Las personas que enfrentan una audiencia preliminar a menudo tienen una pregunta ardiente: ¿Pueden retirarse los cargos en la audiencia?
La respuesta corta es sí, es posible que ya sea el juez o el fiscal retiren los cargos.
El juez desestimará el caso si encuentra, basado en la evidencia presentada en la audiencia preliminar, que no hay suficiente causa probable para “mantenerlo para ser juzgado” y enviarlo a juicio.
También es posible que el fiscal retire los cargos. Esto puede suceder si, después de ver a los testigos del estado testificar en la audiencia preliminar, pierde la confianza en que el estado podrá probar su caso en el juicio.
De cualquier manera, es posible que un acusado gane el caso en la audiencia preliminar.
1. ¿Qué es una audiencia preliminar?
Una audiencia preliminar es una audiencia en casos penales donde un juez determina si hay suficiente evidencia para mantener a un acusado para un juicio penal.1
Durante la audiencia, el fiscal tiene la carga de demostrar que hay causa probable para creer que:
- se cometió un delito, y
- el acusado es la persona que lo cometió.2
La causa probable es un estándar más bajo de prueba que el estándar de “más allá de una duda razonable” utilizado en un juicio real. Un fiscal cumplirá con este estándar si puede demostrar que hay una creencia razonable de que usted cometió el delito acusado.3
En contraste, un fiscal cumplirá con el estándar de “más allá de una duda razonable” si puede probar con certeza moral que usted cometió un delito.4
Si hay falta de causa probable para respaldar un cargo penal durante una audiencia preliminar, el juez puede desestimar el cargo o reducirlo a un delito menor.5
Tenga en cuenta que las audiencias preliminares no siempre son requeridas, y algunos estados solo dicen que deben realizarse con cargos graves (en lugar de cargos menores).6 Algunos estados realizan procedimientos de gran jurado en lugar de llevar a cabo una audiencia.
Si se celebra una audiencia, generalmente debe llevarse a cabo dentro de 14 días de la comparecencia inicial si el acusado está detenido. Si el acusado está en libertad bajo fianza, entonces la audiencia preliminar debe llevarse a cabo dentro de 21 días de la comparecencia inicial.7
2. ¿Puede ser representado por un abogado defensor?
Sí. Tiene el derecho a ser representado por un abogado de defensa criminal en una audiencia preliminar.8 Este derecho incluye el derecho a un defensor público designado por el tribunal si no puede pagar a un abogado privado.9
Durante la audiencia, el abogado defensor del acusado puede presentar pruebas al juez que demuestren que el acusado no debe ser juzgado por el delito imputado. El abogado puede llevar a cabo un contrainterrogatorio de cualquiera de los testigos de la acusación e incluso poner en duda cualquier prueba física del fiscal.
Tenga en cuenta que un abogado defensor puede utilizar la audiencia preliminar para:
- establecer una base para impugnar a los testigos del fiscal,
- preservar el testimonio de un testigo,
- proporcionar una base para negociaciones de acuerdo de culpabilidad, y
- evaluar las fortalezas y debilidades del caso.
Si usted o un ser querido enfrenta una audiencia preliminar, debe consultar con un abogado defensor o un bufete de abogados para obtener asesoramiento legal.
La mayoría de los bufetes ofrecen consultas gratuitas y sus comunicaciones con un abogado están protegidas por la relación abogado-cliente.
3. ¿Es una audiencia preliminar lo mismo que una lectura de cargos?
Una audiencia preliminar no es el mismo procedimiento que una lectura de cargos. Una lectura de cargos es generalmente la primera audiencia en un caso penal en la que:
- el acusado se declara culpable, no culpable o no se opone,
- se determina la cuestión de la fianza y la liberación, y
- se establece una fecha futura para comparecer ante el tribunal.
Un juez también leerá los cargos penales que se han presentado en su contra durante una lectura de cargos.
Al igual que en una audiencia preliminar, tiene el derecho a ser representado por un abogado defensor en una lectura de cargos.
También tiene el derecho:
- a no autoincriminarse,
- a un juicio rápido,
- a un juicio por jurado, y
- a producir y enfrentar a los testigos.
Referencias legales:
- Diccionario de Leyes de Black, Sexta Edición – “Audiencia preliminar”.
- Ver lo mismo. Ver también la Regla Federal de Procedimiento Penal 5.1.
- Diccionario de Leyes de Black, Sexta Edición – “Causa probable”.
- Diccionario de Leyes de Black, Sexta Edición – “Más allá de una duda razonable”.
- Ver, por ejemplo, Regla de Procedimiento Penal de Florida 3.133.
- Ver, por ejemplo, Regla de Procedimiento Penal de Colorado 5(a)(4). Ver también People v. Brothers (2021) 498 P.3d 1134.
- Ver, por ejemplo, Regla Penal de Idaho 5.1 y Regla de Procedimiento Penal de Mississippi 6.1.
- Ver, por ejemplo, Código Penal de California 858 PC.
- Ver, por ejemplo, Código Penal de California 987 PC.