para sus pagos de horas extras.
¿Qué más se incluye en su tarifa regular de pago?
Además de sus salarios, otras formas de remuneración agregadas a su tarifa regular de pago incluyen:5
- tarifas por pieza,
- bonos de producción no discrecionales,
- beneficios de vivienda,
- comidas, y
- cualquier bien o facilidad recibida por usted.6
¿Qué no se incluye en su tarifa regular de pago?
La tarifa regular de pago no incluye:
- propinas,
- pagos hechos como regalos (incluyendo bonos de vacaciones),
- recompensas por servicio no basadas en horas trabajadas, productividad o eficiencia,
- gastos de viaje razonables,
- contribuciones irrevocables del empleador a un tercero en beneficio de los empleados, como un plan de jubilación o cobertura de seguro,
- compensación pagada a una tasa premium por horas trabajadas en exceso, o
- ingresos derivados de opciones de acciones o derechos de compra de acciones proporcionados por el empleador.7
¿Qué pasa si tengo un horario de trabajo alternativo?
Un horario de trabajo alternativo, o AWS, estructura las horas en una semana laboral de manera diferente a lo normal. Por lo general, un AWS aumentará el número de horas trabajadas en un solo día laboral para reducir el número de días laborales en una sola semana laboral.
Los horarios de trabajo alternativos comúnmente adoptados por los empleadores de California incluyen:
- una semana laboral de 4 días con 10 horas por día (llamada semana laboral de 4/10),
- 3 días de 10 horas y 2 días más de 5 horas, y
- períodos quincenales que consisten en 8 días laborales de 9 horas cada uno, 1 día laboral de 8 horas y 1 día libre adicional (conocido como horario 9/80 porque se distribuyen 80 horas de trabajo en 9 días).
Pago de horas extras para horarios de trabajo alternativos
En los lugares de trabajo que han adoptado un horario de trabajo alternativo, el salario por horas extras es de 1.5 veces su tarifa regular de pago solo si trabaja más de:
- el número de horas programadas regularmente bajo el horario de trabajo alternativo, o
- 40 horas en una semana laboral.
El doble del salario se paga solo si trabaja en exceso de:
- 12 horas en un solo día laboral, o
- 8 horas en un día que no está en los días laborales programados regularmente en el horario de trabajo alternativo.8
¿Las leyes de horas extras de California son más generosas que las federales?
Sí. Al igual que la ley de California, la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) federal requiere el pago de tiempo y medio por todas las horas trabajadas en exceso de una semana laboral de 40 horas.9 Además, la ley de horas extras de California es más generosa que la FLSA en los siguientes aspectos:
- ofrece el doble del salario por horas trabajadas en exceso de lo normal,
- ofrece una tarifa de horas extras por horas trabajadas durante un séptimo día consecutivo en el trabajo, y
- ofrece el pago de horas extras por horas trabajadas en exceso de 8 horas en un solo día laboral.
¿Puedo recibir horas extras si soy un empleado asalariado?
Si es un empleado asalariado, es posible que tenga derecho al pago de horas extras siempre y cuando no sea exento. Si está exento de las leyes de salario y horas de California, entonces no puede ganar un salario adicional por horas extras a menos que su empleador decida proporcionarlo.
Los trabajadores exentos son típicamente “trabajadores de cuello blanco” y deben ganar al menos el doble del salario mínimo por trabajo a tiempo completo. Los tipos comunes de trabajadores exentos incluyen:
- Administradores que realizan principalmente tareas administrativas y ejercen regularmente juicio independiente.
- Ejecutivos y gerentes que supervisan al menos a dos empleados, ejercen regularmente juicio independiente y administran las operaciones comerciales.
- Empleados altamente calificados, como abogados y arquitectos, con experiencia y trabajo especializado.10
- Médicos y cirujanos y ciertos otros trabajadores de la salud.11
- Empleados que ganan más de la mitad de sus ingresos por comisiones.12
Tenga en cuenta que los contratistas independientes tampoco están sujetos a las reglas de horas extras de California.
Además, los trabajadores sindicalizados a menudo tienen reglas de horas extras diferentes según lo acordado en un acuerdo de negociación colectiva.
Finalmente, las agencias gubernamentales pueden tener reglas de pago de horas extras diferentes a las del sector privado.
¿Las pausas para comer y descansar cambian el número de horas trabajadas?
La ley de California le otorga el derecho a pausas para comer y descansar si es un empleado no exento. Las pausas para descansar se cuentan en el número de horas utilizadas para calcular las horas extras. Sin embargo, las pausas para comer no se cuentan, a menos que se le pida que trabaje durante la pausa.
Si su empleador lo hace trabajar durante su pausa, le deben pagar una hora adicional a su tarifa regular por cada pausa que se le niegue.13
¿Quién registra mi tiempo?
Se supone que su empleador debe registrar y registrar con precisión sus horas de trabajo para asegurarse de que cumpla con las leyes de horas extras de California. Sin embargo, se le recomienda encarecidamente que lleve un registro independiente de sus horas. De esa manera, si hay una discrepancia, puede solicitar ver sus registros y explicarle a su empleador dónde cometieron un error.
¿Puede un empleador obligarme a hacer horas extras?
Su empleador puede exigirle que haga horas extras, y pueden despedirlo si se niega. Aunque hay condiciones en California:
- Si es un empleado no exento, debe recibir pago de horas extras de acuerdo con la ley de California;
- El horario de horas extras no puede violar su contrato de empleo (si corresponde); y
- El horario de horas extras no puede representar un riesgo para la salud o la seguridad.14
Los empleadores suelen requerir horas extras cuando tienen poco personal, cuando el negocio está muy ocupado o si hay una emergencia.
¿Puede un empleador hacer que trabaje “fuera del horario de trabajo”?
No, el trabajo “fuera del horario de trabajo” – donde su empleador lo hace trabajar sin paga – no está permitido.
Lleve un registro de sus horas en caso de que su empleador intente manipular sus hojas de tiempo. A veces, los empleadores reducen su tiempo en un esfuerzo por pagarle un salario fijo en lugar del pago de horas extras al que tiene derecho.
¿Puedo renunciar a mi derecho a pago de horas extras?
No. Como empleado no exento en California, no puede renunciar a su derecho a ganar pago de horas extras. Incluso si firma un contrato de empleo en el que acepta trabajar a su tarifa estándar por horas extras, el tribunal no lo hará cumplir.15
¿Qué hago si mi empleador no me paga horas extras?
Si su empleador se niega a pagarle horas extras, puede presentar una reclamación salarial con la División de Normas Laborales (DLSE) / Oficina del Comisionado Laboral de California.
La DLSE intentará resolver el asunto a través de una conferencia de conciliación. De lo contrario, puede argumentar su caso en una audiencia. Si la DLSE falla a su favor, un tribunal emitirá un fallo en contra de su empleador.
Alternativamente, puede demandar al empleador por horas extras no pagadas en una demanda tradicional de salario y horas.
Recursos adicionales
Para obtener más información sobre la ley de horas extras en California, consulte lo siguiente:
- Horas extras para trabajadores agrícolas – Preguntas frecuentes – Información sobre horas extras proporcionada por el Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California.
- La Ley de Derechos de los Trabajadores Domésticos – Preguntas frecuentes – Información sobre horas extras proporcionada por el Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California.
- Órdenes de salario de la Comisión de Bienestar Industrial – Leyes sobre ocupaciones específicas que pueden tener regulaciones de horas extras diferentes.
- Cómo presentar una reclamación salarial – Instrucciones proporcionadas por el Comisionado Laboral de California.
- Calculadora gratuita de horas extras – Un programa proporcionado por Forbes que le permite ingresar su salario y horas para que pueda estimar cuánto debería ser su cheque de pago.
Referencias legales
- Código Laboral de California 510 LAB. Véase también Lemm v. Ecolab Inc. (Cal.App. . )
- 29 CFR 778.110.
- Código Laboral de California 515 LAB.
- 29 CFR 778.111 y 778.118.
- 29 USC 207. Su tasa regular de pago está definida por la Ley Federal de Normas Laborales Justas (FLSA). Incluye toda remuneración por empleo.
- 29 CFR 778.110 y 778.111 y Walling v. Youngerman-Reynolds Hardwood Co. (1945) 65 S.Ct. 1242.
- 29 USC 207(e).
- Código Laboral de California 511(b) LAB.
- 29 CFR 778.107.
- 8 Código de Regulaciones de California (CCR) 11040(1)(A).
- Código Laboral de California 515.6 LAB.
- 8 CCR 11040(3)(D).
- 8 CCR 11040.
- Ver Horas Extras, Departamento de Relaciones Industriales. Wilson v. Condado de Santa Clara (Tribunal de Apelaciones de California, Primera División de Apelaciones, 1977) 68 Cal. App. 3d 78.
- Ver, por ejemplo, Arechiga v. Dolores Press, Inc. (Tribunal de Apelaciones de California, Segunda División de Apelaciones, 2011) 192 Cal. App. 4th 567.